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FUSIÓN DE PREDIOS
Primera parte
Documentos
1 Original o copia autorizada por notario del certificado de avalúo fiscal vigente (desglosando terreno y construcciones)
2 Fotocopia del Certificado de informaciones Previas
3 Fotocopia de patente al día del arquitecto
4 Plano de Subdivisión o Fusión a escala no menor a 1:1000 con información topográfica.
5Plano de ubicación a escala no menor a 1:5000
6Plano con graficación de la subdivisión predial existente y propuesta.
7Solicitud completa
1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
¿Qué es?Cuenta con información acerca del precioestimado propuesto por el fisco a la propiedad,N° de rol de avalúo, dirección del predio,nombre del propietario registrado ante elSII, las exenciones (si corresponde) y/o lascaracterísticas del bien raíz, tales comoterreno y construcciones ( esto último para elCertificado de Avalúo Fiscal Detallado). Dichostipos son:
•Certificado de Avalúo Fiscal Simple (sin datosdel propietario registrado en el SII)•Certificado de Avalúo Fiscal Simple (con datosdel propietario registrado en el SII)•Certificado de Avalúo Fiscal para Trámite dela Posesión Efectiva (en moneda del semestreindicado)•Certificado de Avalúo Fiscal Detallado (sólopara el propietario registrado en el SII)
https://zeus.sii.cl/avalu/br/brh110.htm
¿Qué se hace?
1.- ingresar al sitio www.sii.cl, seleccione el menú Bienes raíces
2.- Seleccione la opción Certificados de Avalúos Fiscales
3.- Ingrese Región, Comuna y Rol del bien raíz.
Seleccione la opción de Certificado de Avalúo según tipos identificados punto 2.
3.a1.- Ingrese Región, Comuna y Rol del bien raíz.Seleccione la opción de Certificado de Avalúo según tipos identificados punto 2.
3.b1.- Resto Certificados de avalúo fiscal identificados punto 2 ( certificado de avalúo fiscal detallado sólo para propietarios)
3.b2.- Regístrese con su RUT y su Clave secreta
4.- Visualice e Imprima Copia del Certificado de Avalúo Solicitado, sin costo alguno.
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¿Qué es?Certificado de Informes Previos es uno de losprimeros documentos que se deben obtenerantes de comenzar una obra o la regularizaciónde esta. La relevancia de este radica en lainformación que este contiene, ya que seseñalan las condiciones y limitantes que lanormativa urbanística exige en el predio oterreno.
¿Qué contiene?-Localización e identificación de la propiedad:
Calle numero, villa o población,manzana, sitio.-Instrumentos de planificación territorialaplicados. PRC o PRM y la zona a la cual
corresponde dentro de este.-Normas Urbanísticas: Usos de suelo,
adosamientos, ochavos, etc.Normativas de estacionamientosLíneas oficiales y afectación a utilidad publica.
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$15.000DEPENDE COMUNA
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1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
¿Qué es una patente municipal?
El permiso necesario para emprender cualquier actividad comercial que necesita un local fijo. Lo otorga la municipalidad del lugar donde se instalará el negocio.
¿Qué tipos de patente hay?
Patentes comerciales: para tiendas y negocios de compraventa en general. Patentes profesionales: para, por ejemplo, consultas médicas, estudios de abogados o estudios de arquitectura. Patentes industriales: para negocios cuyo giro es la producción o manufacturas, como panaderías, fábricas de productos, alimentos, etc. Patentes de alcoholes: para botillerías, bares, restaurantes y afines.
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1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
¿Qué es una Sub-División?
proceso de división del suelo que no requiere la ejecución de obras de urbanización por ser suficientes las existentes, cualquiera sea el número de sitios resultantes. (Odenanza General de Urbanismo y Construcciones).
Artículo 2.1.19. La división de prediosrústicos que se realice de acuerdo al D.L.Nº3.516, de 1980, y las subdivisiones,urbanizaciones y edificaciones queautoriza el artículo 55 de la Ley Generalde Urbanismo y Construcciones, sesometerán a las siguientes reglas, segúnsea el caso:
1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
Según el D.L. N 3.516,
De 1980, los predios rústicos, esto es, los inmuebles de aptitudagrícola, ganadera o forestal ubicados fuera de los límites urbanos ofuera de los límites de los planes reguladores inter-comunales deSantiago, Valparaíso y Concepción, podrán ser divididos librementepor sus propietarios en lotes cuya superficie sea igual o superior a0,5 hectárea física. Estas divisiones, conforme al artículo 46 de laley N°18.755, requieren certificación del Servicio Agrícola yGanadero, respecto al cumplimiento de la normativa vigente en lamateria, sin que sea exigible autorización de la Dirección de Obras
Municipales.No obstante lo anterior, el interesado deberá remitir copia del planode subdivisión y de la certificación del Servicio Agrícola y Ganadero, ala Dirección de Obras Municipales para su incorporación al catastro aque se refiere la letra d)del artículo 24 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional deMunicipalidades, en su texto refundido fijado por D.F.L. N° 1-19.704,del Ministerio del Interior, de 2001.
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¿Qué es una Sub-División?
proceso de división del suelo que no requiere la ejecución de obras de urbanización por ser suficientes las existentes, cualquiera sea el número de sitios resultantes. (OGUC). El plano no puede ser menor a 1:1000
Artículo 2.1.19. La división de prediosrústicos que se realice de acuerdo al D.L.Nº3.516, de 1980, y las subdivisiones,urbanizaciones y edificaciones queautoriza el artículo 55 de la Ley Generalde Urbanismo y Construcciones, sesometerán a las siguientes reglas, segúnsea el caso:
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1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
Conforme al inciso tercero del artículo 55 de laLey General de Urbanismo y Construcciones,
En relación con lo previsto en la letra e) del inciso segundo del artículo 1º delD.L. Nº 3.516, de 1980, cuando sea necesario subdividir y urbanizar terrenosrurales en lotes cuyas superficies sean inferiores a 0,5 hectárea física, paracomplementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar deequipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamentoturístico, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendassociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 uf, que cuenten con losrequisitos para obtener el subsidio del Estado, se deberá solicitar laautorización correspondiente a la Secretaría Regional Ministerial deAgricultura respectiva, la que deberá contar con el informe previo favorablede la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, observando elprocedimiento previsto en el artículo 3.1.7. de esta Ordenanza. La SecretaríaRegional Ministerial de Vivienda y Urbanismo deberá señalar en su informe elgrado de urbanización que deberá tener esa división predial, conforme a loque establece esta Ordenanza en sus artículos 2.2.10. y 6.3.3., según proceda.
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¿Qué es?
Como el mismo nombre lo dice es un plano que muestra la ubicación del proyecto, este debe mostrarse en un plano no superior a 1:5000, de preferencia con el norte a 90°.
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1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
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¿Qué es?
Muestra lo que hay y lo que se quiere hacer, en una escala no menor a 1:5000
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jpg1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
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¿Qué es una solicitud completa?
Es cuando de hizo un avaluo fiscal, despues se solicitan los informes previos, despues de revisa si uno tiene la patente al dia, luego se dibuja un plano de subdivision, uno de ubicación, y uno con la propuesta.
Luego de tener todo eso uno tiene una SOLICITUD COMPLETA PARA PODER LLEBAR A LA MUNICIPALIDAD
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1. Avalúo Fiscal
2. Informes Previos
3. Patente Arquitecto
4. Plano de Subdivisión
5. Plano de ubicación
6. Plano de subdivisión
existente y propuesta
7. Solicitud Completa
ETAPAS DE LA CONSTRUCCIÓN
Segunda parte
GENERALIDADES Y TRABAJOS PRELIMINARES
1. LIMPIEZA DEL TERRENO
El Contratista procederá a la limpieza total del terreno
antes de iniciar las obras; para ello se retirarán todos
los residuos, árboles y malezas y se lo dejará en
condiciones favorables para la buena marcha de los
trabajos.
2. LOCALES PARA ACOPIO DE MATERIALES
El Contratista deberá construir locales para
acopiar materiales de características tales que los
protejan del sol, lluvia, heladas, etc. El piso será
apropiado al material que se acopia.
No se permitirá acopiar materiales a la intemperie
y/o con recubrimientos de emergencia.
3. INSTALACIONES DE CASILLAS PARA LA
INSPECCION DE OBRA Y OFICINA DE LA
EMPRESA.
Se ajustarán a lo indicado en las cláusulas
generales.
4. INSTALACIONES SANITARIAS PARA EL PERSONAL
El Contratista deberá construir baños y duchas provisorias con desagüe
a la red pública. Como mínimo será uno cada veinte hombres.
Deberá proveer agua suficiente a dichas instalaciones y mantenerlas en
perfecto estado de aseo. En general deberá dar cumplimiento a las
Ordenanzas Municipales y/o Convenios Laborales en vigencia
5. INSTALACIONES DE DESAGOTAMIENTO DE AGUA
La Dirección de Obra juzgará donde resulten necesarias y
funcionarán por sistemas que someterá a aprobación.
Las mismas serán por cargo del Contratista y a sus expensas.
6. APUNTALAMIENTOS
Serán a cargo del Contratista y a sus expensas los apuntalamientos
necesarios para evitar cualquier tipo de desmoronamiento o
derrumbe al realizar excavaciones para cimentación.
7. REPLANTEO
En el replanteo general de las obras, se fijarán puntos de referencia
para líneas y niveles, en forma inalterable y durante la construcción,
el Contratista tendrá que conservar dichos puntos.
El trazado de las obras se ajustará estrictamente a los planos
aprobados y todo tipo de indicaciones que imparta la Dirección de
Obra
MOVIMIENTO DE TIERRA
1. DESMONTE Y TERRAPLENAMIENTO
De ser necesario para la correcta ejecución de los trabajos,
será obligación de el Contratista efectuar el desmonte o
terraplenamiento necesario para llevar el terreno a las cotas
establecidas en el respectivo plano de nivelación.
Del mismo modo, antes de iniciar los trabajos de las obras,
se efectuarán los desmontes y/o terraplenamientos para
evitar perjuicios de las mismas, facilitando los desagües de
las aguas pluviales y evitando la formación de charcos.
2. EXCAVACIONES
Las excavaciones en general se efectuarán de
acuerdo a los planos respectivos o a lo dispuesto por
la Dirección de Obra.
El Contratista apuntalará cualquier parte del terreno
que por sus condiciones o calidad de las tierras
excavadas, haga presumir su desprendimiento,
quedando a su cargo todos los perjuicios de
cualquier naturaleza que se ocasionen, si ello se
produjera.
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