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5 BOLETÍN OLETÍN OLETÍN OLETÍN INFORMATIVO INFORMATIVO INFORMATIVO INFORMATIVO SECRETARÍA TÉCNICA CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Consejo Nacional de Trabajo Promoción del Empleo y CNT PE Nº 57 – Noviembre 2008
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BOLETÍNOLETÍNOLETÍNOLETÍN INFORMATIVOINFORMATIVOINFORMATIVOINFORMATIVO

SECRETARÍA TÉCNICA CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

Consejo Nacional de Trabajo Promoción del Empleo

y

CNTPE

Nº 57 – Noviembre 2008

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Agradecimiento

Nos complace hacer público nuestro agradecimiento a las siguientes

instituciones que gentilmente facilitaron el desarrollo de las reuniones del

Pleno del CNTPE, Comisión Técnica de Trabajo, Comisión Técnica de

Seguridad Social y Comisión Especial de Productividad y Salarios Mínimos.

Oficina Subregional de la OIT para los Países Andinos

Sociedad Nacional de Industrias

Secretaría Técnica

Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo

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CCOONNSSEEJJOO NNAACCIIOONNAALL DDEE TTRRAABBAAJJOO YY PPRROOMMOOCCIIÓÓNN DDEELL EEMMPPLLEEOO SESIÓN ORDINARIA Nº 91 25 de noviembre de 2008

Este escenario de diálogo social contó con la valiosa participación del viceministro de Economía, economista Eduardo Morón Pastor, quien disertó sobre el panorama de la crisis financiera internacional y las fortalezas de la economía peruana. Cabe resaltar que dicha presentación correspondió al interés del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) por conocer el impacto de la crisis internacional en la economía del país. También, destaca la presentación del estudio relativo al otorgamiento de incentivos a la capacitación laboral e innovación en la empresa, de autoría de la Comisión Especial de Productividad y Salarios Mínimos del CNTPE. Previamente, la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, doctora Sylvia Cáceres Pizarro informó de la comunicación de la Asociación Peruana de Recursos Humanos (APERHU), en la cual solicita participar en el Consejo, en calidad de organización vinculada al Sector Trabajo.

Asimismo, dio a conocer el Memorial de la Federación Regional de Adultos Mayores No Jubilados de Arequipa, el mismo que expresa el pedido de información respecto de la evaluación de los regímenes pensionarios público y privado con la finalidad de trabajar la reforma del sistema previsional peruano. Respecto a la primera comunicación, el Pleno del CNTPE acordó evaluar tal solicitud junto con anteriores pedidos de incorporación, en una próxima sesión extraordinaria. Por otra parte, el Pleno acordó derivar a la Comisión Técnica de Seguridad Social el pedido de información del citado gremio de Arequipa. Posteriormente, en medio de gran expectativa, se desarrolló la presentación del viceministro de Economía, economista Eduardo Morón Pastor, en torno a la “La economía peruana y la crisis internacional”. En su disertación, el Viceministro de Economía puntualizó que el escenario e indicadores de la crisis financiera internacional generan

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incertidumbre sobre las perspectivas de los países desarrollados y emergentes. Señaló que el país cuenta con reservas que permitirían afrontar o mitigar los efectos negativos de la crisis internacional; remarcó que se procurará evitar la desaceleración del gasto público. De otro lado, informó que el Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con un plan de contingencias que involucra un conjunto de instrumentos económicos estrechamente coordinados con el Banco Central de Reserva del Perú, el Banco de la Nación y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Continuando con la sesión, tuvo lugar la presentación del estudio “Incentivos a la Innovación y Capacitación en la Empresa y Crecimiento de la Productividad”, documento consensuado por empresarios y trabajadores en la Comisión Especial de Productividad y Salarios Mínimos del CNTPE. El consultor del Sector Trabajo y miembro de la Comisión Especial, señor Norberto García explicó que el estudio contempla una propuesta de incentivos para la capacitación e innovación que consiste en el reintegro diferido, en forma de crédito tributario, a favor de las empresas que inviertan en capacitación o innovación, con la condición de que las empresas beneficiarias registren dos años de crecimiento de ventas reales a un ritmo superior de 2,5% anual, período que se calculará desde la fecha en que efectuó el gasto. Cabe indicar que el referido estudio pasó al Orden del Día, a fin de ser sometido a consideración del Pleno. Más adelante, la sesión fue oportuna para que el Sector Trabajador presente la “Propuesta de las Centrales Sindicales para la Reforma de la Seguridad Social en el Perú. Hacia una seguridad social universal y solidaria”, publicación que refleja el trabajo coordinado de las centrales sindicales que integran el Consejo: Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP). Es importante señalar que el Sector Trabajador solicitó formalmente que dicha iniciativa sea

considerada en la discusión sobre la propuesta de Universalización de la Seguridad Social, que se viene desarrollando en la Comisión Técnica de Seguridad Social del CNTPE. Cabe anotar que la presente sesión ordinaria fue suspendida, motivo por el cual la exposición de las consideraciones de la propuesta del Sector Trabajador al igual que el desarrollo de los demás puntos de agenda, se retomarán en fecha por determinarse. En esta oportunidad, la suspensión obedeció al compromiso del titular del Sector Trabajo y Presidente del CNTPE, Dr. Jorge Villasante Araníbar, de concurrir a una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros.

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CCOOMMIISSIIÓÓNN TTÉÉCCNNIICCAA DDEE TTRRAABBAAJJOO

SESIÓN ORDINARIA Nº 274 4 de noviembre de 2008

De conformidad con la agenda, en esta reunión se abordaron el Convenio Nº 188, sobre el Trabajo en la Pesca; la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo y el Proyecto Subregional sobre Migraciones “MIGRANDINA” de la OIT “Fortalecimiento institucional en materia migratoria para contribuir al desarrollo de los países de la región andina” (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú). Precisamente, en virtud al acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 272, se hicieron presentes funcionarios de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP) para informar sobre las obligaciones del Estado peruano frente a una eventual ratificación del Convenio Nº 188 y tomar conocimiento del estado actual de la institución que administra los fondos de pensiones de los trabajadores pesqueros. Así, la abogada de la Oficina de Asesoría Jurídica de la CBSSP, doctora Mariana Mendoza dio cuenta de la problemática y el desbalance económico que enfrenta el Fondo de la CBSSP, por el incumplimiento de los aportes de los armadores

pesqueros y del Estado, así como por el número significativo de demandas de los ex trabajadores y jubilados que han trabado embargo sobre las cuentas del Fondo. La funcionaria señaló que son 90 millones de soles lo que adeuda el Estado por cese de trabajadores y 21 millones de dólares lo que debe pagar el Estado según fallos judiciales. Refirió que otro problema que tiene la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador es no poder acreditar los pagos

ya realizados a los trabajadores ante la carencia o antigüedad de dicha documentación. Sostuvo que como representante de la CBSSP, debe señalar que en virtud al Artículo 34 y disposiciones siguientes del Convenio Nº 188 que establecen que todo Miembro deberá garantizar que los pescadores residentes en su territorio así como las personas a su cargo, en la medida prevista por la legislación nacional, tengan derecho a beneficiarse de la protección de la seguridad social en condiciones no menos favorables que las que se apliquen a los demás trabajadores, incluidos los asalariados y los trabajadores por cuenta propia, que residen habitualmente en su territorio. Puntualizó que no se podría observar porque hay obligación de respetar el derecho a la jubilación, de allí que esta parte del Convenio no sería objeto de observación. La Dra. Mendoza señaló también que el Fondo podría ser viable en la medida que las disposiciones correctivas sirvan para mantener el derecho de seguridad social de los trabajadores pesqueros. Asimismo, indicó que la Caja está

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debiendo pensiones (parte de agosto y el mes de septiembre) y el problema que más les afecta son los embargos. Finalmente, la funcionaria manifestó que la Caja se encuentra dentro de la esfera de la responsabilidad mediata del Estado. Si en algún momento la Caja no existiera, sobrevivirá el Fondo más no la administración. Subrayó que la administración podrá ser ejercida por alguna otra entidad estatal. Con relación al Convenio Nº 188, sobre el Trabajo en la Pesca, los Sectores Trabajador y Empleador solicitaron a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo la elaboración de una compilación de las normas peruanas que regulan la actividad pesquera y que guardan relación con el Sector Laboral, así como una matriz de concordancias entre la legislación nacional y las disposiciones del Convenio Nº 188. Los actores sociales refirieron que este trabajo permitiría a la Comisión analizar dicho marco normativo y su compatibilidad o concordancia con las disposiciones del Convenio 188 para determinar si es posible o no la ratificación por parte del Estado peruano de dicha norma. El Sector Trabajador se aunó a dicho pedido. La Secretaría Técnica señaló que la elaboración de un trabajo de esas características requeriría de la contratación de una consultoría; en todo caso, se plantearía el tema a alguna fuente cooperante para ver la posibilidad de viabilizar el pedido de los Sectores. Con relación a la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo -adoptado el 15 de junio de 2006 en la 95.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo-, la abogada de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Jurídica, doctora Katia Pasco Arróspide señaló que dicho instrumento propone orientaciones a los Miembros para esclarecer las situaciones de antigüedad en la determinación de la existencia de una relación de trabajo porque no resultan claros los derechos y obligaciones de las partes, cuando se ha intentado encubrir la relación de trabajo, o cuando hay insuficiencias o limitaciones en la legislación su interpretación o su aplicación. Finalmente, en atención al pedido de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Jurídica

del Sector Trabajo, tuvo lugar la presentación del Proyecto Subregional sobre Migraciones “MIGRANDINA” de la OIT “Fortalecimiento institucional en materia migratoria para contribuir al desarrollo de los países de la región andina” (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), de la Oficina Subregional de la OIT para los Países Andinos. La exposición recayó en el Consejero Técnico Principal del Proyecto, señor José Luis Ibáñez. Señaló que el objetivo del Proyecto era fortalecer las capacidades de los gobiernos, instituciones y actores sociales para mejorar la circulación legal de los trabajadores migrantes en los países de la

RECOMENDACIÓN Nº 198, SOBRE LA RELACIÓN DE TRABAJO

Contenido

a. Política nacional, así como las medidas que los Estados Miembros deberían tomar en consideración al formular y aplicar dicha política.

b. Determinación de la existencia de una relación de trabajo.

c. Seguimiento y aplicación de las medidas adoptadas.

Política nacional

La formulación y aplicación de una política nacional que examine, clarifique y adapte el campo de aplicación de la legislación pertinente con el fin de garantizar una protección eficaz de los trabajadores que ejercen una actividad en el marco de una relación de trabajo. Esta Política deberá formularse en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores.

Determinación de la existencia de una relación de trabajo

La determinación de la existencia de una relación de trabajo tomando como base los hechos que vinculan la ejecución de un trabajo y la remuneración del trabajador, sin perjuicio de que la relación esté mediada por un arreglo contrario, contractual o de cualquier otro tipo, eventualmente convenido entre las partes;

Seguimiento y Aplicación: adopción de medidas para garantizar el cumplimiento de la legislación.

El establecimiento de un mecanismo apropiado, o utilizar uno ya existente, para efectuar un seguimiento de la evolución del mercado de trabajo y de la organización del trabajo, con el fin de poder dar una opinión respecto de la adopción y aplicación de medidas relativas a la relación de trabajo. La autoridad competente adoptará medidas para garantizar el cumplimiento y la aplicación de la legislación y la normativa relativa a la relación de trabajo.

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Región (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), mediante estructuras de gestión adecuadas. Asimismo, señaló que el Proyecto se había planteado como resultado: la creación de instancias generadoras de información para el trabajo y el diseño de políticas migratorias laborales, la creación y/o fortalecimiento de las capacidades de los Gobiernos y actores sociales para la gestión de las migraciones laborales y el establecimiento de mecanismos socio-laborales que faciliten el retorno voluntario de inmigrantes, mediante políticas adecuadas que les permita insertarse rápidamente en la actividad productiva del país. En cuanto al plazo de ejecución del Proyecto, el Sr. Ibáñez informó que éste sería desarrollado entre los años 2008 y 2011. Finalmente, luego de las intervenciones de las partes, la Dra. Cáceres agradeció la exposición del Sr. Ibáñez e informó que correría traslado, al

Despacho Ministerial de Trabajo, de las recomendaciones de la Comisión Técnica de Trabajo que se traducen en las siguientes iniciativas: - La conformación de un equipo tripartito que

participe en el Proyecto OIT: “Fortalecimiento Institucional en materia migratoria para contribuir al desarrollo de los países de la Región Andina”.

- La presentación del Proyecto “MIGRANDINA” en una sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo.

- La realización de un taller o seminario que tenga por objeto desarrollar temas asociados al fenómeno migratorio en el mundo laboral y comprometer a los actores sociales a participar en las estrategias de respuesta los problemas de inserción en el mercado de trabajo, desintegración familiar, trata de personas, entre otros.

SESIÓN ORDINARIA Nº 275 11 de noviembre de 2008

La Comisión Técnica de Trabajo centró su atención en el análisis de la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo. Cabe señalar que la sesión contó con la participación de los representantes de la Comisión Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali, señores Santiago Donayre Guerrero y Edgardo Torres Bazán, Presidente y Secretario Técnico, respectivamente. Asimismo, asistieron los presidentes de la Comisión Técnica de Trabajo y Comisión Técnica Específica de Lucha contra el Trabajo Forzoso en el Sector Maderero de la Comisión Regional, señores Guillermo Menacho López y Teodoro Jesús Apaclla Límaco, respectivamente. En el marco de la estación de informes, la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP), a

través de su representante el señor Teodoro Zapata Súcuple informó del Taller organizado por el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Huánuco, los días 9 y 10 de noviembre de 2008. Sugirió brindar apoyo a dicho Consejo, en lo relativo a: - Efectividad del diálogo social.

- Presupuesto y autonomía de los Consejos Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.

- Modificación de la Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para que los casos de hostilización y despidos de dirigentes sindicales comprobados por la Autoridad de Trabajo, sean resueltos.

- Incorporación del diálogo social en la currícula escolar.

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- Realización de sesiones descentralizadas del

Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE).

Dicha propuesta obra en el documento que fue entregado a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE). Posteriormente, la Secretaria Técnica del CNTPE, doctora Sylvia Cáceres Pizarro realizó una síntesis del Seminario Nacional sobre la Relación de Trabajo, evento que organizara la Oficina Subregional de la OIT para los Países Andinos y el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (23 y 24 de octubre de 2008), a propósito de la revisión del contenido de la Recomendación Nº 198 de la OIT. Manifestó que el análisis y la opinión de la Comisión Técnica debía tener en cuenta tres ámbitos de intervención del Estado: i) el diseño de una política nacional, así como las medidas que los Estados Miembros deberían tomar en consideración al formular y aplicar dicha política, ii) la segunda aborda la cuestión de cómo determinar la existencia de una relación de trabajo a través de un marco jurídico claro y iii) el seguimiento y la aplicación de las medidas de control y práctica nacional, a través de los operadores jurídicos. A su vez, señaló que el informe ofrecido por la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), sobre las disposiciones de la Recomendación Nº 198 contrastadas con la legislación nacional, sería presentado en la próxima sesión de la Comisión. Posteriormente, los actores sociales continuaron la revisión de los instrumentos internacionales de trabajo aprobados por la OIT, en el marco del procedimiento de sumisión. Así, expresaron sus opiniones respecto de la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo. El Sector Empleador consideró que la legislación positiva peruana se adecúa suficientemente a los preceptos contendidos en la Recomendación Nº 198 de la OIT. Expresó su conformidad al contenido de la Recomendación. Dicho Sector se pronunció a favor de la razonabilidad y suficiencia de los métodos

prácticos (presunciones legales, Principio de la Primacía de la Realidad) y criterios para determinar la relación de trabajo (indicios). Asimismo, solicitó al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo información sobre los mecanismos que aplica para analizar y abordar con mayor eficacia los diferentes asuntos relacionados con el ámbito de la relación de trabajo. Cabe indicar que representantes del Sector Empleador manifestaron que antes de la dación de la Ley de Nº 29245, Ley que regula los Servicios de Tercerización (24 de junio de 2008), precisada por el Decreto Legislativo Nº 1038 (25 de junio de 2008) y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006–2008–TR no existía suficiente claridad sobre los efectos y alcances de la Ley N° 27626 que regula la intermediación, respecto de la tercerización, salvo la precisión dispuesta en el Artículo 4 de su Reglamento, sancionado por Decreto Supremo N° 003-2002- TR. El representante de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), doctor Julio César Barrenechea Calderón recordó que en el Seminario Nacional sobre la Relación de Trabajo ya se había informado sobre el criterio jurisprudencial para determinar la situación laboral del personal del Sector Público comprendido en la modalidad de servicios no personales, en el que respecto al denominado Principio de la Primacía de la Realidad se había opuesto el “Principio de Legalidad”. Sobre el párrafo final de la Recomendación Nº 198 que establece que el instrumento no supone una revisión de la Recomendación Nº 188, sobre las Agencias de Empleo Privadas (1997), ni puede revisar el Convenio Nº 181, sobre las Agencias de Empleo Privadas (1997), el Dr. Barrenechea Calderón señaló que no obstante las observaciones brindadas por la Consejera Jurídica de la OIT, quien había señalado que no era aconsejable tal enunciado, dicho párrafo fue acordado unánimemente por los participantes de la respectiva Comisión Técnica en el año 2006, poniendo así de manifiesto que la Recomendación Nº 198 no modificaba la Recomendación Nº 188 y menos el Convenio Nº 181, a los efectos que los casos de intermediación admitidos en dicho Convenio no pudieran ser relativizados por indicios o presunciones a los que refiere la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo.

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Por su parte, el Sector Trabajador al igual que el Sector Empleador considera que el contenido de la Recomendación 198 de la OIT tiene un amplio y completo desarrollo en la legislación nacional peruana. Precisó que el tema que concita su atención no es de orden sustantivo sino procedimental, vale decir, la eficacia e idoneidad de los instrumentos o mecanismos con los que cuenta la autoridad competente para la aplicación y supervisión de medidas relativas a la relación de trabajo, en el marco de la política nacional. Así el representante de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP), señor Rolando Torres Prieto señaló que no es suficiente la dación de la Ley de Nº 29245, Ley que regula los Servicios de Tercerización y su Reglamento para que el Estado cumpla su función tuitiva. El Ministerio de Trabajo no tiene el número suficiente de inspectores para verificar el cumplimiento del Convenio Nº 188. A su vez, el Sector Empleador recomendó que la Comisión Técnica de Trabajo elabore una agenda de corto plazo cuyo desarrollo siga en paralelo al trámite de sumisión para no retrasar el desarrollo de otros temas que también son prioritarios para la Comisión. Con relación al procedimiento de sumisión, la Secretaría Técnica señaló que sobre el Convenio Nº 188, la Comisión ya cuenta con abundante información que permitiría en el corto plazo, pronunciarse sobre dicho instrumento; lo que resta por hacer es coordinar al interior de cada sector la posición final, remarcando que esta es una responsabilidad de los propios Sectores de Trabajadores y Empleadores. Señaló que se podría elaborar una ayuda memoria sobre los avances de la Comisión en materia del procedimiento de sumisión, con las posiciones preliminares de las partes para ser presentada al Pleno del CNTPE; pero habría que tener presente que sólo dos instrumentos de los 12 vienen siendo revisados y que al ritmo impuesto por la Comisión, la tarea puede retrasar el tiempo que dispone el Estado para cumplir la obligación de sumisión. Finalmente, el representante de la Comisión Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali, señor Teodoro Jesús Apaclla Límaco indicó que la proposición de temas agenda; la adopción de acuerdos había que hacerse que hacerse con

visión integral y de conjunto de trabajadores y empresarios. Señaló que habría que pensar en incorporar al CNTPE al sector de la micro y pequeña empresa, por ser un sector que a pesar de su informalidad genera empleo y analizar la posibilidad de llevar a cabo sesiones descentralizadas del Pleno y Comisiones Técnicas del CNTPE, para propiciar la interrelación de los actores sociales regionales y nacionales y la vinculación de sus agendas. Luego del debate, la Comisión Técnica de Trabajo acordó que en la próxima sesión se presentará el informe de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en torno a la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo y su comparación con la normativa nacional.

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SESIÓN INFORMATIVA 18 de noviembre de 2008

En esta ocasión, se recibió el informe de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en torno a la Recomendación Nº 198, sobre la Relación de Trabajo: Comparación del instrumento con la normativa nacional. El funcionario de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MTPE, abogado Frank Espinoza Laureano tuvo a su cargo la presentación de la matriz que recoge el contenido de la Recomendación 198 de la OIT contrastado con su desarrollo en la legislación nacional (T.U.O del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; Ley Nº 288806, Ley General de Inspección del Trabajo y su Reglamento; Decreto Supremo Nº 019-2006-TR; Directiva Nº 001-2007/MTPE/2/11.4, Directiva nacional para la ejecución del Programa nacional de regularización y verificación de contratos a plazo fijo y su incidencia en el ejercicio de la libertad sindical y la negociación colectiva; Ley N° 27626, Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores; Ley Nº 29245, Ley que regula los servicios de tercerización; Decreto Supremo Nº 006-2008-TR, Reglamento de la Ley Nº 29245 y del Decreto Legislativo Nº 1038, que regulan los servicios de tercerización, Ley Nº 26636, Ley Procesal del Trabajo). Tras el informe expuesto, el Sector Empleador representado por el doctor Julio César

Barrenechea Calderón presentó una breve sinopsis de la adopción y aprobación de la Recomendación 198. Refirió que la discusión general sobre el enfoque teórico de la OIT se inscribió en el Orden del Día de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) del año 2003. Subrayó que no se trataba de un proyecto normativo sino de un trabajo que posibilitó la discusión del instrumento en el año 2006.

Señaló que los años 2003 al 2006 sirvieron para discutir las diferentes terminologías entre las tres partes sobre las “relaciones triangulares”; en un primer momento, el informe sobre la Recomendación Nº 198 adoptó la denominación “Sub contratación”, luego, “Ámbito de la Relación de Trabajo” y finalmente “Relación de Trabajo”. En la CIT del año 2006 trabajadores, empleadores y Estado acordaron la necesidad de un instrumento que adopte la forma de una Recomendación porque no se alcanzó consenso para que revista la forma de un Convenio y como tal el tema de las relaciones triangulares no fue resuelto. Se adoptó entonces la Recomendación Nº 198 que no intentó definir la relación de trabajo, sino que manda a los Estados miembros para que a través de políticas estatales definan el ámbito de la relación de trabajo. El Dr. Barrenechea Calderón señaló que la legislación positiva peruana se adecúa suficientemente a los preceptos contenidos en la Recomendación Nº 198 de la OIT sobre la Relación de Trabajo. Expresó su conformidad al contenido de la Recomendación. A su turno, el Sector Trabajador representado por el señor Teodoro Zapata Súclupe señaló que el gobierno peruano no ha ratificado el Convenio Nº 181, sobre las Agencias de Empleo Privadas, por ello hay una serie de incumplimientos de normas en materia de intermediación laboral y

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tercerización de servicios. Expresó su desacuerdo con lo manifestado por el Sector Empleador. Consideró que las normas nacionales no son lo suficientemente idóneas para solucionar la problemática laboral. Señaló que de haberse aprobado la Ley General de Trabajo, no habría tantos vacíos o deficiencias normativas en lo laboral. Anunció que el Sector Trabajador ya tenía una posición sobre el Convenio Nº 188, sobre Trabajo en la Pesca y que sería presentada oportunamente. El Sector Empleador advirtió que la matriz comparativa presentada por la Dirección General de Asesoría Jurídica, en la parte relativa al “Seguimiento y Aplicación” de la Recomendación Nº 198 estaba incompleta por no hacer referencia a los procedimientos administrativos de control; siendo una parte tan importante de la Recomendación, consideró que debe completarse. En respuesta, funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo indicaron que las normas de seguimiento están en la Ley General de Inspección del Trabajo. Por otra parte, el Sector Empleador recomendó al Sector Trabajador presentar un documento o propuesta al Despacho Ministerial que aborde el tema de la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones laborales. Reiteró lo manifestado en sesiones anteriores: “los problemas se derivan en la aplicación de las disposiciones legales y el control corresponde a la Autoridad Administrativa de Trabajo. La Alta Dirección del MTPE tendría que perfilar políticas o emprender acciones para la efectividad del control e imposición de las sanciones que correspondan”. A sugerencia de la Secretaría Técnica se retomó la discusión en torno al ámbito de aplicación de la Recomendación Nº 198, con la revisión de las cifras sobre el porcentaje de trabajadores asalariados que efectivamente están comprendidos en la legislación laboral y cuentan con niveles de protección suficientes. Para tal propósito, el Asesor de la Secretaría Técnica, economista Edwin Poquioma Chuquizuta informó que de una Población Económicamente Activa (PEA) total de 15 millones de personas, hay

4.5 millones de trabajadores asalariados, de los cuales el 32% tienen contrato de trabajo definido y el 68% son trabajadores autónomos o prestan servicios subordinados pero no tienen reconocida su relación de trabajo y se encuentran materialmente desprotegidos. El Sector Empleador señaló que el problema no es la formalización laboral o de las relaciones de trabajo, sino la formalización de las empresas. Los inspectores van a empresas informales donde hay trabajadores informales. El tema del marco regulatorio de la formalización laboral podría ser abordado por la Comisión Técnica de Empleo en tanto que la formación por el lado de la demanda y no de la oferta, por la Comisión Técnica de Formación Profesional. Por su parte, el Sector Trabajador solicitó: i) Invitar a la Superintendencia de Banca y Seguros y de AFPs (SBS) para que presente la problemática de las AFPs, ii) Invitar a un especialista del Ministerio de Comercio Exterior para que presente el marco laboral del Foro APEC, iii) Conformar la Comisión del Empleo Público por violación de la libertad sindical en el Sector Público. La Secretaría Técnica manifestó que elevaría esta iniciativa al Despacho Ministerial de Trabajo en la reunión con los Coordinadores Ejecutivos. Continuando con el siguiente punto de la agenda, la Secretaría Técnica presentó el informe de avance sobre los cinco ejes temáticos que el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó en Sesión Ordinaria Nº 87 (29 de mayo de 2008). 1. Productividad y salarios 2. Crecimiento y Empleo 3. Derecho del Trabajo 4. Niveles de acceso a la protección social 5. Fortalecimiento institucional Luego, en el marco del Orden del Día, el Sector Empleador solicitó que el documento presentado por la Dirección General de Asesoría Jurídica, sobre la Recomendación Nº 198 sea completado en la parte relativa al “Seguimiento y Aplicación”, lo cual permitiría a los sectores tener el desarrollo normativo de dicha Recomendación a la luz de la legislación nacional, a efectos que se presente en la próxima sesión.

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SESIONES NOVIEMBRE 2008 – COMISIÓN TÉCNICA DE TRABAJO

Mediana

empresa

Gran

empresa

De 2 a 5

trab.

de 6 a 9

trab.

De 10 a 19

trab.

De 20 a 49

trab.

De 50 a 99

trab.

De 100 a

más trab.

Contrato indefinido 10,1 1,7 4,1 7,8 11,7 16,1 25,3

Contrato a plazo fijo 22,7 3,0 7,7 17,1 32,0 47,9 54,3

Contrato por locación de servicios,

servicios no personales3,8 0,8 2,8 4,5 8,4 6,1 6,0

Sin contrato 62,6 94,2 84,8 69,8 46,9 29,0 12,7

Otros 2/ 0,8 0,3 0,6 0,8 1,0 0,9 1,6

Total relativo 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Total Absoluto 4 548 640 1 652 606 467 641 499 739 481 181 285 514 952 008

1/ Preliminar; 2/incluye a los convenios de formación laboral juvenil, trabajadorse en período de prueba, practicas pre profesionales y contrato de aprendizaje.

Fuente: INEI - Encuesta Nacional de Hogares sobre Condiciones de Vida y Pobreza, continua 2007

Elaboración: MTPE - Programa de Estadísticas y Estudios Laborales (PEEL)

Perú: Distribución de los asalariados privados por tamaño de empresa según tipo de contrato, 20071/

Tipo de contrato Total

Microempresa Pequeña empresa

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CCOOMMIISSIIÓÓNN TTÉÉCCNNIICCAA DDEE SSEEGGUURRIIDDAADD SSOOCCIIAALL

SESIÓN ORDINARIA Nº 58 4 de noviembre de 2008

La Comisión prosiguió con la revisión del tema del Aseguramiento Universal en Salud y su vinculación con los niveles de desprotección que afectan a los trabajadores de la economía informal. En primer lugar, centró su atención en el análisis del Dictamen de la Comisión de Seguridad Social del Congreso de la República sobre la Ley Marco para el Ordenamiento y Universalización de la Seguridad Social y Aseguramiento Universal en Salud. Cabe referir que el Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo ha encargado a la Comisión Técnica de Seguridad Social emitir opinión sobre dicho dictamen.

En consecuencia, se llevó a cabo la participación del Coordinador Parlamentario del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), doctor Gustavo del Solar Centurión, quien informó en torno al estado situacional de los proyectos de ley presentados al Legislativo relacionados a la propuesta de Ley. Mencionó que a la fecha se han presentado nueve proyectos de ley (Proyectos Nº 00786/2006-CR, 00789/2006-CR, 00855/2006-CR, 00869/2006-CR,

00915/2006-CR, 00967/2006-CR, 01221/2006-CP, 02150/2007-IC y 02729/2008-CR) cuyas autorías recaen en diversas bancadas; además indicó que existen dos propuestas adicionales presentadas por el Colegio Médico del Perú y por Iniciativas Ciudadanas (FOROSALUD). El Dr. Del Solar Centurión informó que todas las propuestas presentadas han sido derivadas a las Comisiones de Seguridad Social y de Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad, con la finalidad de que, luego de su estudio y análisis se pronuncien, eventualmente, con el dictamen sustitutorio respectivo para su presentación ante el Pleno, en la oportunidad que corresponda. Después, el Sector Empleador consideró que lo más conveniente sería esperar el resultado de las deliberaciones de las Comisiones a efectos de emitir opinión sobre un único texto no susceptible de modificaciones. Por su parte, el Sector Trabajador manifestó que la Comisión Técnica de Seguridad Social debería abocarse a cumplir el mandato que el Pleno le

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confió y emitir opinión en breve sobre el Dictamen de la Comisión de Seguridad Social. Asimismo, el Sector Trabajo invocó al cumplimiento del mandato del Pleno del CNTPE. Ante el disenso expresado, las Centrales Sindicales propusieron revisar la “Propuesta de las Centrales Sindicales para la Reforma de la Seguridad Social en el Perú. Hacia una seguridad social universal y solidaria”, documento elaborado en el año 2007 con el concurso de especialistas y expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y adoptado en consenso del Sector Trabajador, como texto alternativo al Dictamen de la Comisión de Seguridad Social del Congreso de la República. Dicho documento fue presentado formalmente en la presente sesión. También se recibieron los aportes complementarios sobre el tema, por parte del especialista de la OIT para temas de seguridad social y el catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú, señor Fabio Durán y doctor Álvaro Vidal, respectivamente. En otro momento de la sesión, tuvo lugar la presentación del Seguro Social de Salud (EsSalud), para informar de la opinión institucional respecto de la iniciativa del Sector Trabajador para constituir el Sistema de Participación y Vigilancia en la seguridad Social. Para tal efecto, la abogada de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, doctora Miluska Vivanco argumentó que dicha iniciativa no encuentra conforme la propuesta normativa por cuanto la creación de entidades u órganos que supervisen el otorgamiento de las prestaciones y el rol del EsSalud dentro de la sociedad implica la duplicidad de funciones que vienen siendo desarrolladas por otros entes como la Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo y por los propios órganos del EsSalud (Órgano de Control Institucional, Defensoría del Asegurado y Gerencia Central de Prestaciones de Salud). Afirmó que la propuesta es discordante con la autonomía técnica (capacidad de establecer y ejecutar procedimientos y sistemas vinculados a las competencias del EsSalud, referidas al otorgamiento de las prestaciones sociales y económicas) y autonomía administrativa de la institución (capacidad de gestión y de organización interna).

Dicha presentación generó opiniones de diversos gremios. La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), representada por el doctor Luis Castillo Paulino manifestó que a la luz de la estructura orgánica de EsSalud son innumerables los órganos que cumplirían la función que la propuesta prevé; sin embargo, éstos no se dan abasto para atender la multiplicidad de reclamos por los servicios de salud. Por su parte, la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP), representada por la señora Gilda Bueno señaló que la propuesta que plantea reformas a la Seguridad Social en el Perú recoge también la iniciativa originalmente planteada por la CGTP relativa al Sistema de Participación y Vigilancia en la Seguridad Social. Por tanto, sugirió que este tema sea visto como parte de la Propuesta de Reforma de la Seguridad Social. En consecuencia, solicitó a nombre de las Centrales Sindicales contar con un tiempo razonable para el análisis de esta nueva iniciativa invocando que ésta sea vista con espíritu de responsabilidad social. El Sector Empleador, representado por el doctor Harry Stewart Rotondo señaló que desde el punto de vista humano, estaría de acuerdo con avalar la propuesta de creación del Sistema de Participación y Vigilancia Social; sin embargo, el sentido práctico advierte que el EsSalud cuenta con su propia estructura orgánica para ejercer el control y supervisión de las prestaciones económicas, sociales y de salud. Señaló que para que el Sector Empleador tenga una posición definitiva sobre este tema, es importante contar con el pronunciamiento de la Contraloría General de la República. Con relación a la propuesta del Sector Trabajador para la Reforma de Seguridad Social en el Perú, refirió que habría que conceder al análisis tripartito un tiempo razonable. En el Orden del Día, el Sector Empleador señaló que, con relación al Sistema de Aseguramiento Universal, esperaría conocer la fundamentación del Dictamen por parte de un representante de la Comisión de Seguridad Social del Congreso; sobre el Sistema de Participación y Vigilancia en la Seguridad Social reservó su opinión para la próxima sesión. El Sector Trabajo se comprometió a revisar los

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alcances de la Propuesta Técnica para implementar el Sistema de Aseguramiento Universal en Salud y del Informe Final de la Comisión Técnica de Alto Nivel (conformada por disposición de Ley Nº 28991), para plantear mejoras a los Sistemas Nacional y Privado de Pensiones y socializar su contenido con la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para la opinión correspondiente.

Al finalizar la sesión, los actores sociales coincidieron en la necesidad de recibir la mayor cantidad de información posible para emitir una opinión sobre el Aseguramiento Universal en Salud y mejora en los niveles de acceso a la protección social y acordaron que la fundamentación de la Propuesta de Reforma de la Seguridad Social en el Perú: hacia una seguridad social universal y solidaria, sea materia de agenda de la próxima sesión.

SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 03 11 de noviembre de 2008

La Comisión se abocó al análisis de las iniciativas del Sector Trabajador referidas a la creación del Sistema de Participación y Vigilancia en la Seguridad Social y la Reforma de la Seguridad Social en el Perú. Hacia una seguridad social universal y solidaria. En primer lugar, se efectuó la presentación del Informe de la Contraloría General de la República en torno a la primera iniciativa del Sector Trabajador. Cabe referir que la participación de dicha institución responde al acuerdo adoptado por trabajadores y empresarios en la Sesión Ordinaria Nº 57 (16 de septiembre de 2008), para solicitar opinión respecto a la posibilidad de compatibilizar

dicho sistema con el mecanismo de control gubernamental previsto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, Ley Nº 27785, en las acciones a cargo del Órgano de Control Institucional del Seguro Social de Salud (EsSalud). Tal presentación, estuvo a cargo de la representante de la Gerencia de Prevención de la Corrupción, señora Noemí Gallegos Peirano; el representante de Gerencia del Sector Social, señor Luis Hernández Mendoza y el Jefe

del Órgano de Control Institucional del EsSalud, señor Alberto Espinoza Valenzuela, quienes hicieron de conocimiento que los mecanismos de control gubernamental previstos en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República incluyen el control social en la Novena Disposición Final de la citada ley, en cuya virtud el organismo contralor ha establecido el Servicio de Atención de Denuncias (aprobado por la Resolución de Contraloría Nº 443 – 2003), así como el de Veedurías Ciudadanas (aprobados por las Resoluciones de Contraloría Nº S 155.374, Y 375-2006-CG) dentro del Sistema Nacional de Control, sin necesidad del pago de dietas ni remuneración; significándole la importancia de cautelar que las

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iniciativas sindicales no le generen gastos ni afecten el uso de recursos de la entidad o del Estado. Asimismo manifestaron, que el Artículo 5 de la Ley Nº 27056, Ley de EsSalud, tiene previsto la participación de los representantes de los asegurados y trabajadores en el Consejo Directivo de la entidad para establecer la política institucional y supervisar la aplicación de la misma. Puntualizaron que el propio Consejo de Vigilancia como mecanismo de fiscalización previsto en el Artículo 16 de la Ley Nº 24786, Ley General del Instituto Peruano de Seguridad Social, fue suprimido con la vigencia de la citada Ley Nº 27056, cuya Primera Disposición Transitoria, dispuso la transferencia de su personal, bienes yacervo documentario al órgano de Auditoria Interna, hoy denominado Órgano de Control Institucional de EsSalud, que forma parte del Sistema Nacional de Control, al cual las centrales sindicales también podrían acudir para los fines de fiscalización. Los representantes de las Contraloría expresaron que el Sistema de Participación y Vigilancia en la Seguridad Social no calza en la esfera del control gubernamental de la Contraloría General de la República, pues el control interno de las instituciones públicas es de responsabilidad exclusiva de la administración de la entidad. Estando a los términos del informe presentado y conocida la opinión institucional del EsSalud, el Sector Trabajador se vio motivado a replantear su propuesta en el extremo relativo a la naturaleza del Comité de Vigilancia Social. De esta manera, el Sector Trabajador manifestó que en los próximos días, por intermedio de la Secretaría Técnica del CNTPE, haría llegar su propuesta modificatoria a efectos que el Sector Empleador pueda pronunciarse y cerrar el debate del tema en referencia. Continuando con la sesión, se contó con la presentación del asesor de las centrales sindicales doctor Jaime Sánchez Arteaga, quien participó en el equipo técnico de elaboración de la iniciativa del Sector Trabajador que plantea reformas a la seguridad social. El Dr. Sánchez Arteaga explicó el contenido de su

propuesta señalando que en materia de seguridad social, ella pretende universalizar la cobertura en los diversos regímenes a través de: i) una cobertura universal compatible con una pluralidad de mecanismos de protección, ii) estrategias contributivas y no contributivas y iii) políticas para el incremento de la cobertura. La propuesta prevé la creación de un régimen no contributivo de aseguramiento en salud y pensiones para los más pobres y una cobertura obligatoria de aseguramiento de riesgos de trabajo para todos los asalariados. La propuesta también plantea ampliar la cobertura ante los riesgos laborales, de manera que se pudiera extender a toda la población asegurada. Tras la exposición, el Sector Empleador sostuvo que la iniciativa presentada merecía un análisis de mayor profundidad y con participación de los sectores involucrados. En respuesta, el Sector Trabajador señaló que coordinarían con los especialistas que participaron en la elaboración de la propuesta a efectos de contar con su participación en la próxima sesión. En suma, el análisis de la propuesta Sector Trabajador para la Reforma de Seguridad Social en el Perú, proseguirá en la próxima sesión de la Comisión Técnica de Seguridad Social.

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CCOOMMIISSIIÓÓNN TTÉÉCCNNIICCAA DDEE FFOORRMMAACCIIÓÓNN PPRROOFFEESSIIOONNAALL

SESIÓN ORDINARIA Nº 77 12 de noviembre de 2008 La Comisión prosiguió desplegando esfuerzos en el análisis de la propuesta modificatoria de la Ley de Modalidades Formativas Laborales, Ley Nº 28518, propuesta perteneciente a la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional del Sector Trabajo. El Sector Empleador precisó algunas observaciones a los acuerdos adoptados con anterioridad, mientras que el Sector Trabajador solicitó mayor tiempo para revisar los artículos aún no consensuados. Ante tales planteamientos, los actores sociales se comprometieron a presentar en las próximas semanas sus posiciones finales en torno al proyecto, a fin de facilitar el debate y generar mayores posibilidades de consenso.

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CCOOMMIISSIIÓÓNN EESSPPEECCIIAALL DDEE PPRROODDUUCCTTIIVVIIDDAADD YY SSAALLAARRIIOOSS MMÍÍNNIIMMOOSS El 6 de noviembre de 2008, los especialistas de la Comisión Especial de Productividad y Salarios Mínimos sostuvieron una reunión con representantes de las principales entidades de formación del país, entre las que figuran SENATI, SENCICO y TECSUP, para presentar la propuesta de incentivos a la capacitación laboral e innovación en la empresa, de autoría de la Comisión, a fin de revisarla y garantizar su viabilidad. Posteriormente, la Comisión sesionó el 24 de noviembre, con el propósito de revisar las modificaciones realizadas a la propuesta de incentivos para la capacitación e innovación en la empresa; tales modificaciones fueron aprobadas. De igual manera, se aprobó el informe referido a la propuesta de incremento del salario mínimo en el marco de lo establecido por la metodología de ajuste de la Remuneración Mínima. Cabe anotar que se ha previsto la presentación de ambos documentos en la sesión del Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), a efectuarse el 25 de noviembre. Es importante precisar que la propuesta de ajuste de la Remuneración Mínima se calculó en base a lo establecido por la ‘cláusula gatillo’, la cual considera viable aplicar un reajuste automático adicional en la Remuneración Mínima, cuando la tasa de inflación subyacente sea mucho mayor a la tasa estimada que uso en la fórmula, sin perjuicio de los ajustes periódicos contemplados por la metodología. En tal sentido, los miembros de la Comisión acordaron informar en la próxima Sesión Ordinaria del Pleno del CNTPE. En tanto, la propuesta de incentivos para la capacitación laboral y la innovación en la empresa consiste en un reintegro diferido en forma de crédito tributario que cubra hasta un 70% del gasto en capacitación efectuado por empresas medianas y grandes, y hasta un 95% del gasto en capacitación efectuado en empresas pequeñas y microempresas. En ambos casos, el límite máximo del reintegro sería menor al 1% del

valor anual de la planilla de sueldos y salarios en las empresas grandes y medianas y 2% del valor anual de la planilla de sueldos y salarios para las empresas pequeñas y microempresas. Con un criterio similar, se propone un incentivo diferido que permita reintegrar un 7% del gasto en innovación efectuado por la mediana y gran empresa, y un 10% del efectuado por la pequeña y microempresa, hasta un límite máximo de 1% de las ventas de la mediana y gran empresa, ó 2% de las ventas de la pequeña y microempresa. Ambos incentivos estarían condicionado a que la empresa evidencie un aumento de las ventas reales por ocupado superiores al 2.5% anual para asegurar que el reintegro contribuyó a elevar la productividad total en la empresa en al menos 2.5% anual. En la medida que el incentivo está condicionado a logros, no todas las empresas tienen derecho al mismo.

SESIONES NOVIEMBRE 2008 – COMISIÓN ESPECIAL DE PRODUCTIVIDAD Y SALARIOS MÍNIMOS

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ACTIVIDADES DEL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

PPRROOMMOOCCIIÓÓNN DDEELL DDIIÁÁLLOOGGOO

SSOOCCIIAALL RREEGGIIOONNAALL

UCAYALI

PASANTÍA El 11 de noviembre de 2008 se realizó la pasantía a favor de representantes de la Comisión Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali. La delegación estuvo conformada por los señores Santiago Donayre Guerrero y Edgardo Torres Bazán, Presidente y Secretario Técnico, respectivamente, quienes estuvieron acompañados por los presidentes de la Comisión Técnica de Trabajo y Comisión Técnica Específica de Lucha contra el Trabajo Forzoso en el Sector Maderero de la Comisión Regional, señores Guillermo Menacho López y Teodoro Jesús Apaclla Límaco, respectivamente. La fase teórica de la pasantía comprendió presentaciones de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), dirigidas a la transferencia de

conocimientos en lo concerniente a la conducción de las comisiones técnicas, su conformación y los temas que abordan. Durante el módulo experimental, los mencionados funcionarios asistieron a la Sesión Ordinaria Nº 275 de la Comisión Técnica de Trabajo. La Secretaría Técnica también propició el encuentro de la delegación de la Comisión Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali con el Presidente de la Comisión Nacional de lucha contra el Trabajo Forzoso, doctor Guillermo Miranda Hurtado, lográndose establecer un nivel de coordinaciones para el desarrollo de actividades conjuntas y de apoyo interinstitucional para fortalecer a la Comisión Técnica Específica de Lucha contra el Trabajo Forzoso en el Sector Maderero.

AVANCES DE CONSULTORÍA SOBRE TRANSFERENCIA METODOLÓGICA

En noviembre, los talleres de transferencia metodológica para gestionar el diálogo social en el marco del CNTPE se desarrollaron en las regiones de Huánuco, Ayacucho, Arequipa, Tacna y Cusco, con el concurso de la Secretaría Técnica del CNTPE, a través del economista Luis Oballe Mora. Es importante señalar que la transferencia metodológica contempla la transmisión de las ‘buenas prácticas y sugerencias de buenas

prácticas de diálogo social’ a los actores sociales de las regiones. Caber referir que en octubre pasado se inició la transferencia en las regiones de Ucayali y Loreto. El 5 de noviembre el taller de transferencia metodológica estuvo dirigido a los miembros del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Huánuco; se destaca la participación del representante del Sector Trabajador del CNTPE, señor Teodoro Zapata Súclupe.

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ACTIVIDADES DEL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

Posteriormente, el 13 de noviembre el taller se realizó en Ayacucho, evento en el que asistieron representantes de los sectores empleador, trabajador, gubernamental e instituciones vinculadas. En esta oportunidad, se contó con la importante participación del representante del Sector Trabajador del CNTPE, señor Alfredo Lazo Peralta.

El taller del 18 de noviembre convocó la participación de los integrantes del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Arequipa. Participaron en este evento, representantes del Sector Empleador y Sector Trabajador del CNTPE, doctor Pedro Gamio Palacio y señor Hualter Saavedra Anticona, respectivamente. El 21 de noviembre el taller se llevó a cabo en Tacna, a favor de los actores sociales de la región. Entre sus participantes, resalta la presencia del Gerente Regional de Desarrollo Social, ingeniero Freddy Cabrera Pinto.

En el marco del evento, se cristalizó el compromiso de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna de elevar la sustentación técnica de creación del Consejo Regional de Trabajo al Gobierno Regional. Finalmente, el taller del 27 de noviembre tuvo como escenario la ciudad de Cusco y se contó con la presencia de representantes de los sectores empleador, trabajador y gubernamental, quienes conformarían eventualmente el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Cusco (actualmente en proceso de creación). En dicha actividad también asistieron representantes del Sector Empleador y Sector Trabajador del CNTPE: doctor Alberto Varillas Cueto y señor Teodoro Zapata Súclupe, respectivamente.

RREEUUNNIIÓÓNN DDEELL PPRREESSIIDDEENNTTEE DDEELL CCNNTTPPEE CCOONN LLOOSS CCOOOORRDDIINNAADDOORREESS EEJJEECCUUTTIIVVOOSS En cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), el pasado 13 de noviembre de 2008 tuvo lugar la reunión entre el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, doctor Jorge Villasante Araníbar; el Coordinador Ejecutivo del Sector Empleador, doctor Alberto Felipe La Hoz Salmón y el Coordinador Ejecutivo del Sector Trabajador, señor Elías Grijalva Alvarado, con el objeto de definir la agenda de la sesión del Pleno prevista para el 25 de noviembre de 2008. Los temas concordados fueron: - Dictamen de la Ley Marco para el Ordenamiento y Universalización de la Seguridad Social y el

Aseguramiento Universal en Salud. - Crisis mundial y repercusiones en la economía peruana. - Salario mínimo y la fórmula de reajuste (cláusula gatillo). - Incentivos a la innovación y formación en la empresa y crecimiento de la productividad. - Propuesta para la Reforma de la Seguridad Social en el Perú. - Conformación del grupo de trabajo: reembolso de subsidios por enfermedad y maternidad, por parte de

EsSalud. - Plan Nacional de Libertad Sindical.