2 2 MAR 2018

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 15 l -2018-ANA/AAA XII.UV.

Cusco, VISTO: 2 2 MAR 2018 El expediente administrativo Nº 1145-2017, con CUT Nº 122723-2017, tramitado ante la

Administración Local del Agua Sicuani, en fecha 07 de Agosto del 2017, presentado por el Señor Higidio Machaca Charca, identificado con DNI Nº24698709, en calidad de Presidente de la Comunidad Campesina Uchu del Distrito de Tinta, Provincia de Canchis y Departamento de Cusco, quien solicita Acreditación de Disponibilidad Hídríca, con fines Agrarios, para el proyecto denominado "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión de los sectores: Saccoma-Orcoña, Rinconada y Carpachuco 1, C.C. Uchu, Tinta, Canchis, Cusco".

CONSIDERANDO:

Que, la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia en el pais a través de órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los Recursos Hidricos, en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura! de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, el numeral 81 .1 y 81 .2, del artículo 81° del Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI, que modifica el Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por D.S. Nº 001-2010-AG, establece que, La Acreditación de la Disponibilidad Hídrica certifica la existencia de recursos hídricos en cantidad, oportunidad y calidad apropiadas para un detenninado proyecto en un punto de interés, se puede obtener mediante: a) Resolución de Aprobación de la Disponibilidad Hidrica y b) Opinión Técnica Favorable a la Disponibilidad Hidrica contenida en el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA). La Acreditación

~·D ""'~ de Disponibilidad Hidrica tiene un plazo de vigencia de dos (02) años, no faculta a usar el agua ni ejecutar obras y no es exclusiva ~ . a J ~ll ni excluyente. Puede ser otorgado a más de un peticionario, respecto de una misma fuente;

g» Js "t ~ ., Que, el procedimiento se instruyó bajo la aplicación de la Resolución Jefatura! Nº 007--,;,~ \<>º 2015-ANA - Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y

" '· Autorizaciones de Ejecución de Obras en fuentes Naturales de Agua, y considerando el Principio de lnformalismo previsto en la Ley Del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, que establece "Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público· siendo así, revisado los requisitos establecidos en el TUPA y en la Resolución Jefatura! Nº 007-2015-ANA, se advierte que ha cumplido con los requisitos que establece;

Que, se efectuó la verificación técnica de campo en fecha 31 de Octubre del año 2017, (fojas 69-71), con la participación del personal de la ALA Sicuani y el administrado; constituyéndose en el lugar denominado Atuntiruma Chicchiorcco de la Comunidad Campesina de Uchu, Distrito de Tinta, Provincia de Canchis y Departamento del Cusca, constatándose la existencia de una fuente hídrica denominada Rlo Majura, ubicado en las Coordenadas UTM WGS 84, Zona 19L, 237839 E, 8436190 N, altitud 4526 msnm., con un caudal estacional de 4.781/seg;

Que, con Informe Técnico Nº 013-2018-ANA-AAA.UV-AT/RMA, de fecha 23 de Enero del año 2018, evaluado por el Especialista en Agua Superficial y Subterránea de la Autoridad Administrativa del Agua XII UV, a través del cual precisa lo siguiente; 1. El expediente administrativo con CUT: 122723-2017, se encuentra de acuerdo con los requisitos exigidos según el texto único de procedimientos administrativos TUPA 13-ANA y su marco normativo R.J Nº007-2015-ANA, para el procedimiento de Acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines Agrarios para el proyecto "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión en los sectores: Saccoma-Orcoña, Rinconada y Carpachuco 1, C.C. Uchu, Tinta, Canchis, Cusco" 2. El 17.11 .2017 mediante escrito con registro Nº 1743-2017-ANA-ALA-SICUANI, adjunta copias de constancias de publicación del aviso oficial Nº 023-2017-ANA/AAA XII-UV/ALA SICUANI/X.C.C, realizada en la Municipalidad distrital de Tinta (del 09 al 14 de noviembre), local del Salón Comunal de la C.C. Uchu (del 09 al 14 de noviembre) y en la ALA Sicuani del 08 al 15 de noviembre del 2017, en la cual no se ha presentado oposición alguna al trámite, por lo tanto se ha continuado con el procedimiento. Asimismo, se ha verificado que las fuentes naturales de agua no se encuentran en un área natural protegida del SERNAMP, así como de no encontrarse en una zona arqueológica sobre la base de información

actualizada de la Unidad - (USNIH) de esta Autoridad. 3. De la memoria descriptiva se desprende que la disponibilidad hidrica ha sido obtenida mediante los aforos puntuales practicados en el tiempo de estiaje por el método volumétrico en el punto de captación en el mes de junio 2017 que fue de 1.50 1/s; y a partir de esos datos completo para todos los meses del año, siendo para el mes de octubre 4.34 1/s según la verificación técnica de campo realizado por la ALA Sicuani en el mes de octubre ha realizado el aforo en el punto de captación de la quebrada Majura obteniendo un caudal de 4.78 1/s; para efectos del presente análisis se tomara como caudal base la oferta hídrica mensualizada presentada por el consultor y derechos de terceros, el trámite administrativo de Acreditación de disponibilidad hídrica refiere al caudal disponible en la fuente de agua, así como a las fluctuaciones de las disponibilidades de agua a lo largo del año, originadas por sus causas naturales; en tanto la Acreditación de disponibilidad hídrica para el proyecto se basa en caudales existentes en la fuente de agua, en consecuencia se tiene un

~"~º~.,~ volumen efectivo total anual de 151 ,797.02 m3/año. 4. La demanda hídrica está sustentado por la cedula de cultivo planteada / 1111-

8M:e1,. ~por el administrado, el riego de 8.00 has para la primera campaña, dedicadas al cultivo de maíz 4.00 Has, papa 1.00 Has y

¡¡ ' }S:Pastos cultivados 3.00 Has, desde el mes de abril a diciembre (10 meses), con una jornada de riego de 12.00 horas, módulo de R i.; riego promedio de 0.61 1/s/ha, para la segunda campaña hortalizas 1.00 Has, la demanda hidrica mensualizada del proyecto es

~,,.,.,~~,;4'.,.º de 29,036.88 m3/año. 5. De acuerdo con el balance (oferta - demanda) hidrica, no existe la disponibilidad hídrica aprovechable ~rnb•"''I en la fuente hidrica en todos los meses del año existiendo déficit hídrico en los meses de mayo a noviembre. 6. Por lo que se

acredita un volumen de 13,591 .15 m3/año, de acuerdo con la disponibilidad hidrica y la cedula de cultivo planteada por el administrado. Por lo tanto, se Acredita la Disponibilidad Hídrica de agua superficial para fines Agrícolas para el proyecto "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión en los sectores: Saccoma-Orcoña, Rinconada y Carpachuco 1, e.e.

~ ·e: ·~c.. Uchu, Tinta, Canchis, Cusco", según la disponibilidad hídrica y la cedula de cultivo planteada por el administrado. Asimismo, i·' Abs 11 :s ?le recomienda acreditar la disponibilidad hidrica por un plazo de (02) años, precisar que la Acreditación de disponibilidad hídrica ;: . ¡no autoriza la ejecución de obra ni la utilización del recurso hídrico, siendo para ello la presentación de la Autorización de

\!. 00 " ción de obra de aprovechamiento hidrico y disponer que el titular deberá de considerar la implementación de una >; ~~ ~ _rstructura de control y medición de caudal en la fuente de agua para la etapa de ejecución de las obras;

t, •• ,.

Que, de la evaluación de los actuados en el expediente de Acreditación de Disponibilidad Hídrica, para la obtención de Licencia de Uso de agua con fines agrarios, para el proyecto denominado

0 "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión de los sectores: Saccoma-Orcoña, Rinconada y Carpachuco 1, C.C. ~,v,.a "4(D~ Uchu, Tinta, Canchis, Cusco", se evidencia que el administrado ha cumplido con los requisitos previstos por la norma, se /~ t, colige que el procedimiento administrativo se ha llevado de manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los :il ,. ile4 )~ parámetros técnicos y requisitos legales, por lo que resulta amparable;

~~ *t ~ . "'~.,. Que, de acuerdo al Informe Legal N° 80-2018-ANA/AAA XII-UV-AL-efsa, y el Informe

ª Técnico N° 013-2018-ANA-AAA.UV-AT/RMA y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI - Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; esta Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba - Vilcanota;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.· APROBAR la Acreditación de Disponibilidad Hidrica de Aguas Superficiales, con fines agrarios, a favor de la Comunidad Campesina de Uchu del Distrito de Tinta, Provincia de Canchis y Departamento del Cusco, para el proyecto denominado "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión de los sectores: Saccoma-O_rcoña, Rinconada y Carpachuco 1, e.e. Uchu, Tinta, Canchis, Cusco" de acuerdo al siguie~te detalle:

Ublc1cl6n \.t>lurnend• Fu1nt.deAgu1 Polltico HJdrograflea Goografica agua

Unidad Proyoc:don UTM Acreditado

Tipo Nombra Dap1n.manto Provincia Olttrito Cutnca O.tum Zona Altitud Hldr09raftca Etll(m) Nor11t(rn) lmsnml

(m3)

Quebrada Ma¡ura CUICO Canchis Tirlla Urubamba Vlcanola UH: 49949 1',13$84 19S.. 237839 8436190 4,S26 IJ,S9Ll5

ARTÍCULO 2º.· ESTABLECER que la Disponibilidad Hidrica a favor de la Comunidad Campesina de Uchu del Distrito de Tinta, Provincia de Canchis y Departamento del Cusco, para el proyecto denominado "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión de los sectores: Saccoma-Orcoña, Rinconada y Carpachuco 1, C.C. Uchu, Tinta, Canchis, Cusco" y que según el balance hidrico de (Oferta-Demanda), el recurso hidrico alcanza al 100% para todos los meses, existiendo superávit hidrico tal como se muestra en el siguiente cuadro:

2

...

Balan<tHatco(CtlldalyV...._-..Q v ........ DESCRFCION Une! ToulAnuol

ENE FES IIAR MIR IIAY JUN JUL NJ() SfT OCT NOV Ole fm31

Lis 13.65 1252 1326 2.57 026 -0.71 -0.79 0.12 1.50 237 296 10.38 011111 Disporl,le 204,JCMl.62 ml 36560.18 30.231.38 35515.58 12.388.78 5615.65 3118.00 3803.33 .,.,,_a, U16.32 12.217.07 13400.64 33121.06

Lis 000 0.00 000 147 2 44 140 1.20 t.91 370 4.34 3.90 1.66 Dtm.andoHidric> 29,036.83 ml 0.00 0.00 0.00 1905.12 3.267.65 1114.40 l!Gl.04 2.557.17 4 795.20 5812.13 5 054.40 "".Ol Lis 1365 1252 1326 110 -218 -2.11 -1.99 -179 -2.20 -1.97 -094 a.n Ba~nc, Hidrico: Sup,rt'll (+) Dtfd (·) 93,723.26 m3 36560.18 30.288.31 35 515.58 2.851.20 -5338.91 -5489.12 -533G.02 -4 794.34 -5702.40 -5176.45 -2.436.48 23 355.65

ARTÍCULO 3º.· ESTABLECER, que la Acreditación de Disponibilidad Hidrica para el proyecto denominado "Instalación del Sistema de Riego por Aspersión de los sectores: Saccoma-Orcoña, Rinconada y Carpachuco 1, e.e. Uchu, Tinta, Canchis, Cusco" es con un volumen anual de 13,591 .15 m3/año, para una demanda mensual según el siguiente detalle:

Fuente de Agua Caudal I Volumen Mensual Acreditado Volumen Und. TiPO Nombre Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Die Anual(m3)

Has O.DO O.DO O.DO 8.00 8.DO 8.DO 8.00 8.00 8.DO 8.00 8.00 800 Quebrada Majura Vs 0.00 0.00 0.00 1.47 0.26 0.00 0.00 0.12 1.50 2.37 2.96 1.66

m3 0.00 0.00 0.00 1,905.12 348.19 0.00 0.00 160.70 1,944.00 3,173.90 3,836.16 2,223.07 13 591.15

,y~" ARTÍCULO 4º.· PRECISAR que la Acreditación indicada en el articulo 1 º dela presente Resolución Directora!, es de DOS (02) ... •'' AÑOS, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.· DECLARAR, que la Acreditación de Disponibilidad Hídrica para la obtención de la Licencia de Uso de Agua Superficial con fines Agrarios, no autoriza la utilización, ni el aprovechamiento del recurso hidrico a favor del administrado, siendo necesario para ello que el administrado obtenga el derecho de uso de agua correspondiente, de conformidad al cumplimiento de las condiciones concurrentes del articulo 53° de la Ley de Recursos Hidricos · Ley Nº 29338.

ARTÍCULO 6°.- REMITIR copia de la presente Resolución Directora! al Responsable del Sistema de Información de Recursos Hidricos, de esta Autoridad y a la Administración Local del Agua Sicuani.

ARTÍCULO 7°.- ENCARGAR a la Administración Local de Agua Sicuani, notifique la presente Resolución Directora!, al señor Hididio Machaca Charca, en calidad de Presidente de la Comunidad Campesina de Uchu, al domicilio consignado en la Comunidad Campesina de Machacmarca, comprensión del distrito de Tinta, provincia de Canchis y departamento del Cusco.

MPBCH/AUefsa Ce. A rch

f'Gq,i iu. ~~'I_/

REGÍSTRESE y COMUNiQUESE.

1 iguel Plutarco Beltrán Chite Director

Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba Vilcanota

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