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Dec 16, 2021

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protocolo covid 19 

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Modello Specifica/Relazione TecnicaCliente:
File: GRE.EEC.Z.99.CL.P.07576.00.447.01
UTILIZATION SCOPE
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PROTOCOLO COVID-19
Emitido para revisión:
-Se agrega en el punto 5; documentos relacionados con la legislación vigente.
-Se modifica en el punto 9.2; el uso de pecheras solo para el personal de Limpieza.
CONTENDIDO 1.INTRODUCCIÓN 5 2. OBJETIVO 5 3. ALCANCE 5 4. DEFINICIONES 5 5. DOCUMENTOS RELACIONADOS 8 6. NORMATIVIDAD Y DOCUMENTOS INTERNACIONALES APLICABLES 8 7. RESPONSABILIDADES 8 8. DIRECTRICES OPERATIVAS 12 9. MEDIDAS GENERALES 21 10. CARTA DE COMPROMISO DE ADOPCIÓN VOLUNTARIA A LAS MEDIVAS DISPUESTAS EN ESTE DOCUMENTO PARA PREVENIR EN CONTAGIO POR COVID-19 28 10. ANEXOS 29
1.INTRODUCCIÓN
En diciembre de 2019, una serie de casos de neumonía de causa desconocida surgieron en Wuhan, Hubei, China, con presentaciones clínicas muy parecidas a la neumonía viral. El análisis de secuenciación profunda de muestras del tracto respiratorio inferior indicó un nuevo coronavirus, que se denominó nuevo coronavirus 2019 (2019-nCoV o SARS-CoV2) [15]. La propagación del virus ha sido extremadamente rápida, causando la muerte de una gran cantidad de personas alrededor del mundo y en espacial en Chile.
Es en este contexto Andina Freight, ha decidido elaborar este protocolo con las medidas de prevención y control que se realizarán en sitio para proteger y resguardar la salud de cada trabajador que participe en la construcción del proyecto solar Campos del Sol.
Este protocolo viene a complementar las normativas generales impuestas por las autoridades sanitarias del país. Es necesario hacer hincapié que, desde el punto de vista individual, para lograr un correcto actuar frente al COVID-19 se deben cumplir tanto las normas generales (aseo frecuente de manos, limpieza de superficies, distanciamiento social) como las específicas aquí presentadas. Es necesario, por lo tanto, que cada trabajador que participe en nuestro proyecto conozca todos los protocolos. Andina Freight espera que estas recomendaciones contribuyan a establecer medidas eficaces para disminuir la propagación del COVID-19. Por lo mismo es que estarán, a partir de su publicación, en constante revisión por el mismo comité Covid 19 del proyecto Campos del Sol, para evaluar eventuales modificaciones o actualizaciones.
2. OBJETIVO
Establecer las medidas preventivas con el fin de evitar el contagio de Coronavirus Covid-19 en el Proyecto Campos del Sol de EGP.
Este documento debe aplicarse junto con la información de la autoridad sanitaria competente. Se entiende que cualquier prescripción de la autoridad sanitaria, más restrictiva respecto a cuanto lo previsto en este documento, prevalecerá y se aplicará automáticamente.
3. ALCANCE
El presente protocolo tendrá carácter obligatorio para todos los trabajadores de la empresa Andina Freight y trabajadores de las empresas subcontratistas que desarrollen actividades bajo un contrato de Andina Freight. Las empresas subcontratistas a su vez deben disponer de los recursos necesarios para evitar el contagio de Coronavirus Covid-19.
4. DEFINICIONES
Coronavirus:
El Coronavirus COVID-19 es una cepa de la familia de coronavirus que no se había identificado previamente en humanos. Es el nombre definitivo otorgado por la OMS.
Los coronavirus son causantes de enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como Insuficiencia Respiratoria Aguda Grave.
Contagio:
El virus se transmite de persona a persona cuando tiene contacto cercano con un enfermo. Por ejemplo, al vivir bajo el mismo techo, compartir la misma sala en un hospital, viajar por varias horas en un mismo medio de transporte, o cuidar a un enfermo sin la debida medida de protección.
Caso sospechoso:
Persona que presenta un cuadro agudo con al menos un síntoma cardinal o dos o más de los signos o síntomas restantes (signos o síntomas nuevos para las personas y que persisten por más de 24 horas):
a. fiebre (~37,82C).
d. tos.
k. dolor torácico
o. cefalea.
Caso probable de infección:
Caso probable por resultado de laboratorio: persona que cumple con la definición de caso sospechoso y tiene un resultado indeterminado o no concluyente de la RT-PCR, o persona asintomática o con un síntoma no cardinal, que tiene resultado positivo para una prueba de detección rápida de antígenos para SARS-CoV-2.
Caso probable por imágenes: persona que cumple con la definición de caso sospechoso en el cual el resultado de la RT-PCR es negativo o indeterminado o no concluyente, pero que tiene una tomografía computarizada de tórax con imágenes sugerentes de COVID-19.
Caso probable por nexo epidemiológico: persona que ha estado en contacto estrecho con un caso confirmado y desarrolla uno de los síntomas cardinales, o al menos dos de los signos y síntomas restantes compatibles con COVID-19 dentro de los 14 días posteriores al último día de contacto.
Caso probable fallecido: persona fallecida que, en ausencia de un resultado confirmatorio por RT• PCR, su certificado médico de defunción establece la infección por SARS-CoV-2 como causa básica de muerte o como factor desencadenante.
Caso confirmado:
Persona viva o fallecida, con una prueba RT-PCR para SARS CoV-2 positiva.
Persona que cumple con la definición de caso sospechoso y que presenta una prueba rápida de antígenos para SARS-CoV-2 positiva, tomado por orden de la autoridad sanitaria o en un centro de salud autorizado, para estos efectos, por la señalada autoridad.
Caso sospechoso de reinfección:
Persona que tuvo un primer episodio sintomático o asintomático confirmado de COVID-19, en la cual han transcurrido al menos 90 días desde la fecha de notificación del episodio previo y que actualmente presenta una prueba positiva RT-PCR para SARS-CoV-2.
Contacto estrecho:
Toda persona que ha estado expuesta a un caso confirmado o probable, desde los 2 días antes y
hasta 11 días después del inicio de síntomas del caso.
Persona que ha estado en contacto con un caso confirmado asintomático, entre 2 días antes y 11 días después a la toma de muestra.
En ambas situaciones (A o B), se deben cumplir al menos una de las siguientes exposiciones":
Contacto cara a cara a menos de un metro de distancia y durante al menos 15 minutos, o contacto físico directo, sin el uso correcto de mascarilla.
Compartir un espacio cerrado por 2 horas o más, en lugares tales como oficinas, centros de trabajos, colegios, entre otros, sin el uso correcto de mascarilla.
Vivir o pernoctar en el mismo hogar o recintos similares, tales como hostales, internados, instituciones cerradas, hogares de ancianos, hoteles, residencias, viviendas colectivas y recintos de trabajo, entre otros.
Traslado en cualquier medio de transporte cerrado a una proximidad menor de un metro, por 2 horas o más, sin el uso correcto de mascarilla.
Brindar atención directa a un caso probable o confirmado, por un trabajador de la salud sin los elementos de protección personal recomendados: mascarilla de tipo quirúrgico y, si se realiza un procedimiento generador de aerosoles, respirador N95 o equivalente, y antiparras.
Elementos de Protección Personal COVID-19:
Equipo, aparato o dispositivo especialmente proyectado y fabricado para preservar el cuerpo humano, en todo en parte, riesgos específicos de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. Se determino que los elementos de protección personal específicos para el Riesgo COVID-19 en el proyecto Campos del Sol, son los siguientes:
· Lentes claros y oscuros
· Guantes de aseo desechables o reutilizables: resistentes, impermeables y de manga larga para trabajos de limpieza y desinfección de ambientes (no quirúrgicos).
· Mascarilla FFP3 o N95, mascara de medio rostro con filtro P100 o mascarilla quirúrgica desechable (ésta última solo puede ser utilizada en oficina).
· Careta facial (para toda la línea de supervisión, para actividades que se realicen a menos de dos metros y para el control de credenciales en el caso de los guardias)
· Buzo tybek o bata desechable (para trabajos de limpieza, manipulación de alimentos y controles de temperatura en sitio)
· Guantes quirúrgicos (para la toma de temperatura en ciudad).
· Termómetro digital clínico.
Distanciamiento social del proyecto.
Se establece para el proyecto Campos del Sol, que el distanciamiento social de seguridad debe ser dos metros o más.
5. DOCUMENTOS RELACIONADOS
· Ley 20.123 Ley de Subcontratación.
· PN-CS-EGP-HSE-003-Programa Seguridad y Salud Ocupacional.
· PR-CS-EGP-HSE-002 Plan de emergencias.
· Plan acción Covid-19 (Andina Freight)
· Protocolo de manejo y prevención ante Covid-19 en sector Construcción del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
· Protocolo de Limpieza y desinfección en ambientes Covid-19 del MINSAL.
· RESOLUCIÓN EXENTA CP N°92832020 Prevención COVID-19
01
· Resolución Exenta N°644, Establece Tercer Plan “PASO A PASO”.
· Ley 21.342 que establece el protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria decretada con ocasión de la enfermedad de COVID-19 en chile.
6. NORMATIVIDAD Y DOCUMENTOS INTERNACIONALES APLICABLES
· No aplica
7. RESPONSABILIDADES
· Site Manager
a. Asegura la adopción de todas las medidas necesarias, para resguardar las condiciones adecuadas de Salud en todas las actividades que se desarrollen de en el proyecto Campos del Sol, como también los implementos, insumos y elementos de protección personal específico para prevenir que los trabajadores se contagien con el COVID-19.
b. Vela para que la ejecución de las actividades se realice en conformidad con lo establecido por este protocolo de COVID-19
c. Gestionar los recursos necesarios para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este protocolo COVID-19
d. Participar activamente en el GOE de COVID-19 del proyecto “Campos del Sol”.
· Coordinador HSEQ
a. Diseñar, implementar y controlar la aplicación y desarrollo de este protocolo de COVID 19.
b. Asesorar al Site Manager de obra en cuanto al cumplimiento en la normativa vigente y aplicable con relación al COVID 19.
c. Asesorar en la adquisición de Elementos de Protección Personal específicos para resguardar la salud de los trabajadores y evitar de esta manera el contagio de COVID-19.
d. Asesorar en la adquisición de equipos de medición para prevenir el contagio de los trabajadores con el COVID-19.
e. Velar por que cada línea de mando (Interna y subcontratistas) cumplan fielmente los requerimientos descritos en este documento.
f. Participa activamente en las GOE COVID-19 y sus respectivas reuniones.
g. Realiza la investigación de los posibles contagiados por COVID-19.
h. Velar y asegurar el stock de Elementos de Protección Personal especifico, para los riesgos COVID-19.
· Inspectores HSE
a. Instruir en forma oportuna y conveniente al personal considerado en el contrato, las disposiciones señaladas en este protocolo COVID-19.
b. Fiscalizar y asegura el debido cumplimiento de este protocolo de COVID-19 en sitio.
c. Participar activamente en la investigación de casos positivos de COVID-19.
d. Implementación y seguimiento de campañas masivas de vacunación para el personal del proyecto aplicación de carta de rechazo a vacunación covid-19. (ver anexo 4)
· Supervisores de Turno Andina Freight y subcontratistas
a. Instruir en forma oportuna y conveniente al personal considerado en el contrato, las disposiciones señaladas en este protocolo COVID-19.
b. Entrega de test rápido los días viernes a su cuadrilla de trabajo, debe instruir a su personal como deber hacer su toma de muestra y las directrices exigidas por Andina Freight, además, el trabajador el domingo debe enviar una fotografía de su ficha de test rápido incluyendo el test utilizado. (ver anexo 5)
c. Debe realizar un levantamiento de si equipo de trabajo y completar el formato morbilidad. (ver anexo 7). Esto con el fin identificar la población de alto riesgo dentro del proyecto.
d. Mantener condiciones seguras de trabajo, corrigiendo condiciones subestándares inmediatamente a su detección o aislando la condición hasta su corrección.
e. Capacitar y entrenar a los trabajadores a cargo sobre las medidas de protección determinadas en este protocolo, dejando evidencia objetiva de ello.
e. Fiscalizar y asegura el debido cumplimiento de este protocolo de COVID-19 en sitio.
f. Participar activamente en la investigación de casos positivos de COVID-19.
· Conductores de camionetas, minibuses, buses y Operadores de maquinaria pesada
a. Cumplir estrictamente con las disposiciones emitidas en este protocolo.
b. Velar por la limpieza y sanitización del vehículo o medio de transporte asignado.
c. Utilizar correctamente los Elementos de Protección Personal específicos para el riesgo COVID-19. Adicionalmente de los normados para cada actividad.
d. Para los conductores de medios de transporte de pasajeros (Buses y minibuses). Velar por la disposición de pasajeros establecidos para el riesgo COVID-19.
e. Para los conductores de medios de transporte de pasajeros (Buses y minibuses). Completar correctamente la planilla de control de trasporte de pasajeros.
· Trabajadores
a. Cumplir estrictamente con las disposiciones emitidas en este protocolo.
b. Utilizar correctamente los Elementos de Protección Personal específicos para el riesgo COVID-19. Adicionalmente de los normados para cada actividad.
c. Emitir diariamente la autoevaluación de salud, referente al COVID-19.
d. Someterse estrictamente a la disposición de pasajeros en el medio de transporte.
e. Someterse a los controles de temperatura en ciudad.
f. Someterse respetuosamente en el control de temperatura en sitio.
g. Todos los conductores deben firmar un Carta de compromiso control covid-19 en equipo de transporte. (ver anexo 6)
· Guardia de Seguridad
a. Además de todo lo descrita en el punto de responsabilidades del trabajador.
b. Participar activamente en el control de temperatura en sitio de los trabajadores.
c. Hay que asegurar que toda persona que ingrese al sitio sea controlada.
· Paramédicos
a. Además de todo lo descrita en el punto de responsabilidades del trabajador.
b. Participar activamente en el control de temperatura en sitio de los trabajadores.
c. Asegurar que toda persona que ingrese al sitio sea controlada.
d. Participar activamente en lo dispuesto en el Plan de Emergencia COVID-19.
e. Realizar las pruebas de test rápido de COVID-19.
8. DIRECTRICES OPERATIVAS
Los trabajadores que participen en la construcción del proyecto Campos del Sol deberán cumplir con las siguientes directrices operativas para evitar el contagio de COVID-19 durante el desarrollo de sus actividades.
8.1 Transporte de pasajeros
a. Todos los días el trabajador deberá realizar la autoevaluación de salud, la cual evidencia su sintomatología antes de ser transportado hacia la obra, se recomienda que esta autoevaluación deba realizarse antes de subir al vehículo de transporte.
Si el trabajador presenta alguno de los síntomas descritos:
a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 °C o más. (según estándar de ENEL la temperatura máxima permitida es 37.5°)
b. Tos.
d. Congestión nasal.
e. Taquipnea o aumento de la frecuencia respiratoria.
f. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
g. Mialgias o dolores musculares.
h. Debilidad general o fatiga.
i. Dolor torácico.
l. Diarrea.
n. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
o. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
En la evaluación, no podrá subir al sitio y deberá comunicar sus síntomas de manera inmediata a su supervisión directa y dirigirse a un centro hospitalario de inmediato.
El registro se detalla a continuación:
b. Cada empresa que participe en el proyecto deberá capacitar al personal que realizará control de temperatura a sus trabajadores en la ciudad, antes de trasportarlos al sitio, Cada empresa que participe en el proyecto deberá realizar control de temperatura a sus trabajadores en la ciudad, antes de trasportarlos al sitio, esta actividad debe realizarse por medio de termómetro digital clínico. Si el trabajador presenta fiebre por sobre los 37,5°C no podrá subir a sitio y deberá presentarse en un servicio de salud para su respectiva evaluación. Personal encargado de tomar las temperaturas en ciudad deberá contar con tus EPP específicos COVID-19. Esta actividad deberá registrarse por medio de fotografías las cuales deben ser tomadas por medio de aplicaciones que registran día y hora la cual fue tomada. Este registro debe ser enviado al depto. HSE de Andina Freight, posterior al control de temperatura.
c. Personal designado por cada empresa deberá registrar en planilla de control de pasajeros (anexo 2) las temperaturas de cada trabajador, además deberá verificar que cada trabajador tome asiento en el puesto asignado previamente. Este registro deberá enviarse por medio de fotografía al depto. HSE Andina Freight como medida de cumplimiento y control. Se recomienda que cada puesto este correctamente señalizado, identificando el asiento que no debe utilizarse con señalética de asiento bloqueado, además del destinado a cada trabajador.
d. El registro de evaluación de salud será exigido por personal de seguridad antes de ingresar al sitio y será condicionante para el ingreso.
e. En todo momento el trabajador deberá utilizar su mascarilla y en especial durante los traslados desde o hacia el proyecto.
f. En cada medio de transporte (Bus, minibús y/o camionetas), los trabajadores deberán respetar distanciamiento de seguridad (1 metro mínimo) y uso de mascarilla en todo el recorrido.
g. Al llegar a sitio el trabajador será controlado por segunda, se tomará la temperatura a todos los trabajadores por personal de paramédico del proyecto.
h. El trabajador antes de hacer uso de un medio de transporte deberá lavarse las manos durante al menos 20 segundos como mínimo, en su defecto uso de alcohol gel.
i. Para el traslado de trabajadores al interior del proyecto se utilizarán los mismos criterios que se mencionan en la imagen N° 1 y 2, además de los siguientes EPP específicos (Lentes oscuros o claros, mascarillas, guantes, etc.).
j. Las disposiciones que se mencionan en este ítem se encuentran detalladas en Anexo 4 Plan de control de transporte, ante contingencia COVID-19
k. La disposición de los medios de transporte se detalla a continuación:
Buses y minibuses
(Imagen N°1)
8.2 Controles de temperatura en sitio
a. Todos los trabajadores deberán someterse a un segundo control sanitario en sitio, el cual estará a cargo de los paramédicos de obra. Este control será realizado en el control de acceso al inicio de la jornada laboral
b. Los paramédicos de obra deberán utilizar para esta actividad, todos los EPP específicos del COVID-19.
c. En control de acceso, el trabajador deberá respetar distanciamiento establecido para el proyecto (dos metros como mínimo), hacer uso de mascarilla, lentes de seguridad.
d. Para el control de temperatura, el trabajador deberá respetar distanciamiento de 2 metros y al momento de ser controlado, la temperatura que marque deberá escribirla en su autoevaluación con su propio lápiz y luego entregar la autoevaluación al personal que lo controló.
e. En cada control se dispondrá de alcohol gel para la sanitización de manos de cada trabajador.
f. Para el control de acceso, el trabajador deberá mostrar la credencial de acreditación al guardia de seguridad y mantener distanciamiento de dos metros.
g. Los guardias de seguridad para el control de credenciales de acreditación deberán utilizar en todo momento los siguientes EPP específicos (Lentes claros u oscuros, guantes de látex o similar, mascarillas, careta facial, además de los propios definidos para su cargo).
h. Si el trabajador presente una temperatura igual o mayor a 37,5 °C estando en el proyecto, se debe aplicar lo establecido en el punto 9.3 del presente protocolo.
8.3 Disposición de comedores
a. Las disposiciones que se mencionan a continuación se encuentran detalladas en Anexo 3 Protocolo uso del comedor por COVID-19.
b. Todo trabajador que utilice las instalaciones del comedor deberá respetar las disposiciones establecidas para su uso.
c. Andina Freight ha establecido turnos de colación con una capacidad determinada en su interior.
d. La línea de mando como los supervisores deberán gestionar los turnos de colación para cumplir con lo establecido en el punto anterior. Andina Freight se reserva el derecho de aplicar sanciones administrativas a la línea de mando que no cumpla con lo anteriormente mencionado.
e. Como primera medida de higiene el personal que ingrese al comedor deberá hacerlo sin los siguientes EPP; Casco, overol, guantes, geólogo, ya que estos podrían estar contaminados.
f. Todo el personal que necesite disponer de sus EPP deberá dejarlos al borde de la estación de sombra ubicada al costado del comedor.
g. Al ingresar deberán sacudirse los pies para evitar ingresar con tierra.
h. Deberán mantener…