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Términos y Condiciones Contractuales para la contratación de una firma de auditoría de reconocido prestigio internacional para prestar el servicio continuo de Auditoría Técnica Integral Con Enfoque Preventivo (ATIP), sobre los procesos misionales del Fondo Adaptación. CÓDIGO: VERSIÓN: 1.0 PÁGINA: 1 de 82 TERMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES DEFINITIVOS INVITACIÓN CERRADA FA-IC-003-2015 OBJETO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTINUO DE AUDITORÍA TÉCNICA INTEGRAL CON ENFOQUE PREVENTIVO (ATIP), SOBRE LOS PROCESOS MISIONALES DEL FONDO ADAPTACIÓN. 30 ABRIL DE 2015 Original firmado __________________________________ GERMÁN ARCE ZAPATA
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Oct 08, 2018

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Términos y Condiciones Contractuales para la contratación de una firma de auditoría de reconocido prestigio internacional para prestar el servicio continuo de Auditoría Técnica Integral Con Enfoque Preventivo (ATIP), sobre los procesos misionales del

Fondo Adaptación.

CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

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TERMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES DEFINITIVOS

INVITACIÓN CERRADA

FA-IC-003-2015

OBJETO: PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONTINUO DE AUDITORÍA TÉCNICA INTEGRAL CON ENFOQUE PREVENTIVO (ATIP), SOBRE LOS PROCESOS MISIONALES

DEL FONDO ADAPTACIÓN.

30 ABRIL DE 2015

Original firmado

__________________________________

GERMÁN ARCE ZAPATA

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Contenido

INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................................... 7

CAPITULO 1 – CONDICIONES DE LA INVITACIÓN........................................................................ 8

1 IDENTIFICACION Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. ............................................................................................ 8

1.1 ANTECEDENTES ........................................................................................................................ 8

1.2 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD .................................................................................... 10

2 ESTUDIO Y ANALISIS DEL MERCADO ..................................................................................... 11

3 OBJETO ............................................................................................................................................. 11

3.1 ALCANCE Y ENFOQUE DE AUDITORIA ............................................................................ 12

3.2 OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA .......................................................................................... 12

4 LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS ....................................................................... 13

5 OBLIGACIONES DE LAS PARTES .............................................................................................. 13

5.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ................................................................................ 13

5.2 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA .................................................................. 17

5.3 PRODUCTOS ASOCIADOS A LAS OBLIGACIONES ........................................................ 17

5.4 OBLIGACIONES DEL FONDO ADAPTACIÓN ................................................................... 19

6 MODALIDAD DE SELECCIÓN APLICABLE ............................................................................... 19

6.1 FUNDAMENTOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR ................................... 19

7 EQUIPO DE TRABAJO E INSUMOS REQUERIDOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO ............................................................................................................................................... 20

7.1 EQUIPO AUDITOR INICIAL ................................................................................................. 21

7.2 PERFILES MÍMINOS EXIGIDOS AL EQUIPO AUDITOR ............................................... 22

7.3 FORMA DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO AUDITOR ......................... 24

7.4 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO AUDITOR ...... 25

7.5 VINCULACIÓN DE EXPERTOS ADICIONALES Y CAMBIOS EN EL EQUIPO AUDITOR .............................................................................................................................................. 26

7.5.1 VINCULACIÓN DE EXPERTOS ADICIONALES ........................................................ 26

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7.5.2 CAMBIOS DE INTEGRANTES DEL EQUIPO AUDITOR ......................................... 27

8 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ................................................................................. 27

9 PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL .................................................. 28

10 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO ............................................................................................... 28

11 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO ..................................................................................... 28

11.1 DESAGREGACIÓN DEL POE ............................................................................................. 29

11.2 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO Y LOS POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL MISMO ................................................................. 30

11.3 VALOR DEL CONTRATO ................................................................................................... 31

11.4 FORMA DE PAGO ................................................................................................................ 32

11.4.1 EL CIENTO POR CIENTO (100%) DEL VALOR DEL CONTRATO, SE CANCELARÁ ASÍ: ........................................................................................................................... 32

11.5 RUBRO PRESUPUESTAL ................................................................................................... 35

12 VIGILANCIA DEL CONTRATO – SUPERVISIÓN y/o INTERVENTORÍA ........................ 36

13 IDENTIFICACION, TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES ................................................................................................................................... 36

14 ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS RIESGOS CONTRACTUALES O EXTRACONTRACTUALES ........... 37

14.1 PÓLIZAS DEL CONTRATO ................................................................................................ 37

15 CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN. .................................................... 37

16 MODIFICACIÓN AL CONTRATO ............................................................................................. 37

17 CESIÓN DEL CONTRATO ......................................................................................................... 37

18 SUBCONTRATOS ......................................................................................................................... 37

19 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO .............................................................................................................. 38

20 IMPUESTOS .................................................................................................................................. 38

21 LIQUIDACIÓN .............................................................................................................................. 38

22 PERSONAL DEL CONTRATISTA .............................................................................................. 39

23 INDEMNIDAD ............................................................................................................................... 39

24 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS .......................................................................................... 39

25 OMISIONES .................................................................................................................................. 40

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26 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR ................................................................................... 40

27 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA ................................................. 40

28 PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO ........ 41

29 CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO .......................... 42

CAPÍTULO 2 – CONDICIONES DEL PROCESO DE INVITACIÓN CERRADA ........................... 43

30 CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA ECONÓMICA Y JURIDICA ............................. 43

31 FACTORES HABILITANTES ...................................................................................................... 43

31.1 CAPACIDAD JURÍDICA ...................................................................................................... 43

31.2 MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD JURÍDICA ................................................... 44

31.2.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ....................................................... 44

31.2.2 FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD ............................................... 45

31.2.3 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. 45

31.2.4 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O DE LA UNIÓN TEMPORAL ....................................................................................................................................... 47

31.2.5 PODERES ...................................................................................................................... 49

31.2.6 CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y APORTES PARAFISCALES ............................................................................................................................... 49

31.2.7 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA .......................................................... 50

31.2.8 CONSULTA DE ANTECEDENTES FISCALES (CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA), DISCIPLINARIOS (PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN) Y JUDICIALES (MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – POLICÍA NACIONAL) ............. 51

31.3 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA ..................................... 51

31.4 CAPACIDAD FINANCIERA ................................................................................................ 51

31.4.1 INDICADOR DE LIQUIDEZ ....................................................................................... 52

31.4.2 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO .................................................................................. 52

31.4.3 CAPITAL DE TRABAJO .............................................................................................. 52

31.4.4 PATRIMONIO NETO ................................................................................................... 53

31.5 MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA ............................................. 53

31.5.1 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA ....................... 53

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31.6 CAPACIDAD TÉCNICA – EXPERIENCIA HABILITANTE ............................................ 54

31.6.1 CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE DEL PROPONENTE .............................. 54

31.6.2 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE DEL PROPONENTE ........................................................................................................................ 57

32 FACTORES CALIFICABLES ....................................................................................................... 58

32.1 FACTORES TÉCNICOS: 800 puntos .............................................................................. 58

32.2 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR .............................................................................................................................................. 59

32.2.1 EVALUACIÓN DEL DIRECTOR O GERENTE DEL PROYECTO ......................... 59

32.2.2 EVALUACIÓN DEL AUDITOR EXPERTO EN CONTRATACIÓN PÚBLICA O PRIVADA 59

32.2.3 EVALUACIÓN DEL AUDITOR TÉCNICO EXPERTO ENEJECUCIÓN DE PROYECTOS OBRAS CIVILES. ................................................................................................... 60

32.2.4 EVALUACIÓN DEL AUDITOR EXPERTO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN – TECNOLOGÍA BPM......................................................................................................................... 61

32.3 CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROPONENTE (100 PUNTOS) ..................................... 62

32.4 FORMA DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE ..... 63

32.5 EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE ................. 63

32.6 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS). ............................................. 64

32.7 MODO DE ACREDITAR EL APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL ......................... 65

32.8 FACTORES ECONÓMICOS CALIFICABLES (precio): 200 PUNTOS ....................... 66

32.8.1 APERTURA DE LA OFERTA U OFERTA ECONÓMICA ....................................... 66

32.8.2 PRECIO – 200 PUNTOS ............................................................................................ 66

32.8.3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA ................................................ 67

33 OFERTA ÚNICA HÁBIL .............................................................................................................. 69

34 PUNTAJE TOTAL Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD ...................... 70

35 CRITERIOS DE DESEMPATE ................................................................................................... 70

36 NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES ................................................................................................................................... 71

37 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN ................................................................. 71

38 PREVALENCIA DE DOCUMENTOS ......................................................................................... 72

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39 PUBLICIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES (TCC). ........ 72

40 MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES .................. 72

41 CIERRE DE LA INVITACIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS ....................................... 73

42 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ............................................................................................. 73

43 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN ....................................................... 74

44 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS ....................................................................... 74

45 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR (TRASLADO) .............................................. 75

46 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA .................................................................................................. 76

47 DECLARACIÓN DE FALLIDO DEL PROCESO DE SELECCIÓN. ....................................... 76

48 SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCCIÓN. ............................... 76

49 FIRMA DEL CONTRATO ............................................................................................................ 77

50 REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ...................................................... 77

51 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ............................................................................. 77

52 PROPIEDAD INTELECTUAL...................................................................................................... 78

CAPITULO 3 – GLOSARIO .................................................................................................................... 79

CAPITULO 4 – ANEXOS ........................................................................................................................ 82

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INTRODUCCIÓN Estos Términos y Condiciones Contractuales, en adelante TCC, están elaborados de acuerdo con las disposiciones de los Decretos 4819 de 2010, y 203 de 2015, con las normas pertinentes del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus correspondientes decretos reglamentarios) y de conformidad con el Manual de Contratación del Fondo Adaptación, en adelante EL FONDO. De conformidad con el artículo séptimo del Decreto 4819 de 2010, los contratos que celebre EL FONDO para el cumplimiento de su objeto, cualquiera sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. EL FONDO solicita a los invitados a participar, elaborar sus ofertas con arreglo a la metodología establecida en este documento y tener en cuenta las siguientes indicaciones: 1. Verificar que no están inhabilitados o incurren en causal de inhabilidad o incompatibilidad o

en prohibiciones para contratar. 2. Examinar rigurosamente el contenido de estos TCC, los documentos que los integran y las

normas que regulan la contratación del Estado. 3. Adelantar oportunamente los trámites para la obtención de los documentos que deben

allegar con las ofertas y verificar que estos contienen la información completa para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en los presentes TCC.

4. Suministrar toda la información requerida en el presente documento y diligenciar totalmente sus anexos, formatos, etc.

5. Abstenerse de formular consultas en forma personal o por teléfono y evitar el contacto con los funcionarios o asesores externos de la Entidad que participen en el trámite de esta invitación, con el fin de preservar la igualdad y calidad de la información que todos deben obtener en forma simultánea.

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CAPITULO 1 – CONDICIONES DE LA INVITACIÓN

1 IDENTIFICACION Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.

1.1 ANTECEDENTES Durante los años 2010 y 2011, el fenómeno de La Niña afectó gravemente al País, ocasionando pérdidas de vidas humanas y cuantiosos daños materiales, en diferentes regiones y poblaciones del país, en especial las zonas Caribe y la Andina. Esta situación motivó al Gobierno Nacional a crear a través del Decreto 4819 de 2010, EL FONDO, como un establecimiento público, con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual tiene por objeto: “la identificación, estructuración y gestión de proyectos, ejecución de procesos contractuales, disposición y transferencia de recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de transporte, de telecomunicaciones, de ambiente, de agricultura, de servicios públicos, de vivienda, de educación, de salud, de acueductos y alcantarillados, humedales, zonas inundables estratégicas, rehabilitación económica de sectores agrícolas, ganaderos y pecuarios afectados por la ola invernal y demás acciones que se requieran con ocasión del Fenómeno de La Niña, así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos, tendientes a la mitigación y prevención de riesgos y a la protección en lo sucesivo, de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo”. Para atender esta tragedia nacional, los diferentes sectores (Ministerios) presentaron al FONDO, entre julio de 2011 y febrero de 2012, aproximadamente 892 postulaciones, con un valor cercano a los $37 billones. La asignación total definida en el marco de gasto que va hasta el año 2018, es de $9,3 billones, con los cuales EL FONDO , según los procedimientos aprobados por el Consejo Directivo realizó la Priorización y Selección, que luego a través de un modelo propuesto por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), permitió al Consejo Directivo seleccionar 29 postulaciones, que equivalen a aproximadamente 3.000 proyectos, que se ejecutarán a través de los siguientes sectores: Vivienda, Transporte, Educación, Salud, Acueducto y Saneamiento Básico, Ambiente, Reactivación Económica y los Macroproyectos: Canal del Dique, Jarillón de Cali, Mojana y Gramalote. Además, se incluye el proyecto Río Fonce. Las postulaciones recibidas fueron presentadas como ideas o necesidades y no como proyectos estructurados, listos para ser contratados, lo cual le significó al FONDO agotar las siguientes fases: Verificar la afectación en campo, adelantar los Estudios de Riesgos, contratar los Diseños y luego Estructurar los proyectos, lo cual le demandó casi dos (2) años, hasta lograr contratar parte de las obras que actualmente están en ejecución. Se estima que en el año 2016, quedarán contratados todos los proyectos de los sectores: Vivienda, Transporte, Educación, Salud, Acueducto y Saneamiento Básico y que los sectores Ambiente, Reactivación Económica y los

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Macroproyectos, Canal del Dique, Jarillón de Cali, Mojana y Gramalote estarán cerrando la contratación entre los años 2017 y 2018. Cada sector y macroproyecto anualmente define su Plan de Acción, en términos de: Contratación, Pagos, Metas en Productos, Beneficiarios y Empleos Generados. Para mayor claridad sobre lo anteriormente dicho, en el ANEXO 1 – INFORMACIÓN GENERAL DEL FONDO ADAPTACIÓN, se incluye el Documento CONPES 3776 de 2013, que declaró el proyecto que ejecuta EL FONDO, como de importancia estratégica, entre otros documentos. A continuación se presenta una parte del Modelo de Gestión del FONDO sobre el cual se describen algunos procesos sujetos a la ATIP. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA La Entidad cuenta con un Plan Estratégico alineado con el Plan Sectorial del Ministerio de Hacienda, el cual define de manera clara las estrategias que se ha trazado la entidad y las líneas de acción, que se utilizarán como medio para alcanzarlo. Dicho, plan además está articulado con el nuevo Modelo de Planeación y Gestión. EL FONDO cuenta con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión implementado, el cual se ajustó a los nuevos requerimientos legales a través de la Resolución No. 570 de 2014. Con esta resolución se adopta de manera integrada las siguientes prácticas líderes de gestión aplicables en la Administración Pública: Modelo Estándar de Control Interno (MECI 1000:2005) el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, como instrumento de articulación y reporte de la planeación para el logro de sus objetivos (Decreto de 2482 de 2012) . Se tienen creados los Comités de Coordinación del Sistema de Control Interno y el Institucional de Desarrollo Administrativo, con asignación específica de funciones. MANUAL DE CALIDAD EL FONDO cuenta con un modelo de operación por procesos implementado, cuyo propósito es contar con una estructura que responda de manera eficiente y eficaz al cumplimiento de su misión, visión, objetivos y metas institucionales. Para ello, ha definido el mapa de procesos y documentación a través del Manual de Calidad, que contiene, la declaración de la Política y los Objetivos de Calidad. El Plan articula: El Plan Estratégico, El Plan de Acción, Los Planes Operativos, Los Mapas de Riesgos, El Manual de Funciones, El Manual de Procesos y el Sistema de Evaluación del Desempeño. Con base en la reingeniería de procesos realizada durante el año 2014, se adelantó simultáneamente con cada uno de los propietarios de los procesos, la actualización de las matrices de riesgos, que incluyó la fase de evaluación y ajuste. Esto significa, que la Entidad

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tiene definido sus mapas de riesgos para los procesos misionales y de apoyo (incluye identificación de “causas” y “controles”), sobre las cuales la auditoría técnica integral preventiva (ATIP) que contrate EL FONDO, tendrá que estar realizando seguimiento y control permanente, a fin de mantenerlas actualizadas. SISTEMAS DE INFORMACIÓN EL FONDO tiene implementados sistemas de información contratados bajo la modalidad de servicios (Saas en la nube), que le facilitan la administración de la información de forma automatizada, a través de las siguientes soluciones informáticas: Sistema de Gestión de Proyectos (PSA), que permite entre otros, realizar la planeación de las auditorías de campo, sobre los proyectos que se miden mensualmente bajo la metodología PMI de Valor Ganado y/o Duración (SPI-CPI) y el Sistema de Gestión de Recursos de Inversión (SRI), que permite el control de la ejecución de los recursos de inversión, a través del ciclo de la cadena presupuestal. Para mayor claridad sobre el alcance del sistema PSA, en el ANEXO 16 – MANUAL DE POLÍTICAS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE PROYECTOS (PSA), se presenta en detalle la forma como opera.

1.2 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD De acuerdo con el artículo 3º numeral 4 del Decreto 4819 de 2010 – Funciones del Consejo Directivo se establece, que éste deberá: “Designar una firma de reconocido prestigio internacional para que ejerza la auditoría sobre los actos y contratos que realice el Fondo”; como consecuencia se hace necesario la contratación de una firma para que realice la Auditoría Técnica Integral Preventiva (ATIP) sobre los procesos y actos misionales, la cual se complementa y articula con los medios de control fiscal interno y, de ninguna manera, sustituye la labor de control posterior que desarrollará la Contraloría General de la República en su auditoría regular. En cumplimiento de esta disposición normativa, EL FONDO adelantó la convocatoria abierta No. FA-CA-001-2012, cuyo resultado fue la adjudicación y celebración del Contrato No. 026 de 2012 con Unión Temporal Ernst & Young Ltda. – Ernst & Young Audit Ltda. Fondo de Adaptación, cuyo objeto fue “prestar el Servicio Continuo de Auditoría Técnica Integral con Enfoque Preventivo – ATIP, sobre los procesos misionales del Fondo: Plan acción, priorización y selección, estructuración, adjudicación, seguimiento y control de los proyectos de reconstrucción y adaptación que ejecute el Fondo, según la metodología propuesta por McKinsey y aprobada por el Consejo Directivo del Fondo Adaptación.”. El contrato No. 026 de 2012 con el cual se tenía contratado el servicio Auditoría Técnica Integral Preventiva venció el 17 de enero de 2015, por lo cual la Entidad requiere suscribir un nuevo contrato que le permita dar continuidad a los procesos de auditoría que en virtud del desarrollo

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de su objeto misional haya contratado o que vaya a contratar, a través de los diferentes sectores y macro-proyectos. El servicio de Auditoría Técnica Integral y Preventiva es de gran importancia para EL FONDO por cuanto una vez evaluados los procedimientos misionales y puntos de control establecidos, se han identificado las debilidades de control y las implicaciones de tipo técnico, legal y/o económico, como también, se ha verificado la existencia, funcionamiento y constante mejoramiento de los mecanismos de control en todos los procesos misionales. También es importante resaltar que a través de los informes de la ATIP, EL FONDO ha conocido si los agentes contratistas cumplen con sus obligaciones contractuales de carácter, técnico, legal, financiero, operativo y/o administrativo, y en este sentido, EL FONDO ha recibido las recomendaciones y oportunidades de mejoramiento que le permiten tomar correctivos de forma anticipada, para alcanzar los objetivos propuestos en la planeación estratégica. Con base en lo expuesto anteriormente, con el fin de continuar con el cumplimiento del artículo 3º numeral 4 del Decreto 4819 de 2010, la Entidad requiere contratar hasta que termine de ejecutar todos los proyectos contratados hasta la fecha o por contratar (a través de los diferentes sectores y macroproyectos), cuyo marco de gasto se ha definido hasta el año 2018. A través de esta contratación, se buscará que la entidad cuente con un proceso sólido de auditoría sobre los proyectos contratados con recursos de inversión, que permita identificar de forma preventiva posibles desviaciones dadas dentro de la fase de ejecución y definir acciones correctivas justo a tiempo, de tal manera que EL FONDO alcance las metas establecidas dentro de los plazos y presupuestos definidos y minimice la probabilidad de ocurrencia de actos de corrupción o manejo inadecuado de los recursos públicos.

2 ESTUDIO Y ANALISIS DEL MERCADO Véase el Anexo 2 ESTUDIO Y ANÁLISIS DE MERCADO PARA CONTRATAR UNA FIRMA DE AUDITORÍA DE RECONOCIDO PRESTIGIO INTERNACIONAL PARA PRESTAR EL SERVICIO CONTINUO DE AUDITORÍA TÉCNICA INTEGRAL CON ENFOQUE PREVENTIVO (ATIP), SOBRE LOS PROCESOS MISIONALES DEL FONDO ADAPTACIÓN.

3 OBJETO Prestación del servicio continuo de Auditoría Técnica Integral con Enfoque Preventivo (ATIP), sobre los actos y contratos que se ejecuten durante el desarrollo de los procesos misionales de priorización y selección, estructuración, contratación y seguimiento-control, que traen como consecuencia la ejecución de proyectos orientados a la reconstrucción, construcción y adaptación al cambio climático, en las zonas del país afectadas por el fenómeno de La Niña 2010-2011. La auditoría se realizará de acuerdo con las normas promulgadas por el Institute of Internal Auditors (THEIIA), los estándares definidos por el COSO y de conformidad con las

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normas establecidas de manera específica para EL FONDO, de tal manera que asegure la salvaguarda de los recursos asignados.

3.1 ALCANCE Y ENFOQUE DE AUDITORIA La auditoría a adelantar es de carácter TECNICO sobre todos los actos y contratos que se ejecuten con recursos de inversión, los cuales deben cumplir cada una de las etapas definidas en los procedimientos aprobados por el Consejo Directivo, relacionados con la priorización, selección, planeación, estructuración, adjudicación, ejecución y seguimiento y control. Como consecuencia, el alcance de la auditoría incluye un componente técnico, que demanda que más del 70% de los expertos del equipo inicial cumplan con dicho perfil, por lo tanto la propuesta no puede estar enfocada hacia una revisoría fiscal, ni una auditoría financiera, ni administrativa. La mayor parte del esfuerzo dedicado por el equipo de expertos estará enfocada a realizar auditoría de campo en el lugar donde se ejecutan las obras civiles, con una interlocución permanente con los contratistas e interventores, que son el sujeto activo de la función de auditoría contratada por EL FONDO. La auditoría técnica de obras, se planeará mensualmente con base en los informes de avance que se sacan desde el sistema que está montado sobre la herramienta Microsoft Project Server (PSA). La auditoría técnica integral preventiva tendrá alcance sobre todos los proyectos que apruebe el Consejo Directivo o la Gerencia General del FONDO. NOTA: Este enfoque ha de ser considerado y comprendido suficientemente por los proponentes que se presenten en la invitación; no se debe confundir esta invitación con un outsourcing para tercerizar la función de auditoría interna.

3.2 OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

a. Realizar auditoría técnica integral preventiva a los actos y contratos que se ejecuten durante el desarrollo de los siguientes procesos misionales: a) Plan de acción anual b) Estructuración de proyectos, c) Adjudicación y ejecución, d) Ciclo de ejecución financiera de los recursos, e) Seguimiento y Control.

b. Trabajar con criterios de innovación, calidad en el servicio, efectividad y mejoramiento continuo. Además, utilizar las mejores prácticas de control que se están usando a nivel global, dentro de su plan y metodología.

c. Aplicar el modelo de control integral preventivo de tal forma que EL FONDO asegure

permanentemente el cumplimiento de las metas establecidas y contar con un mecanismo para identificar y evitar oportunamente posibles actos de corrupción en sus procesos de contratación y de ejecución, que utilicen recursos de inversión.

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d. Realizar la auditoría sobre las personas naturales y/o jurídicas que se vinculen como

consultores, estructuradores, ejecutores de proyectos, gerencias de proyecto, supervisores y las Interventorías, ejecutores de convenios descentralizados, entre otros, sin duplicar los roles de control que son inherentes a la responsabilidad de cada una de ellas, sino ejerciendo un control permanente, para que ejecuten su rol de acuerdo con las obligaciones que contractualmente suscribieron con EL FONDO.

e. Contar con personal idóneo, que cumpla de manera permanente con los requisitos

establecidos en esta materia, definidos en estos TCC.

4 LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS No aplica.

5 OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA La Auditoría Externa Técnica Integral y Preventiva que contratará EL FONDO hace parte del sistema de control para el buen manejo y administración de los recursos de inversión, para lo cual EL CONTRATISTA, se obliga a: 1. Presentar el Plan de Auditoría General correspondiente a la vigencia del contrato, dentro de

los 30 días calendario, siguientes a la firma del acta de inicio, manteniendo el modelo de control integral preventivo sobre los procesos misionales del FONDO y aplicando los estándares promulgados por el MECI, el COSO y las normas colombianas, entre otros.

2. Elaborar y presentar antes del 31 de diciembre de cada año, el Plan de Auditoria Anual, con

enfoque integral y preventivo, que se deberá construir teniendo en cuenta los siguientes lineamientos:

a) Planear las visitas de campo a partir del informe macro entregado por la Oficina de

Planeación y Cumplimiento, con base en la información generada desde el sistema PSA, asegurando visitas rotativas sobre los proyectos que de acuerdo con el indicador de valor ganado, se clasifiquen en las zonas de riesgo I, III y IV, ya sea por sobrecostos y/o retrasos en tiempo o en los proyectos que se miden por duración que tengan una desviación superior al 5%. EL FONDO y/o el Supervisor del Contrato revisarán el plan y si lo consideran necesario podrán ajustar el plan de visitas mensual, presentado por el contratista en el Plan Anual.

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b) Actualizar el Plan de Auditoría mensualmente, con base en los informes macro elaborados desde el sistema PSA.

c) Planear la auditoría precontractual, contractual y pos contractual sobre los contratos y

convenios, entre otros, que ejecuten recursos de inversión, según la matriz contractual que mensualmente se envía a la Contraloría General de la República.

d) La planeación y ejecución de la auditoría debe permitir cumplir los acuerdos de niveles de

servicio establecidos en estos TCC. 3. Elaborar, presentar y ejecutar el Plan Mensual Auditorías regulares, especiales o eventuales,

con enfoque integral y preventivo, sobre los actos y procesos que ejecute EL FONDO a nivel misional, que incluye la auditoría de campo en el lugar donde se ejecutan los proyectos. Nota. La firma auditora obtendrá una carta de presentación general por parte de la Gerencia del Fondo para intervenir de manera integral sobre todos sus proyectos y contratos de ejecución de recursos de inversión celebrados con terceros, con total respaldo y autonomía.

4. Realizar auditoría permanente sobre el proceso precontractual, contractual y pos

contractual que ejecute recursos de inversión. 5. Realizar auditoría al ciclo financiero y presupuestal de los recursos de inversión, que se

ejecutan a través de la cadena presupuestal que gestiona internamente EL FONDO y a través de los patrimonios autónomos.

6. Realizar auditoría a los procesos de estructuración y ejecución de los proyectos, que se

gestionan a nivel de flujo documental en el sistema de gestión documental; a nivel técnico a través del sistema PSA y los informes mensuales de supervisión e interventoría de contratos; y a nivel de ejecución financiera a través del sistema SRI y de los reportes e informes entregados por los patrimonios autónomos.

7. En las prácticas de control se deben incorporar procedimientos que permitan realizar

análisis de precios, comparados con las condiciones del mercado y de la economía nacional, aplicando metodologías de análisis de contratación estándar, para identificar fluctuaciones indicativas de posibles sobrecostos.

8. Incluir en el informe mensual las conclusiones sobre, si los agentes contratistas

involucrados en las actividades de estructuración, estudios, diseños, ejecución, gerencia de proyectos, supervisores e interventores, cumplen con sus obligaciones contractuales y/o disposiciones legales.

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9. Realizar las auditorías especiales solicitadas por la Gerencia del FONDO o por el Consejo Directivo, para lo cual se aceptará la modificación del plan mensual, el plan anual de auditoría.

10. Verificar que las matrices de riesgos de los procesos misionales se encuentren actualizadas,

y que incluyan la identificación de los riesgos, las causas y efectos; así mismo, conceptuar acerca de la pertinencia de la administración de los riesgos identificados, y recomendar la identificación y documentación de posibles riesgos no incluidos en las matrices. Y realizar pruebas de recorrido, para verificar la eficacia de los controles establecidos.

11. Evaluar y hacer seguimiento periódico de las políticas y mecanismos para prevenir los

riesgos, detectar y corregir las desviaciones, que puedan afectar el logro de las metas establecidas, según el plan de acción aprobado.

12. Evaluar y plantear acciones concretas de mitigación del riesgo frente a posibles brotes o

focos de corrupción en la ejecución de los procesos misionales, informándolos oportunamente a la Gerencia del FONDO.

13. Evaluar el sistema de control interno asociado con los procesos misionales. Y elaborar

conceptos y diagnósticos puntuales sobre el control interno de los procesos misionales que le sean solicitados. En todo caso, EL CONTRATISTA se obliga a formalizar los conceptos verbales que emita, mediante un documento escrito.

14. Revisar los indicadores de gestión y de metas en contratación, pagos y productos de los

procesos misionales y solicitar planes de mejoramiento para los sectores o macroproyectos que presenten incumplimiento.

15. Verificar que las operaciones de carácter misional que se celebren o cumplan por cuenta del

FONDO se ajusten a las prescripciones de los Estatutos, el Código de Buen Gobierno, el Manual de Contratación y a las decisiones del Consejo Directivo.

16. Realizar auditoría sobre los sistemas PSA y SRI. Y auditar el Modelo Integrado de

Planeación y Gestión (que incluye el MECI, NTCGP1000, GEL, Ley de Transparencia en la Información, etc.)

17. Realizadas las auditorías producir los informes mensuales de oportunidades de

mejoramiento y recomendaciones, basados en las evidencias obtenidas durante la ejecución del trabajo. Y realizar seguimiento sobre los planes de mejoramiento en curso a cargo de cada equipo de trabajo, que se suscriban para levantar las oportunidades de mejora detectadas por la ATIP o para los hallazgos que comunique la Contraloría General de la República.

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18. Discutir los informes de auditoría con los grupos internos de trabajo asociados a los procesos auditados, obtener los planes de mejoramiento y presentar los informes finales discutidos, a la Gerencia del FONDO y posteriormente al Comité de Auditoría del Consejo Directivo, si así lo requiere EL FONDO.

19. Mantener en un sistema de información de la firma, los informes, la evidencia documental y

los papeles de trabajo, que se produzcan durante el desarrollo del contrato y entregar al supervisor del contrato una copia magnética semestralmente, para incorporarla en el expediente del contrato.

20. Realizar mínimo dos (2) capacitaciones al año para funcionarios y Contratistas, sobre

gestión del riesgo de la entidad y/o el uso de metodologías y herramientas para la autogestión, autorregulación, y autoevaluación, en aras del fortalecimiento de la cultura del control y autocontrol.

21. A solicitud de la Gerencia del FONDO asesorar el mejoramiento organizacional, la

optimización de los procesos y el fortalecimiento del seguimiento, control y evaluación a la ejecución.

22. Intervenir en las reuniones internas del FONDO y en las deliberaciones del Comité de

Auditoría y del Consejo Directivo, cuando sea citado a ellas, con derecho a voz pero sin voto.

Nota: Las auditorías especiales que solicite el Consejo Directivo o la Gerencia, que estén bajo el mismo objeto contractual, no afectan el presupuesto oficial estimado, porque representan simplemente un traslado de los auditores de un proyecto a otro. EL FONDO a través del supervisor del contrato que se derive de los presentes TCC, aceptará el cambio en los planes, los acuerdos de niveles de servicio y los cronogramas de auditoría que se encuentren aprobados.

23. Conocer los documentos básicos relacionados con la operación del FONDO: (i) Decretos

expedidos por el Gobierno Nacional con ocasión de la emergencia y sus decretos reglamentarios (ii) Reglamentaciones expedidas por el Consejo Directivo del Fondo, iii) Manual de Contratación (iv) Plan de Acción, (vi) Convenios suscritos con entidades del orden nacional, departamental o municipal, (vii) Contratos suscritos con entidades de naturaleza privada (viii) normas y procedimientos a ser observados para la contratación de servicios de consultoría (ix) Pronunciamientos de la Corte Constitucional (x) Informes de auditoría de los organismos de control y del contrato anterior de la ATIP.

24. Para facilitar eventuales aclaraciones que sean solicitadas por EL FONDO y entes de

control, la firma auditora debe asegurar que: (i) las opiniones, observaciones y recomendaciones incluidas en los informes de auditoría están sustentadas por suficiente, relevante y competente evidencia en los papeles de trabajo; (ii) Los pronunciamientos

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sobre cada uno de los hechos evidenciados cuentan con la correspondiente opinión de la Firma (iii) existe una adecuada referenciación entre el informe y los correspondientes papeles de trabajo; y (iv) la documentación correspondiente se encuentra debidamente archivada.

25. Discutir y revisar previamente los informes mensuales, entre el equipo de trabajo de

auditoría y el equipo de trabajo auditado, antes de su presentación ante la Gerencia o el Consejo Directivo.

26. Dar cumplimiento a los acuerdos de niveles de servicio (ANS), de acuerdo con lo establecido

en el ANEXO 13 “Acuerdo de Niveles de Servicio – ANS”

5.2 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 1. Obrar con lealtad y buena fe en la ejecución del plan de auditoría y guardar la

confidencialidad y reserva de la información que posea como consecuencia de la ejecución de este.

2. Suscribir el acta de inicio de contrato. 3. De conformidad con lo establecido en la Leyes 789 y 1122, EL CONTRATISTA deberá

cumplir con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), tanto para la celebración del presente contrato como para cada uno de los pagos que EL FONDO efectúe al CONTRATISTA, así como para la liquidación del presente contrato.

4. Cumplir con las demás obligaciones que contribuyan a garantizar el cabal cumplimiento y

ejecución del presente contrato.

5.3 PRODUCTOS ASOCIADOS A LAS OBLIGACIONES EL CONTRATISTA presentará los siguientes productos: 1. Plan de Auditoría General, para la vigencia del contrato. Este plan se actualizará anualmente

antes del 31 de diciembre de cada año, o en cualquier momento a solicitud del FONDO

2. Plan de Auditoría Anual. Este plan se actualizará mensualmente, mediante Acta suscrita entre EL CONTRATISTA y el supervisor, se definirá la fecha de entrega de este producto.

3. Informe mensual consolidado de las auditorías realizadas, que incluya como mínimo:

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a. Alcance y recursos asignados b. Visitas de campo realizadas c. Situaciones evidenciadas en la ejecución de la auditoría (contractual, de ejecución de

proyectos, ciclo financiero y auditoría de sistemas y de calidad, clasificadas por nivel de riesgo (alto, medio, bajo), por tipo de oportunidad de mejora y por sector o macroproyecto.

d. Tipificación de las situaciones evidenciadas por cada sector o megaproyecto. e. Situaciones especiales sobre hallazgos de actos irregulares contemplados en la Ley 1474

de 2011, Leyes 42 y 610 sobre control fiscal, Ley 734 (estatuto disciplinario), código penal), cometidos por personal interno o por los contratistas del Fondo.

f. Resultados de la evaluación de los mecanismos de participación ciudadana exigida en los proyectos y de la información disponible para la ciudadanía y partes interesadas.

g. Debilidades del sistema de control interno detectadas h. Resultados de la evaluación de la efectividad del plan de administración del riesgo,

identificación de nuevos riesgos y recomendación de nuevos controles que se deban implementar.

i. Estadísticas con indicadores sobre el alcance logrado en el plan de auditoría, mensual y acumulado.

j. Anexo del Plan de Mejoramiento de Oportunidades de Mejora pendientes de cerrar, con estatus de avance y responsables de ejecutarlas.

k. Otra información asociada con el desarrollo del objeto del contrato y las obligaciones detalladas en estos TCC.

4. Informe ejecutivo mensual de actividades realizadas, como soporte para la facturación

mensual de honorarios, que incluya como mínimo lo siguiente:

a. Actividades realizadas en el periodo, que están asociadas a cada una de las obligaciones de la Firma en el marco del contrato.

b. Relación de Postulaciones y Proyectos Auditados durante el mes. c. Relación de Contratos y Convenios Auditados durante el mes. d. Cronograma del mes con nivel de ejecución y cronograma anual con nivel de ejecución. e. Anexo a este informe, la Firma presentará en medio magnético la siguiente información

acumulada: i. Matriz que muestre el universo de proyectos a auditar, vs, proyectos auditados ii. Matriz que muestre el universo de contratos, convenios y resoluciones a auditar, vs,

contratos auditados iii. Resumen de Oportunidades de Mejora abiertas y cerradas.

5. Informes trimestrales de seguimiento a los Planes de Mejoramiento en curso, tanto de la

ATIP como de la Contraloría General de la Republica. 6. Los demás informes asociados con el desarrollo del objeto del contrato y las obligaciones

detalladas en estos TCC, solicitados por EL FONDO.

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Con el propósito de mejorar el contenido de los informes del CONTRATISTA, se podrá modificar el contenido propuesto, previa autorización del Supervisor del Contrato.

5.4 OBLIGACIONES DEL FONDO ADAPTACIÓN

1. Cancelar el valor total del contrato, de conformidad con la forma de pago estipulada en el mismo.

2. Designar al supervisor del control de ejecución, quien estará en permanente contacto con EL CONTRATISTA, para la coordinación de cualquier asunto que así lo requiera.

3. Suscribir la correspondiente acta de recibo a satisfacción del contrato, previo el cumplimiento por parte del contratista de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.

4. Suscribir los demás documentos que sean necesarios y consecuentes, para la correcta prestación del servicio contratado

5. Disponer de la información requerida para el desarrollo del objeto del contrato y definir lineamientos cuando se requieran.

6 MODALIDAD DE SELECCIÓN APLICABLE

6.1 FUNDAMENTOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR

La presente contratación tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 1737 de 2014, el artículo 7º del Decreto 4819 de 2010, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal previstos en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, las previsiones contenidas en los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993. Con base en las modalidades de selección definidas en el Decreto 203 de 2015, se dará uso de la modalidad de selección invitación cerrada prevista en el numeral 2º del artículo 2º del Decreto en mención, que corresponde a la modalidad de selección mediante la cual EL FONDO, previa definición de los requerimientos financieros, de organización y de experiencia específica, requeridos para la ejecución del futuro contrato, adelantará un estudio de mercado y con base en sus resultados, formulará invitación a mínimo dos (2) de los oferentes que se hayan identificado y mediante la aplicación de criterios objetivos previamente determinados, seleccionará entre ellos el ofrecimiento más favorable a los intereses de la Entidad. Esta modalidad será aplicable para los contratos cuyo valor sea superior a 1.000 SMLMV e inferior a 132.000 SMLMV. El presupuesto oficial para la ejecución del contrato que se derive de los presentes TCC, asciende a la suma de OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES

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CÓDIGO:

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NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($ 8.766.958.265), IVA incluido, lo cual equivale a trece mil seiscientos seis salarios mínimos mensuales legales vigentes (13.606 SMMLV), por lo que procede la invitación cerrada.

7 EQUIPO DE TRABAJO E INSUMOS REQUERIDOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

El equipo auditor estará conformado por los siguientes perfiles:

1. Director o Gerente del proyecto.

2. Equipo de Auditores Expertos: Conformado por las siguientes categorías: a) Auditores expertos en contratación pública o privada. b) Auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de obras civiles. c) Auditor experto en sistemas de información – Tecnología BPM

El equipo auditor está conformado por un número máximo de QUINCE (15) auditores, incluido el Director o Gerente. Todos los integrantes del equipo auditor (incluido el Director o Gerente del proyecto) serán de dedicación continua, exclusiva y de tiempo completo para el desarrollo del proyecto. El equipo auditor estará localizado en las instalaciones de la firma que gane el proceso, o por solicitud del FONDO dentro de sus instalaciones; en este último caso el proponente seleccionado, debe garantizar que el equipo cuente con todos los equipos, elementos y suministros necesarios para desarrollar adecuadamente su función. El equipo inicial con el cual se iniciará el contrato es de diez (10) auditores, incluido el Director del Proyecto. Y, debido a que no es preciso determinar con certeza la fecha de ingreso de los auditores adicionales, hasta alcanzar el total de quince (15), según los perfiles y categorías descritas anteriormente, porque depende del desarrollo de la contratación según se vayan estructurando los proyectos (año base 2014 contratación total 3,9 billones de un total de $9,3 billones) y del paso de estos a la fase de ejecución, en la siguiente tabla, se muestra una proyección estimada, sobre la forma en que se irían vinculando los expertos, no obstante la vinculación estará sujeta al crecimiento real que tenga la contratación y los proyectos en ejecución. Así mismo, se incluye la proyección estimada para empezar a disminuir la planta de expertos, una vez cada uno de los sectores y macroproyectos terminen sus intervenciones; no obstante el retiro se dará con el decrecimiento real que tenga la contratación y los proyectos en ejecución:

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Fondo Adaptación.

CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

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Perfil

2015 2016 2017

Cuatrimestre Cuatrimestre Cuatrimestre

Jun Ago-15

III I II III I II III

Director o Gerente del Proyecto 1 1 1 1 1 1 1 1

Expertos en Contratación pública y privada

1 1 1 1 1 1 1 1

Expertos técnicos en ejecución de proyectos de obras civiles.

7 9 10 12 12 12 11 7

Expertos en Auditoría sistemas de información – Tecnología BPM

1 1 1 1 1 1 1 1

Total Equipo auditor 10 12 13 15 15 15 14 10 Nota: Con base en esta tabla y la tarifa unitaria por Director y Expertos que presente en la propuesta, el oferente ganador del proceso, se proyectará el valor total del contrato.

Una vez EL FONDO obtenga la autorización para comprometer recursos de la vigencia futura del año 2018, se podrá prorrogar el contrato hasta el 31 de diciembre de dicho año, de acuerdo con el horizonte de ejecución de proyectos y macroproyectos del FONDO. En el siguiente cuadro se presenta la proyección del número de integrantes del equipo auditor para el año 2018, según la categoría correspondiente:

Perfil

2018

Cuatrimestre

I II III

Director o Gerente del Proyecto 1 1 1

Expertos en Contratación pública y privada 1 1 1

Expertos técnicos en ejecución de proyectos de obras civiles. 6 4 4

Expertos en Auditoría sistemas de información – Tecnología BPM 1 1 1

Total Equipo auditor 9 7 7

7.1 EQUIPO AUDITOR INICIAL EL FONDO establece que el equipo inicial de auditores que se debe proponer, debe estar integrado como mínimo, por un grupo de trabajo compuesto por:

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Fondo Adaptación.

CÓDIGO:

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PLANTA INICIAL DEL EQUIPO AUDITOR CANTIDAD MINIMA DE

AUDITORES PARA EL INICIO

1. Director o Gerente de Proyecto 1

2. Auditores Expertos en Contratación Pública o Privada 1

3. Auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de obras civiles.

7

4. Auditores Expertos en sistemas de información – Tecnología BPM

1

Luego de seleccionado el proponente, y previo a la suscripción del acta de inicio del contrato, el Supervisor del mismo, verificará si la cantidad de integrantes del equipo inicial presentado en la propuesta, es consistente con las necesidades actuales del FONDO. Luego de dicha verificación es posible que se reduzca o se incremente el número de integrantes, con base en las cargas de trabajo y cronogramas, que debe presentar EL CONTRATISTA.

7.2 PERFILES MÍMINOS EXIGIDOS AL EQUIPO AUDITOR El equipo de profesionales propuesto por el oferente, como responsable de la ejecución del contrato deberá cumplir con los siguientes perfiles mínimos:

PERFILES DEL EQUIPO AUDITOR

Director o Gerente del Proyecto

a. TITULO PROFESIONAL: En Contaduría Pública, Economía, Administración de Empresas, Administración Pública, Ingeniería Industrial, Administración de Negocios, Ingeniería Civil o Arquitectura.

b. TITULO DE POSGRADO: Formulación y/o Evaluación de proyectos, Estructuración de proyectos, Interventoría de Proyectos, Gerencia Pública (con énfasis en proyectos), Gestión Pública (de proyectos), Administración de proyectos, Administración Pública, Finanzas Públicas o Privadas, Economía de lo Público, Gobierno y Políticas/Gestión Públicas, Alta Dirección del Estado, Finanzas, Gerencia (estratégica o integral) de proyectos, Control Gerencial (corporativo), Administración de Empresas, Administración de Negocios, Alta Gerencia de la Economía Pública, Gerencia en Gobierno y Gestión Pública, Gerencia financiera, Auditoría y Control o Gerencia e Interventoría de Obras Civiles.

c. EXPERIENCIA GENERAL: Mínima de quince (15) años en entidades del sector público o privado, ejerciendo como jefe o gerente o director de: auditoría externa o auditoría financiera o de gestión o auditoría operativa o auditoría interna o gerencia de proyectos o supervisión de proyectos o evaluación de proyectos o auditoría o interventoría de proyectos; la experiencia mínima aceptada por cargo/contrato es de un año.

d. EXPERIENCIA EN METODOLOGIAS: De al menos un (1) año en la

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CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

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PERFILES DEL EQUIPO AUDITOR

Implementación de cualquiera de los siguientes estándares: COSO, SOx, Modelo Estándar de Control Interno (MECI) o la NTCGP 1000:2009.

Nota: La experiencia del literal d, puede haberse adquirido dentro de la experiencia laboral certificada en el literal c.

Auditores expertos en contratación pública o privada

a. TITULO PROFESIONAL: En Derecho.

b. TITULO DE POSGRADO: Derecho Público, Derecho Administrativo, Control Gerencial (corporativo), Contratación Estatal o Derecho Contractual Público y Privado.

c. EXPERIENCIA LABORAL: Mínimo tres (3) años en entidades del sector público o privado, desarrollando actividades que hayan tenido relación con contratación privada o estatal o auditoria al proceso de contratación estatal.

Auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de obras civiles.

a. TITULO PROFESIONAL: Arquitecto, Ingeniería Civil, Ingeniería Ambiental, Administración Ambiental, Ingeniería Sanitaria. No aplica para este perfil Ingenieros de Sistemas y/o en control y gestión de proyectos en sistemas de información o expertos en dirección de proyectos de infraestructura de tecnología informática.

b. TITULO DE POSGRADO: Formulación y/o Evaluación de proyectos, Gestión Pública (de proyectos), Administración, Administración Pública, Medio Ambiente, Economía de lo Público, Gobierno y Políticas/Gestión Públicas, Alta Dirección del Estado, Estructuración de proyectos, Control Gerencial (corporativo), Control del riesgo, Gerencia de procesos y calidad, Alta Gerencia de la Economía Pública, Gerencia y Control del riesgo, Gerencia (Integral) de la Calidad, Gerencia de procesos de calidad e innovación, Saneamiento Ambiental, Interventoría de Proyectos (y Obras), Agua Potable y Saneamiento Básico, Ingeniería de Sistemas Hídricos Urbanos, Ingeniería Sanitaria y Ambiental, Agua potable, saneamiento básico y servicios públicos domiciliarios, Vías y Transporte, Diseño y Construcción de Vías y Aeropistas, Ingeniería de Vías Terrestres o Diseño, Construcción y Conservación de Vías, Gerencia e Interventoría de Obras Civiles, Gerencia Integral de Obras, Gerencia de Construcciones, Gerencia de Proyectos de Construcción e Infraestructura, Gestión / Gerencia Ambiental (Urbana), Análisis y Gestión Ambiental, Gerencia del Medio Ambiente y Prevención de Desastres, Prevención, Atención y Reducción de Desastres o Gerencia del Riesgo y de la Prevención de Desastres.

c. EXPERIENCIA: Mínimo de tres (3) años de experiencia relacionada con auditoría técnica y/o evaluación de proyectos y/o coordinación o gerencia de proyectos de infraestructura pública o privada y/o interventoría de proyectos.

Auditor experto en sistemas de información –

a. TITULO PROFESIONAL: Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, o Ingeniería Electrónica.

b. TITULO DE POSGRADO: Auditoría de Sistemas, Sistemas de Información,

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CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

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PERFILES DEL EQUIPO AUDITOR

Tecnología BPM Telemática, Control de Calidad en normas ISO, Tecnología BPM, Gerencia de Tecnología y Sistemas, Sistemas Integrados de Gestión, Auditoría de Sistemas de Información, Control Interno o Control Gerencial (corporativo).

c. EXPERIENCIA: Mínima de tres (3) años desarrollando actividades relacionadas con auditoria de sistemas de información que soportan la gestión de proyectos, tecnología BPM o coordinación y/o gerencia de proyectos informáticos, uno de los cuales debe ser con el sector público.

Nota 1: Por ser una auditoría técnica, no se contempla la experiencia ni la especialización en Revisoría Fiscal.

7.3 FORMA DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO AUDITOR Los proponentes deben adjuntar a su propuesta los Anexos 8A, 8B, 8C y 8D, completamente diligenciados, y los documentos con los cuales pretendan acreditar los requisitos del equipo auditor —tales como hoja de vida, títulos de estudio, certificaciones laborales (en las que conste claramente las actividades o funciones desarrolladas de acuerdo con los perfiles establecidos en los presentes TCC. Tratándose de certificaciones laborales de empleos públicos, estas deben incluir específicamente el(los) proyecto(s), en los cuales desempeñó la función con la cual pretende demostrar experiencia, indicando las áreas del proyecto), fotocopia de la tarjeta de matrícula profesional, etc. — y, adicionalmente, el Anexo No. 11 CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL ASIGNADO. a. Todo profesional ofrecido para el proyecto deberá acreditar, mediante copia del documento

idóneo, o constancia de que se encuentra en trámite, que está autorizado para ejercer la profesión.

b. La experiencia de los profesionales, se contará desde la fecha de expedición de la matrícula o

tarjeta profesional, según corresponda.

c. Para efectos de computar los años de experiencia, sólo se tendrá en cuenta uno de los contratos y/o proyectos que se hubieren ejecutado simultáneamente. Es decir no se computarán dos o más contratos que se hubiesen ejecutado en el mismo tiempo o que se traslapen entre sí.

d. El proponente deberá revisar y evaluar si dentro del equipo mínimo que presenta se encuentra personal extranjero que requiera permiso de trabajo para ejercer su profesión en Colombia. Estimar los costos de dichos permisos y tener en cuenta su trámite y solicitud, de tal forma, que previo a la suscripción del contrato cuente con los permisos requeridos.

NOTA: El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de

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Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos. Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados en Ingeniería y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia (Ley 842 de 2003)

7.4 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO AUDITOR

Los Proponentes deben presentar los candidatos a conformar el equipo auditor inicial, diferenciando el candidato para Director o Gerente del proyecto, y los candidatos a Expertos auditores según la categoría de experto auditor establecida en estos TCC, y adjuntar el Anexo 12 PLANTA INICIAL DE AUDITORES PROPUESTA. Para la calificación y comparación de propuestas, el proponente deberá suministrar los documentos que acrediten la formación académica y experiencia para cada uno de los candidatos presentados para conformar el equipo auditor inicial, anexando como mínimo los documentos que se relacionan a continuación: a. Hoja de vida en el formato del DAFP. b. Fotocopia del documento de identidad. c. Fotocopia de los diplomas o actas de grado. d. Fotocopia de las certificaciones requeridas según el perfil. e. Fotocopia de la tarjeta profesional en las carreras que legalmente lo requieran. f. Certificados de experiencia expedidos por las oficinas competentes en cada empresa o

entidad pública: Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del equipo auditor, se deberá presentar certificaciones de trabajo firmadas por el Representante Legal o su Delegado, que contengan como mínimo la siguiente información:

1. Nombre y NIT del contratante 2. Objeto del contrato, indicando el área del proyecto 3. Cargo desempeñado 4. Principales actividades o funciones desarrolladas 5. Fechas de inicio y terminación del contrato 6. Firma de la persona competente 7. Nombre del Representante Legal o su Delegado 8. Dirección y teléfono del contratante

En caso que las certificaciones no contengan la totalidad de la información aquí solicitada, se podrá anexar Actas de Terminación o Actas de Liquidación que contengan la información requerida, únicamente y, no será válido ningún otro documento adicional que en caso de adjuntarse a la propuesta se tomará como no presentado. No obstante, EL FONDO podrá

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solicitar al proponente los documentos adicionales que considere oportunos para efectos de la evaluación de la oferta.

7.5 VINCULACIÓN DE EXPERTOS ADICIONALES Y CAMBIOS EN EL EQUIPO AUDITOR

7.5.1 VINCULACIÓN DE EXPERTOS ADICIONALES

Los expertos adicionales al equipo auditor inicial presentado con la oferta, se irán vinculando en la medida que EL FONDO así lo determine, en cualquiera de las categorías de los perfiles establecidos, teniendo en cuenta el incremento que se tenga en los niveles de contratación y en el número proyectos en ejecución. De igual manera, el número de integrantes del equipo auditor (inicial y adicional) empezará a decrecer por solicitud del FONDO, en la medida que éste lo requiera, una vez vaya terminando y entregando sus intervenciones, sin que esto represente desequilibrio económico contractual. Por lo anterior, la vinculación de auditores expertos adicionales deberá estar adecuadamente justificada con estudios de cargas de trabajo y cronogramas con asignación de recursos y autorizada por Supervisor del Contrato. La justificación se soportará así:

a) Plan de auditoría ajustado. b) Nuevas actividades identificadas. c) Cargas de trabajo que cumplirá el nuevo experto. d) Cronograma actualizado con asignación del recurso adicional e) Evaluación del perfil habilitante y la capacidad técnica del nuevo experto auditor, así:

CATEGORÍA PERFIL

HABILITANTE PUNTAJE MÍNIMO DE LA CAPACIDAD

TÉCNICA

Auditor Experto en Contratación Pública o Privada

HABILITADO Obtener 30 puntos, con acreditación de 3 años adicionales a la experiencia laboral mínima exigida para este perfil.

Auditor técnico experto en ejecución de proyectos de obras civiles.

HABILITADO Obtener 30 puntos, con acreditación de 3 años adicionales a la experiencia laboral mínima exigida para este perfil.

Auditor Expertos en sistemas de información – Tecnología BPM

HABILITADO Obtener 30 puntos, con acreditación de 3 años adicionales a la experiencia laboral mínima exigida para este perfil.

Para vincular los nuevos expertos, la Firma deberá suministrar los documentos establecidos en estos TCC , junto con el Anexo 8A, 8B, 8C o 8D según sea el caso, y el Anexo 11.

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7.5.2 CAMBIOS DE INTEGRANTES DEL EQUIPO AUDITOR

Los cambios de integrantes del equipo auditor, estarán sujetos a las siguientes condiciones: a. Una vez suscrito el contrato no se aceptarán cambios en el equipo inicial durante el primer

año de ejecución, excepto que se presente alguna de las situaciones indicadas en el literal c) de este numeral.

b. El Fondo a través del supervisor del contrato, tendrá la facultad para solicitar en cualquier momento el retiro de integrantes del equipo auditor, que a su juicio no estén cumpliendo eficientemente con el objeto del contrato.

c. El proponente seleccionado podrá solicitar autorización al supervisor del Contrato, para realizar el cambio de los auditores expertos única y exclusivamente para el caso muerte, incapacidad permanente, retiro de la firma, o para aquellos que hayan sido promovidos a cargos de Gerente o equivalente, según la escala laboral de la Firma. Los casos que se presenten durante la ejecución del contrato, deberán quedar adecuada y claramente soportados, por EL CONTRATISTA, a través de certificaciones expedidas por el Revisor Fiscal del proponente seleccionado en este proceso, junto con el acto administrativo que permita evidenciar el hecho.

d. El candidato a ingresar al equipo auditor, deberá cumplir con el perfil habilitante y obtener

un puntaje igual o superior al obtenido por el Director o el Experto, que se pretende reemplazar, ya sea del equipo inicial o de los expertos adicionales que se hayan vinculado.

e. Las modificaciones al equipo auditor (Auditores expertos adicionales o cambios en el equipo), deben garantizar un porcentaje igual o mayor de apoyo a la industria nacional, que le permita obtener una calificación igual o superior a la obtenida por ese concepto.

f. Cualquier cambio en el equipo de auditores asignados al proyecto debe ser previamente autorizado por el supervisor del contrato, quien validará que se cumplan las causales de cambio, y los requisitos y perfiles definidos en estos TCC.

Para autorizar los cambios de los integrantes del equipo auditor, el CONTRATISTA deberá suministrar los documentos establecidos en estos TCC, junto con el Anexo 8A, 8B, 8C o 8D según sea el caso, y el Anexo 11, completamente diligenciados.

8 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

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El plazo previsto para la ejecución del contrato derivado del presente proceso de selección será de treinta y un (31) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento del contrato.

9 PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL El contrato se podrá prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2018 en las mismas condiciones económicas de estos TCC, teniendo en cuenta el horizonte de ejecución de los proyectos y macroproyectos a cargo del FONDO. Una vez realizada esta prórroga, el plazo de ejecución no podrá superar el 31 de diciembre de 2018. El plazo de ejecución podrá prorrogarse mediante la suscripción del documento modificatorio contractual que así lo disponga, en el cual deberán señalarse las circunstancias o hechos que lo motivaron y la fecha o condición que defina el nuevo plazo de ejecución del Contrato. Para prorrogar el Contrato previamente se requiere:

La solicitud y justificación técnica correspondiente por parte El CONTRATISTA. Aval y concepto de la supervisión. Aval y concepto del Consejo Directivo del FONDO.

10 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO Las partes podrán suspender temporalmente la ejecución del presente contrato, de común acuerdo y mediante la suscripción de un acta en la que conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión.

11 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO El valor del presupuesto fue establecido con base en los análisis y estudio de mercado adelantado por EL FONDO. Por lo anterior, para la ejecución del contrato derivado de este proceso de selección, el FONDO estimó un presupuesto oficial (POE) por la suma de OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($ 8.766.958.265) incluido el IVA, e incluye los costos y gastos en que debe incurrir el futuro CONTRATISTA para el cumplimiento de sus obligaciones, su utilidad o ganancia, los ajustes por cambio de vigencia y los demás tributos que cause dicho contrato, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan.

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11.1 DESAGREGACIÓN DEL POE En el siguiente cuadro, se presenta el desglose del presupuesto estimado incluyendo el ajuste estimado por cambio de vigencia:

Concepto 2015 2016 2017 Total

Honorarios Equipo Auditor

1.254.920.887 2.756.899.681 2.503.810.301 6.515.630.870

Pasajes aéreos y Gastos de viaje

332.999.106 784.424.318 695.171.724 1.812.595.149

Total 1.587.919.994 3.541.323.999 3.198.982.025 8.328.226.018

Ajuste estimado por cambio de vigencia para honorarios, pasajes aéreos y gastos de viaje

0 153.934.084 284.798.162 438.732.247

Presupuesto oficial total incluyendo ajustes por cambio de vigencia

1.587.919.994 3.695.258.084 3.483.780.187 8.766.958.265

Como el contrato se ejecutará en los años 2015, 2016 y 2017, se estimaron los ajustes por efecto inflacionario, teniendo en cuenta la duración del contrato, para las actividades que se ejecuten en el año 2016 y 2017. Los ajustes por cambio de vigencia, son un valor de referencia sobre el cual no se puede presentar oferta. Los mismos serán reconocidos a partir del primero de enero de cada año, de acuerdo con el Incremento en IPC certificado por el DANE para la vigencia anterior. Las obligaciones derivadas del presente proceso de selección se respaldarán con recursos del presupuesto del FONDO, según consta en el certificado de disponibilidad de recursos No. 0001099, expedidos por el CONSORCIO FADAP 2012, SUBCUENTA COSTOS Y GASTOS NO SECTORIZADOS. Una vez EL FONDO obtenga la autorización para comprometer recursos de la vigencia futura 2018, se podrá prorrogar el contrato hasta el 31 de diciembre de dicho año, en las mismas condiciones de estos TCC y con el siguiente presupuesto estimado:

Concepto 2018

Honorarios Equipo Auditor 1.491.452.780

Pasajes aéreos y Gastos de viaje 338.161.347

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Concepto 2018

Total 1.829.614.128

Ajuste estimado por cambio de vigencia para honorarios, pasajes aéreos y gastos de viaje

253.162.105

Presupuesto oficial total incluyendo ajustes por cambios de vigencia

2.082.776.233

Nota 1. En el numeral 7 de estos TCC, se presenta la proyección del número de integrantes del equipo auditor para el año 2018. Nota 2. En el estudio de mercado se estima la tarifa unitaria mensual de los perfiles del equipo auditor, para los años 2015 a 2018.

11.2 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO Y LOS POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL MISMO

En las siguientes tablas se muestra el resumen del análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato, que hace parte del estudio de mercado: a. Estimación del valor de los honorarios por concepto de los servicios prestados por el equipo

auditor: Como se indica en el estudio de mercado, para estimar el valor de las tarifas unitarias del contrato de Auditoria Técnica Integral Preventiva para los años 2015 a 2017, el FONDO aplicó el sistema de análisis del sector, indicado en el Capítulo I de la Resolución No. 095 de 2015 – Manual de Contratación del FONDO. Para el análisis del sector EL FONDO solicitó la información del valor de las tarifas unitarias a nueve (9) organizaciones públicas y privadas que en los últimos años han contratado con firmas similares, servicios similares a los requeridos por la Entidad. Una vez realizado el análisis de la información disponible y suministrada, se obtuvieron los siguientes resultados:

Tarifa mensual unitaria incluido IVA

Perfil

Entidad 1 Entidad 2 Entidad 3 Entidad 4 Entidad 5

PROMEDIO Contrato

1 Contrato

2 Contrato

1 Contrato

1 Contrato

2 Contrato

1 Contrato

1

Director / Gerente del proyecto

16.988.909 20.678.738 18.833.823

Experto 12.879.821 9.694.459 15.556.106 16.578.891 27.321.595 13.617.485 15.078.246 15.818.086

Nota. En algunos casos la información disponible no detalla el valor de la tarifa de cada perfil, por lo que el valor promedio de la tarifa del Director/Gerente se calculó teniendo en cuenta el valor de las tarifas de los dos (2) contratos disponibles; y el valor promedio de la tarifa de los expertos se calculó teniendo en cuenta el valor de las tarifas de los contratos disponible de dos (2) contratos y los contratos en los que no se discrimina el valor de la tarifa de cada perfil.

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Con base en los resultados del estudio del sector, se estimó el valor de las tarifas para los años 2015 a 2017, de la siguiente forma:

COSTOS UNITARIOS (Con IVA) 2015 2016 2017

Costo Unitario Gerente 18.833.823 18.833.823 18.833.823

Ajuste estimado por cambio de vigencia 890.840 932.977

Costo Unitario Expertos 15.818.086 15.818.086 15.818.086

Ajuste estimado por cambio de vigencia 748.195 783.585

b. Estimación del valor de reembolso de tiquetes aéreos y gastos de viaje: Para este concepto

se tuvieron en cuenta las siguientes variables:

Concepto* 2015 2016 2017

Tarifa Diaria de Gastos de Viaje Gerente 500.385 500.385 500.385

Ajuste estimado por cambio de vigencia 15.012 15.462

Tarifa Diaria de Gastos de Viaje Expertos 384.915 384.915 384.915

Ajuste estimado por cambio de vigencia 11.547 11.894

Valor estimado pasaje aéreo ida – regreso 869.143 895.217 922.073

Ajuste estimado por cambio de vigencia 26.857 27.662

Cantidad estimada de viajes Gerente 7 12 12

Cantidad estimada de viajes Expertos 171 960 864

* Las tarifas base, se proyectaron de acuerdo con las que se traían en el contrato No. 26 de 2012, incrementadas según las justificaciones expuestas por el anterior Contratista a través de diversas solicitudes de ajuste. Los valores incluyen el IVA.

Para realizar el incremento de las anteriores tarifas con base en el Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, se ha creado el concepto “Ajuste estimado por cambio de vigencia”, sobre el cual se atenderán los incrementos a partir del primero de enero de cada año. Una vez se realicen los incrementos se ajustarán las pólizas con base en el nuevo valor estimado del contrato.

11.3 VALOR DEL CONTRATO El valor estimado del contrato incluido el IVA corresponderá a la suma de los siguientes valores:

1. Valor estimado de los honorarios por concepto de los servicios prestados por el equipo auditor: Este valor se obtendrá de la propuesta que gane el proceso y estará determinada por el resultado de multiplicar la tarifa unitaria por experto (incluido el IVA)

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propuesta por el Proponente seleccionado, para cada uno de los perfiles y categorías del equipo auditor, por el número de integrantes del equipo auditor y por el número de meses de duración estimada del contrato, según lo indicado en la siguiente tabla:

Perfil

2015 2016 2017

Cuatrimestre Cuatrimestre Cuatrimestre

Jun Ago-15

III I II III I II III

Director o Gerente del Proyecto 1 1 1 1 1 1 1 1

Expertos en Contratación pública y privada

1 1 1 1 1 1 1 1

Auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de obras civiles

7 9 10 12 12 12 11 7

Expertos en Auditoría sistemas de información – Tecnología BPM

1 1 1 1 1 1 1 1

Total Equipo auditor 10 12 13 15 15 15 14 10

2. Valor estimado de reembolso de tiquetes aéreos y gastos de viaje: EL FONDO

establece que el valor estimado por este concepto es de MIL OCHOCIENTOS DOCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS MDA/CTE ($1.812.595.149), incluido el IVA.

3. Valor del ajuste estimado por cambio de vigencia: EL FONDO establece que el

monto estimado para atender los incrementos de las tarifas unitarias del contrato, es de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS MDA/CTE ($438.732.247), incluido el IVA.

11.4 FORMA DE PAGO

11.4.1 EL CIENTO POR CIENTO (100%) DEL VALOR DEL CONTRATO, SE CANCELARÁ ASÍ:

La modalidad del contrato es de prestación de servicios, y EL FONDO pagará al CONTRATISTA de la siguiente manera: Pago por concepto de honorarios: Pagos mensuales según el número de auditores asignados y aprobados durante el plazo del contrato, previa aprobación del Supervisor del contrato, quien certificará el cumplimiento contractual con base en: el cronograma predefinido y aprobado, el informe mensual de actividades, el informe mensual de resultados de las auditorías

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realizadas en el mes inmediatamente anterior con destino a la Gerencia del FONDO, el acta de supervisión del contrato en donde se determine el valor del incumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio, el cual debe incorporarse dentro de la facturación del mes, indique la certificación del Revisor Fiscal en donde conste el cumplimiento del pago de la seguridad social y parafiscales, dentro de los últimos seis (6) mes, junto con las planillas soporte de pago para cada experto y la certificación expedida por el Revisor Fiscal, en donde conste: “Que la nómina de expertos asignados por…(Razón Social del Contratista)…, cumplen con la condición de estar dedicados de forma exclusiva y de tiempo completo a la auditoría técnica integral preventiva (ATIP), contratada por el Fondo Adaptación, según el contrato No.___ de 2015.” Pago por reembolso de tiquetes aéreos y gastos de viaje: Los tiquetes aéreos para realizar los viajes por los expertos serán adquiridos por el CONTRATISTA en clase económica a la tarifa más baja acreditada al momento de realizar la compra y el FONDO reintegrará mensualmente el valor total de los mismos, junto con la factura por honorarios, para lo cual el Supervisor del Contrato exigirá se adjunte copia de las facturas expedidas por la Agencia de Viajes, o por la empresa que haya expedido los tiquetes y las colillas de los pasabordos que demuestren el uso del tiquete. No obstante, si EL FONDO observa que el costo de compra está siendo muy alto, podrá suministrar los tiquetes aéreos de forma directa, en clase económica a la tarifa más baja acreditada al momento de realizar la compra, a los integrantes del equipo auditor que sean comisionados para realizar auditoría en otras ciudades y que presenten sus solicitudes de viaje con ocho (8) días de anticipación. El valor mensual a pagar por los conceptos antes mencionados corresponderá a la sumatoria de la cantidad de auditores aprobada por el SUPERVISOR multiplicada por los valores de la oferta del contratista y el reembolso de gastos de viaje aprobados por el SUPERVISOR para dicho mes. A continuación se presenta la fórmula para los pagos mensuales del contrato:

Pagoi= D + AC*KAC + AT*KAT + AS*KAS + GV

Donde, D: Valor ofertado por el Director o Gerente del proyecto; AC: Valor ofertado por los auditores expertos en contratación pública; KAC: Cantidad de auditores expertos en contratación pública aprobados por el

SUPERVISOR para el mes i; AT: Valor ofertado por los auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de

obras civiles; KAC: Cantidad de auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de obras civiles,

aprobados por el SUPERVISOR para el mes i;

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AC: Valor ofertado por los auditores expertos en sistemas de información – Tecnología BPM;

KAC: Cantidad de auditores expertos en sistemas de información – Tecnología BPM aprobados por el SUPERVISOR para el mes i;

GV: Valor total del reembolso de los tiquetes aéreos y gastos de viaje aprobados por el SUPERVISOR para el mes i;

i: mes en referencia. La tarifa que EL FONDO reconocerá al personal comisionados para cubrir los gastos de transporte terrestre, fluvial, traslado al aeropuerto, manutención, alojamiento, transporte local y todos los demás gastos asociados que se causen será hasta una tarifa máxima diaria de QUINIENTOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS MDA/CTE ($500.385) incluido el IVA, para el Director o Gerente del proyecto y de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS QUINCE PESOS MDA/CTE ($384.915) incluido el IVA, para el equipo de auditores expertos. Este valor se incrementará a partir del primero de enero de cada año, según la variación calculada desde enero hasta diciembre del año inmediatamente anterior, del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE. Cada viaje y/o desplazamiento debe estar previamente autorizado por el Supervisor del Contrato, mediante el formato “Solicitud Comisión – Viaje al Interior del País”, quien validará el objeto, objetivos y tiempos que demandará la comisión. Cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, solo se reconocerá hasta el cincuenta por ciento (50%) de los correspondientes valores establecidos. El CONTRATISTA facturará el reembolso de los gastos de viaje junto con la facturación mensual por concepto de prestación de servicios, adjuntando los soportes de los gastos efectivamente realizados, los cuales se reconocerán hasta el tope de la tarifa diaria definida en estos TCC, según sea con o sin pernoctar. En los casos especiales autorizados previamente por el Supervisor del Contrato, en donde se requiera tomar medios de transporte adicionales como por ejemplo, expresos, lanchas u otros, se reconocerá el valor contra la presentación de un recibo en conde conste: Beneficiario del pago, identificación, dirección, teléfono, concepto, valor pagado y firma (no se aceptarán recibos con enmendaduras).

El presupuesto máximo fijado para pasajes aéreos y gastos de viaje será de MIL OCHOCIENTOS DOCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS MDA/CTE ($1.812.595.149), incluido el IVA. Este presupuesto será un rubro interno que administrará EL FONDO con cargo al rubro de gastos operativos de control a la inversión.

EL CONTRATISTA deberá abrir o contar con una cuenta bancaria, en un establecimiento bancario vigilado por la Superintendencia Financiera, para realizar allí el pago por transferencias, y por concepto de la forma de pago del contrato. Para tal efecto, y para la firma del contrato, el contratista deberá entregar a EL FONDO un certificado bancario con el número de cuenta para efectuar los pagos por transferencias.

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El incumplimiento de los ANS definidos por EL FONDO, tendrá penalizaciones económicas, las cuales están definidas en el Anexo 13 ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO, de estos TCC. Su cumplimiento será verificado por el Supervisor del Contrato. Las penalizaciones serán aplicadas contra las facturas del mes en donde se presentó el incumplimiento y de acuerdo con el porcentaje establecido para cada ítem de los ANS establecidos. El descuento se notificará por escrito por el Supervisor del Contrato y EL FONDO, lo hará efectivo contra el pago de la correspondiente factura.

11.4.1.1 Requisitos para pago.

Para proceder al pago, EL CONTRATISTA deberá anexar como mínimo los siguientes documentos o certificaciones: a. Factura debidamente diligenciada. b. Certificación de aprobación de informe mensual por parte del supervisor. c. Certificación por medio de la cual acredite que se encuentra al día en el pago de aportes

parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

d. El informe mensual de actividades, el informe mensual de resultados de las auditorías realizadas en el mes inmediatamente anterior con destino a la Gerencia del Fondo,

e. La certificación expedida por el Revisor Fiscal, en donde conste: “Que la nómina de expertos asignados por… (Razón Social del Contratista)…, cumplen con la condición de estar dedicados de forma exclusiva y de tiempo completo a la auditoría técnica integral preventiva (ATIP), contratada por el Fondo Adaptación, según el contrato No.___ de 2015.”

f. El acta de supervisión del contrato en donde se determine el valor del incumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio, el cual debe incorporarse dentro de la facturación del mes.

g. Y todos los demás documentos requeridos por EL FONDO en el momento de presentación de las cuentas.

EL CONTRATISTA deberá cumplir con los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos en el Anexo 13 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO de este TCC. Su cumplimiento será verificado por el supervisor. Las penalizaciones serán efectuadas en la factura correspondiente a la Etapa y/o hito definido en los ANS. El descuento se efectuará directamente por EL FONDO.

11.5 RUBRO PRESUPUESTAL Las obligaciones derivadas del presente proceso de contratación se respaldarán con recursos de inversión, con cargo a la subcuenta COSTOS Y GASTOS NO SECTORIZADOS o GASTOS OPERATIVOS DE CONTROL A LA INVERSIÓN.

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12 VIGILANCIA DEL CONTRATO – SUPERVISIÓN y/o INTERVENTORÍA La supervisión del Contrato la efectuará el Asesor I de la Oficina Asesora de Planeación y Cumplimiento del FONDO y/o la persona designada por la Gerencia del FONDO. Le corresponde al Supervisor vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, hacer los requerimientos del caso y en especial: a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. b) Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes,

proyectos, acciones y cooperación. c) Verificar el cumplimiento de los términos definidos en los TCC d) Efectuar los requerimientos que sean del caso al CONTRATISTA cuando las exigencias de

cumplimiento así lo requieran. e) Informar a la Gerencia General del Fondo sobre los cambios que se presenten durante la

ejecución del contrato y velar porque se suscriban por los representantes legales de las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran.

f) Suscribir el acta de inicio si a ello hubiere lugar. g) Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones, los indicadores de gestión y verificar los

informes presentados por el CONTRATISTA. h) Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del

contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. i) Elaborar el informe final de gestión y el certificado de cumplimiento del objeto, con el fin de

dar trámite a la liquidación del contrato. j) Las demás funciones inherentes al Supervisor del Contrato.

El supervisor del Contrato está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, en el aspecto técnico, y será responsable de mantener informado al FONDO de los hechos o circunstancias que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato o cuando tal incumplimiento se presente. En ningún caso el supervisor está facultado para modificar el contenido y alcance del contrato celebrado entre EL CONTRATISTA y EL FONDO, ni de eximir a ninguno de ellos de sus obligaciones y responsabilidades.

13 IDENTIFICACION, TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES

Lo relacionado con la tipificación, valoración y asignación de riesgos contractuales, se regirá por lo establecido en el Anexo 14 de los presentes Términos y Condiciones Contractuales TCC.

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14 ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS RIESGOS CONTRACTUALES O EXTRACONTRACTUALES

14.1 PÓLIZAS DEL CONTRATO Lo relacionado con el análisis que sustenta la exigencia de garantías para el cumplimiento de los riesgos contractuales o extracontractuales, se regirá por lo establecido en el proyecto del contrato, adjunto a los presentes TCC.

15 CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN. De conformidad con las disposiciones del artículo 7, del Decreto 4819 de 2010, y con las del numeral 2, artículo 14, de la Ley 80 de 1993, se entienden pactadas en este contrato las facultades excepcionales al derecho común de interpretación, modificación y terminación unilaterales, las cuales se ejercerán en los términos y condiciones establecidos en la legislación vigente.

16 MODIFICACIÓN AL CONTRATO El plazo, valor y demás condiciones del Contrato sólo podrán variarse mediante modificaciones contractuales suscritas por las partes. Sin autorización escrita del FONDO, previo concepto de la supervisión, según corresponda, EL CONTRATISTA no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del Contrato.

17 CESIÓN DEL CONTRATO El presente Contrato se celebra en consideración a las calidades del EL CONTRATISTA; en consecuencia, no podrá cederlo en todo, ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de EL FONDO. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de EL FONDO, de acuerdo con el procedimiento interno de EL FONDO para tal efecto.

18 SUBCONTRATOS EL CONTRATISTA no podrá subcontratar, total o parcialmente, la ejecución del contrato, sin autorización previa y expresa del FONDO, caso en el cual será el único responsable por el

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cumplimiento de las obligaciones del contrato y no habrá lugar a solidaridad entre EL FONDO y EL CONTRATISTA y/o terceros.

19 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del Contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la Oferta y, posteriormente, de resultar proponente seleccionado, con la suscripción del mismo.

20 IMPUESTOS EL CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes que se causen por la suscripción, ejecución y liquidación del contrato, de conformidad con la ley colombiana.

21 LIQUIDACIÓN Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del Contrato, se procederá a su liquidación bilateral en un plazo máximo de ocho (8) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. El acta de liquidación será elaborada por el supervisor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes.

Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar.

En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el supervisor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades

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en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberar.

22 PERSONAL DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA ejecutará el objeto de este contrato con total autonomía e independencia técnica y sin subordinación con respecto al FONDO, por lo cual no habrá vínculo laboral alguno entre el personal utilizado por EL CONTRATISTA y EL FONDO. EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal, lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que EL FONDO adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto, corresponde al EL CONTRATISTA el pago de salarios y prestaciones sociales, afiliaciones y pago de aportes al sistema de seguridad social integral, aportes parafiscales e indemnizaciones a que haya lugar. En todo caso, EL FONDO podrá, en cualquier momento, requerir al EL CONTRATISTA para que presente las autoliquidaciones, consignaciones y constancias que le permitan verificar el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Con el fin de cumplir el objeto contratado, EL CONTRATISTA establecerá una organización de acuerdo con el personal profesional y empleados que se propone vincular, en relación con el cual EL FONDO se reserva el derecho de solicitar su retiro en cualquier momento.

23 INDEMNIDAD EL CONTRATISTA mantendrá indemne al FONDO ante cualquier reclamación —administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza— presentada por terceros a causa de acciones u omisiones de aquél, de sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del presente contrato y defenderá al FONDO a su propio costo, incluyendo todos los gastos que se causen por cuenta de las reclamaciones, tales como, honorarios, costas, gastos procesales y condenas, si las hubiere. En el caso de que EL FONDO asuma directamente su defensa repetirá contra EL CONTRATISTA por todos los costos que implique dicha defensa pudiendo descontar estos valores de los saldos que le adeude al CONTRATISTA y, de no existir saldos, podrá efectuar su cobro por la vía ejecutiva para lo cual, el presente contrato junto con los documentos que soporten los costos asumidos prestarán mérito ejecutivo sin que se requiera constitución en mora alguna.

24 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EL FONDO procurará solucionar mediante arreglo directo las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual en las etapas de ejecución, terminación y liquidación. De no ser posible la solución directa, podrá emplear los mecanismos previstos en la ley, tales como

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conciliación, amigable composición, transacción y arbitramento, previa justificación del mecanismo seleccionado y atendiendo los lineamientos de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado.

25 OMISIONES Cualquier omisión, error o vicio en los documentos e información técnica de la Oferta, que al momento del estudio para la presentación de la misma debió advertir EL CONTRATISTA, o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente al FONDO antes de la presentación de la Oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la ejecución serán asumidos íntegramente con su patrimonio y, por tanto, EL FONDO no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.

26 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley. En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor. La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación. La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada.

27 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente Contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la información confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por EL FONDO. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una

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autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por EL FONDO para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a EL FONDO, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por EL FONDO para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega EL FONDO para el desarrollo de las actividades propias del Contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del Contrato. PARÁGRAFO TERCERO: EL FONDO adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.

28 PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

El contrato derivado de los presentes TCC se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución requiere de la expedición del correspondiente registro presupuestal, por parte del FONDO, y de la aprobación, por parte de la Secretaria General de esta Entidad, de las garantías que debe constituir EL CONTRATISTA para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato.

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29 CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Dentro de los cinco (05) días calendario siguiente a la suscripción del Contrato, EL CONTRATISTA presentará al FONDO:

a) El RUT. b) La garantía de cumplimiento.

Previo a la suscripción del acta de inicio, el supervisor del contrato deberá verificar si la cantidad de integrantes del equipo inicial presentado en la propuesta, es consistente con las necesidades actuales del FONDO. Luego de dicha verificación es posible que se reduzca o se incremente el número de integrantes, con base en las cargas de trabajo y cronogramas, que debe presentar EL CONTRATISTA. Los TCC, sus formatos y anexos, y adendas se entienden incorporadas al Contrato aun cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, los TCC y el Contrato, y de otra, la Oferta presentada por EL CONTRATISTA, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre los TCC y el Contrato, prevalecerá el contenido del contrato.

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CAPÍTULO 2 – CONDICIONES DEL PROCESO DE INVITACIÓN CERRADA

30 CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA ECONÓMICA Y JURIDICA Para la selección del contratista se verificarán los aspectos que se relacionan en el siguiente cuadro:

ITEM FACTOR DE

EVALUACIÓN MÉTODO DE EVALUACIÓN

1 Capacidad Jurídica Habilitante

2 Capacidad Financiera Habilitante

3 Capacidad Técnica (de la

firma y del equipo auditor)

Habilitante

3 Factores Técnicos del

Proponente y el equipo auditor

Calificable (700 puntos)

4 Apoyo a la industria

nacional Calificable (100) puntos

5 Propuesta Económica Calificable (200 puntos)

TOTAL 1.000

Los requisitos habilitantes serán objeto de verificación y no de calificación, por tanto, se evaluará como HABILITADO o NO HABILITADO. Los requisitos habilitantes son los que se describen a continuación:

31 FACTORES HABILITANTES

31.1 CAPACIDAD JURÍDICA En el presente proceso de contratación pueden participar personas jurídicas consideradas legalmente capaces, las cuales podrán asociarse mediante consorcio o unión temporal o cualquier otra forma de asociación legalmente aceptada y reglamentada en Colombia, que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en estos TCC, por sí mismos o mediante apoderado, con capacidad para presentar la correspondiente oferta, celebrar y ejecutar el contrato que se derive de esta invitación y que no se encuentren incursas en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y en la ley, para celebrar contratos con las entidades estatales. Teniendo en cuenta que EL FONDO requiere una AUDITORÍA TÉCNICA, ejecutada por una firma de auditoría de reconocido prestigio internacional (Decreto 4819 de 2010), se permitirá

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que participen consorcios o uniones temporales constituidos por las firmas invitadas en este proceso con firmas de la misma red global o por firmas de interventoría nacional, cumpliendo los requisitos habilitantes exigidos, definidos más adelante en estos TCC. Por lo anterior, no se aceptarán Proponentes individuales de firmas de interventoría; ni se aceptarán uniones temporales o consorcios de firmas de interventoría en la que no esté incluida al menos una firma de auditoría de reconocido prestigio internacional. La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:

i) Manifestación expresa, clara e irrevocable de presentar oferta.

ii) Firma de la carta de presentación oferta.

iii) Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y, si a ello hubiere lugar, con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF.

iv) Garantizar la seriedad de la oferta.

v) No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría

General de la República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000.

vi) No presentar antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en la

invitación y celebrar el contrato correspondiente.

vii) No tener antecedentes judiciales que impidan participar en la invitación y celebrar el contrato correspondiente.

31.2 MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD JURÍDICA Con el fin de acreditar la capacidad jurídica requerida para participar en esta invitación, los proponentes deben integrar el sobre N° 1 de su oferta con los siguientes documentos:

31.2.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Firmada por el proponente, su representante legal o su apoderado, indicando en ella su manifestación expresa de participar en la invitación, así como su conocimiento y conformidad con las reglas para participar en el proceso y con las condiciones del respectivo contrato, según modelo que se adjunta a estos términos, Anexo 3 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. Además, la carta debe contener el nombre o razón social, la dirección, el número telefónico, el

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fax y la dirección electrónica del proponente. La presentación de esta carta no implica el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en estas reglas, ni supone el ofrecimiento de unos y otros. La firma de la carta de presentación de la oferta permitirá presumir la aprobación y conocimiento de estos TCC, de sus anexos y de la demás información relacionada con el proceso de contratación.

31.2.2 FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD

La oferta debe integrarse con una fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad del proponente, de su representante o de su apoderado.

31.2.3 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS.

31.2.3.1 Personas Jurídicas Civiles o Comerciales, Nacionales o Extranjeras con Sucursal en Colombia:

Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia:

a. Deben presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio. El certificado no podrá tener fecha de expedición superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con este certificado deben acreditar:

La existencia y representación legal; Las facultades del representante legal para presentar la oferta individualmente o como

integrante de un consorcio o de una unión temporal (según sea el caso) y para la suscripción del contrato;

Que su objeto social principal o complementario permite a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato.

Que se han constituido con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación y que el término de su duración es, por lo menos, igual al plazo del Contrato y cinco (5) años más.

b. Cuando el representante legal de las personas jurídicas nacionales o de las sucursales en Colombia tenga limitaciones estatutarias para presentar la oferta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la oferta, la participación en la invitación y/o para la contratación en caso de resultar proponente seleccionado, debe presentar simultáneamente con la oferta un extracto del acta en la que conste la decisión

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del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la oferta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar proponente seleccionado.

c. Si el proponente es una entidad sin ánimo de lucro, debe presentar el correspondiente certificado expedido por la Cámara de Comercio con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha del cierre de la presente invitación. De igual manera, debe anexar el reconocimiento de la personería jurídica expedido por DANSOCIAL y/o entidad competente.

31.2.3.2 Personas Jurídicas Extranjeras, Civiles o Comerciales, sin Sucursal en Colombia.

Para los efectos previstos en este numeral, son personas jurídicas extranjeras aquellas que no se hayan constituido de acuerdo con la legislación colombiana y cuyo domicilio principal sea en el exterior. Las ofertas de los proponentes extranjeros o conformados con personas jurídicas de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, deben acreditar su existencia y representación legal de acuerdo con las normas de su país de origen, mediante la presentación del documento expedido, dentro de los dos (2) meses anteriores a la fecha de cierre de la invitación, por la autoridad competente de su domicilio, legalizado, apostillado o consularizado, según el caso, en el cual deben constar, como mínimo, los siguientes aspectos: (i) La existencia y representación legal. (ii) Las facultades del representante legal para presentar la oferta individualmente o como

integrante de un consorcio o de una unión temporal (según sea el caso) y para la suscripción del contrato.

(iii) Que su objeto social principal o complementario permite a la persona jurídica la

celebración y ejecución del contrato. (iv) Que se han constituido con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre de la presente

invitación y que el término de su duración es, por lo menos, igual al plazo del Contrato y cinco (5) años más.

Adicionalmente, deben adjuntar a su oferta constancia expedida por el cónsul del respectivo país en Colombia o por el cónsul de Colombia en aquél país, en la que conste que el documento antes requerido es el idóneo para acreditar la existencia y representación legal, según la leyes del respectivo país. En el evento en que, de acuerdo con las normas que rijan la materia en el país del domicilio del proponente o su integrante, no hubiere autoridad competente que expida el documento o

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certificación sobre su existencia y representación legal, el proponente debe aportar certificación expedida por el Cónsul del respectivo país en Colombia o por el Cónsul de Colombia en aquel país, en la que consten los aspectos antes señalados. En todo caso, de conformidad con las disposiciones de los artículos 471 y 472 del Código de Comercio colombiano, el proponente extranjero o sus integrantes que resulten proponente seleccionados del contrato objeto de esta invitación deben acreditar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de aceptación de la oferta, la constitución de la respectiva sucursal en Colombia, mediante la presentación del correspondiente certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del lugar elegido para su domicilio en el país. No se podrá suscribir el contrato sin que se haya aportado la prueba de la constitución de la sucursal. El proponente seleccionado no podrá alegar justa causa para no suscribir el contrato dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, sustentada en la demora en los trámites de constitución de la sucursal. Cuando el representante legal de las personas jurídicas extranjeras, tenga limitaciones estatutarias para presentar la oferta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la oferta, la participación en la invitación y/o para la contratación en caso de resultar proponente seleccionado, debe presentar simultáneamente con la oferta un extracto del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la oferta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar proponente seleccionado.

31.2.4 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O DE LA UNIÓN TEMPORAL

Los consorcios y las uniones temporales deben presentar el documento de constitución de la correspondiente forma asociativa, de acuerdo con el modelo suministrado en estos TCC, Anexo 5 MODELO DE ACUERDO CONSORCIAL O UNIÓN TEMPORAL, en el cual conste, por lo menos, la siguiente información: 1. Nombre y domicilio de los constituyentes de la forma asociativa. 2. La modalidad de asociación, es decir, si la participación de los proponentes es a título de

consorcio o unión temporal y, en este último caso, deben indicar los términos, porcentaje y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán modificar sin el consentimiento previo del FONDO.

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En el evento en que los constituyentes de la forma asociativa no indiquen claramente si se trata de un consorcio o de una unión temporal, EL FONDO entenderá que, para todos los efectos, se trata de un consorcio.

3. El objeto del consorcio, unión temporal o, en general, de la forma asociativa, el cual debe

coincidir con el de la Invitación FA-IA-003-2015 4. La designación de un representante del consorcio o de la unión temporal, con la indicación

de las facultades que los integrantes de la asociación le confieren y la designación de un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.

5. Las reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del consorcio o de la

unión temporal. 6. La duración del consorcio o de la unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de

ejecución y liquidación del contrato que se derive de este proceso de contratación y cinco (5) años más.

7. Quién librará la(s) factura(s) por la ejecución del objeto del contrato derivado de este

proceso de contratación. Si la(s) factura(s) las va a extender uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, en representación de éstos, es necesario que informe el número del NIT correspondiente. Si cada uno de los integrantes, separadamente, extenderá las facturas correspondientes, deben informar el número del NIT de cada uno y el porcentaje de su participación en el valor del contrato.

En caso de que sea el consorcio o la unión temporal quien vaya a extender la(s) factura(s), deben informar el NIT de la asociación, si lo tuviere, y señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos.

El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la oferta en consorcio o unión temporal debe acompañarse de los documentos que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para constituir la forma asociativa. (Certificados de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, actas de junta directiva y poderes). Una vez constituido el consorcio o la unión temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el contrato de asociación, ni modificar los términos de su participación en aquél, salvo en el evento en que el FONDO lo autorice previamente y por escrito en los casos en que legalmente está permitido. Los aspectos relacionados con la participación de consorcios y de uniones temporales en este proceso y con la ejecución del contrato derivado de esta invitación por cualquiera de dichas

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modalidades de asociación, no regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Estatuto de Contratación Administrativa.

31.2.5 PODERES

Los proponentes pueden presentar ofertas por sí mismos o por intermedio de apoderado, evento en el cual deben adjuntar a la oferta el poder correspondiente, otorgado en legal forma, en el cual consten de manera clara y expresa las facultades específicas conferidas al apoderado para actuar y obligar a su(s) representado(s). El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero, en todo caso, debe tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deben constituir un apoderado domiciliado en este país y acreditar esta circunstancia adjuntando a su oferta el poder correspondiente. Las facultades conferidas al apoderado deben comprender las atribuciones necesarias para comprometer a su(s) representado(s) en las diferentes instancias de la invitación, ejecutar los actos y suscribir los documentos y declaraciones que se requieran durante el trámite de este mismo proceso, suministrar la información que le sea solicitada y para representarlas judicial o extrajudicialmente y podrán incluir, a juicio del proponente, las de firmar y presentar la oferta y, en caso de que este resulte proponente seleccionado del futuro contrato, la celebración de este.

31.2.6 CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y APORTES PARAFISCALES

De conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, los proponentes deben estar al día con las obligaciones de los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y, si a ello hubiere lugar, con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y SENA, condiciones estas que acreditarán: 1. Las personas jurídicas nacionales y las extranjeras con sucursal en Colombia, mediante la

presentación de la constancia de los pagos al sistema de seguridad social integral y parafiscales, expedida por su revisor fiscal — si, de acuerdo con la ley, están obligadas a tenerlo— o por su representante legal, mediante la cual uno u otro certifiquen que, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de esta invitación, aquellas personas han cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuvieren, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, si a ello hubiere lugar. Cuando la certificación la expida el revisor fiscal,

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también debe adjuntarse a la oferta la certificación vigente de los antecedentes disciplinarios de este, expedida por la Junta Central de Contadores.

Las personas jurídicas, nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, que no tengan más de seis (6) meses de constituidas deben acreditar el cumplimiento de las obligaciones de que trata este numeral desde la fecha de su constitución.

En el evento en que estas mismas personas se encuentren en curso de un acuerdo de pago, respecto de cualquiera de las obligaciones a las que se refiere este numeral, deberán manifestarlo, hacer constar el cumplimiento de dicho acuerdo y acreditar ambas circunstancias aportando copia del respectivo acuerdo y del comprobante soporte del pago del mes anterior al del cierre de esta invitación.

Las personas jurídicas extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en Colombia no están sujetas al requisito de que trata este numeral.

2. Los consorcios y las uniones temporales, mediante la presentación de la certificación de

cada uno de sus integrantes, según la naturaleza jurídica de estos. Para acreditar el cumplimiento de este requisito, los proponentes podrán utilizar el modelo que se adjunta a estos TCC, Anexo 6 CERTIFICACIÓN DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.

31.2.7 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

El proponente deberá anexar a su oferta, a favor del FONDO, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor Presupuesto Oficial Estimado la cual deberá estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta hasta la suscripción y perfeccionamiento del contrato y deberá contar con un plazo igual o superior a 90 días calendario. Si por necesidades del proceso de contratación el plazo para dicho perfeccionamiento se llegare a prorrogar, el oferente deberá prorrogar la garantía de seriedad de la oferta por igual término y hasta por un plazo igual al inicialmente pactado Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Si se trata de una garantía bancaria, la entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en calidad de corresponsal, sin que ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor del FONDO a primer requerimiento, renunciando al beneficio de excusión. EL CONTRATISTA deberá allegar el recibo de pago expedido por la Aseguradora donde conste que primas se encuentran pagadas por parte del CONTRATISTA.

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En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, ésta deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN. La garantía debe constituirse por el OFERENTE, a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8.

31.2.8 CONSULTA DE ANTECEDENTES FISCALES (CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA), DISCIPLINARIOS (PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN) Y JUDICIALES (MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – POLICÍA NACIONAL)

Adicionalmente, con el fin de verificar si los proponentes o, en el caso de los consorcios y uniones temporales, sus integrantes, tienen antecedentes fiscales, disciplinarios o judiciales, que los inhabiliten para participar en esta invitación o celebrar el contrato correspondiente, EL FONDO consultará el Boletín de Responsables Fiscales, el SIRI y el servicio en línea sobre la información judicial administrada por la Policía Nacional, en cumplimiento de las disposiciones del inciso 3, artículo 60, de la Ley 610 de 2000,y de la Ley 90 de 1995 y del Decreto 019 de 2012, respectivamente, e imprimirá la certificación o constancia correspondientes.

31.3 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA EL FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad jurídica de los proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos con anterioridad.

31.4 CAPACIDAD FINANCIERA

El Proponente debe cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos mínimos de carácter financiero:

# INDICADOR SOLICITADO CALIFICACIÓN

1 Liquidez ≥ 1,200 HABILITADO

2 Endeudamiento ≤ 0,700 HABILITADO

3 Capital de trabajo CT ≥ 40%*POE HABILITADO

4 Patrimonio neto Patrimonio ≥ 50%*POE HABILITADO

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31.4.1 INDICADOR DE LIQUIDEZ

El proponente deberá acreditar una liquidez: igual o superior a 1,200. El indicador de Liquidez se calculará con base en la siguiente fórmula:

Indicador de Liquidez=Activo Corriente

Pasivo Corriente≥1,200

En el caso de proponentes plurales, el indicador de liquidez deberá ser cumplido por cada uno de sus integrantes, so pena de ser considerado como no habilitado.

31.4.2 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO

El proponente deberá acreditar un nivel de endeudamiento: igual o inferior a 0,700. El indicador del nivel de endeudamiento se calculará con base en la siguiente fórmula:

Nivel de Endeudamiento=Pasivo Total

Activo Total≤0,700

En el caso de proponentes plurales, el indicador de endeudamiento deberá ser cumplido por cada uno de sus integrantes, so pena de ser considerado como no habilitado.

31.4.3 CAPITAL DE TRABAJO

El capital de trabajo se calculará de la siguiente manera:

Capital de Trabajo = Activo Corriente - Pasivo Corriente En el caso de proponentes plurales, el capital de trabajo considerado será la sumatoria de los capitales de trabajo de cada integrante del Proponente Plural multiplicado por su porcentaje de participación correspondiente.

CT= ∑ [(CTi*%𝑖)]

i=1…n

En donde: CT= Capital de trabajo del Proponente Plural CTi=Capital de trabajo del integrante i del Proponente Plural %i=Porcentaje de participación del integrante i en el Proponente Plural

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n= Número total de integrantes del Proponente Plural Proponente i = Integrante i del Proponente Plural (varía entre 1 y n)

31.4.4 PATRIMONIO NETO

El proponente deberá acreditar un patrimonio neto: igual o superior al 50% del Presupuesto Oficial Estimado, para este proceso. En el caso de proponentes plurales, el patrimonio considerado será la sumatoria de los patrimonios netos de cada integrante del Proponente Plural multiplicado por su porcentaje de participación correspondiente.

𝑃𝑁 = ∑ 𝑃𝑁𝑖*%𝑖

𝑖=1…𝑛

En donde: PN= Patrimonio Neto del Proponente Plural PNi=Patrimonio Neto del integrante i del Proponente Plural %i=Porcentaje de participación del integrante i en el Proponente Plural n= Número total de integrantes del Proponente Plural Proponente i = Integrante i del Proponente Plural (varía entre 1 y n)

31.5 MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA Los proponentes acreditarán la capacidad financiera mediante la información y documentos aportados en su propuesta, con la presentación de por lo menos:

Estados Financieros dictaminados (que incluya como mínimo Balance General y Estado de Resultados con cierre de vigencia para el año 2014)

Notas a los Estados Financieros dictaminados (con cierre de vigencia para el año 2014) Copia de la tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal (en caso éste aplique) que

avala los documentos financieros requeridos. Certificado vigente de antecedentes disciplinarios del contador público y del revisor fiscal

(en caso éste aplique) que avala los documentos financieros requeridos expedido por la junta central de contadores de Colombia.

31.5.1 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA

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EL FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad financiera de los Proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos para la Capacidad Financiera y la forma de acreditarla.

31.6 CAPACIDAD TÉCNICA – EXPERIENCIA HABILITANTE

31.6.1 CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE DEL PROPONENTE

Son hábiles, técnicamente, para participar en esta invitación, las personas jurídicas nacionales, en forma individual o conjunta que cumplan los siguientes requisitos:

31.6.1.1 Acreditación de firma de auditoría de reconocido prestigio internacional

El oferente deberá presentar una certificación de membresía expedida por el Representante Legal de la Casa Matriz de la Red Global de Firmas, en donde conste que pertenece a una Red Global de Firmas y que tiene presencia en mínimo cinco (5) países del continente americano (indicar cuáles), diferentes a Colombia. Además, se debe certificar el número total global de empleados vinculados laboralmente en 2014, el cual no podrá ser inferior a 130.000 empleados. El atributo de reconocido prestigio internacional se determinó con base en el ranking que ha publicado en los últimos tres (3) estudios la Revista la Nota.com, en donde se constató que las firmas que se están invitando a participar en este proceso cerrado, hubiesen estado dentro de los cuatro (4) primeros puestos del ranking nacional, tal como se muestra en el estudio de mercado.

31.6.1.2 Experiencia habilitante del proponente

EL FONDO determinó que la experiencia que se exigirá en la presente invitación, corresponderá a aquellas actividades que tengan relación con el objeto contractual y sean proporcionales a su alcance. En razón a lo anterior, para efectos del proceso de selección que se pretende adelantar, el proponente deberá acreditar haber ejecutado máximo tres (3) contratos que cumplan los siguientes requisitos: a) Objeto: La ejecución de auditorías en la modalidad externa, de gestión, interna, financiera,

operativa, o de interventoría de proyectos.

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b) Fecha iniciación: Los contratos deben haber sido suscritos a partir del 1 de enero de 2004. No se evaluarán aquellos que hayan sido suscritos con fechas anteriores.

c) Fecha de terminación: Estos contratos deberán estar liquidados antes de la fecha de cierre de este proceso contractual.

d) Valor: La sumatoria de los tres (3) contratos aportados, deben ser igual o superior al equivalente del 70% del presupuesto oficial de esta invitación, es decir más de nueve mil quinientos veinticuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes (9.524 SMMLV). El SMMLV que se tomará para convertir el valor del contrato será el del año de terminación de cada contrato.

e) Lugar de ejecución: Colombia.

31.6.1.3 Forma de acreditar la capacidad técnica habilitante

Como requisitos habilitantes de la capacidad técnica, para la presentación de la oferta el Proponente deberá realizar lo siguiente:

1. Diligenciar el ANEXO 7 – FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE DE LA FIRMA - EXPERIENCIA DE LA FIRMA

2. Anexar los correspondientes soportes. Con el formato se debe adjuntar una copia del contrato y del documento en donde conste que ya está liquidado.

EL FONDO verificará la capacidad técnica, con los documentos aportados en la oferta; por lo tanto, es responsabilidad del participante asegurarse de que los documentos incluyan la información y datos necesarios de los contratos para demostrar la experiencia que pretende hacer valer. En el caso de aportar el(los) contrato(s) en la propuesta, debe presentarse copia completa del contrato y del acta o acto administrativo de liquidación o, en defecto de ésta última, acta de terminación o acta de recibo final de obra. No obstante, la liquidación del contrato se podrá reemplazar por una certificación expedida por el contratante, en la cual conste por lo menos la siguiente información:

Número o referencia del contrato Nombre del Contratante Nombre del CONTRATISTA y porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes en

caso de pluralidad

Objeto del Contrato Valor Ejecutado Actividades desarrolladas Plazo del contrato

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Fecha de inicio Fecha de terminación Nombre, firma y cargo de la persona que certifica. Nota: Si los documentos soporte que acreditan la experiencia habilitante a que se refiere el presente numeral no contienen toda la información exigida, EL FONDO podrá requerir al Proponente para que la presente, y esta se ceñirá a las causales de rechazo establecidas en estos TCC. Para el examen de cumplimiento de la experiencia habilitante requerida se tendrán en cuenta las siguientes reglas: 1. Los contratos ejecutados en consorcio o en unión temporal se tendrán en cuenta para

acreditar la experiencia, de acuerdo con el porcentaje de participación en su ejecución que hubiese tenido el Proponente o sus integrantes, siempre y cuando el Proponente o sus integrantes hubieran tenido una participación en la ejecución de aquel, mínimo del 60%. En caso contrario EL FONDO no validará dicha experiencia.

2. Los contratos que hayan sido objeto de cesión, solamente se tendrán en cuenta cuando el Proponente haya ejecutado más del cincuenta (50%) del valor del contrato, y de acuerdo con el porcentaje que acredite haber ejecutado el Proponente.

3. La condición de subcontratista no será válida para acreditar el cumplimiento de este requisito.

4. EL FONDO se reserva el derecho de verificar la información aportada por los Proponentes. Si la documentación incumple cualquiera de los requisitos anteriores NO SERÁ tenida en cuenta para la respectiva evaluación.

Los Proponentes deben informar en el respectivo Anexo el valor ejecutado, de los contratos que relacionen para acreditar la experiencia técnica habilitante. Para el cálculo del valor a consignar, se debe tomar el Valor Total del contrato, y dividirlo por el valor del SMMLV vigente en el año de terminación de dicho contrato y, en caso que estos se hubieran ejecutado bajo alguna modalidad de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra), deben multiplicarlo, según su porcentaje de participación en aquellos contratos. Se entenderá por valor ejecutado del contrato: 1. El que corresponda al valor establecido en el respectivo contrato y otrosíes. 2. El que conste en el documento de liquidación del contrato. Así mismo, si el valor ejecutado de los contratos relacionados para acreditar experiencia se pactó en moneda extranjera, el Proponente debe convertirlo a pesos colombianos, de acuerdo con las siguientes reglas:

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a. Si el valor está expresado en dólares de los Estados Unidos de América ($USD), lo convertirá a pesos colombianos utilizando la tasa de cambio representativa del mercado (TCRM) correspondiente al día de finalización del respectivo contrato, publicada por el Banco de la República en el enlace:

http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_trm.htm#tasa

b. Cuando el valor esté expresado en moneda extranjera diferente al dólar de los Estados

Unidos de América, se realizará su conversión a dólares estadounidenses de acuerdo con las tasas de cambio del día de terminación de contrato y luego se procederá a su conversión de los $USD resultantes a pesos colombianos, de conformidad con la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TCRM), para lo cual se procederá como se indicó en el párrafo anterior.

Para el caso de Euros (€), el Proponente debe tomar la tasa de cambio a $USD publicada

por el Banco Central Europeo del día de finalización del respectivo contrato, publicada en el siguiente enlace:

http://sdw.ecb.europa.eu/quickview.do?SERIES_KEY=120.EXR.D.USD.EUR.SP00.A

Para el caso de otras monedas diferentes al euro o al dólar de los Estados Unidos de América, el Proponente lo convertirá a dólares estadounidenses, de acuerdo con la tasa de cambio correspondiente al día de terminación del contrato, publicada por el Banco de la República en el siguiente enlace:

http://www.banrep.gov.co/es/tasas-cambio-mundo

Una vez convertido el precio del contrato a pesos colombianos, debe actualizarse expresándolo en SMMLV del año de terminación de dichos contratos.

En todo caso, EL FONDO verificará aritméticamente, con fundamento en la información y documentos de la propuesta, el cálculo del Valor Total ejecutado o facturado de cada contrato, el de su conversión a pesos colombianos, cuando esto último resulte procedente, y corregirá los errores aritméticos que presenten las correspondientes operaciones; el valor corregido será el que servirá de base para la verificación de este requisito habilitante.

31.6.2 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE DEL PROPONENTE

EL FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad técnica de los Proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará

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calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos para la Capacidad Técnica Habilitante y la forma de acreditarla.

32 FACTORES CALIFICABLES

Surtido el proceso de verificación de los requisitos establecidos como habilitantes, el FONDO procederá a calificar los factores técnicos y económicos de los proponentes habilitados, por concepto de los cuales asignará un puntaje máximo de mil (1000) puntos, distribuidos así: • Factores Técnicos (FT): puntaje máximo 800 puntos • Factores Económicos (FE): puntaje máximo 200 puntos

32.1 FACTORES TÉCNICOS: 800 puntos La oferta técnica será evaluada sobre una asignación máxima total de SETECIENTOS (700) puntos. Los criterios a evaluar en la propuesta técnica se describen a continuación:

Concepto EVALUACIÓN

Capacidad técnica del equipo auditor 600

Capacidad técnica del proponente 100

Apoyo a la industria nacional 100

TOTAL EVALUACIÓN TECNICA 800

Para aplicar a los factores técnicos calificables el Proponente deberá diligenciar los siguientes anexos y adjuntar los soportes para obtener los respectivos puntajes en la propuesta:

ANEXOS 8A, 8B, 8C, 8D - ANEXOS PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR

ANEXO 9 – FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA CALIFICABLE DE LA FIRMA -

EXPERIENCIA DE LA FIRMA

ANEXO 11 CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL ASIGNADO.

ANEXO 12 PLANTA INICIAL DE AUDITORES PROPUESTA.

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32.2 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR

El puntaje asignado al equipo auditor será el siguiente:

PERFIL PUNTA

JE CANTIDAD

TOTAL

Director o Gerente del proyecto 150 1 150

Auditor Experto en Contratación Pública o Privada 50 1 50

Auditores Técnicos Expertos en ejecución de proyectos de obras civiles.

50 7 350

Auditor Expertos en sistemas de información – Tecnología BPM 50 1 50

TOTAL 10 600

32.2.1 EVALUACIÓN DEL DIRECTOR O GERENTE DEL PROYECTO

ORDEN DIRECTOR PROYECTO PUNTAJE OBSERVACIONES

1. Por cada año adicional de experiencia general al exigido en el perfil.

100

Máximo 3 años.

10 puntos por el primer año adicional

30 puntos por el segundo año adicional

60 puntos por el tercer año adicional

2.

CERTIFICACION COMO PMP - PMI y/o AUDITOR CIA-IIA y/o AUDITOR LIDER EN CALIDAD – CON REGISTRO EXPEDIDO POR EL IRCA.

50

30 puntos con al menos una de las certificaciones definidas.

TOTAL PUNTAJE 150

32.2.2 EVALUACIÓN DEL AUDITOR EXPERTO EN CONTRATACIÓN PÚBLICA O PRIVADA

ORDEN EXPERTOS EN CONTRATACION PUNTAJE OBSERVACIONES

1. Por cada año adicional de experiencia 30 Máximo 3 años.

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ORDEN EXPERTOS EN CONTRATACION PUNTAJE OBSERVACIONES

al exigido en el perfil, en entidades del sector público o privado, desarrollando actividades que hayan tenido relación con contratación privada o estatal o auditoria al proceso de contratación estatal.

5 puntos por el primer año adicional

10 puntos por el segundo año adicional

15 puntos por el tercer año adicional

2.

CERTIFICACION COMO PMP - PMI y/o AUDITOR CIA-IIA y/o AUDITOR LIDER EN CALIDAD – CON REGISTRO EXPEDIDO POR EL IRCA.

20

20 puntos con al menos una de las certificaciones definidas. Nota. Si el candidato no tiene ninguna de las certificaciones exigidas, podrá obtener máximo 15 puntos, acreditando experiencia adicional al mínimo exigido en el perfil y al propuesto en el numeral 1 de esta evaluación, así:

Máximo 2 años.

5 puntos por el primer año adicional

10 puntos por el segundo año adicional

TOTAL PUNTAJE 50

32.2.3 EVALUACIÓN DEL AUDITOR TÉCNICO EXPERTO ENEJECUCIÓN DE PROYECTOS OBRAS CIVILES.

ORDEN AUDITORES TÉCNICOS EXPERTOS ENEJECUCIÓN DE PROYECTOS DE

OBRAS CIVILES. PUNTAJE OBSERVACIONES

1.

Por cada año adicional de experiencia al exigido en el perfil, en entidades del sector público o privado desarrollando actividades relacionados con auditoría técnica y/o evaluación de proyectos y/o coordinación o gerencia de proyectos de infraestructura pública o privada y/o interventoría de proyectos.

30

Máximo 3 años

5 puntos por el primer año adicional

10 puntos por el segundo año adicional

15 puntos por el tercer año adicional

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ORDEN AUDITORES TÉCNICOS EXPERTOS ENEJECUCIÓN DE PROYECTOS DE

OBRAS CIVILES. PUNTAJE OBSERVACIONES

2.

CERTIFICACION COMO PMP - PMI y/o AUDITOR CIA-IIA y/o AUDITOR LIDER EN CALIDAD – CON REGISTRO EXPEDIDO POR EL IRCA.

20

20 puntos con al menos una de las certificaciones definidas.

Si el candidato no tiene ninguna de las certificaciones exigidas, podrá obtener máximo 15 puntos, acreditando experiencia adicional al mínimo exigido en el perfil y al propuesto en el numeral 1 de esta evaluación, así:

Máximo 2 años.

5 puntos por el primer año adicional

10 puntos por el segundo año adicional

TOTAL PUNTAJE 50

32.2.4 EVALUACIÓN DEL AUDITOR EXPERTO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN – TECNOLOGÍA BPM

ORDEN EXPERTOS EN SISTEMAS DE

INFORMACIÓN – TECNOLOGÍA BPM

PUNTAJE OBSERVACIONES

1.

Por cada año adicional de experiencia al exigido en el perfil, en entidades del sector público o privado desarrollando actividades relacionadas con auditoria de sistemas de información que soportan la gestión de proyectos, tecnología BPM o coordinación y/o gerencia de proyectos informáticos

30

Máximo 3 años

5 puntos por el primer año adicional

10 puntos por el segundo año adicional

15 puntos por el tercer año adicional

2. Certificación CISA y/o ITIL y/o COBIT 20 20 puntos con al menos una de las certificaciones definidas.

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ORDEN EXPERTOS EN SISTEMAS DE

INFORMACIÓN – TECNOLOGÍA BPM

PUNTAJE OBSERVACIONES

Si el candidato no tiene ninguna de las certificaciones exigidas, podrá obtener máximo 15 puntos, acreditando experiencia adicional al mínimo exigido en el perfil y al propuesto en el numeral 1 de esta evaluación, así:

Máximo 2 años.

5 puntos por el primer año adicional

10 puntos por el segundo año adicional

TOTAL PUNTAJE 50

32.3 CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROPONENTE (100 PUNTOS) La capacidad técnica del Proponente será evaluada por medio de la experiencia específica del Proponente con base en la realización de proyectos de naturaleza similar a los servicios requeridos en esta invitación, las obligaciones y productos esperados del contrato, con una asignación máxima total de CIEN (100) puntos. En razón a lo anterior, para efectos del proceso de selección que se pretende adelantar, el proponente deberá acreditar experiencia mínimo de diez (10) años, o ciento veinte (120) meses, a través de máximo tres (3) contratos, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Objeto: Auditoría o Interventoría de Proyectos de obras civiles, Auditoría Interna, Auditoría de gestión, Auditoría Financiera, Auditoría Externa, Auditoría Operativa, en entidades privadas o públicas del orden nacional, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2014.

De dichos años, por lo menos 2 años o 24 meses deben acreditarse en auditoría o interventoría de proyectos de construcción de: vivienda, vías, hospitales, o clínicas, acueductos o alcantarillados, sedes educativas, diques y canales o en proyectos de reforestación y medio ambiente.

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b) Fecha iniciación: Los contratos deben haber sido suscritos a partir del 1 de enero de 2004. No se evaluarán aquellos que hayan sido suscritos con fechas anteriores.

c) Fecha de terminación: Estos contratos deberán estar liquidados antes de la fecha de

cierre de este proceso contractual. d) Valor: Cada contrato debe ser igual o superior al equivalente a ocho mil salarios mínimos

mensuales legales vigentes (8.000 SMMLV). El SMMLV que se tendrá en cuenta para convertir el contrato, será el vigente en el año de terminación de cada contrato.

32.4 FORMA DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE

El Proponente deberá realizar lo siguiente:

1. Diligenciar el ANEXO 9. CAPACIDAD TÉCNICA CALIFICABLE DEL PROPONENTE - EXPERIENCIA PROPONENTE.

2. Anexar los correspondientes soportes. Para acreditar la experiencia específica, el proponente deberá aplicar el mismo procedimiento que se indicó anteriormente en estos términos y condiciones, para acreditar la capacidad técnica habilitante del Proponente.

32.5 EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE Para efectos de la evaluación y calificación de la experiencia específica del Proponente, la puntuación se asignará así:

EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL

PROPONENTE

PUNTAJE MÁXIMO

OBSERVACIONES

Por cada año de experiencia en Auditoría o Interventoría de Proyectos de obras civiles, Auditoría Interna, Auditoría

100

ORDEN Total de diez (10) años o ciento veinte (120) meses, distribuidos así:

1 Para los primeros seis (6) años o setenta y dos (72) meses. Máximo treinta (30) puntos.

5 puntos por cada año o proporcional por mes

2 Para los siguientes dos (2) años o veinticuatro (24) meses. Máximo veinte (20) puntos.

10 puntos por cada año o proporcional por mes

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EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL

PROPONENTE

PUNTAJE MÁXIMO

OBSERVACIONES

Externa, auditoría de gestión, Auditoría Operativa, auditoría financiera.

3 Para los siguientes dos (2) años o veinticuatro (24) meses. Máximo cincuenta (50) puntos.

25 puntos por cada año o proporcional por mes

32.6 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS). Con el fin de fomentar el apoyo a la industria nacional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se deberá declarar por escrito por parte del Proponente, la procedencia nacional y/o extranjera del total del equipo mínimo de profesionales que será puesto al servicio en la ejecución del contrato. La omisión de la información requerida en este numeral, no será subsanable por ser factor de asignación de puntos, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de las ofertas. El documento contentivo del ofrecimiento del Apoyo a la Industria Nacional deberá ser anexado por el proponente con la oferta, diligenciando el Anexo 10 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL, y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de ofertas. De no presentar el formato destinado al proceso que contenga el ofrecimiento aquí establecido y en las condiciones previstas en estos términos y condiciones contractuales, no se otorgará puntaje por este factor. Este factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 con el fin de garantizar el Apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada, así:

APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL PUNTAJE

Cuando el Proponente oferte servicios con el ciento por ciento (100%) de personal nacional, para la ejecución del objeto de la presente Invitación.

Cien (100) puntos

Cuando el Proponente oferte servicios con personal nacional en proporción mayor o igual al ochenta por ciento (80%) e inferior al ciento por ciento 100%, para la ejecución del objeto de la presente Invitación.

Cincuenta (50) puntos

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APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL PUNTAJE

Cuando el Proponente oferte servicios con personal nacional en proporción inferior al ochenta por ciento (80%) del total, para la ejecución del objeto de la presente Invitación.

Cero (0) puntos

En el evento de no anexar la información solicitada, no se asignará puntaje.

El compromiso de apoyo a la industria nacional es de obligatorio cumplimiento y, en caso de resultar seleccionada una oferta que lo haya suscrito, el proponente seleccionado deberá cumplir estrictamente y en plenitud con su compromiso y obligación.

La validez y cumplimiento del compromiso de apoyo a la industria nacional será verificada en el momento de entrega de las hojas de vida de todos los integrantes del equipo, tanto principal (antes de la firma del acta de inicio), como secundario (a los ocho (8) días siguientes de la firma del acta de inicio). EL FONDO terminará anticipadamente el Contrato, con justa causa, sin que haya lugar al reconocimiento de perjuicios o de suma alguna a favor del CONTRATISTA, si, vencido el plazo aquí establecido, no acredita el cumplimiento del compromiso previsto en este numeral y procederá a seleccionar al proponente que ocupe el siguiente puesto en el orden de elegibilidad, siempre y cuando la oferta de este sea igualmente favorable para la Entidad.

32.7 MODO DE ACREDITAR EL APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 150 del Decreto 1510 de 2013, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a: i) aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales o tenga Acuerdos Comerciales; o ii) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; o iii) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia. El Ministerio de Relaciones Exteriores expedirá el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el numeral ii) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los i) y (iii) precedentes. Es de tener en cuenta que el personal relacionado para obtener este puntaje y que corresponde al equipo auditor inicial descrito en el numeral 7.1 “EQUIPO AUDITOR INICIAL”, debe ser acorde con el que se presentará al momento de la suscripción del acta de inicio del contrato.

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32.8 FACTORES ECONÓMICOS CALIFICABLES (precio): 200 PUNTOS

32.8.1 APERTURA DE LA OFERTA U OFERTA ECONÓMICA

Surtido el proceso de verificación de los requisitos establecidos en el numeral 31 “Factores Habilitantes” y el numeral 32.1 “Factores Técnicos: 800 puntos”, de este mismo documento, EL FONDO abrirá el sobre n° 2 (ofertas económicas) de los proponentes habilitados y que hayan obtenido un puntaje igual o superior a 500 puntos en la evaluación establecida en el numeral 32.1 “Factores Técnicos: 800 puntos”, en acto que adelantará en las instalaciones de esta ENTIDAD, del cual levantará el acta correspondiente para dejar constancia de los precios de cada una de dichas ofertas.

32.8.2 PRECIO – 200 PUNTOS

EL FONDO asignará por concepto de la propuesta económica, un puntaje máximo de DOSCIENTOS (200) puntos. El valor de la propuesta económica corresponde al valor del equipo inicial auditor que se proponga (1 Director y 9 Auditores Expertos), según lo indicado en el Anexo No. 4 - PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONOMICA PARA EVALUACION. De esta forma, también se establece el valor de la tarifa unitaria mensual con IVA incluido, de cada uno de los perfiles y categorías del equipo auditor. Por lo tanto los Proponentes no deben incluir ítems adicionales a los que contiene dicho Anexo, omitir alguno de estos, ni su respectivo precio, toda vez que estas conductas impedirán la comparación de la oferta. El valor propuesto debe expresarse, exclusivamente, en pesos colombianos. El valor de la propuesta económica por perfil y categoría debe incluir todos los conceptos, equipos y suministros asociados con las tareas a ejecutar en la auditoría, entre otros:

a. La tarifa mensual de honorarios que se reconocerá por experto deberá incluir la remuneración del personal consultor según su perfil, la cual incluirá sueldos, prestaciones sociales, extralegales, cargas por concepto de seguridad social, etc.;

b. Gastos generados por la adquisición de insumos necesarios para la realización de la labor y los equipos y licenciamiento que se requiera.

c. Gastos de administración del consultor; d. Utilidades del consultor; y e. Gastos Contingentes.

Los precios deberán ser desglosados por cada perfil de auditor, expresados exclusivamente en pesos colombianos. Las actividades y productos descritos en la propuesta técnica, pero no costeadas en la propuesta económica, se considerarán incluidas en los precios definidos para cada perfil de auditor.

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Asimismo, para elaborar la propuesta económica, los Proponentes deben tener en cuenta que el valor de la tarifa unitaria de cada perfil y categoría, NO debe superar los valores máximos establecidos en el numeral 32.8.3 “EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA”; también, deben verificar que el número de integrantes del equipo auditor, NO debe superar la cantidad máxima de integrantes establecida en el numeral 7.1 “EQUIPO AUDITOR INICIAL”, so pena de rechazo de la propuesta. El Proponente debe ajustar al peso los precios ofertados, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cincuenta centavos lo aproximará, por exceso, al peso, y, cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cincuenta centavos lo aproximará, por defecto, al peso; en el evento en que el Proponente no efectúe el correspondiente ajuste, lo hará EL FONDO. En todo caso, los precios propuestos y corregidos no pueden exceder el presupuesto oficial, so pena de rechazo de la propuesta. EL FONDO verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de dichos ajustes, no se podrán modificar los requerimientos técnicos mínimos. Si al verificar la propuesta económica, se identifica que la misma no es consistente con la propuesta técnica, se rechazará. El valor del contrato a suscribir será determinado por la oferta que cumpla con la estructura técnica exigida en estos TCC y de menor costo, que apunte a satisfacer el modelo de auditoría técnica preventiva que se ha propuesto el Fondo. El Supervisor del Contrato podrá solicitar complementaciones a los informes técnicos sin que éstos generen un valor adicional a pagar a favor del contratista por este concepto. Para el trámite de todos los pagos se requiere la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el Supervisor del Contrato.

32.8.3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica tiene asignados DOSCIENTOS (200) puntos y debe mostrar de manera concisa el valor total de la oferta incorporando todos los factores de costo y la utilidad del proponente, en la tarifa de cada auditor. No se admiten reclamaciones posteriores solicitando reembolso de factores de costo no incluidos. La propuesta económica (Anexo 4) se debe presentar siguiendo los siguientes lineamientos:

a) Únicamente para efectos de la evaluación económica y para determinar el costo mensual total del equipo auditor inicial, la propuesta se debe calcular de acuerdo con el número

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de auditores del equipo inicial, es decir un grupo de diez (10) auditores, incluido el Director o Gerente del Proyecto.

b) El valor unitario propuesto por cada perfil incluidos todos los costos, no podrá superar las siguientes cuantías:

Perfil del Experto Valor Unitario Mensual Máximo Por Auditor

Con IVA Incluido

Director o Gerente del Proyecto $18.833.823

Expertos en Contratación pública y privada $15.818.086

Auditores técnicos expertos en ejecución de proyectos de obras civiles.

$15.818.086

Expertos en Auditoría sistemas de información – Tecnología BPM

$15.818.086

La tarifa mensual de honorarios que se reconocerá por experto deberá incluir la remuneración del personal consultor según su perfil, la cual incluirá:

a. La tarifa unitaria mensual por remuneración del personal consultor según su perfil, la

cual incluirá los sueldos, prestaciones sociales, extralegales, seguridad social, y en general todos los conceptos asociados a los contratos que suscriba la firma proponente.

b. Gastos generados por la adquisición de insumos y equipos necesarios para la realización de la labor y los equipos y licenciamiento que se requiera.

c. Gastos de administración del consultor;

d. Utilidades del consultor; y

e. Gastos Contingentes.

Corresponderá al Proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones tributarias vigentes en Colombia, así como los demás gastos tributarios nacionales, departamentales, municipales, etc. y de cualquier otra naturaleza que conlleve la ejecución del contrato, para lo cual se recomienda a los Proponentes obtener asesoría calificada.

La tarifa por cada experto no es modificable; éstas tarifas se incrementarán a partir del primero de enero de cada año, según la variación calculada desde enero hasta diciembre del año inmediatamente anterior, del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE. Los expertos que se vayan vinculando durante el 2015, según las necesidades de crecimiento del

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Fondo, ingresarán con la misma tarifa incluida en la propuesta económica y será de obligatorio cumplimiento que reúnan los requisitos definidos en estos TCC. El FONDO establecerá el promedio aritmético del precio de las propuestas HABILITADAS, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde,

= Media aritmética. Xi = Valor total corregido de cada una de las propuestas i habilitadas. i = Número total de propuestas habilitadas.

Ponderación de las ofertas económicas por el método de la media aritmética Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las ofertas económicas de acuerdo con la siguiente fórmula.

a menores valoresPara 1200

a iguales o mayores valoresPara 200

i Puntaje

min

max

max

XXV

XVi

XVX

VVi

Donde,

= Media aritmética. Vi = Valor total corregido de cada una de las Ofertas Económicas i. Vmin = Oferta Económica habilitada de menor valor. Vmax = Oferta Económica habilitada de mayor valor.

33 OFERTA ÚNICA HÁBIL En el evento en que sólo haya un proponente HABILITADO, EL FONDO comprobará que su oferta económica incluye y cotiza todos los ítems relacionados en el respectivo anexo, la corregirá aritméticamente y lo seleccionará para ser el contratista objeto de esta invitación, siempre y cuando no supere el presupuesto oficial.

n

i

i

n

xX

1

__

__

X

X

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34 PUNTAJE TOTAL Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD La calificación final de las ofertas corresponderá a la suma de los puntajes parciales que obtengan por concepto de los factores técnicos y de los económicos calificables (experiencia específica y precio). Establecida la calificación final, EL FONDO clasificará a los proponentes en orden descendente, desde aquel que obtenga el mayor puntaje hasta el que obtenga el menor, y este mismo será el orden de elegibilidad que tendrá en cuenta la Entidad para la selección del proponente con quien suscribirá el contrato.

35 CRITERIOS DE DESEMPATE Cuando dos o más ofertas obtengan la misma calificación total —entendiéndose por esta la cifra en número entero y hasta siete (7) decimales— y ésta sea la mayor calificación de la evaluación de las ofertas, se considerará que hay empate. En tal caso, EL FONDO resolverá el empate mediante los siguientes criterios de desempate que aplicará de forma sucesiva y excluyente: Primero: Se preferirá la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el factor de experiencia específica. Segundo: En caso de que se mantenga el empate, se preferirá la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación de la oferta económica. Tercero: Se preferirá la oferta nacional, de conformidad con estos TCC bien sea que el proponente ostente esta condición o que siendo extranjero haya acreditado reciprocidad. (Ley 816 de 2003). En caso de ofertas presentadas en Unión Temporal o Consorcio, en los que existe participación de extranjeros, se preferirá aquella oferta con mayor participación nacional. Para que un Consorcio o Unión Temporal se considere nacional, todos sus integrantes deben tener la calidad de Nacionales, o los extranjeros que participen en estas figuras asociativas, acrediten reciprocidad. Cuarto: Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales. Si entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.

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Quinto: Si persiste el empate entre dos o más proponentes, se preferirá aquel cuya oferta económica corregida sea la más baja. Sexto: Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, conforme al cual se preferirá al proponente que haya acreditado la vinculación de personal con limitaciones, a que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se preferirá aquel que acredite que cualquiera de los integrantes acredite lo anteriormente descrito. La certificación para acreditar la existencia de personal discapacitado deberá ser expedida dentro de los treinta 30 días anteriores a la fecha del cierre del proceso y apertura del sobre No 1 de la oferta técnica. Séptimo: De persistir el empate, se procederá a realizar sorteo mediante balotas.

36 NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES

Los presentes TCC —junto con sus anexos, apéndices, formatos y las adendas que se expidan— constituyen un todo; por lo tanto, su contexto general servirá para ilustrar cada una de sus partes y sus disposiciones no deben entenderse de manera separada. Para la interpretación y entendimiento de estos TCC se tendrá en cuenta, además, que el orden de los capítulos y numerales no expresa un grado de prelación entre estos mismos. Para la interpretación de estos TCC, los términos resaltados y con mayúscula inicial tendrán el significado que se les asigna en este numeral, independientemente de que se encuentren en singular o en plural. Las palabras técnicas o científicas que no se encuentran específicamente definidas en estos TCC tendrán los significados que les corresponden según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas.

37 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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Hacen parte del presente proceso de selección: 1. la invitación. 2. El (los) certificado (s) de disponibilidad de recursos. 3. Estos TCC, junto con sus anexos, formatos, adendas y avisos. 4. Las observaciones y solicitudes de aclaración de los TCC y sus correspondientes respuestas. 5. Las ofertas. 6. Las actas de las audiencias que se celebren en el trámite de la invitación. 7. Los informes de evaluación de las ofertas. 8. La aceptación de la oferta.

38 PREVALENCIA DE DOCUMENTOS Para efectos de interpretación o solución de lagunas y antinomias, el orden de prevalencia de los documentos será el siguiente:

1. Contrato perfeccionado 2. Adendas a los TCC 3. Términos y Condiciones Contractuales - TCC 4. Anexos, Apéndices y formatos de los TCC 5. Oferta presentada por el proponente 6. Documentos de respuestas a observaciones a los TCC

39 PUBLICIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES (TCC).

De acuerdo con las disposiciones del artículo 8 del Manual de Contratación del Fondo, la ENTIDAD publicará estos TCC en su página web: www.fondoadaptacion.gov.co, Para todos los efectos, los TCC oficiales son los publicados en la página web del FONDO.

40 MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES La modificación de los TCC se realizará a través de adendas, las cuales deberán expedirse con mínimo 3 días de antelación al cierre del proceso de selección. Con posterioridad al cierre del proceso de selección, EL FONDO podrá modificar el cronograma del proceso de selección exclusivamente a través de avisos.

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Los TCC podrán ser modificados con posterioridad al cierre del proceso de selección y hasta antes de la suscripción del contrato, en aquellos casos en que sea necesario aclarar aspectos que no afecten la comparación objetiva de las ofertas, mediante avisos que serán firmados por el Representante Legal y el Subgerente de Proyectos.

41 CIERRE DE LA INVITACIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS En la fecha y hora señaladas para el cierre de este proceso, se adelantará una diligencia en la cual se abrirá el sobre n° 1 de las ofertas presentadas dentro del plazo de la invitación; de esta diligencia se levantará un acta en la cual se relacionarán las ofertas recibidas, la fecha y hora de su entrega y, además, los siguientes aspectos de cada oferta:

Nombre del proponente. Número de folios que conforman la oferta.

Nombre del garante de la seriedad de la oferta, número o identificación de la garantía y vigencia de esta.

Asimismo, en el acta se dejará constancia de la devolución de las ofertas cuyo retiro hubiere sido solicitado oportunamente de acuerdo con las previsiones del numeral anterior y de cualquier otra circunstancia o situación que ocurra durante la celebración de la diligencia de cierre. EL FONDO no será responsable por no abrir o por abrir prematuramente los sobres incorrectamente dirigidos o sin la identificación adecuada.

42 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La selección del contratista se adelantará atendiendo factores de diferente índole: condiciones mínimas habilitantes (capacidad jurídica, financiera y técnica), factores técnicos (experiencia específica) y condiciones económicas, así:

ITEM FACTOR DE EVALUACIÓN MÉTODO DE EVALUACIÓN

1 Capacidad Jurídica Habilitante

2 Capacidad Financiera Habilitante

3 Capacidad Técnica Habilitante

4 Factores Técnicos del

Proponente y el equipo auditor Calificable (700 puntos)

5 Apoyo a la industria nacional Calificable (100) puntos

6 Propuesta Económica Calificable (200 puntos)

TOTAL 1000

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El proceso de evaluación de las ofertas comporta dos fases diferentes; la primera de las cuales tiene por objeto la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 31 “FACTORES HABILITANTES” de estos TCC y es de carácter eliminatorio, toda vez que sólo los proponentes habilitados continuarán a la segunda fase, en la cual EL FONDO calificará los factores técnicos y económicos objeto de asignación de puntaje. El Comité Evaluador tendrá a su cargo la evaluación técnica, jurídica, financiera y económica de las propuestas que se presenten, dentro del plazo señalado para ese efecto en el cronograma, con estricta sujeción a las condiciones establecidas en la invitación a ofertar y en estos TCC. De acuerdo con las disposiciones del artículo 19 del Manual de Contratación del FONDO, el Comité Evaluador podrá solicitar los documentos, certificados y/o aclaraciones que considere necesarios con el fin de subsanar aquellos requisitos que habilitan al oferente. Con ocasión de lo anterior serán subsanables, hasta antes de la aceptación de la oferta. En ningún caso EL FONDO permitirá que los proponentes subsanen aspectos que afecten la asignación de puntaje, de acuerdo con estos TCC. EL FONDO podrá ampliar el plazo para la evaluación de las ofertas hasta por el término que resulte razonable para superar los obstáculos que le impidan culminar la evaluación en el plazo inicialmente establecido. Las propuestas no serán objeto de rechazo por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que se requieran para verificar las condiciones del proponente o que soporten el contenido de la oferta y que no constituyan los factores de escogencia establecidos en los respectivos TCC, a excepción de cuando se haya solicitado la aclaración y no sea enviada en el término solicitado por EL FONDO.

43 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN La información relativa al análisis, evaluación y comparación de las ofertas y la recomendación para aceptar la oferta se revelarán a los proponentes, y a terceros, sólo cuando el Comité Evaluador expida los respectivos informes y estos se encuentren publicados en la página web de la Entidad, disponibles para que se presenten las observaciones y/u objeciones correspondientes.

44 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS Sin perjuicio de la facultad que EL FONDO se reserva en el numeral 42 de estos TCC, EL FONDO rechazará aquellas Ofertas que sean inválidas, incompletas, que contengan salvedades,

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excepciones, condicionamientos o contradigan los TCC, incluyendo sin limitarse a los siguientes casos:

a. Cuando el comité evaluador solicite presentar algún documento o subsanar o aclarar

alguna información necesaria y el Oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el Comité Evaluador.

b. Cuando EL FONDO en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la Oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

c. Cuando EL FONDO, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la Oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al Oferente cumplir con uno o varios de los requisitos habilitantes.

d. Cuando la Oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar Ofertas.

e. Cuando la Oferta sea alternativa o esté condicionada. f. Cuando la Oferta sea parcial. g. Cuando, con posterioridad al cierre de la invitación, los integrantes de una Estructura

Plural modifiquen su porcentaje de participación en la oferta, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en la Estructura Plural o se modifique la modalidad de Estructura Plural escogida.

h. No presentar la Oferta económica impresa. i. Presentar en la Oferta económica impresa algún valor en moneda extranjera. j. Cuando el proponente seleccionado no allegue los documentos expedidos en el exterior

debidamente apostillados o legalizados, según corresponda, dentro del término establecido en el Cronograma de la invitación

k. Cuando el valor unitario mensual máximo por Auditor con IVA Incluido, exceda el valor máximo establecido en el numeral 32.8.3. “EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.

l. Cuando no se presente la garantía de seriedad en forma simultánea con la oferta.

45 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR (TRASLADO) Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos habilitantes y calificada la experiencia específica, EL FONDO publicará el respectivo informe preliminar en su página web: www.fondoadaptacion.gov.co, para que en el término establecido en el Cronograma de del Proceso los proponentes presenten las observaciones que consideren pertinentes. Asimismo, una vez resueltas las observaciones al informe preliminar, EL FONDO publicará en su página web la versión definitiva de este.

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46 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA EL FONDO aceptará la oferta objeto de esta invitación al proponente habilitado calificado con el mayor puntaje y clasificado en el primer lugar del orden de elegibilidad. La decisión de aceptación de la oferta se publicará en la página web www.fondoadaptacion.gov.co, y se comunicará por escrito al proponente seleccionado. El plazo para aceptar la oferta es el establecido en el Cronograma del Proceso, de este documento. Cuando, a juicio del FONDO, este plazo no sea suficiente, la Entidad podrá prorrogarlo antes de su vencimiento.

47 DECLARACIÓN DE FALLIDO DEL PROCESO DE SELECCIÓN. EL FONDO podrá declarar fallido un proceso de selección cuando la(s) oferta(s) presentada(s) no cumpla(n) con las condiciones previstas en estos TCC o en la invitación a oferta o cuando no se presente propuesta alguna. La decisión correspondiente se informará a los proponentes, mediante comunicación publicada en la página web www.fondoadaptacion.gov.co, señalando en forma expresa las razones que la motivan. No se declarará fallido el proceso de selección, cuando solo se cuente con una propuesta siempre que esta cumpla con los requisitos establecidos en los TCC.

48 SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCCIÓN. De conformidad con el artículo 21 de la Resolución 95 de 2015, la presente Invitación Cerrada no constituye en ningún caso oferta de negocio jurídico por parte del FONDO; razón por la cual la entidad tendrá siempre la facultad de seleccionar o no alguna(s) de las ofertas e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento el presente proceso de selección. Con base en lo anterior, el Representante Legal del FONDO o su delegado, podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad o razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. La decisión de suspender el proceso será informada a los interesados u oferentes según la etapa en la que se encuentre el proceso de selección, mediante comunicación publicada en la página web del FONDO.

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De igual manera, si existen razones que lo justifiquen, el proceso de selección podrá ser cancelado. Esta decisión será informada a los interesados u oferentes según se trate, mediante comunicación publicada en la página web del FONDO.

49 FIRMA DEL CONTRATO El proponente seleccionado procederá a suscribir el contrato en el término establecido para ese efecto en el Cronograma del Proceso. EL FONDO podrá ampliar este plazo —de oficio o, cuando medie justa causa, a solicitud del proponente seleccionado—, por un término máximo de cinco (5) días hábiles. En este evento, EL FONDO solicitará que se amplíe la validez de la oferta aceptada y la vigencia de la garantía de seriedad por el tiempo que se requiera para la celebración del contrato. En caso de que, por cualquier causa, el proponente seleccionado no suscriba el contrato en el término señalado para ese efecto, o durante la prórroga correspondiente, EL FONDO podrá seleccionar al proponente calificado en segundo lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando la oferta de este sea igualmente favorable para la Entidad.

50 REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato, el proponente seleccionado debe presentar, para la aprobación del FONDO, la correspondiente garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones derivadas de aquel. En el evento en que el proponente seleccionado no cumpla esta obligación dentro del plazo previsto para ese efecto, EL FONDO procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y seleccionará al oferente calificado en segundo lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para EL FONDO. Si el proponente seleccionado no perfecciona el contrato o no cumple los requisitos necesarios para su ejecución, dentro de los términos establecidos para esos mismos efectos, EL FONDO hará, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, efectiva la garantía constituida para responder por la seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía y sin perjuicio de la inhabilidad para contratar por el término de cinco (5) años, de conformidad con las disposiciones del literal e), numeral 1, artículo 8, de la Ley 80 de 1993.

51 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El presente contrato se ejecutará en la ciudad de Bogotá D.C., sin perjuicio de los desplazamientos que deba realizar el contratista a través de su equipo auditor a los diferentes lugares del territorio nacional, con el fin de cumplir con las obligaciones asumidas en el

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contrato. En el ANEXO No. 1 se incluye un reporte en el que se relacionan los departamentos, municipios y lugares específicos en donde el Fondo a través de los sectores y macroproyectos ejecutará las intervenciones asociadas con su objeto misional.

52 PROPIEDAD INTELECTUAL Todos los desarrollos, productos y documentos realizados como parte del contrato pasarán a ser propiedad del FONDO. El proponente seleccionado aceptará expresamente que los derechos de explotación de cualquiera de los desarrollos, productos y documentos realizados al amparo del contrato corresponden únicamente a EL FONDO, con exclusividad y a todos los efectos.

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CAPITULO 3 – GLOSARIO

ACEPTACIÓN DE OFERTA: Decisión del Representante Legal de la Entidad o su delegado en la que se escoge al proponente seleccionado.

ADENDA(S): Documento (s) que expedirá EL FONDO, en caso de requerirse, con el fin de explicar, aclarar, agregar o modificar los Términos y Condiciones Contractuales, sus Anexos o Apéndices con posterioridad a la apertura del proceso, e integran con los Términos y Condiciones Contractuales un todo, por ende, tienen igual validez y el mismo carácter vinculante.

ALCANCE DEL CONTRATO: Son todas las actividades necesarias para el adecuado desarrollo del objeto contractual, de conformidad con los Términos y Condiciones Contractuales, sus anexos y apéndices. Las actividades contenidas en el alcance del contrato son obligaciones del proponente seleccionado.

ANEXOS: Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan a los Términos y Condiciones Contractuales y que hacen parte integral de aquellos.

ATIP: Auditoría Técnica Integral Preventiva.

AUDITORÍA INTEGRAL: Es aquella que cubre todos los procesos misionales ejecutados por el Fondo, con revisión del ciclo completo de cada etapa o proceso misional. Como consecuencia, los procedimientos de auditoría a desarrollar en los proyectos requieren conocimientos integrales a nivel del equipo de trabajo en aspectos técnicos, financieros, de gestión, operativos, de contratación, de tecnología BPM, ambientales, entre otros.

CONTRATISTA: Proponente seleccionado que suscribe el Contrato derivado del presente proceso.

CONTROL PREVENTIVO: Es aquel que consiste en examinar con antelación o durante la ejecución de los procesos misionales, para cerciorarse sobre la correcta ejecución de los recursos destinados para inversión, aplicando de manera alterna procedimientos para comprobar el cumplimiento de las normas vigentes, el código de buen gobierno, el manual de contratación y la Ley 1474/2011 de anticorrupción y los demás que vaya implementando el Fondo. Bajo esta definición la auditoría técnica integral preventiva, presentará informes mensuales, sobre las auditorías realizadas a los proyectos, ya sea que se encuentren en fase de estudios, diseños, estructuración, contratación o ejecución. La auditoría se realizará teniendo en cuenta los

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procedimientos, manuales e instructivos aprobados por el Fondo, que incluyen las fases de: (i) Planeación, ii) priorización y selección de proyectos, iii) estructuración de proyectos, iv) contratación y ejecución, y e) Seguimiento y Control).

CONTROL CONCURRENTE: Es aquel que consiste en la comprobación de las existencias físicas de fondos, valores, obras y bienes y en su confrontación con los comprobantes, documentos, libros y demás registros.

CONTROL POSTERIOR: Es aquel que consiste en la aplicación de metodologías que permitan establecer si los responsables de la gestión en un momento determinado lo hicieron observando los principios de la gestión fiscal y la función administrativa.

COSO - Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway: Es una iniciativa conjunta de cinco organizaciones del sector privado y se dedica a la elaboración de marcos y orientación sobre la gestión del riesgo, el control interno y la disuasión del fraude.

FONDO: Entidad pública del orden nacional, adscrito al Ministerio de Hacienda, creada mediante Decreto 4819 de 2010, cuyo objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de La Niña 2010-2011.

INTERVENCIONES: Comprende las actuaciones específicas del Fondo en cada una de las regiones del país, a través del desarrollo de un grupo de proyectos o de un único proyecto.

IVA: Impuesto al Valor Agregado.

MECI- Modelo Estándar de Control Interno: El objeto general del MECI es proporcionar una estructura que especifique los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de Control Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87 de 1993, a través de un modelo que determine los parámetros de control necesarios para que al interior de las entidades se establezcan acciones, políticas, métodos, procedimientos, mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura del mejoramiento continuo de la administración pública.

PLAN DE ACCIÓN: Documento publicado en la página web de la Entidad anualmente, en el cual se especifican los objetivos, las estrategias, el plan de contratación, el plan de pagos, el plan de metas en productos y los potenciales beneficiarios.

POE: Presupuesto Oficial Estimado.

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PROPONENTE: Es la persona jurídica o natural o la estructura plural (consorcio o unión temporal), que presenta una oferta para participar en el proceso de selección que se rige a través de estos TCC.

OFERTA: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en los TCC; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.

OFERTA HABILITADA: Es aquella oferta presentada por un proponente que además de cumplir con los requisitos habilitantes de capacidad jurídica, financiera y técnica, cumple con los criterios de evaluación señalados en estos TCC.

OFERTA RECHAZADA: Es aquella Oferta presentada por un Proponente que no cumpla con los requisitos de capacidad jurídica, financiera o técnica previstos en estos TCC o en la ley, razón por la cual obtiene calificación de “rechazada” en cualquiera de los criterios de verificación o calificación señalados en los mismos.

SISTEMA DE GESTIÓN DE PROYECTOS – PSA: Es una herramienta de software soportado en un ambiente web, que recoge las mejores prácticas del PMI® (Project Management Institute) para la gestión de proyectos. A través del Microsoft® Project Server, el Fondo gestiona y controla la ejecución de los proyectos, mediante cronogramas aprobados por el contratista, el interventor y el Fondo, que se miden mensualmente por el Valor Ganado y/o la duración (indicadores SPI-CPI).

SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL – ORFEO: Es una herramienta de software que utiliza el Fondo para la gestión de la documentación administrativa y el control de los flujos de trabajo para el trámite de documentos y expedientes, mediante enlaces de contenidos de archivos, bibliotecas, centros de documentación que permiten realizar búsquedas y recuperar información en cualquier lugar.

SISTEMA DE RECURSOS DE INVERSIÓN – SRI: Es una herramienta de software que utiliza el Fondo para gestionar y controlar la ejecución de la cadena presupuestal de los recursos de inversión (precontractual, contractual, presupuesto, pagaduría, contabilidad).

SMLMV: Sigla que corresponde a Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.

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CAPITULO 4 – ANEXOS

Anexo 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL FONDO ADAPTACIÓN

Anexo 2. ESTUDIO Y ANÁLISIS DE MERCADO.

Anexo 3. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Anexo 4. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA PARA EVALUACIÓN

Anexo 5. MODELO DE ACUERDO CONSORCIAL O UNIÓN TEMPORAL

Anexo 6. CERTIFICACIÓN DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

Anexo 7. FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE DE LA FIRMA - EXPERIENCIA DE LA FIRMA

Anexo 8 A. FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR - GERENTE O DIRECTOR DE PROYECTO

Anexo 8 B. FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR - AUDITORES EXPERTOS EN CONTRATACIÓN PÚBLICA O PRIVADA

Anexo 8 C. FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR - AUDITORES TÉCNICOS EXPERTOS EN EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS CIVILES

Anexo 8 D. FORMATO - CAPACIDAD TÉCNICA DEL EQUIPO AUDITOR - AUDITOR EXPERTO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN – TECNOLOGÍA BPM

Anexo 9. CAPACIDAD TÉCNICA CALIFICABLE DEL PROPONENTE - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

Anexo 10. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Anexo 11. CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL ASIGNADO

Anexo 12. PLANTA INICIAL DE AUDITORES PROPUESTA

Anexo 13. ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO - ANS

Anexo 14. TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES

Anexo 15. MINUTA DEL CONTRATO

Anexo 16. MANUAL DE POLÍTICAS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE PROYECTOS (PSA).