Proyectos de Presupuesto Participativo y Perfiles de Proyectos para FONDEP
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PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES
“JUNTOS”MINISTERIO DEEDUCACIÓN
Elaborado por: Edgar Marcel Galarza Aquino
PROYECTOS DE PROYECTOS DE PRESUPUESTO PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO Y PERFILES PARTICIPATIVO Y PERFILES DE PROYECTOS PARA DE PROYECTOS PARA
FONDEPFONDEP
HUANCAYO, JULIO DE 2007
PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES
““JUNTOS”JUNTOS”MINISTERIO DE EDUCACIÓN
BASES LEGALES
• Ley Nº 27680. “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo
XIV del Título IV sobre Descentralización”.
• Ley Nº 27783. “Ley De Descentralización”.
• Ley Nº 27867. “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”.
• Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.
• Ley General de Educación. Ley Nº 28044.
• Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056.
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““JUNTOS”JUNTOS”MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PARTICIPACIÓN VECINAL
• “Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno
municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los
mecanismos directos e indirectos de su participación” (Art.31
Constitución Política del Perú)”.
• “Las municipalidades tienen competencia para:
1. Aprobar su organización interna y su presupuesto.
2. Planificar el desarrollo urbano y rural de sus
circunscripciones y ejecutar los planes y programas
correspondientes” (Art.182 de la Constitución Política
del Perú).
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““JUNTOS”JUNTOS”MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PARTICIPACIÓN VECINAL
• Los Gobiernos Regionales son competentes para: Aprobar su organización interna y su presupuesto. Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional
Concertado con las Municipalidades y la sociedad civil
(Art. 192 Ley Nº 27680).
• Los gobiernos locales son competentes para:
1. Aprobar su organización interna y su presupuesto.
2. Aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la
sociedad civil (Art. 195, Ley 27680).
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PARTICIPACIÓN VECINAL
“17.1. Los gobiernos regionales y locales están obligados a
promover la participación ciudadana en la formulación, debate y
concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en
la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el
acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con
las excepciones que señala la ley, así como la conformación y
funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta,
concertación, control, evaluación y rendición de cuentas” (Art.
27783, Ley de Descentralización).
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““JUNTOS”JUNTOS”MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS Y LA GESTIÓN REGIONAL
1. Participación.
2. Transparencia.
3. Gestión moderna y rendición de cuentas.
4. Inclusión.
5. Eficacia.
6. Eficiencia.
7. Equidad.
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““JUNTOS”JUNTOS”MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS Y LA GESTIÓN REGIONAL
1. Participación.2. Transparencia.3. Gestión moderna y rendición de cuentas.4. Inclusión.5. Eficacia.6. Eficiencia.7. Equidad.8. Sostenibilidad.9. Imparcialidad y neutralidad.10. Subsidiaridad.11. Concordancia de las políticas regionales.12. Especialización de las funciones de gobierno.13. Competitividad.14. Integración (Art. 8, Ley 27867).
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ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL
1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo.
2. Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados, sus Presupuestos Participativos (Art. 9 Ley, 27972).
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PRINCIPIOS RECTORES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
1. Participación.2. Transparencia.3. Igualdad.4. Tolerancia.5. Eficacia y Eficiencia.6. Equidad.7. Competitividad.8. Respeto a los Acuerdos (Ley Marco del Presupuesto
Participativo Nº 28056).
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PROCESO PARTICIPATIVO
DEFINICIÓN:Proceso que permite la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones vinculadas a la gestión pública.FINALIDAD:Busca que las diversas organizaciones e instituciones de la sociedad definan en forma concertada los objetivos de desarrollo de sus localidades y regiones ,así como la prioridad en la utilización de los recursos para alcanzar dichos objetivos.PRODUCTOS:1. Plan de Desarrollo Concertado.2. Presupuesto Participativo.
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1. PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO
DEFINICIÓN:
Instrumento de planificación de base territorial y de carácter
integral, orientador del desarrollo regional o local y del
presupuesto participativo.
Contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos
Estratégicos de mediano y largo plazo, en concordancia con los
planes sectoriales y nacionales.
ELABORACIÓN:
Se realiza en forma participativa entre las autoridades elegidas
y los representantes de la sociedad civil.
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1. PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO
PARTICIPACIÓN DE OTRAS INSTITUCIONES:
La Visión del Plan de Desarrollo Concertado es única para
todas las instituciones públicas y privadas de un ámbito
territorial. Los objetivos de desarrollo del PDC involucran en su
ejecución a los diversos actores, dependiendo la misión de
cada uno de ellos.
DEFINICIÓN:
• Se evalúa una vez al año.
• Se reajusta, modifica o ratifica.
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IMPORTANCIA DEL PROCESO PARTICIPATIVO
• Se logra que se utilicen mejor los recursos que los gobiernos
regionales y locales tienen destinados para inversión, en
proyectos que mejoren las condiciones de vida.
• Se fortalece la relación con el Estado en la medida que se
generan compromisos y responsabilidades compartidas.
• Se lucha contra la corrupción y los malos manejos, porque
podemos constituir el Comité de Vigilancia y Control para
observar de cerca el desempeño de las autoridades y el
cumplimiento de sus compromisos.
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INSTRUCTIVO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
DEFINICIÓN:
Documento elaborado por la Dirección Nacional de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas
(MEF) que contiene orientaciones para organizar y desarrollar
la planificación concertada y los presupuestos participativos de
los gobiernos regionales y locales.
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2. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
DEFINICIÓN:
Instrumento de política y de gestión, a través del cual las
autoridades regionales y locales, así como las organizaciones
de la población debidamente representadas, definen en
conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, teniendo
en cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico o
Institucional, según corresponda, los cuales están directamente
vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo
Concertado.
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2. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
FINALIDAD:
Fortalecer la gobernabilidad, a través de:
• Mayor involucramiento de la población en la gestión.
• Cumplimiento de los compromisos tributarios.
• Respeto al marco normativo.
• Trabajo coordinado de opiniones y propuestas en la toma de
decisiones de políticas públicas.
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2. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS:
• Busca determinar el mayor impacto o rentabilidad social
• Busca reflejar los compromisos asumidos por el Estado y la
sociedad civil.
• Evalúa los aportes económicos, materiales o de mano de
obra tanto de la población como de los diferentes
organismos públicos y privados.
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PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
• Participación.
• Transparencia.
• Igualdad de oportunidades.
• Tolerancia.
• Eficiencia y Eficacia.
• Equidad.
• Respeto a los acuerdos.
• Corresponsabilidad.
• Solidaridad.
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OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
a) Promover la creación de condiciones económicas, sociales,
ambientales y culturales que mejoren los niveles de la
población y fortalezcan sus capacidades como base del
desarrollo, posibilitando acciones concertadas que refuercen
los vínculos de identidad, de pertenencia y las relaciones de
confianza.
b) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos,
de acuerdo a las prioridades consideradas en los Planes de
Desarrollo Concertados y los Planes Sectoriales Nacionales,
(…).
c) Reforzar la relación entre el Estado y la sociedad civil, (…).
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OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
d) Fijar prioridades del gasto público, en materia de gastos de
inversión, garantizando la sostenibilidad de la inversión ya
ejecutada y estableciendo un orden de prelación para la
ejecución de los proyectos que se prioricen y sean
declarados viables bajo las normas técnicas y
procedimientos establecidos en la Ley del Sistema Nacional
de Inversión Pública (SNIP).
e) Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector
privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento
de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo
Concertado, (...).
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OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
f) Crear y desarrollar, a partir de la normativa existente,
políticas públicas y condiciones institucionales que
promuevan la generación y ejecución de la inversión privada.
g) Buscar el aumento de la competitividad regional y local, así
como la superación de la pobreza a través de mejoras
sustantivas en infraestructura, nivel de educación, cobertura
de salud, seguridad jurídica, establecimiento de derechos de
propiedad, adecuada regulación en estándares de calidad y
sanidad, entre otros.
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OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
h) Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de las acciones concertadas en el proceso del Presupuesto Participativo, así como la vigilancia de la acción pública en general, fortaleciendo las capacidades regionales y locales para el desarrollo del Presupuesto Participativo.
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CARACTERÍSTICAS
1. Participativo.
2. Racional y coherente.
3. Flexible.
4. Multianual.
5. Concertado.
6. Gradual e irreversible.
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FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO
1. Preparación.
2. Convocatoria.
3. Identificación de los agentes participantes.
4. Capacitación de agentes participantes.
5. Talleres de trabajo.
6. Evaluación técnica.
7. Formalización de acuerdos.
8. Rendición de cuentas.
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OTROS ASPECTOS PARA EL MANEJO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
CARTERA DE PROYECTOS:
Contiene el registro de todos los perfiles de los proyectos de
inversión no ejecutados, priorizados y no priorizados, que se
encuentran en la fase de preinversión. Sirve como elemento de
consulta para no duplicar las iniciativas que vienen
desarrollando las diferentes entidades del sector público.
El manejo de la Cartera de Proyectos Municipal se convierte en
una herramienta útil para conocer las necesidades de inversión
del ámbito.
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PERFIL DE PROYECTOS
Es la primera etapa de la fase de pre inversión y tiene como objetivo principal la identificación del problema que ocasiona la necesidad de elaborar un proyecto; junto con el problema se identifican las causas, los objetivos del proyecto y las alternativas de solución al problema, así como una evaluación preliminar de dichas alternativas.La elaboración de perfiles y el manejo de la Cartera de Proyectos le permite a la autoridad local plantear proyectos viables durante el proceso participativo y de esta manera llegar a acuerdos ejecutables durante el ejercicio fiscal.Se evitará crear expectativas en los agentes participantes al no aprobar ideas de proyectos que durante la evaluación resultara no viables.
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CONSEJOS PARTICIPATIVOS
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