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Costo hora-hombre 2006Colaboracin del contador pblico y maestro
en administracin Juan Garca Coln, expositor y consultor de la firma
Sistemas deInformacin de Costos, Diseo y Desarrollo Empresarial,
S.C.(SICODDE);donde propone un procedimiento para conocer el costo
real de una horade trabajo de los trabajadores en una empresa.
1. IntroduccinUno de los principales beneficios de los sistemas
de informa-cin de costos es que contribuyen a realizar cambios de
cultu-ra laboral en la empresa, ya que proporcionan informacin
delcundo, cunto y dnde se generan los costos, con lo cual la
Di-reccin puede integrar a todas las reas operativas y financie-ras
para buscar conjuntamente, el porqu de dichos costos:identificar
las causas y establecer oportunamente mecanismosde correccin y, al
mismo tiempo, disear e implantar estrate-gias que se conviertan en
ventajas competitivas sostenibles.
El rea de costos debe proporcionar informacin oportuna,que apoye
a los diferentes niveles de direccin en una mejorplaneacin,
evaluacin y control de sus operaciones y el costohora-hombre es
parte importante de esa informacin.
Para su adecuada elaboracin es necesario considerar el
si-guiente marco legal: Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), Ley
Federal del Trabajo (LFT), Ley del Seguro Social (LSS),
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
losTrabajadores (LINFONAVIT),
Salario Mnimo General del Distrito Federal (SMGDF), Cdigo
Financiero del Distrito Federal (CFDF), y Acuerdos del Consejo
Tcnico del IMSS (Acuerdos).
2. Caso prctico2.1. INFORMACIN GENERALEs importante aclarar que
el procedimiento para el clculo delcosto hora-hombre puede
aplicarse a cualquier tipo de empre-sa, lo nico que se debe hacer
es modificarlo con base en el CCTque cada una de ellas tenga. Para
el caso de las compaas queno cuenten con ste, deben considerar lo
que estipula la LFT.
Recurdese que es muy importante tener presente que el cl-culo
del costo hora-hombre deber actualizarse cuando se mo-difique
cualquiera de las variables, leyes o acuerdos que
lofundamenten.
Cabe apuntar que adems de las abreviaturas antes seala-das, en
el caso prctico se utilizan las siguientes:
1. INTRODUCCIN2. CASO PRCTICO
2.1. INFORMACIN GENERAL2.2. DESARROLLO
DEL PROCEDIMIENTO3. BENEFICIOS4. ANEXOS
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SBC Salario Base de CotizacinSEM Seguro de Enfermedades y
MaternidadSIV Seguro de Invalidez y VidaSCEAV Seguro de Cesanta en
Edad Avanzada y VejezSRT Seguro de Riesgos de TrabajoSGPS Seguro de
Guarderas y Prestaciones SocialesSR Seguro de RetiroVSMGDF Veces el
Salario Mnimo General para el Distrito Federal
2.2.DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTOPara ilustrar el procedimiento
de clculo del costo hora-hom-bre en la empresa ALESCA, S.A.,
correspondiente al ejercicio2006, debe tomarse en cuenta lo
siguiente: considerar todas las prestaciones del CCT de ALESCA,
S.A., las
cuales incluyen, a su vez, las prestaciones que estipula la LFT,
determinar el nmero de das de vacaciones que correspon-
den al personal con base en su antigedad dentro de la em-presa,
adems de lo especificado por el CCT (Anexo 2) o bien,se puede
determinar un promedio por centro de costos o porempresa,
calcular factores por da para los conceptos de
vacaciones,aguinaldo y prima de antigedad,
considerar 8.0 horas efectivas de trabajo, para una
jornadadiaria de labores, y
precisar que para el ao 2006 se determinaron 221 das
la-borables, los cuales se obtuvieron eliminando los das sba-dos,
domingos, descansos, vacaciones, enfermedades ypermisos de los 365
das que tiene el ao (Anexo 4) o bien,se puede determinar un
promedio por centro de costos o porempresa.
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RENGLN CONCEPTO IMPORTE
R 0
R 1
R 2
R 3
Salario MnimoEn este rengln se anota el SMGDF.En este ejemplo se
considera como tal el SMGDFvigente a partir del 1o de enero de
2006Salario Diario NominalEn este rengln se anota el salario diario
nominal que percibe el trabajador,segn su nivelo categora,sin
ninguna prestacin.Fundamentado en la clusula ______,Anexo nmero
______,del CCTVida CaraAl salario diario nominal (R 1) se le
aumenta,en su caso,el porcentaje establecido por esteconcepto.En
este ejemplo se considera el 20%.Fundamentado en la clusula
______,inciso ______,del CCTSubtotal(R 1 + R 2)
48.67
100.00
20.00
120.00
CP. Juan Garca ColnExpositor y consultor de la firma Sistemas de
Informacin de Costos,Diseo y Desarrollo Empresarial,S.C.
ALESCA, S.A.Procedimiento de clculo Costo Hora-Hombre para el ao
2006
($Pesos)
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RENGLN CONCEPTO IMPORTE
R 4
R 5
R 6
R 7
R 8
Manejo de vehculoEste rengln se considera para todos aquellos
trabajadores que manejen vehculos paradesarrollar sus
actividades.En este ejemplo es del 10% del subtotal (R
3).Fundamentado en la clusula ______,inciso ______,del CCTFondo de
AhorroPara el clculo del fondo de ahorro se considera el rengln
tres el cual se multiplica por elporcentaje establecido en el
CCT.En este ejemplo es de 10%.Fundamentado en la clusula
______,inciso ______,del CCT.Se debe considerar el artculo
27,fraccin II de la Ley del Seguro Social,donde se
establece:Artculo 27. Para efectos de esta Ley, se excluyen como
integrantes del salario base decotizacin, dada su naturaleza, los
siguientes conceptos:II. El ahorro, cuando se integre por un
depsito de cantidad semanaria, quincenal o mensualigual del
trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o
puede el trabajadorretirarlo ms de dos veces al ao, integrar
salario; tampoco se tomarn en cuenta lascantidades otorgadas por el
patrn para fines sociales de carcter sindical;ComedorSe considera
para este ejercicio que la empresa aporta $48.00 y el trabajador
$12.00.Fundamentado en la clusula ______,inciso ______,del
CCTHabitacinEn este ejemplo el trabajador no recibe del patrn
habitacin.Se deben considerar losartculos 27,fraccin V y 32 de la
Ley del Seguro Social,donde se establece:Artculo 27. Para efectos
de esta Ley, se excluyen como integrantes del salario base
decotizacin, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:V. La
alimentacin y la habitacin cuando se entreguen en forma onerosa a
los trabajadores;se entiende que son onerosas estas prestaciones
cuando el trabajador pague por cada una deellas, como mnimo, el
veinte por ciento del salario mnimo general diario que rija en
elDistrito Federal;Artculo 32. Si adems del salario en dinero el
trabajador recibe del patrn, sin costo paraaqul, habitacin o
alimentacin, se estimar aumentado su salario en un veinticinco
porciento y si recibe ambas prestaciones se aumentar en un
cincuenta por ciento. Cuando laalimentacin no cubra los tres
alimentos, sino uno o dos de stos, por cada uno de ellos
seadicionar el salario en un ocho punto treinta y tres por ciento.
A partir del 1 de enero delao 2006 el SMGDF es de $48.67; por lo
tanto el 20% son $9.73 ms $1.46 de IVA a unatasa de 15%, lo que
genera un total de $11.19. Aunque el IVA en las regiones
fronterizaspodra ser de 10%.Cabe destacar que actualmente son
$11.19 por alimentacin y $9.73 por habitacin,yaque esta ltima se
encuentra exenta del IVA,segn el artculo 20-II de la Ley del
Impuestoal Valor AgregadoDespensaPara calcular este rengln se
considera el importe o el porcentaje establecido en el CCT.Eneste
ejemplo es de $800.00 mensuales ($800.00 por 12 meses = $9,600.00
entre 365 das= $26.30 por da).Fundamentado en la clusula
____,inciso ___ del CCT.Se debe considerar el artculo 27,fraccin VI
y el ltimo prrafo de la Ley del Seguro Social,donde se
establece:Artculo 27. Para efectos de esta Ley, se excluyen como
integrantes del salario base decotizacin, dada su naturaleza, los
siguientes conceptos:VI. Las despensas en especie o endinero,
siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del
salario mnimogeneral diario vigente en el Distrito Federal;El patrn
podr otorgar despensas sin integrar el salario siempre y cuando su
monto norebase el 40% del SMGDF.En caso de que rebase dicho
monto,el ltimo prrafo del artculo
12.00
12.00
48.00
0.00
26.30
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RENGLN CONCEPTO IMPORTE
R 9
R 10
R 11
27 establece que solamente se integrar el excedente al
SBC.Clculo de la parte queintegra el SBC:Despensa por da:40% del
SMGDF $48.67:Integra SBC:Premios de Asistencia y PuntualidadPara
calcular este rengln se considera el importe establecido en el
CCT.En este ejemplo notenemos premios por asistencia y
puntualidad.Fundamentado en la clusula ____,inciso ____ del CCT.Se
debe considerar el artculo 27,fraccin VII y el ltimo prrafo de la
Ley del Seguro Social,donde se establece:Artculo 27. Para efectos
de esta Ley, se excluyen como integrantes del salario base
decotizacin, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:VII. Los
premios por asistencia y puntualidad, siempre que el importe de
cada uno de estosconceptos no rebase el diez por ciento del salario
base de cotizacin;" Si el importe de los premios rebasa el
porcentaje establecido,de acuerdo con el ltimo prrafodel artculo
27,se debern integrar solamente los excedentes de cada uno de
ellos,al SBCTiempo ExtraordinarioEn este rengln se considera la
estadstica de horas extras de cada trabajador.En esteejemplo no
existe tiempo extraordinario.Fundamentado en la clusula ____,inciso
____ del CCT.Se debe considerar el artculo 27,fraccin IX y el ltimo
prrafo de la Ley del Seguro Social,as como el artculo 66 de la Ley
Federal del Trabajo,donde se establece:Artculo 27. Para efectos de
esta Ley, se excluyen como integrantes del salario base
decotizacin, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:IX. El
tiempo extraordinario dentro de los mrgenes sealados en la Ley
Federal del Trabajo.Artculo 66. LFT. Podr tambin prolongarse la
jornada de trabajo por circunstanciasextraordinarias, sin exceder
nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana." Si el
tiempo extra rebasa los mrgenes sealados en la LFT; es decir aquel
que rebase treshoras por da y el que rebase tres veces en una
semana,de acuerdo al ltimo prrafo delartculo 27,se debern integrar
solamente los excedentes al SBCPrima VacacionalPara calcular la
prima vacacional es necesario considerar la antigedad del
trabajador; obien,determinar un promedio por centro de costos o por
empresa.En este ejemplo seconsidera una prima vacacional de 100% y
un trabajador con una antigedad de sieteaos en la empresa; por lo
tanto, le corresponden 18 das de vacaciones (ver Anexo
2).Fundamentado en la clusula ____,inciso ____ del CCT.Se debe
considerar los artculos 76 y 80 de la Ley Federal del
Trabajo.Artculo 76. LFT. Los trabajadores que tengan ms de un ao de
servicios disfrutarn de unperiodo anual de vacaciones pagadas, que
en ningn caso podr ser inferior a seis daslaborables, y que
aumentar en dos das laborables, hasta llegar a doce, por cada
aosubsecuente de servicios.Despus del cuarto ao, el periodo de
vacaciones se aumentar en dos das por cada cinco deservicio.Artculo
80. LFT. Los trabajadores tendrn derecho a una prima no menor de
veinticinco porciento sobre los salarios que les correspondan
durante el perodo de vacacionesClculo de prima vacacional:Base de
clculo,rengln 3 Por: Factor por da (18 das entre 365 das) Igual:
Prima vacacional por da
0.00
0.00
5.92
26.3019.476.83
120.000.04932
5.92
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R 12
R 13
R 14
R 15
R 16
R 17
AguinaldoEn este ejemplo se consideran 30 das de aguinaldo anual
(ver Anexo 3).Fundamentado en la clusula ____ del CCT.Se debe
considerar el artculo 87 de la Ley Federal del Trabajo Artculo 87.
LFT.Los trabajadores tendrn derecho a un aguinaldo anual que deber
pagarseantes del da veinte de diciembre, equivalente a quince das
de salario, por lo menos.Los que no hayan cumplido el ao servicio,
independientemente de que se encuentrenlaborando o no en la fecha
de liquidacin del aguinaldo,tendrn derecho a que se lespague la
parte proporcional del mismo,conforme al tiempo que hubieren
trabajado,cualquiera que fuere steClculo de aguinaldo:Base del
clculo,rengln 3Por: Factor por da (30 das entre 365 das)Igual:
Aguinaldo por daOtras retribuciones peridicas que integran SBCEn
este ejemplo el trabajador no recibe del patrn otras
retribuciones.De aplicacin para cada una de las empresas,de acuerdo
con cualquier otra cantidad oprestacin que se entregue al
trabajador por su trabajoSalario Base de Cotizacin(Total para
clculo de cuotas al IMSS e INFONAVIT).Este rengln se determina,para
este ejemplo,por la suma de los siguientes renglones:R 1 Salario
diario nominal R 2 Vida cara R 4 Manejo de vehculo R 7 Despensa R
11 Prima vacacional R 12 Aguinaldo Total Cuota Patronal IMSSSeguro
de Enfermedades y MaternidadSe multiplica el rengln 14 por los
porcentajes de aplicacin que marca la LSS,en cada unade las ramas
(ver Anexo 5).Fundamentado en los artculos:25,106,fraccin I y II y
107 de la citada ley
Especie Cuota fija (1)
Excedente 3 SMGDF (2)
Pensin (3)
Dinero (4)
Total(1) $48.67 X 19.10% = 9.30 (2) $48.67 X 3 SMGDF = $146.01 -
$154.61 = $8.60 X 2.08% = 0.18 (3) $154.61 X 1.05% = $1.62 (4 )
$154.61 X 0.70% = $1.08 Cuota Patronal IMSSSeguro de Invalidez y
VidaSe multiplica el rengln 14 por la cuota de 1.75% Fundamentado
en el artculo 147 de la LSSCuota Patronal IMSSSeguro de Cesanta en
Edad Avanzada y Vejez Se multiplica el rengln 14 por la cuota de
3.15%Fundamentado en el artculo 168,fraccin II,de la LSS
9.86
0.00
154.61
12.18
2.71
4.87
120.000.08219
9.86
100.0020.0012.00
6.835.92
9.86154.61
11.10
1.0812.18
9.300.181.62
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R 18
R 19
R 20
R 21
R 22
R 23
R 24
R 25
Seguro de Riesgos de TrabajoPrima media 2.5984% Se multiplica la
prima de 2.5984% por el rengln 14.Para la fijacin de las primas a
cubrir por el SRT, las empresas cotizarn segn susiniestralidad.En
este ejemplo se considera a la empresa con inicio de actividades y
cubrirla prima media de la clase III.Fundamentado en los artculos
70 a 76 de la LSSSeguro de Guarderas y Prestaciones SocialesEste
rengln se determina multiplicando el rengln 14 por la prima de
1%.Fundamentado en el artculo 211 de la LSSSeguro de RetiroEste
rengln se determina multiplicando el rengln 14 por la cuota de
2%.Fundamentado en el artculo 168,fraccin I,de la LSSInfonavitPara
determinar las aportaciones al INFONAVIT se multiplica el rengln 14
por la cuota de 5%.Fundamentado en el artculo 29,fraccin II,de la
LINFONAVITPrima de AntigedadEn este ejemplo se consideran 20 das de
antigedad por ao.Fundamentado en la clusula ____ del CCT.Artculos
162,485 y 486 de la LFTClculo de prima de antigedad:Base del
clculo,rengln tres Por: Factor por da (20 das entre 365 das)Igual:
prima de antigedad por da Impuesto sobre NminasEste rengln se
determina multiplicando la tasa del 2% por el monto total de
laserogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo
personal subordinado.En este ejemplo se determina como sigue:R 1
Salario diario nominal R 2 Vida cara R 4 Manejo de vehculoR 5 Fondo
de ahorroR 8 Despensa R 11 Prima vacacional R 12 Aguinaldo R 22
Prima de antigedadTotal Fundamentado en los artculos 178,179 y 180
del CFDF.Es importante aclarar que este impuesto no se aplica en
todos los estados de la RepblicaMexicana,por lo que es necesario
verificar las reglas aplicables en la Entidad Federativaque
corresponda (ver tabla en IDCWeb)Otras retribuciones peridicas que
no integran SBCEn este ejemplo el trabajador no recibe del patrn
otras retribuciones.De aplicacin para cada una de las empresas,de
acuerdo con cualquier otra cantidad oprestacin que se entregue al
trabajador por su trabajo y que no integren SBCCosto DiarioEste
rengln se determina como sigue:R 1 Salario diario nominal R 2 Vida
cara R 4 Manejo de vehculo R 5 Fondo de ahorro
4.02
1.55
3.09
7.73
6.58
3.85
0.00
280.66
120.000.05479
6.58
100.0020.0012.0012.0026.30
5.929.86
6.58192.66
100.0020.0012.0012.00
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R 26
R 27
R 28
R 6 Comedor R 7 Habitacin R 8 Despensa R 9 Premios de asistencia
y puntualidad R 10 Tiempo extraordinario R 11 Prima vacacional R 12
Aguinaldo R 13 Otras retribuciones peridicas que integran SBC R 15
Cuota patronal IMSS (SEM) R 16 Cuota patronal IMSS (SIV) R 17 Cuota
patronal IMSS (SCEAV)R 18 Riesgos de trabajo (SRT) R 19 Seguro de
guardera (SGPS) R 20 Seguro de retiro (SR)R 21 INFONAVIT R 22 Prima
de antigedad R 23 Impuesto sobre nminas R 24 Otras retribuciones
peridicas que no integran SBCTotal Costo AnualSe multiplica el
rengln 25 por 365 dasCosto por da laborableEl costo anual, rengln
27 se divide entre el nmero de das laborables en el ao, los
cualesse obtienen eliminando
sbados,domingos,descansos,vacaciones,enfermedades ypermisos del
total de das calendario del ao de clculo.Para este ejemplo se
determinaron221 das laborables para el ao 2006 (ver Anexo 4)Costo
Hora-Hombre Se divide el costo por da laborable rengln 27 entre el
nmero de horas efectivas detrabajo en un da laborable.Este ejemplo
considera ocho horas efectivas de trabajo.Fundamentado en la
clusula ____ del CCT.Artculo 61. LFT. La duracin mxima de la
jornada ser: ocho horas la diurna, siete lanocturna y siete horas y
media la mixta
$102,440.90
463.53
$57.94
48.000.00
26.300.000.005.929.860.00
12.182.714.874.021.553.097.736.583.85
0.00$280.66
Como se puede observar, la empresa ALESCA, S.A. en elao 2006
pagar a sus trabajadores 365 das; ellos van a labo-rar (en el caso
del trabajador Juan Ren Briseo Hernndez) so-lamente 221, ya que se
descontaron los das sbados, domingos,descansos, vacaciones,
enfermedades y permisos, de acuerdocon su CCT; por lo cual el costo
por da laborable del trabaja-dor antes mencionado es de $463.53,
superior en 363.5% res-pecto a su salario diario nominal de
$100.00, y el costohora-hombre es de $57.94.
Sabe cunto cuesta realmente tener contratados a los
tra-bajadores en su empresa?
3. BeneficiosLos beneficios que se obtienen al conocer la
informacin delcosto hora-hombre son, entre otros: contar con una
informacin oportuna y real del costo de ma-
no de obra, diluir el costo de mano de obra en todos los
productos a tra-
vs del tiempo, contribuir a planear mejor los resultados, evitar
problemas de liquidez, mejorar la rentabilidad, determinar la cuota
por hora estndar de mano de obra, y contar con una herramienta en
las negociaciones del CCT.
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ANEXO 2Clusula _______ del CCT; Artculos 76 y 80 de la LFTLos
trabajadores que tengan ms de un ao de servicio disfru-tarn de un
perodo anual de vacaciones con goce de sueldo, enla fecha que lo
soliciten de acuerdo con la empresa, en la formasiguiente:a) De uno
a dos aos de servicio, 12 das.b) De tres a cinco aos de servicio,
14 das.c) De seis a diez aos de servicio, 18 das.d) De once a
quince aos de servicio, 23 das.e) De diez y seis a veinte aos de
servicio, 28 das.f) De veintin aos de servicio en adelante, 35
das.
Este perodo de vacaciones se computar por das laborables.La
empresa pagar a los trabajadores por concepto de primavacacional,
un equivalente al 100% de los salarios correspon-dientes al perodo
de vacaciones.
ANEXO 3Clusula _______ del CCT; Artculo 87 de la LFTLos
trabajadores con ms de un ao de servicio tendrn dere-cho a un
aguinaldo anual equivalente a 30 das de salario, quedeber pagarse
entre el 1o y el 15 de diciembre de cada ao.
Los trabajadores que no hayan cumplido el ao de serviciotendrn
derecho a que se les pague en proporcin al tiempo tra-bajado.
4. AnexosANEXO 1
Clusula _______ del CCT; Artculo 74 de la LFTSern considerados
como das de descanso con goce de salario, los siguientes:
DAS DE DESCANSOMES OBLIGATORIO, ARTCULO 74 LFT (1) FESTIVO
CCT
Enero 1Febrero El primer lunes de febrero en conmemoracin del 5
de febrero.Marzo El tercer lunes de marzo en conmemoracin del 21 de
marzo;
vigencia a partir del ao 2007Marzo o Abril Jueves y viernes
denominados santosy sbado denominado de gloriaMayo 1 5Septiembre 16
15Octubre 12Noviembre El tercer lunes de noviembre en conmemoracin
del
20 de noviembre. 1 y 2Diciembre 1o de diciembre de cada seis
ao,cuando corresponda a
la transmisin del Poder Ejecutivo Federal y 25 12
En caso de que los das de descanso obligatorio coincidieran con
un da de descanso semanal que corresponda al trabajador,stos
descansarn el da lunes siguiente(1) El martes 17 de enero de 2006
se public en el Diario Oficial de la Federacin el Decreto por el
que se reforma el artculo 74 de la Ley Federal del Trabajo
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ANEXO 5Ley del Seguro SocialPorcentajes de aplicacin para el ao
2006Patrn
RAMA ARTCULO BASE (%) TOPE (1)
Enfermedades y MaternidadEspecieCuota fija 106-I SMGDF 19.1000
25Excedente 3 SMGDF 106-I SBC 2.0800 25Pensin 25 SBC 1.0500 25
Dinero 107 SBC 0.7000 25Invalidez y vida 147 SBC 1.7500 23-24
(2)
Cesanta en edad avanzada y vejez 168-II SBC 3.1500 23-24 (2)
Riesgos de trabajo 73 SBC 2.5984 25Seguros de guardera 211 SBC
1.0000 25Seguro de retiro 168-I SBC 2.0000 25
(1) En VSMGDF(2) Ver Artculo Vigsimo Quinto Transitorio de la
LSS
Cabe apuntar que los conceptos presentados en este artculo,
fueron tomados del libro: Contabilidad de Costos, Garca Coln, Juan.
McGraw-Hill/Interamericana Editores. SegundaEdicin, Mxico, 2001,
329 pgs.
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ANEXO 4Anlisis de das laborables para el ao 2006
MES TOTAL SBADOS DOMINGOS DESCANSOS (ANEXO 1) VACACIONES (ANEXO
2) ENFERMEDADES TOTAL DASY PERMISOS LABORABLES
Enero 31 4 5 1 21Febrero 28 4 4 1 19Marzo 31 4 4 1 22Abril 30 5
5 2 18Mayo 31 4 4 2 21Junio 30 4 4 0 22Julio 31 5 5 0 21Agosto 31 4
4 0 5 18Septiembre 30 5 4 2 19Octubre 31 4 5 1 21Noviembre 30 4 4 3
19Diciembre 31 5 5 3 18Otros 18 -18Total 365 52 53 16 18 5 221
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