LICEO POLIVALENTE ESMERALDA - …€¦ · Web viewLICEO POLIVALENTE ESMERALDA. MANUAL DE CONVIVENCIA. Colina, 2009 PRINCIPALES HITOS HISTORICOS DEL ESTABLECIMIENTO. El Liceo Esmeralda,
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LICEO POLIVALENTE ESMERALDA
MANUAL DE CONVIVENCIA
Colina, 2009
PRINCIPALES HITOS HISTORICOS DEL ESTABLECIMIENTO
El Liceo Esmeralda, fue creado por el Decreto Nº 5270, del 20 de Noviembre de 1929 como escuela incompleta de Santiago.
El 15 de Enero de 1931, bajo el Decreto Nº 89, se obtiene la categoría de Escuela de Hombres Nº 273 Esmeralda, Actualmente está dirigido el establecimiento por su Directora Señora Berta Nadia Álvarez Villafaña
El Proyecto Educativo Institucional está basado en aprender a aprender y emprender, formando alumnos y alumnas íntegros, por la formación valorica que se les entrega, e integrales por la adquisición de habilidades, destrezas y capacidades que adquieren para enfrentar la vida con libertad , felicidad, bienestar y éxito futuro con sentido positivo en aras de una mejor calidad de vida.
En el año 1996, por una ampliación del Decreto Cooperador Nº 1021, se crea el nivel Enseñanza Media, pasando a conformar el único establecimiento municipal de la comuna de Colina que cuenta con los 3 niveles de Enseñanza: Prebásica, Básica, Media; Científico Humanista y Técnico Profesional con un total en el año 2007 de 1.337 alumnos y 54 Profesores.
A contar del 01 de Marzo del 2002, se da inicio a la reconversión del Liceo creando las Carreras Técnico Profesionales de Administración, Atención de Enfermería y Atención al Adulto Mayor, siendo pioneros en las Carreras del Área de la Salud en la Región Metropolitana, cuyos alumnos (as) ocupan lugares de trabajo en Colina y Santiago.
A partir del 01 de Agosto 2003, da inicio a la Jornada .Escolar Completa .Diurna, bajo la Resolución Exenta Nº 1203, pasando a ser un establecimiento completo con todos los niveles y modalidades de Enseñanza bajo la nominación de Liceo Polivalente Esmeralda.
VISIÓN: “Nuestra comunidad educativa tiene una visión de futuro sustentada en una concepción cristiana del hombre y de la sociedad, con valores reconocidos en la Declaración de los Derechos Humanos y en el contexto de una humanidad tecnológicamente desarrollada y globalizada. De esta manera, resulta natural pensar y concebir al Liceo Polivalente Esmeralda como una entidad formadora, en todos los niveles desde la Pre-básica hasta la Enseñanza Media en sus modalidades Científico Humanista y Técnico Profesional, y visionaria, donde el niño o niña y el o la adolescente-joven alcancen el sueño que desea, fruto del esfuerzo mancomunado del establecimiento, el estudiante, el apoderado y los profesores”
MISIÓN: “Nuestra misión está inserta en el concepto de “Educación para la diversidad” permitiendo con ello el ingreso de todos los alumnos que requieran educación y cuya condición de diversidad y educabilidad lo permita. Junto a lo anterior la institución tendrá como misión esencial procurar que los aprendizajes le sean al educando pertinentes y significativos obtenidos de acuerdo a sus capacidades, habilidades, destreza y ritmos propios de aprendizaje permitiendo con ello el desarrollo de todas sus inteligencias logrando así un desarrollo personal más humano, participativo, tolerantes y respetuosos”.
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TITULO I:De la Definición
Artículo N° 1. El presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar establece el conjunto de normas y procedimientos que regulan los derechos y deberes de todos los alumnos del colegio, así como sus relaciones con los demás miembros de la institución. Además de los deberes y derechos de docentes y apoderados(as)
Artículo N° 2. El presente Reglamento tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles, además de velar permanentemente por el prestigio del colegio.El logro de estos objetivos exige que los derechos y obligaciones de los alumnos sean cumplidos y hechos cumplir por todos los miembros que componen la comunidad de la institución.
Artículo N° 3.Fundamentación:Los principales fundamentos legales del Reglamento Interno son los siguientes:
1. - Constitución política de la República de Chile 2. - Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza 3. - Estatuto de los profesionales de la educación4. - Declaración de los derechos del niño 1990.5. - Declaración de los derechos Humanos.
TITULO II:De los Deberes y Derechos de los(as) Estudiantes
Artículo N° 4. Serán obligaciones de los(as) alumnos(as):- Los alumnos y alumnas deben asistir a todas las clases del plan de estudios del respectivo curso,
según horario establecido por Inspectoría General.- El requisito de asistencia está regulado por las normas de evaluación y promoción escolar que
rigen en el establecimiento. Las reiteradas inasistencias pueden incidir en una repitencia de curso.
- La asistencia de los alumnos y alumnas a otras actividades organizadas y propiciadas por el colegio será obligatoria sólo en aquellas situaciones que la Dirección del plantel así lo determine.
- Para ser promovidos de curso y poder participar en la ceremonia de Licenciatura (4° Medios) los alumnos y alumnas deben asistir por lo menos al 85% de las clases efectivamente realizadas durante el año.
- El alumno o alumna debe llegar al Liceo a las 7:55 horas de la mañana en la Jornada Escolar Completa y en la jornada parcial de la tarde a las 12:55 horas.
- Usar correctamente el uniforme del Liceo Polivalente Esmeralda- Preparar día a día las materias y tareas escolares de las diferentes asignaturas.- Aspirar a un desarrollo y crecimiento armónico e integral de su persona esforzándose por
alcanzar la excelencia.- Demostrar una actitud de respeto hacia los valores patrios, éticos y morales en su vida tanto
dentro como fuera del recinto escolar.- Respetar las normas fijadas por el establecimiento, necesarias para una sana convivencia social,
fomentando las buenas relaciones interpersonales entre sus compañeros(as), profesores(as), familia y la comunidad.
- Demostrar una actitud permanente de respeto y de comportamiento frente a profesores(as), compañeros(as) de curso y funcionarios del establecimiento educacional
- Mantener una fluida y expedita comunicación entre su hogar y el Liceo.- Mantener el cuidado del Liceo y su entorno.- Todo alumno y alumna debe ser responsable de traer diariamente sus materiales, cuadernos y
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trabajos, que el establecimiento le solicite.- Usar permanentemente la Agenda del Liceo.- Informar a los inspectores de patio de cualquier situación de amenaza o intimidación, formulada
por algún alumno del Liceo.- Informar oportunamente al profesor, inspector o Directivo cuando sufra algún tipo de accidente
durante la jornada normal de clases.- Al presentarse en jornada contraria debe hacerlo con uniforme escolar o buzo deportivo del Liceo.- Aceptar que el respeto a todas las personas es primordial para una sana convivencia y un
ambiente adecuado para el aprendizaje.- Manifestar corrección en sus modales, lenguaje y trato dentro o fuera del establecimiento.
Artículo N° 5. Todos(as) los(as) alumnos(as) gozan de los siguientes derechos:- Ser tratado(a) en forma digna y respetuosa por parte del personal docente y todo funcionario del
Liceo- Ser escuchado por profesores(as), paradocentes y autoridades del Liceo- Ser atendido por el departamento de Orientación cuando el alumno(a) lo requiera- Participar en todas las actividades regulares y extra-programáticas que realice el establecimiento- En caso de accidente escolar el Liceo debe cursar el formulario respectivo y derivar al alumno o
alumna al centro asistencia pública más cercana al recinto educacional, según las disposiciones legales vigentes.
- Ser atendido en caso de Accidente Escolar de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.- Usufructuar los bienes y servicios del recinto destinado a los alumnos y alumnas, teniendo presente
que pertenecen a todos- Postular, después de un año de antigüedad, al Programa de Becas cualquiera sean estas. - Participar activamente de todas las actividades que programe el Centro de Alumnos- Ser informado con anterioridad sobre cualquier disposición reglamentaria o técnica pedagógica
que le atañe.- Expresar sus ideas o críticas constructivas a través de sus profesores jefes, inspectores o
directiva de curso, para mejorar el centro escolar.- Ser informado oportunamente de sus calificaciones, registro de anotaciones y fechas de
evaluaciones- Expresar por sí o a través de sus representantes, cualquier queja fundada respecto a situaciones
que estime injustas o arbitrarias. El conducto regular en las situaciones anteriores será:
a) Profesor Jefeb) Inspector Generalc) Unidad Técnica Pedagógicad) Subdireccióne) Dirección.
- Presentar sus descargos frente a investigaciones de orden disciplinaria o situaciones particulares que lo ameriten.
Artículo N° 6. Prohibiciones:- Asistir todos los días a clases.- Llegar todos los días puntualmente al establecimiento.- Presentarse con su uniforme del Liceo limpio y ordenado.- Traer al colegio equipos de sonido, celulares, objetos de valor o dinero excesivo.- En la sala de clases se prohíbe lanzar papeles y objetos, gritar o cometer cualquier falta que
impida una clase ordenada y armoniosa.- Se prohíbe a todos los alumnos el porte, tenencia o uso de cadenas, cuchillos, todo tipo de
elemento cortante, punzante o contundente, o cualquier otro objeto peligroso que sea, o pueda ser, considerado como un arma que pueda atentar contra la seguridad de cualquier miembro de la
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comunidad educativa.TITULO III:
De los Deberes y Derechos de los(as) Apoderados(as)
Artículo N° 7. Serán obligaciones de los(as) Apoderados(as):- A educar a sus pupilos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del
establecimiento - Respetar la normativa interna del establecimiento- Proveer oportunamente a su pupilo material mínimo necesario, que se le solicita, tales como: útiles
escolares, uniforme, elementos para el desarrollo del trabajo diario, entre otros.- Apoyar el proceso educativo de su pupilo- Facilitar la participación del/la alumno/a en actividades que ofrece la escuela.- Informar oportunamente problemas de salud y otros al profesor jefe.- Solicitar y respetar el horario de atención de cada profesor- Revisar diariamente libreta de comunicación y verificar si el alumno asiste a clases, con sus útiles
y deberes al día.- Si por razones justificadas debe retirar al estudiante de clases, deberá hacerlo personalmente, con
su carné de identidad. Si no le es posible hacerlo personalmente, deberá enviar a un adulto responsable con un poder debidamente comprobable. De lo contrario, el/la alumno/a no será autorizado a salir del establecimiento.
- No interrumpir las clases, ingresar a cualquier dependencia de la escuela o permanecer en ella durante las jornadas de trabajo sin la autorización de la dirección.
- Cuando el profesor lo solicite, buscar y solicitar especialistas indicado para que su pupilo reciba el tratamiento necesario.
- Participar activamente de las reuniones de los sub-centros de cursos, así como de las actividades diversas que la escuela ofrece.
- Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional- Mantener y brindar un trato respetuoso con los integrantes de la comunidad educativa.- Matricular personalmente a su pupilo en las fechas que el establecimiento indique, con la
documentación necesaria.
Artículo N° 8. Todos los(as) Apoderados(as) gozan de los siguientes derechos:- A ser informados oportunamente por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus
pupilos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos- Ser informados del funcionamiento del establecimiento- A ser integrados en las actividades que organice el establecimiento.- Ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda,
aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados.
TITULO IV:De los Deberes y Derechos de los(as) Profesores(as)
Artículo N° 9. Serán obligaciones de los(as) Docentes:- Ejercer el rol docente en forma idónea y responsable- Cumplir con sus obligaciones administrativas. - Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los
alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los(as) estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
- Conocer en profundidad el Proyecto Educativo y ser portavoces y difusores, frente a alumnos(as) y apoderados.
- Orientar vocacionalmente a sus alumnos(as) cuando corresponda
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- Comprometerse con los acuerdos emanados de instancias como el Consejo de Profesores, Unidad Técnico Pedagógica, Unidad de Inspectoría General, Orientación y de la Dirección del Liceo, de manera tal que aun cuando se discrepe, se necesita de su cooperación y apoyo
- Por ninguna razón el(la) docente puede impedir al(a la) alumno(a) recibir su clase - El(la) profesor(a) debe ser el primero en llegar al lugar de formación y/o sala de clases y
permanecer sereno(a) frente a sus alumnos(as). También es tarea siempre despedir al curso al término de la clase, preocupándose que la sala quede ordenada, limpia y cerrada con llave ante de los recreos largos. En caso de cambio de hora, el(la) profesor(a) dejará el curso ordenado y dispuesto para el(la) profesor(a) que le sigue en el cumplimiento del horario.
- El(la) profesor(a) permitirá el retiro de alumnos(as) del colegio con anterioridad a la hora de salida, sólo cuando lo autorice el Inspector correspondiente. De ello debe quedar constancia en el Libro de clases, por parte del profesor.
- El(la) profesor(a) del sector o subsector es responsable de lo que acontece con los alumnos(as) dentro de su clase, razón por la cual agotará los medios a su alcance para solucionar las situaciones conflictivas que se presenten durante el desarrollo del trabajo escolar. Evitará por tanto en la medida de lo posible, enviar alumnos(as) a la Unidad de Inspectoría. Si así lo hiciere, empleará la Libreta de Comunicaciones para informar las razones de su medida, comunicará la mediada directamente al inspector.
- El(a) profesor(a) debe cumplir y hacer cumplir las normas disciplinarias y administrativas del Liceo. Deberá participar en los Consejos de Profesores, cualquiera sea su tipo, y en las reuniones de Departamentos de sectores y/o subsectores. También participará en otras reuniones a las cuales fuere convocado por un Directivo o la Dirección. Debe participar en actividades educativas, culturales, patrióticas y recreativas que organice el Liceo. También acompañará al curso, cuando en el tiempo que le corresponde por horario, tenga alguna actividad diferente de la clase.
- Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente
Artículo N° 10. Todos los(as) docentes gozan de los siguientes derechos:- A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo- A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás miembros de la comunidad educativa.
- Frente a accidentes laborales, ser atendidos oportunamente por las instituciones correspondientes- A proponer iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos
previstos por la normativa interna. - A que se les facilite material de trabajo, como papeles, fotocopias, etc.- A disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
TITULO V:De las disposiciones generales
Artículo N° 11. Los(as) alumnos(as) tienen la obligación de respetar a las autoridades públicas, así como a los directivos, docentes, funcionarios administrativos, inspectores, compañeros(as), apoderados(as) y demás integrantes de la comunidad escolar.
Artículo N° 12. Los(as) alumnos(as) deben cuidar los bienes del colegio y no podrán desarrollar actividades contrarias a las buenas costumbres, el Reglamento interno y las normas legales vigentes.
Artículo N° 13. Los(as) alumnos(as) se someterán a los planes, programas, estrategias, campañas y acciones de convivencia escolar promovidos por la institución, favoreciendo la solución amistosa de sus conflictos.
Artículo N° 14. Se entiende por falta o infracción todo hecho, acto u omisión que signifique una trasgresión, atropello o desconocimiento de las obligaciones, deberes y prohibiciones que establezcan las leyes, decretos y reglamentos aplicables a los miembros de la comunidad estudiantil,
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sea que se trate de normas de aplicación general o de estricto orden estudiantil y académico interno o externo.
Artículo N° 15. Los(as) alumnos(as) que infrinjan las normas establecidas en el presente Reglamento serán sancionados conforme a éste, siempre que la infracción se haya efectuado:
i) dentro de los recintos del colegio;ii) en lugares ajenos al colegio en que se haya programado alguna actividad académica o extracurricular de carácter permanente u ocasional; oiii) fuera del colegio y de actividades escolares oficiales, en la medida en que la conducta de un alumno afecte gravemente a otro(a) alumno(a), o a un(a) profesor(a), inspector u otro miembro de la institución, o que dañe sensiblemente el prestigio del colegio.
TITULO VI:Sobre la calificación de las infracciones
Artículo N° 16. Las infracciones de los estudiantes se clasificarán en: leves, graves y gravísimas.
Artículo N° 17. Se consideran infracciones LEVES las siguientes:- No ingresar a la sala de clases en los horarios establecidos- La inasistencia a horas de clases o actividades del curso, programadas para el alumnado, estando
dentro del establecimiento- Llegar atrasado al inicio de la jornada escolar - Presentación personal inadecuada: uso de aros en los varones o, llamativos en las damas, uso de
maquillaje u objetos de valor cortes de pelo inadecuados o faldas excesivamente cortas.- Copiar en pruebas y controles escritos, ya que altera la legitimidad de la evaluación- Uso de celulares, MP3, MP4 o cualquier objeto que no sea necesario para su aprendizaje- Incumplimiento con deberes escolares (no traer tareas o trabajos, no traer materiales, entre otros)- Abrir páginas inconvenientes y reñidas con la moral en computadores- Tirar papeles y objetos dentro o fuera de la sala de clases- Alterar o perturbar en cualquier forma el desarrollo normal de las actividades en la sala de clases.- Que los(as) apoderados(as) ingresen al establecimiento sin autorización. - Ausencia de los(as) apoderados(as) a reuniones y citaciones.
Artículo N° 18. Se considerarán infracciones GRAVES las siguientes:- La reiteración de TRES VECES DE FALTAS LEVES.- Hacer la cimarra- Falsificación de firmas del apoderado o de alguna autoridad del colegio, justificativos o cualquier
otra adulteración, sustracción o mal uso de documentos oficiales de la escuela, y en general, cualquier falta de veracidad
- Acciones que debiliten los principios morales y valóricos que la escuela sustenta- Destrucción, daño o mal uso del material, infraestructura y/o inmobiliario escolar- Faltar el respeto a alumnos(as), apoderados(as), docentes, directivos(as) docentes,
funcionarios(as), administrativos(as) o auxiliares, ya sea alzar la voz, decir improperios, dar portazos, hacer gestos groseros o amenazantes o cualquier otra conducta similar.
- Amenaza o agresión física y/o verbal entre estudiantes o hacia un funcionario del establecimiento - Destrucción, daños o mal uso del material, infraestructura y mobiliario escolar
- Cometer actos que impidan a los demás estudiantes, profesores o funcionarios cumplir con sus obligaciones docentes o laborales
Artículo N° 19. Se considerarán especialmente infracciones GRAVÍSIMAS las siguientes:- La reiteración de TRES VECES DE FALTAS GRAVES- Portar o usar arma blanca o de fuego
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- Amenaza con Armas blancas o uso de ellas en riñas y peleas- Apropiación de cosas ajenas dentro del establecimiento (hurto)- Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse reiteradamente de
un(a) alumno(a) u otro miembro de la institución, o realizar un acto de discriminación en su contra, ya sea por su condición social, religión, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia.
- Hacer uso de Internet para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un(a) alumno(a) o cualquier otro/a integrante de la comunidad escolar, así como para exhibir o difundir cualquiera de estas conductas, ya sea mediante chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos y cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
- Consumir, portar, vender y/o consumir bebida alcohólicas; portar, vender y/o consumir drogas ilícitas o lícitas (salvo prescripción médica).
- Situaciones de robo, saqueos, destrucción y otros durante movilizaciones, paros o tomas del establecimiento por parte de estudiantes.
- Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean constitutivos de delito.
- Que los(as) apoderados(as) agredan verbal y/o físicamente al personal del colegio
TITULO VII:Del procedimiento
Artículo N° 20. Del procedimiento para ejecutar las sanciones:- El(la) profesor(a) o inspector(a) que sorprenda a algún(a) alumno(a) que esté incurriendo en
una infracción deberá registrar la anotación –de manera inmediata– en el libro de observaciones, junto con la sugerencia de orientación.
- Asimismo, cualquier alumno(a) u otro miembro de la institución podrá denunciar una infracción a este Reglamento a las autoridades del colegio, teniendo derecho a que se guarde reserva de su identidad si está en riesgo su seguridad o integridad.
- Las infracciones de carácter GRAVE O GRAVÍSIMAS serán notificadas a cualquier miembro directivo docente o a la dirección del establecimiento, quien determinará la sanción aplicable.
- Sólo en aquellos casos en que la infracción es reiterativa y gravísima, el cuerpo directivo docente podrá convocar un consejo de profesores extraordinario, el cual -con plena potestad- podrá sancionar al(la) alumno(a) involucrado(a).
- Corresponderá al consejo de profesores jefes, cuerpo directivo docente, dirección y/o alguna comisión especial creada para tal efecto, cuando la infracción sea de carácter grave o gravísima, ordenar una investigación tan pronto tenga conocimiento de la información por escrito.
- La investigación tendrá por objeto comprobar la existencia de una infracción y la participación del(la) alumno(a) en dicho acto. La investigación no podrá durar más de diez días hábiles, a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas.
- Si se constatare que la infracción es además un hecho que reviste caracteres de delito, deberá ser denunciado a la autoridad pública competente.
- En casos debidamente calificados por la dirección del colegio, se podrá suspender al(a) alumno(a) sujeto a investigación. Si fuese sobreseído/a o declarado/a inocente, tendrá derecho a recuperar las exigencias curriculares que no haya podido cumplir por causa de la suspensión.
- La dirección tendrá la facultad de actuar por propia iniciativa ante una falta grave o gravísima.- El(la) infractor(a) será citado(a) y oído, pudiendo formular sus descargos verbalmente o por
escrito, así como acompañar cualquier antecedente que apoye su versión.- Se deberá dar un trato digno y deferente a ambas partes, respetando su honra y privacidad.- Una vez agotada la investigación, el consejo de coordinación, consejo de profesores, consejo
de profesores jefes o una comisión de disciplina creada para tal efecto, formulará los cargos o, si éstos no fueron acreditados fehacientemente, dispondrá el sobreseimiento. Esta comisión tendrá como plazo máximo dos días para emitir un dictamen suficientemente fundamentado de acuerdo a
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la investigación efectuada dentro del plazo establecido (hasta 10 días), que deberá ser comunicado a los padres, apoderados o tutores, autoridades educacionales regionales, centro de padres y el/la propio/a afectado/a y al Consejo Escolar.
TITULO VIII:Las medidas disciplinarias
Artículo N° 21. Las infracciones a este Reglamento disciplinario serán castigadas de acuerdo a su gravedad, recurrencia y las circunstancias atenuantes y agravantes que concurran (ver Cuadro Normas de Convivencia).Se podrán imponer las siguientes sanciones:
- AMONESTACIÓN VERBAL: Es el llamado de atención que hará el(la) profesor(a), inspector(a) o autoridad escolar ante alguna infracción de carácter leve que suceda durante el desarrollo de una clase o fuera de ella.
- AMONESTACIÓN ESCRITA: Es la censura realizada por el(la) profesor(a), inspector(a), directivo docente o dirección del colegio frente a la reiteración de alguna falta leve o una falta grave. Siempre será registrada en el libro de observaciones con una notificación y/o citación del apoderado o tutor del alumno(a).
- SERVICIO COMUNITARIO: Es la realización de alguna actividad que beneficie a la comunidad escolar a la que pertenece, como son el reparar mobiliario, hermosear jardín, ayudar por un día al auxiliar de patio o del comedor, limpiar su sala, entre otros. La actividad a desarrollar por el(la) estudiante debe tener relación con la falta e implica hacerse responsable de su infracción a través de un esfuerzo personal.
- SUSPENSIÓN TEMPORAL: Se refiere a la separación del alumno de toda actividad académica o extracurricular, por un período que va de 1 a 20 días. La gradualidad de la sanción está sujeta al exhaustivo análisis del caso por la instancia competente que corresponda. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno(a).
- CONDICIONALIDAD: Es aquella sanción que condiciona la matricula del alumno(a) que han incurrido en infracciones graves o gravísimas. No obstante lo anterior, será motivo de condicionalidad la suspensión de un(a) alumno(a) por más de cinco días. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al(la) apoderado(a) o tutor del alumno(a). La suspensión se aplica también a las actividades extracurriculares. Con todo, el consejo de profesores y/o consejo de coordinación puede levantar la condicionalidad si los méritos de comportamiento y rendimiento del alumno(a) lo ameritan.
- EXPULSIÓN: Consiste en la separación total del alumno del establecimiento educacional, quedando inhabilitado para volver de manera definitiva. Siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado(a) y/o tutor del alumno(a) y autoridades educacionales provinciales y regionales, Centro general de Padres, Centro de Alumnos y Consejo Escolar.
Artículo N° 22. Las sanciones derivadas de la investigación practicada por la instancia que corresponda, podrán ser objeto de un recurso de apelación, que debe presentarse por escrito dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la decisión, ante Dirección
Artículo N° 23. La resolución final quedará archivada en la dirección del colegio, inspectoría general y en la carpeta personal de los alumnos.
Artículo N° 24. En casos calificados, tales como la existencia de buenos antecedentes académicos del alumno o su irreprochable comportamiento anterior, el consejo de coordinación y/o el consejo de profesores podrán imponer al infractor una medida disciplinaria de menor gravedad que las señaladas en los artículos anteriores.
Artículo N° 25. Cualquier situación de Convivencia Escolar no contemplada en este Reglamento, será resuelta por el Consejo Directivo.
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TITULO IX:Mediación Escolar
Artículo N° 26. Definición. La mediación escolar es un proceso voluntario en el que la intervención neutral de un tercero facilita que las partes en conflicto busquen por sí mismas una solución.
Artículo N° 27. Designación. Los(as) mediadores serán los(as) alumnos(as) elegidos por sus respectivos/as compañeros/as de curso para llevar a cabo los procesos de mediación escolar y que hayan sido capacitados/as para cumplir con tal función.
Artículo N° 28. Son funciones de los/as mediadores:- Ayudar a que los(as) alumnos(as) en conflicto expresen sus posiciones, intereses y valores.- Contribuir a que se genere confianza entre ellos/as.- Facilitar la búsqueda de soluciones.
Artículo N° 29. Características del(la) mediador(a):- Es tolerante: porque acepta las diferencias de sus compañeros(as), los(as) respeta y no se burla
de ellos(as).- Inspira confianza: porque mantiene la confidencialidad.- Líder positivo: promueve la convivencia pacífica y no la violencia, con el ejemplo.- Es empático(a): se pone en el lugar del otro, intentando imaginar cómo se siente, para así poder
entenderlo mejor.- Es imparcial: intenta no tomar preferencia o favoritismo por ninguna de las partes en conflicto.- Sabe escuchar: respeta los tiempos de los demás, no interrumpe.- Acepta las críticas: porque sabe que sólo así podrá mejorar.- Ayuda a resolver conflictos: promueve el acercamiento entre los(as) compañeros(as) en conflicto.
Artículo N° 30. Procedimiento:- Los(as) alumnos(as) que tengan un conflicto entre sí, podrán acudir voluntariamente a un(a)
mediador(a) para que los(as) ayude a resolverlo.- El(la) mediador(a) escuchará a ambas partes y les ayudará a ponerse de acuerdo para solucionar
el problema.- Los(as) alumnos(as) que se someten a mediación deben tratarse respetuosamente, escucharse y
no interrumpirse mientras hablan, cooperar para solucionar el problema y mantener la confidencialidad.
- El(la) mediador(a) buscará y concentrará todos sus esfuerzos para que los/as alumnos/as en pugna lleguen a un acuerdo, y dará fe de las alternativas de solución y los compromisos a seguir por las partes.
- Si el(a) mediador(a) no puede obtener alguna solución convenida entre las partes, o si se trata de una infracción gravísima, deberá recurrir a los(as) profesores(as) y autoridades escolares para que tomen conocimiento del asunto.
Artículo N° 31 El establecimiento cuenta con actores escolares (estudiantes y profesores) capacitados(as) para realizar mediación al interior del colegio.
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TITULO X:Normas de Convivencia
Artículo N° 32 Las normas de convivencia del establecimiento son:
NORMA FALTA A LA NORMA
GRADO DE LA FALTA
PROCEDIMIENTO RESPONSABLE SANCION
Se espera que los(as) estudiantes mantengan una adecuada presentación personal la cual debe ser aseada y formal: Las alumnas deben presentarse con el pelo tomado, sin maquillaje, ni joyas, ni uñas pintadas, sin piercing
Se espera que los varones se presenten con el pelo corto de color natural.
Se espera que los (as) estudiantes se presenten con el uniforme del colegio
Presentación inadecuada
Leve Se cita por inspectoría y se realiza una amonestación escrita.Se informa al apoderado(a) recordando el uso correcto del uniforme
InspectoríaDocente
1 a 3 veces: Registro en el libro de clases
4 o más veces: Citación apoderado(a)
Se espera que lo(as) estudiantes asistan a todas las clases impartidas por el establecimiento
Inasistencia
Hacer la cimarra
Leve a Grave
Grave
La inasistencia debe ser justificada por el (la) apoderado(a) de forma escritaRegistro en el libro de clases
Dar aviso al docente y al(la) apoderado (a).Conversar con el(la) alumno(a) sobre su comportamientoSi la situación lo amerita dar aviso a carabineros
Asistentes de la Educación
Inspectoría
1 a 3 días: Justificación en forma escrita4 o más días: el/la apoderado(a) debe justificar personalmente. Presentación de certificado médico cuando corresponda
Citación al (la) apoderado (a) y Registro en el libro de clases
Se espera que los(as) estudiantes cumplan que los horarios establecidos
Atrasos Leve Dialogar con el(la) estudiante para averiguar razón del atraso y registrar retraso
Inspector (a) 1 a 3 veces a la semana: Amonestación verbal, Citación al apoderado y justificativo4 o más veces: Amonestación
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No ingresar a la sala de clases en los horarios establecidos (después de los recreos)
Asistente de la Educación
escrita, Profesor a domicilio y compromiso de puntualidad
1 vez: Amonestación verbal2 a 3 veces: Amonestación escrita4 o más veces: Citación del apoderado(a) y compromiso de puntualidad con estudiante
Se espera que los(as) estudiantes respeten los valores que sustenta el establecimiento
Copiar en pruebas o controles escritos ya sea desde el cuaderno o a su compañero(a)
Sustraer documentos de la escuela o falsificación de formas en general
Falsificar firma de apoderado y/o autoridad del colegio
Leve
Grave a Gravísima
Grave
Amonestación verbal y cambio de puesto
Registro en libro de clases, Citación al apoderado
Citación de apoderado (a) por escrito
Docente
Inspector GeneralUTP
Inspectoría General
1 vez: Amonestación verbal y cambio de puesto2 o más veces: Registro en el libro de clases.
1° a 2 veces: Entrevista con Profesor(a) Jefe. Citación a apoderado(a)3 o más veces: Citación apoderado(a) y Suspensión temporal de 3 a 20 días para investigación y establecer los procedimientos a seguir.
1 a 2 veces: Entrevista con profesor jefe, citación del (la) apoderado(a) y Registro hoja de vida3 o más veces: Citación apoderado (a) y Suspensión Temporal de 1 a 3 días.
Se espera que los(as) estudiantes cumplan con las tareas y trabajos solicitados en las distintas asignaturas
Incumplimiento de deberes escolares
Leve Dialogar con el (la) estudiante, Presentar justificativo, Registrar en hoja de vida
Profesor de Asignatura o sub-
sector
1 a 2 veces: Amonestación verbal3 o más veces: Citación apoderado(a) y Registro en el libro de clases
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Se espera que los(as) estudiantes no usen artefactos personales en la sala de clases, como teléfonos celulares, o cualquier otro sistema de audio y/o sonido que no correspondan al aprendizaje del alumno(a)
Uso de celulares o cualquier objeto que no sea necesario para su aprendizaje
Leve
Grave
Si utiliza estos artefactos se le pedirá que lo guarde.
Si persiste en su uso será retirado y confiscado y se dará aviso al apoderado(a) y al Profesor(a) Jefe
InspectoríaProfesor(a) de
asignatura
1 vez: Amonestación verbal por parte del(la) docente.
2 o más veces: se confisca el objeto y se entregará a fin de año con observación en el libro de clases. Citación al apoderado
Se espera que los(as) estudiantes usen de forma adecuada los computadores e internet
Abrir páginas inconvenientes y reñidas con la moral en computadores
Leve
a
Grave
Dar aviso al docente de la asignatura y jefatura Docente 1 vez: Amonestación verbal y escrita
2 o más veces: Citación al apoderado(a) y no se le permitirá el uso de computadores ni internet.
Se espera que los (as) estudiantes cuiden y mantengan material, infraestructura y mobiliario escolar
Destrucción, daños o mal uso del material, infraestructura, mobiliario escolar
Grave Investigar situación, se anotará en el libro de clases y se derivará a inspectoría. Citación de apoderado(a). Se solicita la reparación de lo destruido
Inspectoría General
Dirección
Anotación en el libro de clases y registro en inspectoría.Servicio comunitario al interior del recinto escolarCitación al apoderado quien deberá reparar el daño causado
Se espera que los (as) estudiantes mantengan una relación de respeto, cordialidad y buen trato hacia los (as) profesores, personal administrativo y asistentes de la educación
Tirar papeles y objetos dentro o fuera de la sala
Cometer actos que impidan el normal desempeño del personal de la escuela
Interrumpir al profesor (a) y/o a otro(a) alumno(a) que participe en la clase
Leve
Grave
Leve a
Grave
Anotación en el libro de clases
Anotación en el libro de clases y citación al apoderado
Amonestación verbalConversar con el alumno (a) para saber el por qué provoca el desordenLlamado de atención
Profesor sub-sector
DocenteDirección
Profesor del ramo o subsector
Citación al apoderado
1 a 2 veces: Amonestación y Registro en el libro de clases3 o más veces: Citación apoderado(a)
1 a 2 veces: Amonestación verbal y escrita. 3 o más veces: Citación apoderado(a)
Se espera que los(as) estudiantes tengan un trato sin discriminación entre ellos(as) y hacia la
Burlas, malos tratos, sobrenombres,
Grave Se conversa con el(la) alumno(a) involucrado(a) sobre la situación.Se anota en el libro de clases y se cita al
DocenteDirección
1 a 2 veces: Amonestación verbal y escrita. 3 o más veces: Citación
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comunidad escolar insultos apoderado. Asimismo, se recomienda a los(as) estudiantes asistir a mediación escolar.
apoderado(a)
Se espera que los(as) estudiantes mantengan un adecuado trato sin agresiones física ni verbales entre ellos(as) y hacia ningún integrantes de la comunidad escolar
Amenaza o agresión física y/o verbal entre estudiantes o hacia un funcionario del establecimiento.
Apropiación de cosas ajenas dentro del establecimiento (hurto)
Portar, traficar y/o consumir de drogas lícitas o ilícitas (salvo prescripción médica)
Amenaza con Armas blancas o uso de ellas en riñas y peleas
Ciberbullying o violencia cibernética (uso de computadores
Grave
a
Gravísimo
Gravísimo
Gravísimo
Diálogo entre los(as) implicados(as)Amonestación escritaCitación de apoderado(a)Derivación a orientación Evaluación y autorreflexión de conductaBuscar ayuda de especialista si es necesario Aviso a InspectoríaConstatación de lesiones en caso del docente
Investigar el caso. Citación de apoderado(a). Dependiendo de gravedad del robo se llama a carabineros
Investigar el caso Citación del apoderado(a)Atención orientaciónDerivación especialistaAviso a Carabineros
Profesor(a) jefeDirección
Inspectoría General
Profesor JefeOrientaciónDirección
DocenteOrientaciónInspectoría
General
1° a 2 veces: Entrevista con Profesor(a) Jefe. Citación a apoderado(a).
3 veces: Suspensión Temporal de 3 a 20 días para la investigación del caso.4 veces o más: Condicionalidad y se considerará la expulsión del(la) alumno(a) después de debido proceso
1° vez: Entrevista con Profesor(a) Jefe. Citación a apoderado(a)2 o más veces: Suspensión temporal de 3 a 20 días para investigación y establecer los procedimientos a seguir.Se considerará la expulsión del(la) alumno(a) después de un debido proceso
Suspensión temporal de 3 a 20 días para investigación y establecer los procedimientos a seguir.Se considerará la expulsión del(la) alumno(a) después de un debido proceso
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e internet para agredir)
Persecución y acoso sexual o de otro tipo en contra de sus pares así como también la exhibición de su cuerpo en forma inadecuada
- Mayor de 14 y menor de 16 años, sujetos a la ley penal juvenil
Se espera que los(as) apoderados(as) durante su permanencia como tales en la escuela, mantengan el debido respeto y buen trato con cada estamento.
Se espera que los(as) apoderados(as) cumplan con su rol de apoyo en las tareas pedagógicas de sus pupilos y se hagan responsables en la asistencia a reuniones mensuales y citaciones, mostrando interés en informarse del avance y dificultades de su pupilo
Ingresar al establecimiento sin autorización
Agredir verbal y/o físicamente al personal del colegio
Ausencia a reuniones y citaciones
Leve
Gravísimo
2 veces:Leve
3 o más veces:Grave
Entrevista con Dirección
Entrevista con Dirección y Constancia y denuncia y constancia a carabineros
Se recurre a una segunda citación mediante profesor a domicilio
Dirección
Dirección
Profesor jefeDirección
Amonestación de DirecciónDenuncia y constancia en Carabineros
Anotación en registro de Inspectoría y Denuncia y constancia en carabineros
3 faltas a reuniones o citación: condicionalidad de pupilo/a
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TITULO XI:¿Qué hacer en caso de sospecha o certeza de maltrato infantil Grave o Abuso Sexual?1
Artículo N° 33 Procedimiento reglamentario Ante caso de sospecha o certeza de maltrato infantil grave o abuso sexual.
“El(la) docente debe mantener atento frente a las conductas del(la) estudiante, y frente a cualquier cambio brusco y sin explicación en su comportamiento, frente a la conducta de los
pares y a la información de otros(as) profesores(as)”
1 Ministerio de Educación, Gobierno de Chile. 15
TITULO XII:Sobre la formulación del Manual de Convivencia
Artículo N° 34. Las reformas y actualizaciones del presente Reglamento deberán ser discutidas y aprobadas por representantes de los estamentos (profesores, apoderados(as) y estudiantes) de la comunidad escolar una vez al año
Artículo N° 35. El presente Reglamento deberá difundirse adecuadamente entre los diversos miembros de la comunidad educativa, incluyendo las siguientes medidas:
- Deberá publicarse íntegramente un texto actualizado del Reglamento en un lugar visible del establecimiento.
- Cada vez que se matricule a un/a alumno/a, el padre, la madre o tutor correspondiente recibirá una copia del Reglamento, debiendo firmar una constancia de su recepción.
- El Reglamento deberá ser conocido y aplicado permanentemente por los(as) alumnos(as), profesores, inspectores y demás miembros de la institución.
- Deberá enseñarse e informar a los(as) alumnos(as) sobre su contenido y alcance.
Artículo N° 36. El presente Reglamento de Convivencia fue elaborado de forma Participativa con representantes de Docentes, Apoderados (as) y Estudiantes.
Artículo N° 37. El presente Reglamento de Convivencia fue revisado y aprobado por el Consejo Escolar del Establecimiento.
Nombre y Firma de cada Representante:
Dirección Representantes de los(as) estudiantes
Centro de Padres Representantes de los(as) Profesores(as)
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