REPUBLICA DE COLOMBIA libertad y Orden MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL 03361 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016 (2 3 FEB. 21116 "Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011" LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, En el uso de sus facultades legales, y especial las contenidas en el artículo 5 de la Ley 715 de 2001 y el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público N° 1068 de 2015 y CONSIDERANDO: Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que "Los recursos del Sistema General de Participaciones para educación que se destinen a gratuidad educativa serán girados directamente a los establecimientos educativos, de conformidad con la reglamentación que el Gobierno Nacional establezca". Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señala que la participación para educación del Sistema General de Participaciones, será distribuida atendiendo los siguientes criterios debidamente descritos por la norma: i) Población Atendida; ii) Población por Atender en condiciones de eficiencia y; iii) Equidad. Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 está reglamentado en la Sección 4 en el Decreto N° 1075 de 2015 "Por medio del cual se Expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación". Que el artículo 2.3.1.6.4.6 del citado Decreto señala "En consonancia con el 140 de la Ley 1450 de 2011 o la norma que la modifique o sustituya, los recursos del Sistema de Participaciones que se destinen a gratuidad educativa serán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones estatales...". A su vez el artículo 2.3.1.6.4.7 establece el procedimiento a seguir para el giro de estos recursos. Que la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas del Ministerio de Educación Nacional verificó el cumplimiento del procedimiento para los establecimientos educativos que se relacionan en el artículo primero de la parte resolutiva que cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.6.4.7 del Decreto Único Reglamentario del Sector Educación N° 1075 de 2015 y en la Directiva Ministerial N° 23 de 2011. Que una vez surtido el procedimiento previsto en los literales a) al c) del artículo 2.3.1.6.4.7 del Decreto Único Reglamentario del Sector Educación N° 1075 de 2015, corresponde al Ministerio de Educación
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
REPUBLICA DE COLOMBIA
libertad y Orden
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
03361 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016
(2 3 FEB. 21116
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel
nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011"
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
En el uso de sus facultades legales, y especial las contenidas en el artículo 5 de la Ley 715 de 2001 y el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito
Público N° 1068 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que "Los recursos del Sistema General de Participaciones para educación que se destinen a gratuidad educativa serán girados directamente a los establecimientos educativos, de conformidad con la reglamentación que el Gobierno Nacional establezca".
Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señala que la participación para educación del Sistema General de Participaciones, será distribuida atendiendo los siguientes criterios debidamente descritos por la norma: i) Población Atendida; ii) Población por Atender en condiciones de eficiencia y; iii) Equidad.
Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 está reglamentado en la Sección 4 en el Decreto N° 1075 de 2015 "Por medio del cual se Expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación".
Que el artículo 2.3.1.6.4.6 del citado Decreto señala "En consonancia con el 140 de la Ley 1450 de 2011 o la norma que la modifique o sustituya, los recursos del Sistema de Participaciones que se destinen a gratuidad educativa serán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones estatales...". A su vez el artículo 2.3.1.6.4.7 establece el procedimiento a seguir para el giro de estos recursos.
Que la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas del Ministerio de Educación Nacional verificó el cumplimiento del procedimiento para los establecimientos educativos que se relacionan en el artículo primero de la parte resolutiva que cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.6.4.7 del Decreto Único Reglamentario del Sector Educación N° 1075 de 2015 y en la Directiva Ministerial N° 23 de 2011.
Que una vez surtido el procedimiento previsto en los literales a) al c) del artículo 2.3.1.6.4.7 del Decreto Único Reglamentario del Sector Educación N° 1075 de 2015, corresponde al Ministerio de Educación
03361
RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 2 de 13
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
Nacional elaborar "Una resolución que contenga la desagregación de la asignación de recursos por establecimiento educativo, la cual se constituirá en el acto administrativo que soporte el giro de los recursos", de acuerdo con lo establecido en el literal d) de la misma norma.
Que el documento de distribución de los recursos del SGP 5-2016 distribuyó parte de los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones, en particular el componente relacionado con gratuidad educativa, por valor de $302.305.514.728, de los cuales a través de las Resoluciones 01994 del 2 de febrero y 2521 del 10 de febrero de 2016 se asignaron $ 188.860.661.952 y $76.424.508.098, respectivamente, y en el presente acto administrativo se asignan $18.720.643.564
Que los recursos desagregados por el Ministerio de Educación Nacional en la parte resolutiva, se encuentran respaldados por Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 48916 expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad, por valor de $302.305.514.728 con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, rubro Transferencias del cual se expide el presente acto administrativo.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Desagregación: Desagregar la asignación de los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones destinados a la financiación de la calidad gratuidad educativa, distribuidos mediante el documento de distribución de los recursos del SGP 5-2016, a las siguientes Instituciones Educativas:
1 ANTIOQUIA Antioquía Abejorra I
I. E. MANUEL CANUTO
RESTREPO
II
811031799
CUENTA A
TIPO DE NIT
.1 VALOR ASIGNADO
104123310 AHR 860002964 $ 33.337.757
2 ANTIOQUIA Antioquía Andes
I. E. FELIPE HENAO JARAMILLO 811030208 324023530 AHR 860002964 $ 23.406.256
3 ANTIOQUIA Antioquía Anorí C. E. R. MADRESECA 811020303 413163002119 AHR 800037800 $ 21.921.902
4 ANTIOQUIA Antioquia Anorí C. E. R. EL CARM IN 811020303 413163002119 AHR 800037800 $ 17.263.281
5 ANTIOQUIA Antioquia Anzá C. E. R. LA CEJITA 811029810 413173000904 AHR 800037800 $ 13.566.394
27 ANTIOQUIA Antioquía Nublo C. E. R. UVITAL 811015262 014420000540 CRR 800037800 $ 16.295.451
28 ANTIOQUIA Antioquía Narino C. E. R. EL CARMELO 811015262 014420000540 CRR 800037800 $ 14.185.044
29 ANTIOQUIA Antioquia Nariño I. E. PUERTO VENUS 811015262 014420000540 CRR 800037800 $ 22.683.004
30 ANTIOQUIA Antioquia Necocll C. E. R. BOBAL LA PLAYA 811027582 414463001961 AHR 800037800 $ 12.279.584
31 ANTIOQUIA Antioquia Oíaya I. E. MANADAS 811020248 413973003480 AHR 800037800 $ 14.615.530
32 ANTIOQUIA Antioquia PeRol I. E. PALMIRA 811021953 414483006951 AHR 800037800 $ 17.735.090
33 ANTIOQUIA Antioquia Pueblorrico
C. E. R. LUIS FELIPE RESTREPO 811017439 414523003363 AHR 800037800 $ 10.551.342
34 ANTIOQUIA Antioquía Puerto Triunfo
1. E. R. ESTACION COCORNA 811027850 413663001909 AHR 800037800 $ 11.796.290
35 ANTIOQUIA Antioquia Sabanalarga I. E. SAN JOSE 811039223 414603000616 AHR 800037800 $ 48.805.691
36 ANTIOQUIA Antioquia Salgar I. E. JULIO RESTREPO 811020306 397500024716 AHR 860034313 $ 59.247.038
37 ANTIOQUIA Antioquia San Jerónimo C. E. R. EL ALTICO 811039005 413863001997 AHR 800037800 $ 8.706.568
03361 RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 3 de 13
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
38 ANTIOQUIA Antioquia San Luis I. E. EL PRODIGIO 811038195 413453002619 AHR
NIT BANCO
800037800 $ 11.716.507
39 ANTIOQUIA Antioquia San Pedro de
Urabá 1. E. SAN PEDRO DE URABA 811022204 413910052635 AHR 800037800 $ 88.887.946
Urabá C. E. R. ARENAS MONAS 900255337 413910057599 AHR 800037800 $ 16.642.463
42 ANTIOQUIA Antioquia San Pedro de
Urabá 1. E. R. SANTA CATALINA 900249323 413910057432 AHR 800037800 $ 39.893.092 43 ANTIOQUIA Antioquia Santa Bárbara I. E. EL GUAYABO 811019336 397700031180 AHR 860034313 $ 28.988.186
44 ANTIOQUIA Antioquía Sonsón
I. E. ESCUELA NORMAL
SUPERIOR PRESBITERO
JOSE GOMEZ ISAZA 811021773 67216099408 AHR 890903938 $ 36.517.652 45 ANTIOQUIA Antioquia Sopetrán C. E. R. SANTA RITA 811040340 413973003561 AHR 800037800 $ 10.781.616 46 ANTIOQUIA Antioquia Tarazá C. E. R. TARAZA NORTE 811032576 414780028466 AHR 800037800 $ 6.326.936 47 ANTIOQUIA Antioquia Tarazá I.E. MONTENEGRO 811018556 414780030576 AHR 800037800 $ 21.736.188
48 ANTIOQUIA Antioquia Tarso I. E. JOSE PRIETO ARANGO 811018909 414803001331 AHR 800037800 $ 39.601.503
49 ANTIOQUIA Antioquia Toledo 1. E. J. EMILIO VALDERRAMA AGUDELO 811019372 414823003853 AHR 800037800 $ 38.767.832
50 ANTIOQUIA Antioquía Toledo C. E. R. LA LINDA 811019372 414823003853 AHR 800037800 $ 20.490.640
51 ANTIOQUIA Antioquia Valparaíso C. E. R. MANUEL
ESCOBAR ARANGO 811033424 414863004968 AHR 800037800 $ 9.956.307 52 ANTIOQUIA Antioquia Venecia C. E. R. VILLA SILVIA 811019578 398700027418 AHR 860034313 $ 10.440.902
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
80 BOGOTA Capital Bogotá,
D.C. Bogotá, D.C. COLEGIO CIUDAD DE BOGOTA (IED) 830110396 083068874 AHR 860003020 $ 135.045.128
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
DISTRITAL
117 BOGOTA Capital Bogotá,
D.C. Bogotá, D.C.
COLEGIO AULAS COLOMBIANAS SAN LUIS (IED]) 830038017 134143221. AHR 860003020 $ 55.849.576
118 BOGOTA Capital Bogotá,
D.C. Bogotá, D.C. COLEGIO EL TESORO DE
LA CUMBRE (IED) 830097774 22005901.0090 AHR 860007738 $ 69.799.912
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
192 IBAGUE Tolima I bagué INST. EDUC SAN ISIDRO 809005992 110554113548 CRR 860007738 $ 47.842.287
03361 RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 7 de 13
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
SAN FRANCISCO DE ASIS 814004251 19042760807 CRR 890903938 $ 8.128.926
03361 RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 8 de 13
'Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
278 PEREIRA Risaralda Pereira IE LA VILLA 891408305 633005350 CRR 860002964 $ 18.312.150
U 3 361 RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 9 de 13
-Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
INSTITUCION EDUCATIVA EL CENTENARIO 804017994 360800001420 CRR 800037800 $ 22.587.016
369 SANTANDER Santander
El Carmen de Chucirí
INSTITUCION EDUCATIVA
LA SALINA 804017734 360800001404 CRR 800037800 $ 15.279.942
03361 RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 11 de 13
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
370 SANTANDER Santander El Carmen de
Chucirí I.E. FORJADORES DE UN MUNDO NUEVO 804017736 360800001453 CRR 800037800 $ 13.241.073
371 SANTANDER Santander El Playón
INSTITUTO INTEGRADO DE COMERCIO CAMILO TORRES 800006549 2076795811 CRR 890903938 $ 82.741.382
INSTITUCION EDUCATIVA COMERCIAL NTRA SRA DE LAS MISERICORDIAS 802004051 48160100852 CRR 890903938 $ 90.533.471
0 3 3 6 1
RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 12 de 13
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011".
407 SUCRE Sucre Corozal I.E. NORMAL SUPERIOR DE COROZAL 890480112 363140000441 CRR 800037800 $ 72.844.619
408 SUCRE Sucre Corozal I.E. DON ALONSO 800079517 063140141943 AHR 800037800 $ 17.270.980
409 SUCRE Sucre Los Palmitos I.E.TA.. AGRO EL PIÑAL 823002785 363350000370 CRR 800037800 $ 29.997.978
410 SUCRE Sucre Majagual I.E. SAN JUAN BAUTISTA DE PIZA 823001684 463400028400 AHR 800037800 $ 16.549.280
ARTÍCULO SEGUNDO. Registro Presupuestal y Giro: Efectúese por la Subdirección Ministerio de Educación Nacional el registro presupuestal correspondiente, y los desagregados en el artículo primero a las respectivas cuentas bancarias de los Educativos que se señalan en el mismo.
TOTAL $ 18.720.643.564
Financiera del giros de los recursos Fondos de Servicios
3,36 1 RESOLUCION NUMERO DE 2016 HOJA 13 de 13
"Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011"
ARTÍCULO TERCERO. Destinación Específica: Los recursos que se desagregan mediante este acto administrativo, no podrán ser destinados a ningún objeto ni propósito diferente a los usos expresados por el Ministerio de Educación Nacional a través del Decreto Unico Reglamentario del Sector Educación N°1075 de 2015.
ARTÍCULO CUARTO. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D C , a los 2 3 FER, 2016
La Ministra de Educación Nacional
GINA MARÍA PARODY D'ECHEÓNA Proyecto. Paula Soto Vo.Bo- Revisó' Andrés Vergara Bailen Vo.Bo' Revisó. Camilo Chinchilla Vo.Bo Aprobó Ana Cecilia Tamayo