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Art. 7 CE Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales
contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Art. 28.1 CE Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá
limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Normativa internacional
OIT Convenio 87: Garantías frente al Estado Constitución sin autorización previa Organización libre sin intervención de las autoridades públicas No intervención o disolución administrativa
OIT Convenio 98: Garantías frente a la empresa Protección contra actos discriminatorios por ejercicio Libertad
Sindical Prohibición sostenimiento económico Sindicato por empresa Regulación de garantías para el ejercicio del dº libertad sindical
OIT Convenio 151: Garantías sindicales en el marco de las AAPP
Contenido del derecho
1. Contenido esenciala) Constitución sindicatosb) Derecho de afiliación y pertenenciac) Derecho a la actividad sindicald) Prohibición de actos de injerencia o
discriminación
2. Contenido adicionala) Establecido en Ley (LOLS), normas
infraconstitucionalesb) Establecido adicionalmente en los CCT- Se disfruta en los términos estrictamente
previstos
Titularidad Individual
Limitaciones Extranjeros no legales LOExt (Pero: STC 236/07: respeto
contenido esencial) Menores: no elegibles a RUT69.1ET
*Jubilados, incapacidad permanente cese trabajo y desempleados: solo afiliación3.1 LOLS, 22 CE
LETA L.20/07 Personal civil al servicio de establecimientos militares
(interior establecimiento) Personal alta dirección (RUT : ni electores ni elegibles)16
RDAD
Cuerpos y fuerzas seguridad de carácter NO militar (policía): NO LOLS pero SI regulación específica: LO 2/1986: “franja”
Cargos libre nombramiento Administración: no cabe simultáneamente cargo directivo o representativo en Sindicato
Limitaciones: autónomos
LETA art. 19 L. 20/07: Derecho a afiliarse Sindicato o asociación de elección Afiliarse y fundar asociaciones profesionales específicas Ejercer la actividad colectiva de defensa de sus intereses
profesionales: defensa y tutela colectiva Las asociaciones de TA:
Constituir federaciones, confederaciones, uniones Establecer vínculos con Sindicatos y Asociaciones
empresariales Concertar acuerdos de interés profesional para los
TRADE Participación en sistemas extrajudiciales de solución
conflictosRepresentatividad (art. 21): derechos 6 y 7 LOLS
Inscripción en registro y demuestren implantación suficiente en ámbito territorial en que actúan (número de afiliados, recursos materiales, acuerdos…). Las más representativas: Consejo (funcionarios y expertos)
asociación reivindicativa , pero sí cultural o social
Jueces y magistrados/ Fiscales en activo127.1 CE,
1.4 LOLS, 22CE
Penados 34 LGP
Empresarios (Dis. Derog. LOLS; 22 CE STC 75/92)
Titularidad Individual
Titularidad: Individual y Colectiva (Sindicato)
A. Titularida Individual: a) Total reconocimiento
o Todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente1.1 LOLS
o Concepto trabajador: LOLS : Trabajador por cuenta ajena Relación adva/estatutaria AAPP
Libertad sindical individual: a) Constitución del sindicato
LOLS: Dº a fundar sindicatos sin autorización previa
Trámite de constitución Presentación estatutos: contenido mínimo4.2 LOLS
10 días: Control de legalidad de estatutos: denegación por falta de requisitos mínimos -> impugnación 165-170 LPL
Admisión de Depósito en la oficina pública (MT o Departamento CCAA competente)
Publicidad 20 días -> Adquisición plena capacidad y personalidad
jurídica Impugnación de estatutos depositados o modificaciones:
171-174 LPL Autoridad laboral Interés directo, personal y legítimo
Libertad sindical individual: b) Derecho de afiliación y pertenencia
Dº afiliación observando estatutos: no cabe rechazar la solicitud salvo doble militancia prevista en estatutos ATC 241/2004
Dº separación: expulsión sólo por falta graveCláusulas prohibidas en nuestro
ordenamiento Yellow-dog contract (compromiso no afiliación) Closed shop (contratación exclusiva afiliados) Union shop (Despido de quienes no se afilien en un
plazo)Libertad sindical negativa 28.1 CE, pero no en OIT 87 y 98
a la CE y la Ley”: cualquier acto adecuado fines sindicato: Negociación colectiva Derecho de huelga Dº plantear conflictos individuales y colectivos Dº promoción y participación en las elecciones para
órganos de representación de trabajadores y funcionarios Dº de reunión sindical: derecho de prestación: contenido
adicional
Representatividad sindical
Pluralismo sindical: desigual entidad representativa y desigual eficacia en los intereses de los trabajadores
Grados de representatividad para el ejercicio de determinadas funciones: singular posición jurídica:
Tipología: Por audiencia o irradiación Sindicatos más representativos a nivel estatal Sindicatos más representativas a nivel CA Sindicatos suficientemente representativos en un
ámbito funcional y territorial determinado
Sindicatos más representativos
Audiencia electoral (mide presencia sindical en RUT): S+R nivel estatal: 10% o + de los miembros de los
RUT y órganos correspondientes de las AAPP S+R nivel CA: 15% RUT y al menos 1500
representantes en esa CA. No estar federados o confederados a nivel estatal
S. Suficientemente representativo: 10% RUT un determinado ámbito funcional y territorial, para la acción en dicho territorio
Irradiación de la mayor representatividad: Por pertenencia a un S+R o suficientemente R Evita a S+R probar su representatividad en niveles
inferiores: STC 98/85: actuación de “irradiados” limitada a su
ámbito territorial y funcional de actuación y exigencia de cierta implantación en el mismo
Su
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te
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tivo
sDerechos de los S+R (Eº/CA) en su ámbito de
representatividad
Representación institucional ante AAPP o Entidades estatales o de CA que la tengan prevista (Cjos Grales IMSERSO, SPE, INSS; Cjos Sociales Universidades): los estatales en CCAA y vicerversa Negociación Colectiva en los términos establecidos en el ET
Participar como interlocutores en la determinación de las condiciones de trabajo en las AAPP a través de los oportunos procedimientos de consulta y negociación
Participar en los sistemas extrajudiciales de solución de conflictos de trabajo
Promover elecciones para órganos de representación unitaria y correspondientes en las AAPP
Cualquier otra función representativa que se establezca
Obtener cesiones temporales del uso de inmuebles públicos : STC 183/92: Comisión decisoria del reparto de patrimonio sindical acumulado: proporcional
También a nivel estatal los S+R de CA
Patrimonio del Sindicato
Cuotas sindicales11.2LOS: autorización escrito para descuento empresarial
Canon de negociación colectiva11.1 LOLS Previa conformidad escrita del trabajador so pena vulnerar libertad sindicalSTC 11/98
Subvenciones públicas: Presupuestos generales Eº, CCAA, local
Empresa, Asociación empresarial: Relación individual (salario 191/98, modificación condiciones
reestructuración empresarial solo a afiliados STC 188/04) Relación colectiva (sindicatos amarillos, gratificación por
alcanzar un convenio extraestatutarioSTS 22.10.93 Gratificción por no secundar huelga)
AAPP: Exclusión de subvenciones públicas STC 75/85, salvo cuando hay un conjunto de programas criterios variados STC
147/01
Sindicatos: exclusión de mesa negociadora del convenio STC
184/01 o de la comisión de seguimiento del convenio STS 13.13.95
Tutela libertad sindical (14, 28 CE)
Protección: Nulidad del acto y sus efectos 12 LOLS
Cese de la conducta sindical Indemnización por daños Procedimiento especial de tutela arts. 175 ss LPL Prueba de indicios Sindicato puede actuar como coadyuvante del