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Primera edición: octubre de 2003 Cuarta reimpresión: marzo de 2005 D.R. © Suprema Corte de Justicia de la Nación Av. José María Pino Suárez Núm. 2 C.P. 06065, México, D.F. ISBN 970-712-282-X Impreso en México Printed in Mexico La edición de esta obra estuvo al cuidado de la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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Manual_del_Justiciable._Materia_Administrativa [Unlocked by ].pdf

Nov 16, 2015

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Giianii Velez
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  • Primera edicin: octubre de 2003Cuarta reimpresin: marzo de 2005D.R. Suprema Corte de Justicia de la NacinAv. Jos Mara Pino Surez Nm. 2C.P. 06065, Mxico, D.F.

    ISBN 970-712-282-X

    Impreso en MxicoPrinted in Mexico

    La edicin de esta obra estuvo al cuidado de la DireccinGeneral de la Coordinacin de Compilacin y Sistematizacinde Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin.

  • USTICIABLE

    MDEL

    ANUAL

    JMATERIA ADMINISTRATIVA

    SUPREMA CORTE

    DE LA NACINDE JUSTICIA

    FODER UDICIALP J DE LA EDERACIN

  • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN

    Ministro Mariano Azuela GitrnPresidente

    Primera Sala

    Ministra Olga Mara Snchez Cordero de Garca VillegasPresidenta

    Ministro Jos Ramn Cosso DazMinistro Jos de Jess Gudio Pelayo

    Ministro Juan N. Silva MezaMinistro Sergio A. Valls Hernndez

    Segunda SalaMinistro Juan Daz Romero

    Presidente

    Ministro Sergio Salvador Aguirre AnguianoMinistro Genaro David Gngora Pimentel

    Ministra Margarita Beatriz Luna RamosMinistro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia

    Comit de Publicaciones y Promocin Educativa

    Ministro Mariano Azuela GitrnMinistra Margarita Beatriz Luna Ramos

    Ministra Olga Mara Snchez Cordero de Garca Villegas

    Comit Editorial

    Dr. Armando de Luna vilaSecretario Ejecutivo de Administracin

    Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor PoisotSecretario Ejecutivo Jurdico Administrativo

    Mtra. Cielito Bolvar GalindoDirectora General de la Coordinacin

    de Compilacin y Sistematizacin de Tesis

    Lic. Laura Vernica Camacho SquiviasDirectora General de Difusin

    Dr. Lucio Cabrera AcevedoDirector de Estudios Histricos

  • 5

    INTRODUCCIN

    En los Estados federales el poder pblico se dis-tribuye para su ejercicio en tres rganos degobierno, los cuales corresponden a los desig-nados Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.El funcionamiento del primero se despliega atravs de numerosos organismos que, tanto enel mbito federal como local, ejecutan actos des-tinados a mantener el orden y el bien comn.La complejidad orgnica y funcional de la admi-nistracin pblica en Mxico ha dado lugar alderecho administrativo, disciplina que com-prende el conjunto de normas jurdicas que regu-lan las relaciones establecidas entre el Estado ylos particulares.

    Sin embargo, esta materia no slo implicaaspectos sustantivos, pues cuando se generanconflictos motivados por la intervencin estatalen aspectos de la vida social, es necesario dirimir-

  • 6 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    los mediante procedimientos especficos pre-vistos por la legislacin. Estas circunstanciasdan pie para actualizar el imperativo consignadoen el artculo 17, segundo prrafo constitucional,relativo a que los tribunales de la Federacinestarn expeditos para impartir justicia pronta,completa, gratuita e imparcial. Se cuida ademsel mantenimiento del Estado de derecho, quesera impensable en una sociedad carente delrespeto debido entre gobernantes y gobernados.

    En virtud de lo anterior, la Suprema Corte deJusticia de la Nacin ha considerado pertinenteofrecer a los lectores la obra Manual del justicia-ble. Materia administrativa, con la intencin de quesirva de apoyo a los estudiantes de la licencia-tura en derecho, a quienes, por estar llamados aauxiliar eficazmente al justiciable en el planojurdico, les es indispensable conocer la estruc-tura, las funciones y los fines de la adminis-tracin pblica, as como los procedimientos quese deben incoar para impugnar sus actos.

    Aun cuando este libro no pretenda equipa-rarse con un tratado, es deseable que su conte-nido constituya una sencilla gua para el estu-diante que aspire a convertirse en un especialistaen la materia.

  • 1. Qu es el Estado?

    Desde el punto de vista gramatical, el vocabloEstado tiene diversas acepciones, entre ellas:(1) conjunto de los rganos de gobierno de unpas soberano; (2) territorio de cada pas inde-pendiente; y (3) pas o dominio de un prncipeo seor feudal.1 De esta forma, puede decirseque el Estado, como nacin, es la sociedad jur-dicamente organizada capaz de realizar la totali-dad de los fines humanos, cuyos elementos prin-cipales son, entre otros, el territorio, la poblaciny el gobierno.

    LA ACTIVIDAD DEL ESTADO

    1 REAL ACADEMIA ESPAOLA, voz "Estado", en Diccionario de la lenguaespaola, t. a-g, 21a. ed., Madrid, Editorial Espasa-Calpe, 1992, pp. 905-906.

    I

    7

  • 8 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    2. Cules son los fines del Estado?

    Los fines del Estado se pueden resumir en el biencomn que, en cuanto se refiere a toda la po-blacin, se convierte en bien pblico.2

    Para conseguir ese bien pblico, el Estado sevale de los siguientes medios:3

    (1) Resguarda el orden, la paz y la seguridadde la nacin.

    (2) Organiza la conducta de los sujetos dederecho mediante normas jurdicas.

    (3) Ejerce un poder directo sobre los ciuda-danos, a travs de rganos cuyas compe-tencias estn sealadas en una Constitu-cin General.

    3. Cules son las funciones del Estado?

    Son las diferentes formas en que se manifiesta lavoluntad del Estado para alcanzar sus fines. Tra-dicionalmente se les ha clasificado en tres: admi-nistrativa, legislativa y judicial, lo que da origena la teora de la divisin de poderes, que impli-ca la existencia de un Poder Ejecutivo, un PoderLegislativo y un Poder Judicial.

    2 DELGADILLO GUTIRREZ, Luis Humberto, Elementos de derecho admi-nistrativo, Mxico, Editorial Limusa, p. 30; PORRA PREZ, Francisco, Teora delEstado, 19a. ed., Mxico, Editorial Porra, 1984, p. 283 y ss.

    3 ZIPPELIUS, Reinhold, Teora General del Estado. Ciencia de la poltica, trad.Hctor Fix Fierro, 3a. ed., Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas-UNAM/Editorial Porra, 1998, pp. 52-56.

  • 9Manual del Justiciable

    4. En qu consiste la funcin administrativa delEstado?

    Se puede definir a la funcin administrativadesde dos puntos de vista: uno formal y otromaterial.

    Desde el punto de vista formal, se trata de laactividad que realiza el Estado por medio de losrganos que dependen directa o indirectamentedel Poder Ejecutivo. Bajo esta perspectiva, seradministrativo todo acto producido, por ejem-plo, por la Secretara de Hacienda y CrditoPblico.

    Desde el punto de vista material, la funcinadministrativa del Estado se refiere nicamentea la naturaleza del acto, que debe ser de tipo admi-nistrativo,4 sin que intervenga con el fin de resol-ver una controversia funcin judicial y sin quepretenda establecer un orden jurdico funcinlegislativa. Como ejemplo se puede citar laexpedicin de una licencia para el funcionamien-to de un negocio.

    4 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca, t. XV, mayode 2002, tesis XXIII.1o.1 A, p. 1238; IUS: 186923.

  • ESTADO

    Funciones

    El poder del Estado se divide en tres rganos

    Ejecutivo JudicialLegislativo

  • 1. Qu es la administracin pblica?

    El vocablo administracin tiene su raz etimo-lgica en el latinismo administratio, ~onis, quesignifica accin o efecto de administrar, vozque a su vez proviene del verbo latino adminis-trre y que se define como gobernar, ejercer laautoridad o el mando, en un territorio y sobrelas personas que lo habitan.5

    Por su parte, por pblico se entiende aquelloque se aplica a la potestad, jurisdiccin y autori-dad para hacer una cosa, como contrapuesto aprivado.6

    En el mbito jurdico, la administracin pbli-ca tiene dos connotaciones: una referida al con-

    LA ADMINISTRACIN PBLICA

    II

    5 REAL ACADEMIA Op. cit., voces "administracin" y "administrar", p. 44.6 Ibdem, voz "pblico", p. 1687.

    11

  • 12 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    junto de actividades que desarrolla el Estado, yotra, al conjunto de rganos que cumplen lastareas de administracin.

    En este orden de ideas, la administracin pbli-ca puede definirse como el conjunto de rganosa travs de los cuales, el Estado realiza activi-dades para satisfacer las necesidades generalesque constituyen el objeto de los servicios pbli-cos, las cuales se desarrollan de manera perma-nente y continua, y siempre de acuerdo con elinters pblico. Asimismo, la administracinpblica puede conceptualizarse como la activi-dad que realizan aquellos rganos para asegurarla ejecucin del fin sealado.7

    2. Qu son los rganos de la administracinpblica?

    La administracin pblica necesita de entes urganos que formen y exterioricen la voluntaddel Estado. En esa virtud, los rganos de la admi-nistracin pblica son el conjunto de personasmorales que cuentan con una estructura jurdicay competencia determinada, a las cuales se lesencomienda la ejecucin de la actividad delEstado.

    7 OSORNIO CORRES, Francisco Javier, voz "administracin pblica" enDiccionario jurdico mexicano, t. A-CH, 8a. ed., Mxico, Editorial Porra/UNAM,1995, pp. 107-110.

  • 13Manual del Justiciable

    Los mencionados rganos pueden pertenecera la administracin pblica centralizada, a ladescentralizada o paraestatal o, inclusive puedentener el carcter de autnomos.

    La administracin pblica centralizada es laque constituye el Poder Ejecutivo Federal y cuyosrganos son la Presidencia de la Repblica, laConsejera Jurdica, la Procuradura General dela Repblica (PGR) y las secretaras de Estado,tales como la Secretara de Hacienda y CrditoPblico (SHCP), la Secretara de Gobernacin(SG), la Secretara de Comunicaciones y Trans-portes (SCT) y la Secretara de Educacin Pblica(SEP).

    La administracin pblica descentralizada oparaestatal est conformada por rganos dota-dos de personalidad jurdica y patrimonio pro-pio, que no pertenecen al Poder EjecutivoFederal, pero que, como lo auxilian en el ejerci-cio de sus atribuciones y su actuacin es evalua-da y vigilada por una secretara de Estado, for-man parte de la administracin pblica. Comoejemplo se pueden citar: Petrleos Mexicanos(PEMEX), el Instituto Mexicano del Seguro Social(IMSS), la Comisin Nacional de Libros deTexto Gratuitos, el Servicio Postal Mexicano(SEPOMEX), la Comisin Federal de Electricidad(CFE), el Instituto del Fondo Nacional de laVivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)

  • 14 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    y el Instituto de Seguridad y Servicios Socialesde los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

    Adems, existen rganos dotados de autono-ma que, aun cuando tampoco pertenecen alPoder Ejecutivo Federal, tienen el carcter depblicos y forman parte de la administracin p-blica federal. Entre ellos encontramos a la Univer-sidad Nacional Autnoma de Mxico (UNAM),al Banco de Mxico, al Instituto Federal Electoral(IFE) y a la Comisin Nacional de los DerechosHumanos (CNDH). 8

    En los Estados y el Distrito Federal tambinexisten los tres tipos de rganos mencionados.Como ejemplo se pueden citar a las secretarasde Estado, entre los centralizados; los institu-tos estatales de seguridad social y el Servicio deTransportes Elctricos del Distrito Federal, entrelos descentralizados; y los organismos localesde derechos humanos, as como algunas univer-sidades estatales, entre los autnomos.

    Por su parte, en los Municipios tambin existeuna administracin centralizada, integrada porel Presidente Municipal y algunas unidades

    8 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca, t. XIV,diciembre de 2001, tesis 2a. CCXXV/2001, p. 371; IUS: 188164; Op. cit., tesis2a. CCXXXIV/2001, p. 370; IUS: 188165; Op. cit., t. XV, marzo de 2002, tesis 2a.XVI/2002, p. 430; IUS: 187466.

  • 15Manual del Justiciable

    administrativas, como pueden ser las Direc-ciones de Obras y de Servicios Pblicos. Adems,existe una administracin descentralizada, inte-grada, por ejemplo, por organismos municipalesde agua potable y saneamiento o los SistemasMunicipales para el Desarrollo Integral de laFamilia.

    3. Qu tipos de rganos existen en materia admi-nistrativa?

    Existen diversas clasificaciones de los rganosde la administracin pblica, sin embargo, enatencin a la materia especfica de su compe-tencia, es posible clasificarlos en rganos fiscales,rganos agrarios y rganos administrativos.Cabe sealar que los ltimos tienen a su cargo laatencin de asuntos en materia administrativaque, por exclusin, no pueden incluirse en lasmaterias fiscal o agraria.

    Entre los rganos con facultades en materiafiscal, encontramos: el Tribunal Federal de Justi-cia Fiscal y Administrativa, la Secretara deHacienda y Crdito Pblico, el Servicio de Admi-nistracin Tributaria, el Instituto Mexicano delSeguro Social y el Instituto del Fondo Nacionalde la Vivienda para los Trabajadores.

  • 16 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    Como ejemplo de rganos con facultades enmateria agraria, podemos citar: el Tribunal Supe-rior Agrario, los Tribunales Unitarios Agrarios,la Secretara de la Reforma Agraria, la Procura-dura Agraria y el Registro Agrario Nacional.

    Finalmente, como ejemplos de rganos confacultades en materia administrativa, se puedenmencionar: el Tribunal Federal de Justicia Fiscaly Administrativa que, como su nombre lo indica,tambin tiene facultades para conocer decontroversias en materia estrictamente adminis-trativa, la Secretara de la Funcin Pblica,9 laSecretara de Educacin Pblica, la Secretara deEconoma y la Secretara de Comunicaciones yTransportes.

    4. Quines son los titulares de los rganos dela administracin pblica?

    El titular de un rgano de la administracin p-blica es la persona fsica que tiene atribucionespara la direccin, fiscalizacin y buen funcio-namiento de un rgano pblico, y es a travs dedicha persona que se concreta y exterioriza lavoluntad estatal.

    Para referirse a las personas indicadas se hanutilizado diferentes expresiones, entre ellas:

    9 Antes Secretara de la Contralora y Desarrollo Administrativo. VaseDiario Oficial de la Federacin del 10 de abril de 2003.

  • 17Manual del Justiciable

    empleado gubernamental, autoridad, servidorpblico y funcionario pblico. Sin embargo, eltrmino que resulta adecuado y preciso es el defuncionario pblico, por las siguientes razones:

    (1) Empleado gubernamental. Esta denomina-cin se aplica a quien nicamente inter-viene en la ejecucin de los actos.

    (2) Autoridad. En este caso, autoridad admi-nistrativa es un trmino que tiene tresconnotaciones: (a) el propio poder pblico;(b) la persona que representa a un rganode la administracin; y, (c) el rgano dela administracin.

    (3) Servidor pblico. Este concepto hace refe-rencia a toda aquella persona que desem-pea un empleo, cargo o comisin en elsector pblico, tal como se desprende delo establecido por la Ley Federal de Res-ponsabilidades Administrativas de losServidores Pblicos.10

    (4) Funcionario pblico. Este trmino est refe-rido al servidor pblico que ejerce acti-vidades de mando, decisin y represen-tacin de un rgano gubernamental.11

    10 Vase el captulo de la Responsabilidad Administrativa de los ServidoresPblicos de esta obra.

    11 HERNNDEZ ESPNDOLA, Olga y QUIROZ ACOSTA, Enrique, voz"funcionarios pblicos", en Enciclopedia jurdica mexicana, t. IV, Mxico, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurdicas/Editorial Porra, 2002, pp. 169-174.

  • 18 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    5. Qu es la competencia?

    La competencia es el conjunto de facultades atri-buidas a un rgano administrativo o a un funcio-nario pblico por un ordenamiento legal, pararealizar determinadas funciones o actos jurdicos.

    La distribucin de competencias obedece auna divisin del trabajo de los rganos y puedeclasificarse en varios tipos: territorial, por mate-ria, por grado o jerarqua y por cuanta.

    6. Qu es la delegacin de facultades?

    Es el acto jurdico por medio del cual, un rganoadministrativo transmite parte de sus facultadesa otro rgano de inferior nivel jerrquico.

    La delegacin de facultades slo podr efec-tuarse en los casos y bajo las condiciones queestablezca la ley respectiva.

    7. Qu es la avocacin?

    En materia administrativa, la avocacin es lafigura a travs de la cual, un rgano jerrquica-mente superior, ejerce las facultades que le-galmente o por delegacin le fueron conferidasa uno inferior.

  • 19Manual del Justiciable

    Algunos autores consideran que una vez dele-gada una facultad, el superior jerrquico no puedeejercerla, por lo que, para evitar esa situacin, enel acuerdo en que se delegue, se deber indicarque el superior se reserva la facultad de atraerpara s el conocimiento de los asuntos.

  • Administracin pblica

    RGANOSAUTNOMOS

    ADMINISTRACINPBLICA

    CENTRALIZADA

    ADMINISTRACINPBLICA

    DESCENTRALIZADA

    O PARAESTATAL

    Banco de Mxico Presidente de laRepblica

    Instituto FederalElectoral

    Consejerajurdica de lapresidencia

    PetrleosMexicanos

    ComisinNacional de los

    DerechosHumanos

    Subsecretara deEstado

    InstitutoMexicano delSeguro Social

    ComisinFederal de

    Electricidad

    Actividad que realizan los rganos del Estado para laconsecucin de fines especficos

  • 1. Qu es un acto administrativo?

    Es la manifestacin unilateral de la voluntad deun rgano administrativo competente, encami-nada a crear, reconocer, modificar, transmitir, de-clarar o extinguir derechos u obligaciones.12

    Como ejemplos de actos administrativos sepueden mencionar los permisos, las licencias, lasautorizaciones, las clausuras, las certificacio-nes, las expropiaciones, los registros, etctera.

    2. Qu elementos debe reunir un acto adminis-trativo?

    Segn la doctrina13 y la Ley Federal de Proce-dimiento Administrativo, los elementos que debereunir un acto administrativo son:

    EL ACTO ADMINISTRATIVO

    III

    12 ACOSTA ROMERO, Miguel, Teora general del derecho administrativo, primercurso, 12a. ed., Mxico, Editorial Porra, 1995, p. 143.

    13 FRAGA, Gabino, Derecho administrativo, 41a. ed., Mxico, Editorial Porra,2001, p. 267 y ss.

    21

  • 22 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    (1) Sujeto. Debe ser expedido por rgano com-petente a travs de un servidor pblicoy, en caso de que dicho rgano fuere cole-giado, debe reunir las formalidades de laley o decreto para emitirlo.

    (2) Voluntad. Debe ser expedido libre de errorrespecto a la identificacin del expedien-te, documentos o nombre completo de laspersonas, y sin que medie dolo o violenciaen su emisin.

    (3) Objeto. Debe tener por objeto uno quepueda ser materia del acto; determinadoo determinable; preciso en cuanto a lascircunstancias de tiempo y lugar, y pre-visto por la ley.

    (4) Motivo. El acto administrativo debe estarfundado y motivado, es decir, la autori-dad administrativa debe citar de maneraespecfica la ley exactamente aplicable alcaso, as como expresar las circunstan-cias especiales, razones particulares o cau-sas inmediatas que se hayan tenido enconsideracin para emitir el acto y la ade-cuacin entre los motivos aducidos y lasnormas aplicables. Cabe sealar que, conrespecto a la fundamentacin, la SupremaCorte de Justicia de la Nacin establecique no es necesario que las autoridadesadministrativas citen la jurisprudenciaaplicable al caso, aun cuando sta declarela inconstitucionalidad de una ley, ya que,

  • 23Manual del Justiciable

    de conformidad con los artculos 94, p-rrafo octavo, de la Constitucin Polticade los Estados Unidos Mexicanos, as como192 y 193 de la Ley de Amparo, la juris-prudencia solamente obliga a los rganosjurisdiccionales.14

    (5) Fin. El acto administrativo debe cumplircon la finalidad del inters pblico, regu-lado por las normas en que se concreta,sin que puedan perseguirse otros finesdistintos.

    (6) Forma. Debe constar por escrito y con lafirma autgrafa de la autoridad que lo expi-da, salvo en aquellos casos en que la leyautorice otra forma de expedicin.

    3. Qu efectos tiene un acto administrativo?

    Son mltiples los efectos que puede producir unacto administrativo; sin embargo, de la teorapuede desprenderse, entre otras, una clasifica-cin general que atiende a los efectos en relacincon los particulares y a los efectos respecto de laadministracin pblica.15

    En relacin con los particulares, los efectos delacto administrativo son la creacin, modificacin,

    14 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca, Segunda Sala,t. XV, mayo de 2001, tesis 2a./J. 38/2002, p. 175; IUS: 186921.

    15 ACOSTA, Op. cit., p. 777; FRAGA, Op. cit., p. 275 y ss.

  • 24 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    transmisin, declaracin o extincin de derechosy obligaciones. Como ejemplo puede mencio-narse el pago de una pensin a un jubilado.El efecto para el particular ser la determinacinde su monto, pues ello implica la creacin o deter-minacin de un derecho a favor de ste.

    Respecto al rgano administrativo, los efectosdel acto administrativo consisten en la realiza-cin misma de la actividad encomendada alrgano de la administracin pblica. En el ejem-plo de la pensin, el efecto para la administracinser el pago de sta.

    Debe sealarse que la autoridad, en atencina su competencia, est obligada a observar losrequisitos que las normas establecen para el actoadministrativo. Lo anterior responde al principiode legalidad, que se traduce en que las autori-dades slo pueden hacer lo que la ley les permite.As, por ejemplo, un acto administrativo sernulificado o anulado si lo realiza una autoridadincompetente.

    4. Cmo se ejecuta un acto administrativo?

    Existen actos administrativos que entraan eje-cucin automtica,16 es decir, con el hecho de

    16 FRAGA, Op. cit., p. 281 y ss.

  • 25Manual del Justiciable

    que la autoridad cumpla determinados requisi-tos para su emisin, el acto se considera ejecuta-do, como ocurre, por ejemplo, en el caso de unregistro.

    Sin embargo, cuando el acto administrativoimpone a los particulares alguna obligacin o lesproduce o puede producir alguna afectacin ensu esfera jurdica, se pueden presentar dos su-puestos:

    (1) que el acto se obedezca voluntariamentepor el particular;

    (2) que no se obedezca voluntariamente.

    Frente a este ltimo supuesto, para evitar quela obligacin quede incumplida, el Estado puedellevar a cabo, de acuerdo con la situacin con-creta, las siguientes acciones:

    (1) La ejecucin directa, con lo que sustitu-ye al particular en el cumplimiento de laobligacin. Ejemplo: una clausura.

    (2) La imposicin de una sancin, para com-peler al particular al cumplimiento.Ejemplo: la imposicin de una multa.

    (3) La coaccin fsica, que se ejecuta en la per-sona del particular. Ejemplo: la aplicacinforzosa de una medida sanitaria cuandose presenta una epidemia.17

    17 FRAGA, Op. cit., p. 290 y ss.

  • 26 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    5. Cmo puede extinguirse un acto adminis-trativo?

    El acto administrativo se extingue de pleno dere-cho, por las siguientes causas:

    (1) Cumplimiento de su finalidad.(2) Prescripcin o caducidad.(3) Cuando la formacin del acto administra-

    tivo est sujeta a una condicin o trminosuspensivo18 y ste no se realice dentro delplazo sealado en el propio acto.

    (4) Acaecimiento de una condicin resolu-toria.19

    (5) Renuncia del interesado, cuando el actohubiere sido dictado en exclusivo bene-ficio de ste y su extincin no sea en per-juicio del inters pblico.

    (6) Por revocacin, cuando as lo exija el inte-rs pblico, de acuerdo con la ley de lamateria.

    El acto administrativo que se extingue deja deproducir efectos jurdicos, lo que puede resultardaoso para un particular que, en virtud del acto,hubiera adquirido un derecho. La revocacin,

    18 La condicin suspensiva es una modalidad de las obligaciones que implicala realizacin de un acontecimiento futuro e incierto del que depende la exis-tencia de una obligacin. El trmino suspensivo es tambin una modalidad delas obligaciones que implica la realizacin de un acontecimiento futuro y ciertodel que depende la eficacia de una obligacin.

    19 La condicin resolutoria es una modalidad de las obligaciones que implicala realizacin de un acontecimiento futuro e incierto del que depende laresolucin destruccin de una obligacin.

  • 27Manual del Justiciable

    por ejemplo, procede slo si la autoridad tienefacultades para determinarla; en tal caso, si unaautoridad incompetente extingue un acto al revo-carlo, el particular afectado puede recurrir a lostribunales administrativos o a los federales deamparo para solicitar una reparacin.

    6. Qu es el procedimiento administrativo?

    Es el conjunto de formalidades y actos que, demanera directa o indirecta, determinan los requi-sitos que preceden al acto administrativo, paraque ste sea vlido y cumpla un fin especfico.20

    La regulacin de este procedimiento no est uni-ficada. Depende de la materia de que se trate; as,por ejemplo, tanto la Ley Federal de Proce-dimiento Administrativo como el Cdigo Fiscalde la Federacin prevn procedimientos deeste tipo.

    7. Qu son las infracciones administrativas?

    La infraccin administrativa es una transgresino violacin a las normas administrativas y queamerita una sancin de la misma naturaleza.

    20 FRAGA, Gabino, Op. cit., p. 255; NAVA NEGRETE, Alfonso y QUIROZACOSTA, Enrique, voz "procedimiento administrativo", en INSTITUTO DEINVESTIGACIONES JURDICAS, Nuevo diccionario jurdico mexicano, t. IV,Mxico, Instituto de Investigaciones Jurdicas-UNAM/Editorial Porra, 2001,pp. 3045-3047.

  • 28 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    Como un ejemplo se puede citar la infraccin ala Ley Federal de Radio y Televisin, consisten-te en la emisin no autorizada de los textos deanuncios o propaganda comerciales que requie-ran previamente la aprobacin oficial.

    Efectos delacto administrativo

    En relacin conlos particulares

    Creacin, modificacin,declaracin o extincin

    de derechos yobligaciones

    Realizacin de laactividad

    encomendada alrgano de la

    administracin pblica

    En relacin conel rgano

    administrativo

  • 1. Qu derechos y obligaciones tienen los par-ticulares frente a la administracin pblica?

    Las diversas normas constitucionales y legalesestablecen en favor de los particulares una seriede derechos frente a la administracin pblica.Asimismo, esas disposiciones imponen a los par-ticulares diversas obligaciones de carcter pbli-co. En ambos casos, es muy extenso el nmerode derechos y obligaciones que existen; sinembargo, en trminos generales, respecto a losderechos de los particulares frente a la admi-nistracin pblica, la doctrina21 utiliza, entre otras,la siguiente clasificacin:

    (1) Derechos de los administrados al funcio-namiento de la administracin y a las presta-ciones de los servicios administrativos. Como

    LOS PARTICULARES FRENTE A LAADMINISTRACIN

    IV

    21 FRAGA, Op. cit., p. 417 y ss.

    29

  • 30 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    ejemplo se pueden mencionar los servi-cios de correo, telgrafo, registro civil,registro pblico de la propiedad y delcomercio, concesiones, licencias, permi-sos, autorizaciones y todo tipo de servi-cios pblicos. Algunas veces, la autoridadest obligada por alguna ley, previo cum-plimiento de determinados requisitos, ala prestacin de algn servicio, mientrasque, en otros casos, la autoridad tiene unafacultad discrecional para otorgarlo o no,como ocurre en el caso de las concesiones.

    (2) Derechos de los administrados a la legali-dad de los actos de la administracin. En estesentido, el artculo 16 de la ConstitucinFederal establece que nadie puede ser mo-lestado en su persona, familia, domicilio,papeles o posesiones, sino en virtud demandamiento escrito de la autoridad com-petente, que funde y motive la causa legaldel procedimiento.

    (3) Derechos de los administrados a la repara-cin de los daos causados por el funcionamientode la administracin. En este caso, el CdigoCivil Federal dispone que el Estado tienela obligacin de responder del pago de losdaos y perjuicios causados por sus ser-vidores pblicos con motivo del ejerciciode las atribuciones que les estn encomen-dadas. Por su parte, la Ley Federal de Res-ponsabilidades Administrativas de los

  • 31Manual del Justiciable

    Servidores Pblicos establece que cuandoen el procedimiento administrativo disci-plinario se haya determinado la respon-sabilidad del servidor pblico y ste hayacausado daos o perjuicios a los particu-lares, stos podrn acudir ante la Secre-tara o el contralor interno respectivo paraque elaboren el dictamen correspondienteque comunicarn a la dependencia oentidad en la que el infractor se encuentreadscrito, para que stas , si as lo determi-nan, reconozcan la responsabilidad deindemnizar la reparacin de los daos yperjuicios en cantidad lquida y ordenarsu pago, sin necesidad de que acudan antela instancia judicial o cualquier otra.

    Respecto a las obligaciones de los particularesfrente a la administracin pblica, existe, entreotras, la siguiente clasificacin:

    (1) Las que afectan al individuo en su persona.stas pueden consistir en la prestacindel servicio militar; hacer que los hijosconcurran a las escuelas para obtenereducacin primaria, secundaria y militar;alistarse y servir en la Guardia Nacional;asistir al Ayuntamiento del lugar en queresidan para recibir instruccin cvica ymilitar; inscribirse en el catastro de sulocalidad, manifestando la propiedad

  • 32 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    que tengan, la industria, profesin otrabajo de que subsistan; votar en laselecciones, etctera.

    (2) Las que afectan al individuo en sus propieda-des. Como ejemplo de estas obligacionesencontramos el pago de impuestos y dere-chos; la obtencin de permisos, licenciaso autorizaciones para el desarrollo de acti-vidades comerciales e industriales; laobligacin de abstenerse de desarrollar cier-tas actividades industriales o comerciales,etctera.

    2. Qu es el derecho de peticin?

    Es un derecho pblico subjetivo del gobernadofrente a la autoridad administrativa para que, ensu calidad de ente del gobierno, d contestacinpor escrito y en breve trmino a la peticin que,en forma escrita, pacfica y respetuosa, hayaformulado el justiciable, de conformidad con lagaranta individual prescrita por el artculo8o. de la Constitucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos.

    3. Qu es el silencio administrativo?

    Es la ausencia de contestacin de la autoridadadministrativa a una peticin formulada porescrito y en forma pacfica por un particular.

  • 33Manual del Justiciable

    Se trata de la abstencin de la autoridad admi-nistrativa que implica un incumplimiento dela obligacin que le impone el artculo 8o. de laConstitucin Federal, el cual establece, en lo con-ducente, que: "Los funcionarios y empleadospblicos respetarn el ejercicio del derecho depeticin, siempre que sta se formule por escri-to, de manera pacfica y respetuosa A todapeticin deber recaer un acuerdo escrito de laautoridad a quien se haya dirigido, la cual tieneobligacin de hacerlo conocer en breve trminoal peticionario."

    Este silencio administrativo puede tener lossiguientes efectos jurdicos, segn la ley espec-fica que regule el caso:

    (1) Que dicho silencio se equipare a una reso-lucin favorable al particular.

    (2) Que equivalga a una resolucin negativapor parte de la autoridad.

    (3) Que no implique resolucin alguna y seanecesario que el particular promuevaalgn medio de defensa, como puede serel juicio de amparo en contra de la vio-lacin del derecho de peticin, a efecto deobtener una resolucin, que puede serfavorable o no a sus intereses.22

    22 NAVA NEGRETE, Alfonso, voz "silencio administrativo", en Diccionariojurdico mexicano, Op. cit., t. P-Z, pp. 2917-2918; FRAGA, Op. cit., pp. 272-273.

  • 34 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    4. Qu es la negativa ficta?

    Es la figura que tiene por objeto evitar que elparticular que formul una solicitud, peticin oinstancia por escrito, resulte afectado en su esferajurdica, ante el silencio de la autoridad que, con-forme a la ley, deba emitir la resolucin corres-pondiente y que consiste en que, cuando hayatranscurrido un determinado tiempo desde lafecha en que se hizo la solicitud o peticin, yla autoridad no da contestacin, existe la pre-suncin legal de que su decisin es en sentidonegativo para el solicitante o peticionario.

    A partir de ese momento, el justiciable tienederecho a iniciar los recursos y ejercer las accio-nes que tenga a su favor.

    Un ejemplo del funcionamiento de esta figuralo encontramos en la Ley Federal de Proce-dimiento Administrativo, que dispone que laautoridad tiene un plazo de tres meses pararesolver lo que corresponda, por lo que, trans-currido ese plazo, se entendern las resolucionesadministrativas en sentido negativo al promo-vente, a menos que en otra disposicin legal oadministrativa de carcter general se prevealo contrario.

    5. Qu es la afirmativa ficta?

    Es la figura jurdica que tiene por objeto evitarque el particular que formul una solicitud, peti-

  • 35Manual del Justiciable

    cin o instancia por escrito, resulte afectado ensu esfera jurdica ante el silencio de la autoridadadministrativa que, conforme a la ley, deba emitirla resolucin correspondiente y que consiste enque, cuando haya transcurrido un determinadotiempo desde la fecha en que se hizo la solicitudo peticin y la autoridad no da contestacin,existe la presuncin legal de que su decisin esen sentido positivo para el solicitante o peticio-nario.

    Para que se actualice esta figura debe estarcontenida expresamente en la ley, tal como ocurreen el artculo 366 de la Ley Federal del Trabajo, encuanto al registro de sindicatos ante la Secretaradel Trabajo y Previsin Social.

  • 1. Qu es la justicia administrativa?

    "Es el procedimiento que se sigue ante un tribu-nal u organismo jurisdiccional situado dentro delPoder Ejecutivo o del Judicial, con el objeto deresolver, de manera imparcial e imperativa, lascontroversias entre los particulares y la adminis-tracin publica."23

    2. En qu consiste la revocacin de un acto admi-nistrativo?

    La palabra revocacin proviene del verbo latinorevocare, que significa dejar sin efecto una con-cesin, un mandato o una resolucin, hacerretroceder ciertas cosas. Tambin es la anulacin,sustitucin o enmienda de orden o fallo por auto-ridad distinta de la que haba resuelto.24

    JUSTICIA ADMINISTRATIVA

    V

    37

    23 FIX-ZAMUDIO, Hctor y FIX-FIERRO, Hctor, voz "contencioso adminis-trativo", en INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURDICAS, Op. cit., t. I, p. 822.

    24 REAL ACADEMIA, Op. cit., voces "revocacin" y "revocar", p. 1794.

  • 38 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    La revocacin es considerada como una de lasformas de terminacin o extincin de los actosadministrativos. Es un acto unilateral de la auto-ridad que deja sin efectos, total o parcialmente,un acto vlido y eficaz, por motivos de interspblico.

    3. En qu consiste la nulidad de un acto admi-nistrativo?

    La nulidad de un acto administrativo es el efectojurdico que produce la omisin o irregularidaden los elementos y requisitos de validez del acto,que exige la ley administrativa de la materiade que se trate, segn sea el caso.

    La nulidad del acto se debe declarar por elsuperior jerrquico de la autoridad administra-tiva que lo haya emitido; el acto declarado jur-dicamente nulo es invlido y no se presumelegtimo ni ejecutable; su declaracin producirefectos retroactivos y ser subsanable, sin per-juicio de que pueda expedirse un nuevo acto. Losparticulares no tendrn obligacin de cumplirloy los servidores pblicos debern hacer constarsu oposicin a ejecutar el acto, por lo que debenfundar y motivar su negativa. Un ejemplo sepresenta cuando en un decreto expropiatorio,no es determinado el inmueble o predio de laexpropiacin.

  • 39Manual del Justiciable

    4. En qu consiste la anulabilidad de un actoadministrativo?

    La anulabilidad de un acto administrativo es, aligual que la nulidad, el efecto jurdico que pro-duce la omisin o irregularidad en ciertos ele-mentos y requisitos de validez del acto que exigela ley administrativa de la materia de que setrate, segn sea el caso. Sin embargo, el actosusceptible de ser declarado anulable, en primertrmino es considerado vlido, goza de la pre-suncin de legitimidad y ejecutividad, es decir,que tanto el servidor pblico como el justiciabletienen la obligacin de cumplirlo; y es subsana-ble por los rganos administrativos mediante elcumplimiento cabal de los requisitos exigidospor el ordenamiento jurdico para la validez yeficacia del acto. Un ejemplo de lo anterior sepresenta cuando hay un error en la persona aquien se dirige el acto administrativo.

    5. Qu son los recursos administrativos?

    Gramaticalmente, la palabra recurso tiene, entreotras connotaciones, la de "accin que concedela ley al interesado en un juicio o en otro pro-cedimiento para reclamar contra las resolucio-nes, ora ante la autoridad que las dict, ora antealguna otra".25

    25 Ibdem, voces "recurso" y "recurrir", p. 1746.

  • 40 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    En materia administrativa se trata de un mediode defensa de que dispone el particular afec-tado en sus derechos por un acto de autoridadadministrativa, para que la misma autoridad oel superior jerrquico de sta revise el acto, a finde que lo revoque, lo modifique o lo anule, encaso de que se demuestre su ilegalidad.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nacin hasealado que el recurso administrativo no implicala realizacin de una funcin jurisdiccional, entanto que en l no existe un rgano independienteante el que se dirima una controversia, sino quese trata de un mero control interno de legalidadde la propia administracin responsable de losactos impugnados, en ejercicio de un control jur-dico que tiende ms a la eficacia de su actuacin,que es de orden pblico, que a la tutela de losintereses particulares.

    Asimismo, ha establecido que los recursos ensede administrativa implican una funcin admi-nistrativa, pues no existe una verdadera contien-da, ya que para ello sera indispensable que laspretensiones de la administracin pblica fuerancontradictorias con las del particular, lo que nosucede, toda vez que, hasta en tanto no se agotela va administrativa, no podr afirmarse que laadministracin sostiene un punto de contradic-cin con el particular.26

    26 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca, Segunda Sala,t. XV, mayo de 2002, tesis 2a. LII/2002, p. 304; IUS: 186875.

  • 41Manual del Justiciable

    6. Cules son las causas por las que puede inter-ponerse un recurso administrativo?

    Cuando el justiciable se considere afectado poractos y resoluciones de las autoridades adminis-trativas que estime ilegales y que pongan fin alprocedimiento administrativo, a una instancia oresuelvan un expediente, podr interponer el re-curso administrativo dispuesto para regularizarel acto administrativo.

    7. Cules son los recursos administrativos quecon mayor frecuencia se presentan?

    Ha proliferado en la legislacin un gran nmerode recursos administrativos con diversas denomi-naciones y objeto, segn la materia de que se trate.Ahora bien, a partir de 1995 ha estado vigente laLey Federal de Procedimiento Administrativo,que prev un recurso de revisin que ha dero-gado los que contemplaban otras leyes adminis-trativas. El ordenamiento sealado no es aplicablea las materias fiscal y de responsabilidades delos servidores pblicos, entre otras. Por tanto, losrecursos que con mayor frecuencia se promuevenen el mbito federal son:

    (1) El recurso de revocacin previsto por el CdigoFiscal de la Federacin. Puede interponerseen contra de resoluciones definitivas dic-tadas por autoridades fiscales federales

  • 42 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    que determinen contribuciones, acceso-rios o aprovechamientos o nieguen ladevolucin de cantidades que procedanconforme a la ley y las que dicten las auto-ridades aduaneras.

    (2) El recurso de revocacin previsto por la LeyFederal de Responsabilidades Administrativasde los Servidores Pblicos. Es un recurso decarcter optativo que procede en contrade las resoluciones que sobre responsa-bilidades administrativas dicte la Secre-tara de la Funcin Pblica, los contraloresinternos y los titulares de las reas deauditora, de quejas y de responsabilida-des de los rganos internos de control delas dependencias y entidades de la Admi-nistracin Pblica Federal y la Procura-dura General de la Repblica.

    (3) El recurso de revisin previsto por la Ley Fede-ral de Procedimiento Administrativo. Proce-de en contra de los actos y resoluciones delas autoridades administrativas, tanto de laadministracin pblica federal centrali-zada, como de los organismos descentra-lizados, que pongan fin al procedimientoadministrativo, a una instancia o resuel-van un expediente.

    En el mbito local existen tambin diversosrecursos, cuyos nombres varan segn la entidad

  • 43Manual del Justiciable

    federativa y el supuesto que se trate, entre ellos,el de revocacin y el de inconformidad. stos seencuentran contemplados en diversas leyeslocales, como pueden ser cdigos financieros,cdigos fiscales, cdigos de procedimientos admi-nistrativos, leyes de justicia administrativa,etctera. Generalmente proceden en contra deresoluciones administrativas o fiscales, as comode actos administrativos y fiscales de trmite queafecten derechos de particulares.

    8. Cules son los elementos que deben actuali-zarse para promover un recurso administrativo?

    Los elementos27 que deben actualizarse para queun particular pueda promover un recurso son:

    (1) Que el recurso se encuentre contempladoen algn ordenamiento.

    (2) Que exista una resolucin administra-tiva que sea definitiva, que sea personaly concreta, que cause un agravio, queconste por escrito excepto cuando setrate de una negativa ficta y que no hayasido objeto de otro recurso o de algnjuicio.

    27 MARGAIN Emilio, El recurso administrativo en Mxico, 3a. ed., Mxico,Editorial Porra, 1995, p. 49 y ss; RODRGUEZ LOBATO, Ral, Derecho fiscal,2a. ed., Mxico, Editorial Oxford University Press, 1999, p. 249 y ss.

  • 44 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    9. Cules son las formalidades que deben cum-plirse para promover un recurso administrativo?

    Las formalidades28 que deben cumplirse parapoder promover un recurso administrativo son:

    (1) Debe presentarse por escrito. En el escritorespectivo debe incluirse: el nombre delpromovente, su domicilio en el caso dela materia fiscal, debe ser el domiciliofiscal del contribuyente, el nombre de lapersona o personas autorizadas para ory recibir notificaciones, la precisin de laautoridad a la que se dirige el recurso,la mencin del recurso de que se trata, elacto impugnado y la autoridad responsa-ble, la relacin de los hechos, la expresinde agravios, la relacin de las pruebas quese ofrecen, los puntos petitorios y la firmadel promovente.

    (2) Se debe adjuntar el documento en queconste el acto impugnado.

    (3) Debe acompaarse la constancia de notifi-cacin del acto impugnado, en el caso deque se cuente con ella.

    (4) Deben adjuntarse las pruebas que setengan.

    (5) El escrito del recurso y sus anexos debe-rn presentarse dentro del trmino queestablezca la ley que lo regule.

    28 dem.

  • 45Manual del Justiciable

    10. Cules son los efectos de la interposicinde un recurso administrativo?

    Entre los efectos ms importantes se encuentran:

    (1) Suspender la ejecucin del acto, siempre ycuando dicha medida se encuentre previs-ta en la ley que regule el recurso y, entreotros requisitos, el particular la solicite.

    (2) Establecer la obligacin para la autoridadde dejar sin efectos los actos administrati-vos cuando advierta una ilegalidad mani-fiesta, aun cuando los agravios sean in-suficientes.

    (3) Establecer la improcedencia de cualquierotro recurso y aun del juicio contenciosoadministrativo, hasta que se resuelva elrecurso interpuesto.

    11. Qu pruebas se pueden ofrecer en un recursoadministrativo?

    El tipo de pruebas que se pueden ofrecer en cadarecurso vara de conformidad con la ley que loregula; sin embargo, en el caso de la Ley Federalde Procedimiento Administrativo, son admisiblestoda clase de pruebas, excepto la confesional delas autoridades. No se considera comprendidaen esta prohibicin la peticin de informes a lasautoridades administrativas, respecto de hechos

  • 46 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    que consten en sus expedientes o de documen-tos agregados a ellos.

    Slo pueden rechazarse las pruebas propues-tas por los interesados cuando no fuesen ofre-cidas conforme a derecho, no tengan relacin conel fondo del asunto, sean improcedentes e inne-cesarias o contrarias a la moral y al derecho. Talresolucin deber estar debidamente fundada ymotivada.

    En el caso del recurso de revocacin en materiafiscal, previsto por el Cdigo Fiscal de la Federa-cin, son admisibles todas las pruebas, excepto latestimonial y la confesional a cargo de las autori-dades, mediante absolucin de posiciones.

    12. Cules son los requisitos que debe cumplirla resolucin que ponga fin a un recurso admi-nistrativo?

    Las resoluciones de los recursos administrativosconstituyen actos administrativos, por lo quedeben cumplir con los requisitos establecidospara stos. Entre otros, deben estar fundados ymotivados, mencionar todas las causales de ile-galidad expuestas por el recurrente frente al actoimpugnado y sealar su procedencia o improce-dencia; debern examinar todas las pruebas ofreci-das y presentadas por las partes; encargarse que

  • 47Manual del Justiciable

    no se omita alguna circunstancia de la litis, y emi-tirse por autoridad competente.

    13. En qu sentidos puede la autoridad resolverun recurso?

    La autoridad encargada de resolver el recursopodr:

    (1) Desecharlo por improcedente.(2) Sobreseerlo.(3) Confirmar el acto impugnado.(4) Declarar la inexistencia, nulidad o anulabi-

    lidad del acto impugnado.(5) Revocar, total o parcialmente, el acto admi-

    nistrativo.(6) Modificar u ordenar la modificacin del

    acto impugnado o dictar u ordenar expe-dir uno nuevo que lo sustituya, cuandoel recurso interpuesto sea total o parcial-mente resuelto a favor del recurrente.

  • JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

    EMPLAZAMIENTONO

    CONTESTACIN

    AMPLIACINDE LA

    DEMANDA

    CONTESTACINDE LA

    AMPLIACIN

    ADMISIN DE LADEMANDA

    PREVENCIN

    INCOMPLETA COMPLETA

    DEMANDA

    ALEGATOS

    DESAHOGO DEPRUEBAS

    SENTENCIA

    CIERRE DEINSTRUCCIN

    CONTESTACIN

    ADMISIN DEPRUEBAS

  • 49Manual del Justiciable

    14. Qu es un juicio contencioso adminis-trativo?

    Es un proceso que se lleva a cabo ante un tribunalespecializado, como puede ser el Tribunal Fede-ral de Justicia Fiscal y Administrativa o un Tri-bunal de lo Contencioso Administrativo en elmbito local, por virtud del cual se resuelven lascontroversias suscitadas entre la administracinpblica y un particular afectado en sus derechos,por actos o resoluciones definitivas de la primera.

    El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-nistrativa, as como la mayora de los Tribunalesde lo Contencioso Administrativo, no forman par-te del Poder Judicial; no obstante, las funcionesque realizan son materialmente jurisdiccionales.

    Por otro lado, la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos, en su artculo 116,dispone que las constituciones y leyes de losEstados podrn instituir Tribunales de lo Con-tencioso Administrativo. Sin embargo, no entodas las entidades federativas han sido creadosestos tribunales y su competencia, organiza-cin, estructura y denominacin, pueden variarenormemente de un Estado a otro. Por ejemplo,existen Tribunales de lo Contencioso Adminis-trativo en Aguascalientes, Baja California, Coli-ma, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Estado de

  • 50 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    Mxico, Morelos, Nuevo Len, Quertaro, SanLuis Potos, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruzy Yucatn; mientras que en Tamaulipas existe unTribunal Fiscal y en los Estados de Campeche,Chiapas y Quintana Roo, la facultad para resol-ver los conflictos en materia administrativacorresponde a Salas y Juzgados de los respecti-vos Tribunales Superiores de Justicia, es decir, arganos del Poder Judicial local.

    Con relacin al Distrito Federal, el artculo 122de la Constitucin Federal dispone expresamenteel establecimiento de un Tribunal de lo Conten-cioso Administrativo, el cual funciona como taldesde el ao de 1971.

    15. Cules son las causas por las que puede ini-ciarse un juicio contencioso administrativo?

    En trminos generales, el juicio contencioso admi-nistrativo fue instaurado para la proteccin delos derechos de los particulares frente a la admi-nistracin pblica. Por ejemplo, el Tribunal Federalde Justicia Fiscal y Administrativa conoce deaquellos juicios que se entablen en contra de lassiguientes resoluciones definitivas: las dicta-das por autoridades fiscales federales y organis-mos fiscales autnomos, en que se determine laexistencia de una obligacin fiscal, se fije encantidad lquida o se den las bases para su liqui-

  • 51Manual del Justiciable

    dacin; las que nieguen la devolucin de uningreso, de los regulados por el Cdigo Fiscalde la Federacin, indebidamente percibido porel Estado o cuya devolucin proceda de con-formidad con las leyes fiscales; las que imponganmultas por infraccin a las normas adminis-trativas federales o las dictadas por las autori-dades administrativas que pongan fin a unprocedimiento administrativo, a una instancia oresuelvan un expediente, en los trminos de laLey Federal de Procedimiento Administrativo.

    16. Qu ordenamientos regulan al juicio conten-cioso administrativo?

    En el mbito federal, en primer lugar se encuen-tra el Cdigo Fiscal de la Federacin, que esta-blece ante qu tribunal ha de interponerse estejuicio, as como las disposiciones que regulan lasustanciacin del juicio contencioso adminis-trativo. Como legislacin supletoria se aplica elCdigo Federal de Procedimientos Civiles.

    Por lo que toca a la estructura y distribucin defacultades del tribunal competente para conocerdel contencioso administrativo, debe atendersea lo previsto por la Ley Orgnica del TribunalFederal de Justicia Fiscal y Administrativa.

    En el mbito local, la mayora de las entidadesfederativas han expedido diversas leyes y cdi-

  • 52 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    gos donde se regulan los respectivos juicios de locontencioso administrativo de carcter local.

    17. Es obligatorio interponer un recurso admi-nistrativo antes de iniciar un juicio contenciosoadministrativo?

    No en todos los casos, ya que para que la inter-posicin de un recurso de manera previa aljuicio contencioso administrativo sea obligatoria,tendra que expresarse as en la ley de la mate-ria, como ocurre en el caso de la Ley de ComercioExterior, que seala que debe agotarse el recursoantes de promover el juicio ante el Tribunal Fede-ral de Justicia Fiscal y Administrativa.

    18. Quines intervienen en el proceso?

    En el proceso ante el Tribunal Federal de JusticiaFiscal y Administrativa intervienen:

    (1) El demandante.(2) El demandado la autoridad que haya

    dictado la resolucin y los particularesbeneficiados con ella.

    (3) El titular de la dependencia de la cualdependa la autoridad demandada.

    (4) El tercero o terceros que tenga un intersincompatible con el demandante.

  • 53Manual del Justiciable

    19. Cules son los requisitos que debe cumpliruna demanda?

    El escrito de demanda debe comprender, por lomenos:

    (1) El nombre del demandante y su domiciliopara recibir notificaciones en la sede dela Sala Regional competente.

    (2) La resolucin que se impugna.(3) La autoridad o autoridades demandadas

    o el nombre y domicilio del particulardemandado, cuando el juicio sea promo-vido por la autoridad administrativa.

    (4) Los hechos que den motivo a la demanda.(5) Las pruebas que ofrezca. En caso de que

    se ofrezca prueba pericial o testimonial, seprecisarn los hechos sobre los que debanversar y sealarn los nombres y domici-lios del perito o de los testigos.

    (6) Los conceptos de impugnacin.(7) El nombre y domicilio del tercero intere-

    sado, cuando lo haya.(8) Lo que se pida y sealar, en caso de solici-

    tar una sentencia de condena, las canti-dades o actos cuyo cumplimiento se de-manda.

    20. Qu ocurre si se omite cumplir alguno delos requisitos establecidos para la demanda?

    Cuando se omite el nombre del demandante, o laprecisin de la resolucin que se impugna o los

  • 54 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    conceptos de impugnacin, el tribunal desechapor improcedente la demanda interpuesta.

    Si se omite cualquiera de los dems datos, eltribunal requiere al promovente para que losseale dentro del trmino de cinco das, con elapercibimiento que de no hacerlo en tiempose tendr por no presentada la demanda o por noofrecidas las pruebas, segn corresponda.

    21. Cules son los efectos de la presentacin dela demanda?

    Entre los efectos ms sobresalientes pueden men-cionarse los siguientes:

    (1) El reconocimiento, por parte del deman-dante, de la competencia territorial del tri-bunal ante el cual present el escritoinicial.

    (2) La obligacin del demandante de ofrecer,dentro del escrito de demanda, las prue-bas que estime pertinentes, presentar losdocumentos que se tengan y los cuestio-narios que deban desahogar los peritos ylos testigos, si se ofrecen las pruebas peri-cial y testimonial, bajo pena de tenersepor no ofrecidas en tiempo y forma. Idn-tica obligacin tendrn las dems partesdentro del juicio.

  • 55Manual del Justiciable

    (3) La imposibilidad de iniciar un nuevo pro-ceso sobre el mismo litigio ante el mismotribunal o ante tribunal diverso.

    (4) La suspensin del plazo para que se con-sume la caducidad de las facultades delas autoridades fiscales, caso en el cualse reiniciar el cmputo una vez fallado ellitigio.

    (5) La suspensin de los efectos jurdicos quedimanen de una resolucin de autoridadadministrativa, si sta tiene carctermeramente declarativo, entre tanto sedicta sentencia.

    (6) Facultar al demandante para solicitar lasuspensin del acto impugnado, cuandolleve aparejado un principio de ejecucinsobre sus bienes, siempre que garanticeel importe de las cantidades que en sucaso se le exijan.

    (7) Admitida la demanda, se corre trasladode ella al demandado, a quien se emplazapara que la conteste.

    22. Qu plazo tiene el demandado para contes-tar la demanda?

    Debe emitir su contestacin dentro de los cuaren-ta y cinco das siguientes a aquel en que surtaefectos el emplazamiento.

  • 56 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    23. En qu casos se puede ampliar la demanda?

    En algunos casos, tal como en el contempladopor el Cdigo Fiscal de la Federacin, es posibleampliar la demanda. Para ello, debe concurriralguno de los siguientes supuestos:

    (1) Que se impugne una negativa ficta.(2) Que sea contra el acto del que derive el que

    se impugna en la demanda, as como sunotificacin, cuando se le dan a conoceral demandante en la contestacin de lademanda.

    (3) Que se alegue que el acto objeto de lademanda no fue notificado, o fue ilegal-mente notificado.

    (4) Que al contestar la demanda, y siem-pre que no se cambien los fundamentosde la resolucin que se impugna, se intro-duzcan cuestiones que no sean conocidaspor el actor.

    24. Qu plazo tiene el demandado para contes-tar la ampliacin de la demanda?

    El plazo para contestar la ampliacin de la deman-da es de veinte das siguientes a aquel en quesurta efectos la notificacin del acuerdo que ad-mita la ampliacin.

  • 57Manual del Justiciable

    25. Qu ocurre si el demandado no da contes-tacin en tiempo a la demanda o a la ampliacinde la demanda?

    Si no se produce la contestacin a tiempo o stano se refiere a todos los hechos, se tendrn comociertos los que el actor impute de manera precisaal demandado, salvo que por las pruebas rendi-das o por hechos notorios resulten desvirtuados.

    26. Qu aspectos debe comprender la contes-tacin de la demanda y la contestacin de laampliacin de la demanda?

    El demandado en su contestacin y en la contes-tacin de la ampliacin de la demanda expresar:

    (1) Los incidentes de previo y especial pro-nunciamiento a que haya lugar.

    (2) Las consideraciones que a juicio deldemandado impidan se emita decisinen cuanto al fondo, o demuestren que noha nacido o se ha extinguido el derechoen que el actor apoya su demanda.

    (3) Se referir a cada uno de los hechos queel demandante le impute de manera expre-sa, los que deber afirmar, negar, expresarque los ignora por no ser propios o expo-ner cmo ocurrieron, segn sea el caso.

    (4) Los argumentos por medio de los cualesse demuestra la ineficacia de los con-ceptos de impugnacin.

  • 58 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    (5) Las pruebas que ofrezca. En caso de que seofrezca prueba pericial o testimonial,se deben precisar los hechos sobre los quedeban versar y se sealarn los nombresy domicilios del perito o de los testigos.Sin estos sealamientos se tendrn por noofrecidas dichas pruebas.

    27. Qu documentos se deben adjuntar a la con-testacin de la demanda?

    Se deben adjuntar, entre otros, los siguientes:

    (1) Copias de la contestacin y de los documen-tos que acompae para el demandante ypara el tercero sealado en la demanda.

    (2) El documento en que acredite su persona-lidad cuando el demandado sea un par-ticular y no gestione en nombre propio.

    (3) El cuestionario que debe desahogar elperito, el cual deber estar firmado porel demandado.

    (4) En su caso, la ampliacin del cuestiona-rio para el desahogo de la pericial ofre-cida por el demandante.

    (5) Las pruebas documentales que ofrezca.(6) Cuando se trate de la contestacin a la

    ampliacin de la demanda, se debernadjuntar tambin los documentos previs-tos en el artculo 214 del Cdigo Fiscal de

  • 59Manual del Justiciable

    la Federacin, excepto aquellos que ya sehubieran acompaado al escrito de con-testacin de la demanda.

    Debe aclararse que la presentacin de todos oalgunos de los documentos indicados dependedel procedimiento de que se trate.

    28. Qu pruebas se pueden ofrecer en el con-tencioso administrativo?

    Toda clase de pruebas confesin, documentos p-blicos y privados, dictmenes periciales, inspeccinjudicial, testigos, fotografas, escritos y notas taqui-grficas y, en general, los descubrimientos aportadospor la ciencia, as como presunciones, a excepcinde la confesional a cargo de las autoridades me-diante absolucin de posiciones, as como lapeticin de informes, salvo que se trate de hechosque consten en los expedientes de las autori-dades.

    29. Qu son los alegatos?

    Los alegatos constituyen la exposicin oral o es-crita de los argumentos de las partes o de susdefensores, que tienen por objeto demostrar laeficacia de las pruebas rendidas y llevar al nimodel juzgador la conviccin de que los hechosen que se basa la demanda o la contestacin, hanquedado probados.

  • 60 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    Dentro del juicio contencioso administrativose cuenta con 10 das despus de que haya con-cluido la sustanciacin del juicio y no exista algu-na cuestin pendiente que impida su resolucin,para que el Magistrado instructor notifique porlista a las partes que tienen un trmino de cincodas para formular alegatos por escrito y puedanser considerados al dictar sentencia.

    30. Qu es el cierre de instruccin?

    Es el momento procesal que sobreviene una vezconcluido el periodo de alegatos, en el que elasunto se encuentra en posibilidad de ser resuel-to, toda vez que se agotaron todas las etapas yformalidades del proceso.

    31. Qu tipos de sentencia se pueden emitir enel juicio contencioso administrativo?

    Se pueden emitir las que:

    (1) Reconocen la validez de la resolucinimpugnada.

    (2) Declaran la nulidad de la resolucin im-pugnada.

    (3) Declaran la nulidad de la resolucin im-pugnada para determinados efectos, encuyo caso debern precisar con claridadla forma y los trminos en que la autori-

  • 61Manual del Justiciable

    dad debe cumplirla, salvo que se trate defacultades discrecionales.

    (4) Declaran la existencia de un derecho subje-tivo, condenan al cumplimiento de unaobligacin, y declaran la nulidad de laresolucin impugnada.

    32. Qu puede hacer el particular si una senten-cia le resulta adversa?

    Interponer el juicio de amparo directo porconducto de la autoridad responsable, que eneste caso sera el Tribunal Federal de Justicia Fis-cal y Administrativa o el Tribunal de lo Conten-cioso Administrativo correspondiente.

    33. Qu puede hacer un particular si en su Esta-do no existe un Tribunal de lo Contencioso Admi-nistrativo?

    En aquellos Estados en los que no exista untribunal en materia administrativa, los particu-lares afectados por resoluciones emitidas en elmarco de leyes locales podrn:

    (1) Impugnar dichas resoluciones a travs delos recursos administrativos que en sucaso estn previstos en las leyes respec-tivas.

    (2) En el supuesto de que los mencionadosrecursos sean optativos, promover el jui-

  • 62 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    cio de amparo indirecto ante un Juzgadode Distrito del Poder Judicial de la Fede-racin.

    A su vez, las resoluciones que se emitan pararesolver los recursos indicados en el inciso (1), po-drn impugnarse ante un Juzgado de Distrito,mediante el amparo indirecto.

  • 1. Qu es la responsabilidad administrativa delos servidores pblicos?

    Es un tipo de responsabilidad en la que incurreun servidor pblico por actos u omisiones come-tidos con motivo del desempeo de su empleo,cargo o comisin, que resultan contrarios a losprincipios de legalidad, honradez, lealtad,imparcialidad y eficiencia que rigen en el serviciopblico.29

    2. Qu servidores pblicos pueden incurrir enresponsabilidad administrativa?

    En el mbito federal, son sujetos de responsabi-lidad administrativa:

    RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVADE LOS SERVIDORES PBLICOS

    VI

    29 SOBERANES FERNNDEZ, Jos Luis, voz "responsabilidad de los servi-dores pblicos" en Enciclopedia jurdica mexicana , Op. cit., t. VI, pp. 282-290;DELGADILLO, Op. cit., p. 153; Ley Federal de Responsabilidades Administra-tivas de los Servidores Pblicos, artculo 7.

    63

  • 64 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    (1) Los representantes de eleccin popular.(2) Los miembros del Poder Judicial de la

    Federacin.(3) Los funcionarios y empleados, y toda per-

    sona que desempee un empleo, cargo ocomisin de cualquier naturaleza en laadministracin pblica federal, as comolos servidores del Instituto Federal Elec-toral.

    (4) Los gobernadores de los Estados, los dipu-tados a las Legislaturas Locales, los Ma-gistrados de los Tribunales Superiores deJusticia locales y, en su caso, los miembrosde los Consejos de las Judicaturas Locales,por violaciones a la Constitucin Federal,a las leyes federales y por el manejo inde-bido de fondos y recursos federales.

    En el Distrito Federal, son sujetos de responsa-bilidad:

    (1) Los representantes de eleccin popular.(2) Los miembros del Poder Judicial del Dis-

    trito Federal.(3) Los funcionarios y empleados, y, en gene-

    ral, toda persona que desempee unempleo, cargo o comisin de cualquiernaturaleza en el Distrito Federal.

    En el mbito local, las Constituciones de losEstados de la Repblica precisan quines tienen

  • 65Manual del Justiciable

    el carcter de servidores pblicos en los Estadosy en los Municipios, para los efectos de su res-ponsabilidad administrativa.

    3. Cules son los principios que rigen la funcinpblica?

    De acuerdo con lo establecido por el artculo113 de la Constitucin Federal, son:

    (1) Legalidad. Consiste en que todo acto de losfuncionarios pblicos y, en general, detodo rgano de la administracin pbli-ca, debe estar fundado y motivado.

    (2) Honradez. Implica la integridad en el obrary el recto proceder de todos los servidorespblicos.30

    (3) Lealtad. Es el cumplimiento de lo que exi-gen las leyes de la fidelidad y del honor.Cabe sealar que la lealtad de los funcio-narios pblicos debe ser para con el Esta-do, el organismo pblico, las leyes y elencargo que desempean.31

    (4) Imparcialidad. Implica la falta de designioanticipado o de prevencin a favor o en

    30 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "honradez", p. 1121; PALOMAR, Juande Miguel, voz "honradez", en Diccionario para juristas, Mxico, Editorial Porra,2000, p. 780.

    31 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "lealtad", p. 1237; PALOMAR Op. cit.,voz "lealtad", p. 900.

  • 66 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    contra de personas o cosas, lo que permitea los servidores pblicos juzgar o pro-ceder con rectitud.32

    (5) Eficiencia. Consiste en una virtud y facul-tad de los servidores pblicos para lograrun efecto determinado, como puede serel establecido en las leyes.33

    Por lo general, estos principios tambin seencuentran establecidos en las Constitucionesde los Estados.

    4. Cules son las obligaciones de los servidorespblicos?

    En trminos generales, todo servidor pblicotiene, entre otras, las siguientes obligaciones:

    (1) Cumplir con el servicio encomendado yabstenerse de cualquier otro acto u omi-sin, que cause la suspensin o deficienciade dicho servicio.

    (2) Formular y ejecutar los planes, programasy presupuestos correspondientes a sucompetencia, y cumplir las leyes y la nor-matividad que determinen el manejo derecursos econmicos pblicos, as como

    32 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "imparcialidad", p. 1144; PALOMAROp. cit., voz "imparcialidad", p. 796.

    33 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "eficiencia", p. 792; PALOMAR Op. cit.,voz "eficiencia", p. 563.

  • 67Manual del Justiciable

    utilizar los recursos y las facultades quetenga asignados y atribuidas, para eldesempeo de su empleo, cargo o comi-sin, exclusivamente para los fines a queestn afectos.

    (3) Rendir cuentas sobre el ejercicio de lasfunciones que tenga conferidas.

    (4) Custodiar y cuidar la documentacin einformacin que por razn de su empleo,tenga bajo su responsabilidad, e impediro evitar su uso, sustraccin, destruccin,ocultamiento o inutilizacin indebidos.

    (5) Abstenerse, durante el ejercicio de susfunciones, de solicitar, aceptar o recibir,por s o por interpsita persona, cualquieremolumento como dinero, bienes mue-bles o inmuebles, donaciones, servicios,empleos, cargos o comisiones para s, opara las personas en quien tenga uninters personal, familiar o de negocios,que implique intereses en el servicio quese presta, aun despus de un ao dehaberse separado del servicio, cargo ocomisin.

    El incumplimiento de estas obligaciones darlugar a las sanciones que correspondan.

  • 68 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    5. En qu lugar y en qu forma se puede presentaruna queja en contra de un servidor pblico queincumpla sus obligaciones?

    Las quejas o denuncias en contra de un servidorpblico por el incumplimiento de sus obliga-ciones, se presentan de conformidad con lasnormas y procedimientos establecidos por la Se-cretara de la Funcin Pblica34 o las contralorasde las entidades federativas, en las unidades espe-cficas que para esos efectos existen en las de-pendencias y entidades de la administracinpblica.

    Las quejas o denuncias debern contener losdatos e indicios que permitan advertir la pre-sunta responsabilidad del servidor pblico.

    6. Cules son las sanciones que se pueden apli-car a un servidor pblico que incumpla sus obliga-ciones?

    Las sanciones aplicables a un servidor pblicopor una falta administrativa, pueden consistir,en el mbito federal, en:

    (1) Amonestacin privada o pblica.(2) Suspensin del empleo, cargo o comisin

    por un periodo no menor de tres das nimayor a un ao.

    34 Antes Secretara de la Contralora y Desarrollo Administrativo. VaseDiario Oficial de la Federacin del 10 de abril de 2003.

  • 69Manual del Justiciable

    (3) Destitucin del puesto.(4) Sancin econmica.(5) Inhabilitacin temporal para desempear

    empleos, cargos o comisiones en el servi-cio pblico.

    7. Qu puede hacer un servidor pblico cuandose le aplique una sancin que considere indebidao no apegada a derecho?

    El servidor pblico puede impugnar las resolu-ciones que establezcan una sancin en su contra,a travs de los siguientes medios:

    (1) Recurso administrativo. En el mbito fede-ral, los servidores pblicos que resultenresponsables en los trminos de resolu-ciones administrativas, podrn optarentre interponer el recurso de revocacino impugnarlas directamente ante el Tri-bunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-nistrativa. El recurso de revocacin debeinterponerse ante la propia autoridad queemiti la resolucin, dentro de los quin-ce das hbiles siguientes a la fecha en quesurta efectos la notificacin respectiva.La tramitacin del recurso est sujeta a lasnormas siguientes:

    (a) Se inicia mediante escrito en el quedeben expresarse los agravios que a

  • 70 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    juicio del servidor pblico le causela resolucin, as como el ofrecimien-to de las pruebas que considere ne-cesario rendir;

    (b) La autoridad debe acordar sobre laadmisibilidad del recurso, as comode las pruebas ofrecidas y desechar deplano las que no fuesen idneas paradesvirtuar los hechos en que se basela resolucin.

    (c) Desahogadas las pruebas, si lashubiere, la autoridad debe emitir unaresolucin dentro de los treinta dashbiles siguientes y notificar al inte-resado en un plazo no mayor de se-tenta y dos horas.

    La interposicin del recurso suspende laejecucin de la resolucin recurrida, siem-pre y cuando lo solicite el promovente ycumpla con los requisitos establecidospor la Ley Federal de ResponsabilidadesAdministrativas de los Servidores Pbli-cos. Las resoluciones que se dicten en elrecurso de revocacin son tambin im-pugnables ante el Tribunal Federal de Jus-ticia Fiscal y Administrativa.

    En el mbito local, por lo general las di-versas leyes de responsabilidades de losservidores pblicos, o bien, los cdigos oleyes de procedimientos administrativos,establecen algn recurso a travs del cual,los servidores pblicos de los Estados y

  • 71Manual del Justiciable

    de los Municipios pueden impugnarresoluciones administrativas que les afec-ten. En la mayora de los casos, es optativopara el servidor pblico agotar dichorecurso o promover directamente unademanda ante el respectivo Tribunal delo Contencioso Administrativo. Cabesealar que la resolucin que se dicte enel recurso tambin puede impugnarseante el tribunal.

    (2) Juicio contencioso administrativo. En el mbi-to federal, en los juicios ante el TribunalFederal de Justicia Fiscal y Administra-tiva, en los que se impugnen resolucionesadministrativas, las sentencias firmes quese pronuncien tendrn el efecto derevocar, confirmar o modificar la resolu-cin impugnada. En el caso de que searevocada o de que la modificacin as lodisponga, se debe ordenar a la depen-dencia o entidad en la que el servidorpblico preste o haya prestado sus ser-vicios, que lo restituya en el goce de losderechos de que hubiese sido privado porla ejecucin de las sanciones impugnadas,en los trminos de la sentencia respectiva,sin perjuicio de lo que establezcan otrasleyes, como pueden ser las penales.

    El Tribunal Federal de Justicia Fiscal yAdministrativa tambin puede otorgar lasuspensin del acto impugnado, siemprey cuando se cumplan los requisitos esta-

  • 72 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    blecidos por la ley. Sin embargo, no esprocedente la suspensin de la ejecucinde las resoluciones administrativas cuandose trate de infracciones graves o casos dereincidencia.

    En el mbito local, las disposiciones querigen al juicio contencioso administrativo,que tiene lugar ante el respectivo Tribunalde lo Contencioso Administrativo, son muyparecidas a las que existen en el mbitofederal, salvo que en algunos Estados, lasresoluciones de los Tribunales de lo Con-tencioso Administrativo que pongan final juicio pueden ser impugnadas a travsde un recurso, que ser resuelto por laSala Superior del tribunal correspon-diente.35

    (3) Juicio de amparo. Si la sentencia que seemita en el juicio contencioso administra-tivo no resulta favorable a los interesesdel servidor pblico y ste considera quecon ella se causa una violacin a sus ga-rantas individuales, existe la posibilidadde promover el juicio de amparo direc-to ante la autoridad responsable, que eneste caso sera el Tribunal Federal de Jus-ticia Fiscal y Administrativa o el Tribunalde lo Contencioso Administrativo corres-pondiente.

    35 Cabe recordar que no en todas las entidades federativas existen Tribunalesde lo Contencioso Administrativo. Al respecto vase la pregunta 13 del captuloV de esta obra.

  • Amparo directo. Juicio federal protector de lasgarantas individuales, que procede contra sen-tencias definitivas o laudos y resoluciones quepongan fin al juicio, dictados por tribunales civi-les, administrativos o del trabajo, respecto de losque no proceda ningn recurso ordinario porel que puedan ser modificados o revocados, yasea que la violacin se cometa en ellos o quecometida durante el procedimiento, afecte a lasdefensas del quejoso, trascendiendo al resul-tado del fallo, y por violacin de garantas come-tidas en las propias sentencias, laudos o resolu-ciones indicados.36

    Amparo indirecto. Juicio federal protector de lasgarantas individuales, que esencialmente

    GLOSARIO

    73

    36 ARELLANO GARCA, Carlos, El juicio de amparo, 7a. ed., Mxico, EditorialPorra, 2001, pp. 378-379 y 381-382; BARRERA GARZA, scar, Compendio de amparo,Mxico, Mac Graw Hill, 2002, p. 71; CASTRO, Juventino V., Garantas y am-paro, 11a. ed; Mxico, Editorial Porra, 2000, pp. 376-377 y 379 y 381.

  • 74 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    procede contra leyes federales o locales, tratadosinternacionales, reglamentos expedidos por elpresidente de la Repblica, reglamentos de leyeslocales expedidos por los gobernadores de losEstados, u otros reglamentos, decretos o acuer-dos de observancia general, que por su solaentrada en vigor o con motivo del primer actode aplicacin, causen perjuicios al particular;contra actos que no provengan de tribunalesjudiciales, administrativos o del trabajo, o que alprovenir de estos tribunales hayan sido ejecu-tados fuera de juicio o despus de concluido ste,contra actos en el juicio que tengan sobre las per-sonas o las cosas una ejecucin de imposiblereparacin; contra actos ejecutados dentro o fuerade juicio, que afecten a personas extraas a l;y contra las resoluciones del Ministerio Pblicoque confirmen el no ejercicio o desistimiento dela accin penal.

    Atribucin de facultades. Es el conjunto dederechos y obligaciones que la ley le confiere ala autoridad administrativa, para que sta puedarealizar sus fines.37

    Breve trmino. Es el necesario y prudente paraque una autoridad estudie y acuerde una peticin.

    37 RAMREZ GUTIRREZ, Jos Othn y VILLARREAL CORRALES, Lucinda,voz "atribucin de facultades", en Enciclopedia jurdica mexicana Op. cit., t. I A-B,pp. 422 y 423.

  • 75Manual del Justiciable

    Coordinacin administrativa. Tcnica de reali-zacin de funciones administrativas correspon-dientes a la Federacin, en la cual toman partelas administraciones pblicas estatales y muni-cipales, segn sea el caso, con base en convenioso acuerdos de adhesin o de coordinacin.38

    Inters pblico. "Es el conjunto de pretensionesrelacionadas con las necesidades colectivas delos miembros de una comunidad y protegidasmediante la intervencin directa y permanentedel Estado."39

    Materia fiscal. La Suprema Corte de Justicia dela Nacin ha definido en diversas sentencias,que por materia fiscal " debe entenderse lorelativo a la determinacin, la liquidacin, el pago,la devolucin, la exencin, la prescripcin o elcontrol de los crditos fiscales, o lo referente a lassanciones que se impongan con motivo de haberseinfringido las leyes tributarias".40

    Poder pblico. En un sentido amplio, se sueleentender como tal a la instancia social que go-

    38 DELGADILLO Op. cit., p. 99.39 CORNEJO CERTUCHA, Francisco M., voz "inters pblico", en Diccionario

    jurdico mexicano, Op. cit., t. III I-O, p. 1779.40 Semanario Judicial de la Federacin, Sptima poca, Segunda Sala, vol. 69,

    tercera parte, p. 51; IUS: 234493; Op. cit., Sexta poca, Segunda Sala, terceraparte, vol. XLVI, p. 68; IUS: 802087; Op. cit., Sexta poca, Segunda Sala, ter-cera parte, vol. LII, p. 117; IUS 267300.

  • 76 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    41 TAMAYO Y SALMORN, Rolando, voz "poder pblico", en Diccionariojurdico mexicano, Op. cit., t. IV P-Z, pp. 2448-2449.

    42 Semanario Judicial de la Federacin, Quinta poca, Primera Sala, t. CXVI,p. 1051; IUS: 297078.

    43 GARCA MYNEZ, Eduardo, Introduccin al estudio del derecho, 48a. ed.,Mxico, Editorial Porra, p. 271; RECASNS SICHES, Luis, Introduccin al estu-dio del derecho, 13a. ed., Mxico, Editorial Porra, 2000, pp. 148-149; SOBERNMAINERO, Miguel, voz "personalidad", en Enciclopedia jurdica mexicanaOp. cit., t. V, p. 547; Cdigo Civil Federal, artculos 22 y 25.

    44 FIX-ZAMUDIO, Hctor, voz "sobreseimiento", en Enciclopedia jurdicaOp. cit., t. Q-Z, pp. 467-472; OVALLE FAVELA, Jos, Teora general del proceso,5a. ed., Mxico, Editorial Oxford, 2001, p. 18; Gaceta del Semanario Judicial de laFederacin, Octava poca, t. 77, mayo de 1994, tesis VI.2o. J/280, p. 77; IUS:212468; Semanario Judicial de la Federacin, Octava poca, t. IX, enero de 1992,tesis V.2o. J/15; p. 115; IUS: 220705.

    bierna a la comunidad. En sentido restringido,la expresin poder pblico o poderes pblicosdesigna a las instituciones concretas a travs delas cuales el poder poltico se manifiesta y funcio-na.41 La Suprema Corte de Justicia de la Nacin hadeterminado que " El ejercicio del Poder Pbli-co corresponde slo a los funcionarios y a los agen-tes de autoridad",42 de lo cual se desprende quela manifestacin del poder pblico lo consti-tuye la funcin que prestan los funcionarios delos diferentes niveles de gobierno.

    Personalidad jurdica. Es la aptitud que la leyreconoce al ser humano en lo individual, o a losentes colectivos sociedades de ser sujetos dederechos y obligaciones.43

    Sobreseimiento. Es una resolucin judicial envirtud de la cual concluye el proceso por habersepresentado un obstculo que impide resolver elfondo del conflicto.44

  • PARA SABER MS

    Los lectores interesados en profundizar susconocimientos sobre la materia administrativa,podrn acudir, entre otras, a las siguientes fuentes:

    ACOSTA ROMERO, Miguel, Compendio dederecho administrativo. Parte general, Mxico,Editorial Porra, 2001.

    , Teora general del derechoadministrativo, primer curso, Mxico, EditorialPorra, 2002.

    ARELLANO GARCA, Carlos, El juicio deamparo, 7a. ed., Mxico, Editorial Porra, 2001.

    BAEZ MARTNEZ, Roberto, Manual de derechoadministrativo, Mxico, Editorial Trillas, 1997.

    BARRERA GARZA, scar, Compendio deamparo, Mxico, MacGraw-Hill, 2002.

    CASTREJN GARCA, Gabino Eduardo, Dere-cho administrativo mexicano, t. 1-2, legislacin y

    77

  • 78 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    jurisprudencia, Mxico, Crdenas Editores,2000.

    CASTRO, Juventino V., Garantas y amparo, 11a.ed., Mxico, Editorial Porra, 2000.

    DELGADILLO GUTIRREZ, Luis Humberto,Elementos de derecho administrativo, primer curso,Mxico, Limusa/Noriega, 1995.

    , Elementos de derecho admi-nistrativo, segundo curso, Mxico, Limusa/No-riega, 1995.

    FERNNDEZ RUIZ, Jorge, Derecho adminis-trativo, Mxico, MacGraw-Hill, 1998.

    FRAGA, Gabino, Derecho administrativo, 41a.ed., Mxico, Editorial Porra, 2002.

    GONZLEZ PREZ, Jess, Derecho procesaladministrativo mexicano , 2a. ed., Mxico,Editorial Porra/Instituto de InvestigacionesJurdicas-UNAM, 1997.

    INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JUR-DICAS, Nuevo diccionario jurdico mexicano(4 tomos), Mxico, Instituto de InvestigacionesJurdicas-UNAM/Editorial Porra, 2001.

    , Diccionario Jurdico mexicano(4 tomos), 8a. ed., Mxico, Instituto de Investi-gaciones Jurdicas-UNAM/Editorial Porra,1995.

  • 79Manual del Justiciable

    , Enciclopeda Jurdca mexicana(7 tomos), Mxico, Instituto de InvestigacionesJurdicas-UNAM/Editorial Porra, 2002.

    MARGIN MANAUTOU, Emilio, Introduc-cin al estudio del derecho administrativo mexi-cano, Mxico, Editorial Porra, 2000.

    , El recurso administrativo enMxico, 3a. ed., Mxico, Editorial Porra, 1995.

    MARTNEZ MORALES, Rafael I., Derecho admi-nistrativo, 1er. y 2do. cursos, Mxico, Harla, 2000.

    NAVA NEGRETE, Alfonso, Derecho adminis-trativo mexicano, 2a. ed., Mxico, Fondo de Cul-tura Econmica, 2001.

    OLIVERA TORO, Jorge, Manual de derechoadministrativo, Mxico, Editorial Porra, 1997.

    SNCHEZ GMEZ, Narciso, Derecho fiscalmexicano, Mxico, Editorial Porra, 1999.

    SERRA ROJAS, Andrs, Derecho administra-tivo 1, Mxico, Editorial Porra, 2002.

    ZIPPELIUS, Reinhold, Teora general del Estado.Ciencia de la poltica, trad. Hctor Fix Fierro, 3a.ed., Mxico, Instituto de InvestigacionesJurdicas-UNAM/Editorial Porra, 1998.

    Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos.

    Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artcu-los 103 y 107 de la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.

  • 80 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

    Ley Federal de Responsabilidades Admi-nistrativas de los Servidores Pblicos.

    Cdigo Fiscal de la Federacin.

    Ley Orgnica del Tribunal Federal de JusticiaFiscal y Administrativa.

  • NDICE

    INTRODUCCIN .............................................. 5

    I. LA ACTIVIDAD DEL ESTADO ................... 7

    1. Qu es el Estado?.......................................... 72. Cules son los fines del Estado? ............... 83. Cules son las funciones del Estado? ......... 84. En qu consiste la funcinadministrativa del Estado? .............................. 9

    II. LA ADMINISTRACIN PBLICA ........... 11

    1. Qu es la administracin pblica? ........... 112. Qu son los rganos de laadministracin pblica? ................................... 123. Qu tipos de rganos existen enmateria administrativa? .................................... 154. Quines son los titulares de losrganos de la administracin pblica? ......... 16

    81

  • 82 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    5. Qu es la competencia? ............................... 186. Qu es la delegacin de facultades? ........... 187. Qu es la avocacin? ................................... 18

    III. EL ACTO ADMINISTRATIVO .................. 21

    1. Qu es un acto administrativo? ................ 212. Qu elementos debe reunir unacto administrativo? .......................................... 213. Qu efectos tiene un actoadministrativo? ................................................... 234. Cmo se ejecuta un actoadministrativo? ................................................... 245. Cmo puede extinguirse un actoadministrativo? ................................................... 266. Qu es el procedimientoadministrativo? ................................................... 277. Qu son las infraccionesadministrativas? ................................................. 27

    IV. LOS PARTICULARES FRENTEA LA ADMINISTRACIN ............................... 29

    1. Qu derechos y obligaciones tienenlos particulares frente a la administracinpblica?................................................................. 292. Qu es el derecho de peticin? .................. 323. Qu es el silencio administrativo? ........... 324. Qu es la negativa ficta? ............................. 345. Qu es la afirmativa ficta?.......................... 34

  • 83Manual del Justiciable

    V. JUSTICIA ADMINISTRATIVA.................... 37

    1. Qu es la justicia administrativa? ............ 372. En qu consiste la revocacin deun acto administrativo? .................................... 373. En qu consiste la nulidad deun acto administrativo? .................................... 384. En qu consiste la anulabilidad deun acto administrativo? .................................... 395. Qu son los recursosadministrativos? ................................................ 396. Cules son las causas por las quepuede interponerse un recursoadministrativo? ................................................... 417. Cules son los recursosadministrativos que con mayorfrecuencia se presentan? ................................... 418. Cules son los elementos quedeben actualizarse para promoverun recurso administrativo? .............................. 439. Cules son las formalidades quedeben cumplirse para promoverun recurso administrativo? .............................. 4410. Cules son los efectos de lainterposicin de un recursoadministrativo? ................................................... 4511. Qu pruebas se puedenofrecer en un recursoadministrativo? ................................................... 45

  • 84 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    12. Cules son los requisitos que debecumplir la resolucin que ponga fina un recurso administrativo? ........................... 4613. En qu sentidos puede laautoridad resolver un recurso? ....................... 4714. Qu es un juicio contenciosoadministrativo? ................................................... 4915. Cules son las causas por las quepuede iniciarse un juiciocontencioso administrativo? ............................ 5016. Qu ordenamientos regulanal juicio contencioso administrativo? ............ 5117. Es obligatorio interponer un recursoadministrativo antes de iniciarun juicio contencioso administrativo?........... 5218. Quines intervienen en elproceso? ................................................................ 5219. Cules son los requisitos que debecumplir una demanda? ..................................... 5320. Qu ocurre si se omite cumplir algunode los requisitos establecidos parala demanda?......................................................... 5321. Cules son los efectos de lapresentacin de la demanda? .......................... 5422. Qu plazo tiene el demandadopara contestar la demanda? ............................. 5523. En qu casos se puedeampliar la demanda? ......................................... 5624. Qu plazo tiene el demandadopara contestar la ampliacin de lademanda? ............................................................. 56

  • 85Manual del Justiciable

    25. Qu ocurre si el demandado noda contestacin en tiempo a la demandao a la ampliacin de la demanda? .................. 5726. Qu aspectos debe comprenderla contestacin de la demanda y lacontestacin de la ampliacin dela demanda?......................................................... 5727. Qu documentos se deben adjuntara la contestacin de la demanda? ................... 5828. Qu pruebas se pueden ofreceren el contencioso administrativo? .................. 5929. Qu son los alegatos? ................................ 5930. Qu es el cierre de instruccin? .............. 6031. Qu tipos de sentencia se puedenemitir en el juicio contenciosoadministrativo? ................................................... 6032. Qu puede hacer el particular siuna sentencia le resulta adversa? ................... 6133. Qu puede hacer un particular sien su Estado no existe un Tribunalde lo Contencioso Administrativo?................ 61

    VI. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVADE LOS SERVIDORES PBLICOS ................. 62

    1. Qu es la responsabilidadadministrativa de los servidorespblicos?............................................................... 622. Qu servidores pblicos puedenincurrir en responsabilidadadministrativa? ................................................... 62

  • 86 Suprema Corte de Justicia de la Nacin

    3. Cules son los principios querigen la funcin pblica? .................................. 654. Cules son las obligacionesde los servidores pblicos? .............................. 665. En qu lugar y en qu forma sepuede presentar una queja en contrade un servidor pblico que incumplasus obligaciones? ................................................ 686. Cules son las sanciones que sepueden aplicar a un servidor pblicoque incumpla sus obligaciones? ..................... 687. Qu puede hacer un servidorpblico cuando se le aplique una sancinque considere indebida o no apegadaa derecho? ............................................................ 69

    GLOSARIO .......................................................... 73

    PARA SABE