-
Primera edicin: octubre de 2003Cuarta reimpresin: marzo de
2005D.R. Suprema Corte de Justicia de la NacinAv. Jos Mara Pino
Surez Nm. 2C.P. 06065, Mxico, D.F.
ISBN 970-712-282-X
Impreso en MxicoPrinted in Mexico
La edicin de esta obra estuvo al cuidado de la DireccinGeneral
de la Coordinacin de Compilacin y Sistematizacinde Tesis de la
Suprema Corte de Justicia de la Nacin.
-
USTICIABLE
MDEL
ANUAL
JMATERIA ADMINISTRATIVA
SUPREMA CORTE
DE LA NACINDE JUSTICIA
FODER UDICIALP J DE LA EDERACIN
-
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN
Ministro Mariano Azuela GitrnPresidente
Primera Sala
Ministra Olga Mara Snchez Cordero de Garca
VillegasPresidenta
Ministro Jos Ramn Cosso DazMinistro Jos de Jess Gudio Pelayo
Ministro Juan N. Silva MezaMinistro Sergio A. Valls Hernndez
Segunda SalaMinistro Juan Daz Romero
Presidente
Ministro Sergio Salvador Aguirre AnguianoMinistro Genaro David
Gngora Pimentel
Ministra Margarita Beatriz Luna RamosMinistro Guillermo I. Ortiz
Mayagoitia
Comit de Publicaciones y Promocin Educativa
Ministro Mariano Azuela GitrnMinistra Margarita Beatriz Luna
Ramos
Ministra Olga Mara Snchez Cordero de Garca Villegas
Comit Editorial
Dr. Armando de Luna vilaSecretario Ejecutivo de
Administracin
Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor PoisotSecretario Ejecutivo Jurdico
Administrativo
Mtra. Cielito Bolvar GalindoDirectora General de la
Coordinacin
de Compilacin y Sistematizacin de Tesis
Lic. Laura Vernica Camacho SquiviasDirectora General de
Difusin
Dr. Lucio Cabrera AcevedoDirector de Estudios Histricos
-
5
INTRODUCCIN
En los Estados federales el poder pblico se dis-tribuye para su
ejercicio en tres rganos degobierno, los cuales corresponden a los
desig-nados Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.El
funcionamiento del primero se despliega atravs de numerosos
organismos que, tanto enel mbito federal como local, ejecutan actos
des-tinados a mantener el orden y el bien comn.La complejidad
orgnica y funcional de la admi-nistracin pblica en Mxico ha dado
lugar alderecho administrativo, disciplina que com-prende el
conjunto de normas jurdicas que regu-lan las relaciones
establecidas entre el Estado ylos particulares.
Sin embargo, esta materia no slo implicaaspectos sustantivos,
pues cuando se generanconflictos motivados por la intervencin
estatalen aspectos de la vida social, es necesario dirimir-
-
6 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
los mediante procedimientos especficos pre-vistos por la
legislacin. Estas circunstanciasdan pie para actualizar el
imperativo consignadoen el artculo 17, segundo prrafo
constitucional,relativo a que los tribunales de la Federacinestarn
expeditos para impartir justicia pronta,completa, gratuita e
imparcial. Se cuida ademsel mantenimiento del Estado de derecho,
quesera impensable en una sociedad carente delrespeto debido entre
gobernantes y gobernados.
En virtud de lo anterior, la Suprema Corte deJusticia de la
Nacin ha considerado pertinenteofrecer a los lectores la obra
Manual del justicia-ble. Materia administrativa, con la intencin de
quesirva de apoyo a los estudiantes de la licencia-tura en derecho,
a quienes, por estar llamados aauxiliar eficazmente al justiciable
en el planojurdico, les es indispensable conocer la estruc-tura,
las funciones y los fines de la adminis-tracin pblica, as como los
procedimientos quese deben incoar para impugnar sus actos.
Aun cuando este libro no pretenda equipa-rarse con un tratado,
es deseable que su conte-nido constituya una sencilla gua para el
estu-diante que aspire a convertirse en un especialistaen la
materia.
-
1. Qu es el Estado?
Desde el punto de vista gramatical, el vocabloEstado tiene
diversas acepciones, entre ellas:(1) conjunto de los rganos de
gobierno de unpas soberano; (2) territorio de cada pas
inde-pendiente; y (3) pas o dominio de un prncipeo seor feudal.1 De
esta forma, puede decirseque el Estado, como nacin, es la sociedad
jur-dicamente organizada capaz de realizar la totali-dad de los
fines humanos, cuyos elementos prin-cipales son, entre otros, el
territorio, la poblaciny el gobierno.
LA ACTIVIDAD DEL ESTADO
1 REAL ACADEMIA ESPAOLA, voz "Estado", en Diccionario de la
lenguaespaola, t. a-g, 21a. ed., Madrid, Editorial Espasa-Calpe,
1992, pp. 905-906.
I
7
-
8 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
2. Cules son los fines del Estado?
Los fines del Estado se pueden resumir en el biencomn que, en
cuanto se refiere a toda la po-blacin, se convierte en bien
pblico.2
Para conseguir ese bien pblico, el Estado sevale de los
siguientes medios:3
(1) Resguarda el orden, la paz y la seguridadde la nacin.
(2) Organiza la conducta de los sujetos dederecho mediante
normas jurdicas.
(3) Ejerce un poder directo sobre los ciuda-danos, a travs de
rganos cuyas compe-tencias estn sealadas en una Constitu-cin
General.
3. Cules son las funciones del Estado?
Son las diferentes formas en que se manifiesta lavoluntad del
Estado para alcanzar sus fines. Tra-dicionalmente se les ha
clasificado en tres: admi-nistrativa, legislativa y judicial, lo
que da origena la teora de la divisin de poderes, que impli-ca la
existencia de un Poder Ejecutivo, un PoderLegislativo y un Poder
Judicial.
2 DELGADILLO GUTIRREZ, Luis Humberto, Elementos de derecho
admi-nistrativo, Mxico, Editorial Limusa, p. 30; PORRA PREZ,
Francisco, Teora delEstado, 19a. ed., Mxico, Editorial Porra, 1984,
p. 283 y ss.
3 ZIPPELIUS, Reinhold, Teora General del Estado. Ciencia de la
poltica, trad.Hctor Fix Fierro, 3a. ed., Mxico, Instituto de
Investigaciones Jurdicas-UNAM/Editorial Porra, 1998, pp. 52-56.
-
9Manual del Justiciable
4. En qu consiste la funcin administrativa delEstado?
Se puede definir a la funcin administrativadesde dos puntos de
vista: uno formal y otromaterial.
Desde el punto de vista formal, se trata de laactividad que
realiza el Estado por medio de losrganos que dependen directa o
indirectamentedel Poder Ejecutivo. Bajo esta perspectiva,
seradministrativo todo acto producido, por ejem-plo, por la
Secretara de Hacienda y CrditoPblico.
Desde el punto de vista material, la funcinadministrativa del
Estado se refiere nicamentea la naturaleza del acto, que debe ser
de tipo admi-nistrativo,4 sin que intervenga con el fin de
resol-ver una controversia funcin judicial y sin quepretenda
establecer un orden jurdico funcinlegislativa. Como ejemplo se
puede citar laexpedicin de una licencia para el funcionamien-to de
un negocio.
4 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca,
t. XV, mayode 2002, tesis XXIII.1o.1 A, p. 1238; IUS: 186923.
-
ESTADO
Funciones
El poder del Estado se divide en tres rganos
Ejecutivo JudicialLegislativo
-
1. Qu es la administracin pblica?
El vocablo administracin tiene su raz etimo-lgica en el
latinismo administratio, ~onis, quesignifica accin o efecto de
administrar, vozque a su vez proviene del verbo latino adminis-trre
y que se define como gobernar, ejercer laautoridad o el mando, en
un territorio y sobrelas personas que lo habitan.5
Por su parte, por pblico se entiende aquelloque se aplica a la
potestad, jurisdiccin y autori-dad para hacer una cosa, como
contrapuesto aprivado.6
En el mbito jurdico, la administracin pbli-ca tiene dos
connotaciones: una referida al con-
LA ADMINISTRACIN PBLICA
II
5 REAL ACADEMIA Op. cit., voces "administracin" y "administrar",
p. 44.6 Ibdem, voz "pblico", p. 1687.
11
-
12 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
junto de actividades que desarrolla el Estado, yotra, al
conjunto de rganos que cumplen lastareas de administracin.
En este orden de ideas, la administracin pbli-ca puede definirse
como el conjunto de rganosa travs de los cuales, el Estado realiza
activi-dades para satisfacer las necesidades generalesque
constituyen el objeto de los servicios pbli-cos, las cuales se
desarrollan de manera perma-nente y continua, y siempre de acuerdo
con elinters pblico. Asimismo, la administracinpblica puede
conceptualizarse como la activi-dad que realizan aquellos rganos
para asegurarla ejecucin del fin sealado.7
2. Qu son los rganos de la administracinpblica?
La administracin pblica necesita de entes urganos que formen y
exterioricen la voluntaddel Estado. En esa virtud, los rganos de la
admi-nistracin pblica son el conjunto de personasmorales que
cuentan con una estructura jurdicay competencia determinada, a las
cuales se lesencomienda la ejecucin de la actividad delEstado.
7 OSORNIO CORRES, Francisco Javier, voz "administracin pblica"
enDiccionario jurdico mexicano, t. A-CH, 8a. ed., Mxico, Editorial
Porra/UNAM,1995, pp. 107-110.
-
13Manual del Justiciable
Los mencionados rganos pueden pertenecera la administracin
pblica centralizada, a ladescentralizada o paraestatal o, inclusive
puedentener el carcter de autnomos.
La administracin pblica centralizada es laque constituye el
Poder Ejecutivo Federal y cuyosrganos son la Presidencia de la
Repblica, laConsejera Jurdica, la Procuradura General dela Repblica
(PGR) y las secretaras de Estado,tales como la Secretara de
Hacienda y CrditoPblico (SHCP), la Secretara de Gobernacin(SG), la
Secretara de Comunicaciones y Trans-portes (SCT) y la Secretara de
Educacin Pblica(SEP).
La administracin pblica descentralizada oparaestatal est
conformada por rganos dota-dos de personalidad jurdica y patrimonio
pro-pio, que no pertenecen al Poder EjecutivoFederal, pero que,
como lo auxilian en el ejerci-cio de sus atribuciones y su actuacin
es evalua-da y vigilada por una secretara de Estado, for-man parte
de la administracin pblica. Comoejemplo se pueden citar: Petrleos
Mexicanos(PEMEX), el Instituto Mexicano del Seguro Social(IMSS), la
Comisin Nacional de Libros deTexto Gratuitos, el Servicio Postal
Mexicano(SEPOMEX), la Comisin Federal de Electricidad(CFE), el
Instituto del Fondo Nacional de laVivienda para los Trabajadores
(INFONAVIT)
-
14 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
y el Instituto de Seguridad y Servicios Socialesde los
Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Adems, existen rganos dotados de autono-ma que, aun cuando
tampoco pertenecen alPoder Ejecutivo Federal, tienen el carcter
depblicos y forman parte de la administracin p-blica federal. Entre
ellos encontramos a la Univer-sidad Nacional Autnoma de Mxico
(UNAM),al Banco de Mxico, al Instituto Federal Electoral(IFE) y a
la Comisin Nacional de los DerechosHumanos (CNDH). 8
En los Estados y el Distrito Federal tambinexisten los tres
tipos de rganos mencionados.Como ejemplo se pueden citar a las
secretarasde Estado, entre los centralizados; los institu-tos
estatales de seguridad social y el Servicio deTransportes Elctricos
del Distrito Federal, entrelos descentralizados; y los organismos
localesde derechos humanos, as como algunas univer-sidades
estatales, entre los autnomos.
Por su parte, en los Municipios tambin existeuna administracin
centralizada, integrada porel Presidente Municipal y algunas
unidades
8 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca,
t. XIV,diciembre de 2001, tesis 2a. CCXXV/2001, p. 371; IUS:
188164; Op. cit., tesis2a. CCXXXIV/2001, p. 370; IUS: 188165; Op.
cit., t. XV, marzo de 2002, tesis 2a.XVI/2002, p. 430; IUS:
187466.
-
15Manual del Justiciable
administrativas, como pueden ser las Direc-ciones de Obras y de
Servicios Pblicos. Adems,existe una administracin descentralizada,
inte-grada, por ejemplo, por organismos municipalesde agua potable
y saneamiento o los SistemasMunicipales para el Desarrollo Integral
de laFamilia.
3. Qu tipos de rganos existen en materia admi-nistrativa?
Existen diversas clasificaciones de los rganosde la
administracin pblica, sin embargo, enatencin a la materia especfica
de su compe-tencia, es posible clasificarlos en rganos
fiscales,rganos agrarios y rganos administrativos.Cabe sealar que
los ltimos tienen a su cargo laatencin de asuntos en materia
administrativaque, por exclusin, no pueden incluirse en lasmaterias
fiscal o agraria.
Entre los rganos con facultades en materiafiscal, encontramos:
el Tribunal Federal de Justi-cia Fiscal y Administrativa, la
Secretara deHacienda y Crdito Pblico, el Servicio de Admi-nistracin
Tributaria, el Instituto Mexicano delSeguro Social y el Instituto
del Fondo Nacionalde la Vivienda para los Trabajadores.
-
16 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
Como ejemplo de rganos con facultades enmateria agraria, podemos
citar: el Tribunal Supe-rior Agrario, los Tribunales Unitarios
Agrarios,la Secretara de la Reforma Agraria, la Procura-dura
Agraria y el Registro Agrario Nacional.
Finalmente, como ejemplos de rganos confacultades en materia
administrativa, se puedenmencionar: el Tribunal Federal de Justicia
Fiscaly Administrativa que, como su nombre lo indica,tambin tiene
facultades para conocer decontroversias en materia estrictamente
adminis-trativa, la Secretara de la Funcin Pblica,9 laSecretara de
Educacin Pblica, la Secretara deEconoma y la Secretara de
Comunicaciones yTransportes.
4. Quines son los titulares de los rganos dela administracin
pblica?
El titular de un rgano de la administracin p-blica es la persona
fsica que tiene atribucionespara la direccin, fiscalizacin y buen
funcio-namiento de un rgano pblico, y es a travs dedicha persona
que se concreta y exterioriza lavoluntad estatal.
Para referirse a las personas indicadas se hanutilizado
diferentes expresiones, entre ellas:
9 Antes Secretara de la Contralora y Desarrollo Administrativo.
VaseDiario Oficial de la Federacin del 10 de abril de 2003.
-
17Manual del Justiciable
empleado gubernamental, autoridad, servidorpblico y funcionario
pblico. Sin embargo, eltrmino que resulta adecuado y preciso es el
defuncionario pblico, por las siguientes razones:
(1) Empleado gubernamental. Esta denomina-cin se aplica a quien
nicamente inter-viene en la ejecucin de los actos.
(2) Autoridad. En este caso, autoridad admi-nistrativa es un
trmino que tiene tresconnotaciones: (a) el propio poder pblico;(b)
la persona que representa a un rganode la administracin; y, (c) el
rgano dela administracin.
(3) Servidor pblico. Este concepto hace refe-rencia a toda
aquella persona que desem-pea un empleo, cargo o comisin en
elsector pblico, tal como se desprende delo establecido por la Ley
Federal de Res-ponsabilidades Administrativas de losServidores
Pblicos.10
(4) Funcionario pblico. Este trmino est refe-rido al servidor
pblico que ejerce acti-vidades de mando, decisin y represen-tacin
de un rgano gubernamental.11
10 Vase el captulo de la Responsabilidad Administrativa de los
ServidoresPblicos de esta obra.
11 HERNNDEZ ESPNDOLA, Olga y QUIROZ ACOSTA, Enrique,
voz"funcionarios pblicos", en Enciclopedia jurdica mexicana, t. IV,
Mxico, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurdicas/Editorial Porra,
2002, pp. 169-174.
-
18 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
5. Qu es la competencia?
La competencia es el conjunto de facultades atri-buidas a un
rgano administrativo o a un funcio-nario pblico por un ordenamiento
legal, pararealizar determinadas funciones o actos jurdicos.
La distribucin de competencias obedece auna divisin del trabajo
de los rganos y puedeclasificarse en varios tipos: territorial, por
mate-ria, por grado o jerarqua y por cuanta.
6. Qu es la delegacin de facultades?
Es el acto jurdico por medio del cual, un rganoadministrativo
transmite parte de sus facultadesa otro rgano de inferior nivel
jerrquico.
La delegacin de facultades slo podr efec-tuarse en los casos y
bajo las condiciones queestablezca la ley respectiva.
7. Qu es la avocacin?
En materia administrativa, la avocacin es lafigura a travs de la
cual, un rgano jerrquica-mente superior, ejerce las facultades que
le-galmente o por delegacin le fueron conferidasa uno inferior.
-
19Manual del Justiciable
Algunos autores consideran que una vez dele-gada una facultad,
el superior jerrquico no puedeejercerla, por lo que, para evitar
esa situacin, enel acuerdo en que se delegue, se deber indicarque
el superior se reserva la facultad de atraerpara s el conocimiento
de los asuntos.
-
Administracin pblica
RGANOSAUTNOMOS
ADMINISTRACINPBLICA
CENTRALIZADA
ADMINISTRACINPBLICA
DESCENTRALIZADA
O PARAESTATAL
Banco de Mxico Presidente de laRepblica
Instituto FederalElectoral
Consejerajurdica de lapresidencia
PetrleosMexicanos
ComisinNacional de los
DerechosHumanos
Subsecretara deEstado
InstitutoMexicano delSeguro Social
ComisinFederal de
Electricidad
Actividad que realizan los rganos del Estado para laconsecucin
de fines especficos
-
1. Qu es un acto administrativo?
Es la manifestacin unilateral de la voluntad deun rgano
administrativo competente, encami-nada a crear, reconocer,
modificar, transmitir, de-clarar o extinguir derechos u
obligaciones.12
Como ejemplos de actos administrativos sepueden mencionar los
permisos, las licencias, lasautorizaciones, las clausuras, las
certificacio-nes, las expropiaciones, los registros, etctera.
2. Qu elementos debe reunir un acto adminis-trativo?
Segn la doctrina13 y la Ley Federal de Proce-dimiento
Administrativo, los elementos que debereunir un acto administrativo
son:
EL ACTO ADMINISTRATIVO
III
12 ACOSTA ROMERO, Miguel, Teora general del derecho
administrativo, primercurso, 12a. ed., Mxico, Editorial Porra,
1995, p. 143.
13 FRAGA, Gabino, Derecho administrativo, 41a. ed., Mxico,
Editorial Porra,2001, p. 267 y ss.
21
-
22 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
(1) Sujeto. Debe ser expedido por rgano com-petente a travs de
un servidor pblicoy, en caso de que dicho rgano fuere cole-giado,
debe reunir las formalidades de laley o decreto para emitirlo.
(2) Voluntad. Debe ser expedido libre de errorrespecto a la
identificacin del expedien-te, documentos o nombre completo de
laspersonas, y sin que medie dolo o violenciaen su emisin.
(3) Objeto. Debe tener por objeto uno quepueda ser materia del
acto; determinadoo determinable; preciso en cuanto a
lascircunstancias de tiempo y lugar, y pre-visto por la ley.
(4) Motivo. El acto administrativo debe estarfundado y motivado,
es decir, la autori-dad administrativa debe citar de
maneraespecfica la ley exactamente aplicable alcaso, as como
expresar las circunstan-cias especiales, razones particulares o
cau-sas inmediatas que se hayan tenido enconsideracin para emitir
el acto y la ade-cuacin entre los motivos aducidos y lasnormas
aplicables. Cabe sealar que, conrespecto a la fundamentacin, la
SupremaCorte de Justicia de la Nacin establecique no es necesario
que las autoridadesadministrativas citen la jurisprudenciaaplicable
al caso, aun cuando sta declarela inconstitucionalidad de una ley,
ya que,
-
23Manual del Justiciable
de conformidad con los artculos 94, p-rrafo octavo, de la
Constitucin Polticade los Estados Unidos Mexicanos, as como192 y
193 de la Ley de Amparo, la juris-prudencia solamente obliga a los
rganosjurisdiccionales.14
(5) Fin. El acto administrativo debe cumplircon la finalidad del
inters pblico, regu-lado por las normas en que se concreta,sin que
puedan perseguirse otros finesdistintos.
(6) Forma. Debe constar por escrito y con lafirma autgrafa de la
autoridad que lo expi-da, salvo en aquellos casos en que la
leyautorice otra forma de expedicin.
3. Qu efectos tiene un acto administrativo?
Son mltiples los efectos que puede producir unacto
administrativo; sin embargo, de la teorapuede desprenderse, entre
otras, una clasifica-cin general que atiende a los efectos en
relacincon los particulares y a los efectos respecto de
laadministracin pblica.15
En relacin con los particulares, los efectos delacto
administrativo son la creacin, modificacin,
14 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca,
Segunda Sala,t. XV, mayo de 2001, tesis 2a./J. 38/2002, p. 175;
IUS: 186921.
15 ACOSTA, Op. cit., p. 777; FRAGA, Op. cit., p. 275 y ss.
-
24 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
transmisin, declaracin o extincin de derechosy obligaciones.
Como ejemplo puede mencio-narse el pago de una pensin a un
jubilado.El efecto para el particular ser la determinacinde su
monto, pues ello implica la creacin o deter-minacin de un derecho a
favor de ste.
Respecto al rgano administrativo, los efectosdel acto
administrativo consisten en la realiza-cin misma de la actividad
encomendada alrgano de la administracin pblica. En el ejem-plo de
la pensin, el efecto para la administracinser el pago de sta.
Debe sealarse que la autoridad, en atencina su competencia, est
obligada a observar losrequisitos que las normas establecen para el
actoadministrativo. Lo anterior responde al principiode legalidad,
que se traduce en que las autori-dades slo pueden hacer lo que la
ley les permite.As, por ejemplo, un acto administrativo
sernulificado o anulado si lo realiza una
autoridadincompetente.
4. Cmo se ejecuta un acto administrativo?
Existen actos administrativos que entraan eje-cucin automtica,16
es decir, con el hecho de
16 FRAGA, Op. cit., p. 281 y ss.
-
25Manual del Justiciable
que la autoridad cumpla determinados requisi-tos para su emisin,
el acto se considera ejecuta-do, como ocurre, por ejemplo, en el
caso de unregistro.
Sin embargo, cuando el acto administrativoimpone a los
particulares alguna obligacin o lesproduce o puede producir alguna
afectacin ensu esfera jurdica, se pueden presentar dos
su-puestos:
(1) que el acto se obedezca voluntariamentepor el
particular;
(2) que no se obedezca voluntariamente.
Frente a este ltimo supuesto, para evitar quela obligacin quede
incumplida, el Estado puedellevar a cabo, de acuerdo con la
situacin con-creta, las siguientes acciones:
(1) La ejecucin directa, con lo que sustitu-ye al particular en
el cumplimiento de laobligacin. Ejemplo: una clausura.
(2) La imposicin de una sancin, para com-peler al particular al
cumplimiento.Ejemplo: la imposicin de una multa.
(3) La coaccin fsica, que se ejecuta en la per-sona del
particular. Ejemplo: la aplicacinforzosa de una medida sanitaria
cuandose presenta una epidemia.17
17 FRAGA, Op. cit., p. 290 y ss.
-
26 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
5. Cmo puede extinguirse un acto adminis-trativo?
El acto administrativo se extingue de pleno dere-cho, por las
siguientes causas:
(1) Cumplimiento de su finalidad.(2) Prescripcin o caducidad.(3)
Cuando la formacin del acto administra-
tivo est sujeta a una condicin o trminosuspensivo18 y ste no se
realice dentro delplazo sealado en el propio acto.
(4) Acaecimiento de una condicin resolu-toria.19
(5) Renuncia del interesado, cuando el actohubiere sido dictado
en exclusivo bene-ficio de ste y su extincin no sea en per-juicio
del inters pblico.
(6) Por revocacin, cuando as lo exija el inte-rs pblico, de
acuerdo con la ley de lamateria.
El acto administrativo que se extingue deja deproducir efectos
jurdicos, lo que puede resultardaoso para un particular que, en
virtud del acto,hubiera adquirido un derecho. La revocacin,
18 La condicin suspensiva es una modalidad de las obligaciones
que implicala realizacin de un acontecimiento futuro e incierto del
que depende la exis-tencia de una obligacin. El trmino suspensivo
es tambin una modalidad delas obligaciones que implica la
realizacin de un acontecimiento futuro y ciertodel que depende la
eficacia de una obligacin.
19 La condicin resolutoria es una modalidad de las obligaciones
que implicala realizacin de un acontecimiento futuro e incierto del
que depende laresolucin destruccin de una obligacin.
-
27Manual del Justiciable
por ejemplo, procede slo si la autoridad tienefacultades para
determinarla; en tal caso, si unaautoridad incompetente extingue un
acto al revo-carlo, el particular afectado puede recurrir a
lostribunales administrativos o a los federales deamparo para
solicitar una reparacin.
6. Qu es el procedimiento administrativo?
Es el conjunto de formalidades y actos que, demanera directa o
indirecta, determinan los requi-sitos que preceden al acto
administrativo, paraque ste sea vlido y cumpla un fin
especfico.20
La regulacin de este procedimiento no est uni-ficada. Depende de
la materia de que se trate; as,por ejemplo, tanto la Ley Federal de
Proce-dimiento Administrativo como el Cdigo Fiscalde la Federacin
prevn procedimientos deeste tipo.
7. Qu son las infracciones administrativas?
La infraccin administrativa es una transgresino violacin a las
normas administrativas y queamerita una sancin de la misma
naturaleza.
20 FRAGA, Gabino, Op. cit., p. 255; NAVA NEGRETE, Alfonso y
QUIROZACOSTA, Enrique, voz "procedimiento administrativo", en
INSTITUTO DEINVESTIGACIONES JURDICAS, Nuevo diccionario jurdico
mexicano, t. IV,Mxico, Instituto de Investigaciones
Jurdicas-UNAM/Editorial Porra, 2001,pp. 3045-3047.
-
28 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
Como un ejemplo se puede citar la infraccin ala Ley Federal de
Radio y Televisin, consisten-te en la emisin no autorizada de los
textos deanuncios o propaganda comerciales que requie-ran
previamente la aprobacin oficial.
Efectos delacto administrativo
En relacin conlos particulares
Creacin, modificacin,declaracin o extincin
de derechos yobligaciones
Realizacin de laactividad
encomendada alrgano de la
administracin pblica
En relacin conel rgano
administrativo
-
1. Qu derechos y obligaciones tienen los par-ticulares frente a
la administracin pblica?
Las diversas normas constitucionales y legalesestablecen en
favor de los particulares una seriede derechos frente a la
administracin pblica.Asimismo, esas disposiciones imponen a los
par-ticulares diversas obligaciones de carcter pbli-co. En ambos
casos, es muy extenso el nmerode derechos y obligaciones que
existen; sinembargo, en trminos generales, respecto a losderechos
de los particulares frente a la admi-nistracin pblica, la
doctrina21 utiliza, entre otras,la siguiente clasificacin:
(1) Derechos de los administrados al funcio-namiento de la
administracin y a las presta-ciones de los servicios
administrativos. Como
LOS PARTICULARES FRENTE A LAADMINISTRACIN
IV
21 FRAGA, Op. cit., p. 417 y ss.
29
-
30 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
ejemplo se pueden mencionar los servi-cios de correo, telgrafo,
registro civil,registro pblico de la propiedad y delcomercio,
concesiones, licencias, permi-sos, autorizaciones y todo tipo de
servi-cios pblicos. Algunas veces, la autoridadest obligada por
alguna ley, previo cum-plimiento de determinados requisitos, ala
prestacin de algn servicio, mientrasque, en otros casos, la
autoridad tiene unafacultad discrecional para otorgarlo o no,como
ocurre en el caso de las concesiones.
(2) Derechos de los administrados a la legali-dad de los actos
de la administracin. En estesentido, el artculo 16 de la
ConstitucinFederal establece que nadie puede ser mo-lestado en su
persona, familia, domicilio,papeles o posesiones, sino en virtud
demandamiento escrito de la autoridad com-petente, que funde y
motive la causa legaldel procedimiento.
(3) Derechos de los administrados a la repara-cin de los daos
causados por el funcionamientode la administracin. En este caso, el
CdigoCivil Federal dispone que el Estado tienela obligacin de
responder del pago de losdaos y perjuicios causados por sus
ser-vidores pblicos con motivo del ejerciciode las atribuciones que
les estn encomen-dadas. Por su parte, la Ley Federal de
Res-ponsabilidades Administrativas de los
-
31Manual del Justiciable
Servidores Pblicos establece que cuandoen el procedimiento
administrativo disci-plinario se haya determinado la
respon-sabilidad del servidor pblico y ste hayacausado daos o
perjuicios a los particu-lares, stos podrn acudir ante la
Secre-tara o el contralor interno respectivo paraque elaboren el
dictamen correspondienteque comunicarn a la dependencia oentidad en
la que el infractor se encuentreadscrito, para que stas , si as lo
determi-nan, reconozcan la responsabilidad deindemnizar la
reparacin de los daos yperjuicios en cantidad lquida y ordenarsu
pago, sin necesidad de que acudan antela instancia judicial o
cualquier otra.
Respecto a las obligaciones de los particularesfrente a la
administracin pblica, existe, entreotras, la siguiente
clasificacin:
(1) Las que afectan al individuo en su persona.stas pueden
consistir en la prestacindel servicio militar; hacer que los
hijosconcurran a las escuelas para obtenereducacin primaria,
secundaria y militar;alistarse y servir en la Guardia
Nacional;asistir al Ayuntamiento del lugar en queresidan para
recibir instruccin cvica ymilitar; inscribirse en el catastro de
sulocalidad, manifestando la propiedad
-
32 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
que tengan, la industria, profesin otrabajo de que subsistan;
votar en laselecciones, etctera.
(2) Las que afectan al individuo en sus propieda-des. Como
ejemplo de estas obligacionesencontramos el pago de impuestos y
dere-chos; la obtencin de permisos, licenciaso autorizaciones para
el desarrollo de acti-vidades comerciales e industriales;
laobligacin de abstenerse de desarrollar cier-tas actividades
industriales o comerciales,etctera.
2. Qu es el derecho de peticin?
Es un derecho pblico subjetivo del gobernadofrente a la
autoridad administrativa para que, ensu calidad de ente del
gobierno, d contestacinpor escrito y en breve trmino a la peticin
que,en forma escrita, pacfica y respetuosa, hayaformulado el
justiciable, de conformidad con lagaranta individual prescrita por
el artculo8o. de la Constitucin Poltica de los EstadosUnidos
Mexicanos.
3. Qu es el silencio administrativo?
Es la ausencia de contestacin de la autoridadadministrativa a
una peticin formulada porescrito y en forma pacfica por un
particular.
-
33Manual del Justiciable
Se trata de la abstencin de la autoridad admi-nistrativa que
implica un incumplimiento dela obligacin que le impone el artculo
8o. de laConstitucin Federal, el cual establece, en lo con-ducente,
que: "Los funcionarios y empleadospblicos respetarn el ejercicio
del derecho depeticin, siempre que sta se formule por escri-to, de
manera pacfica y respetuosa A todapeticin deber recaer un acuerdo
escrito de laautoridad a quien se haya dirigido, la cual
tieneobligacin de hacerlo conocer en breve trminoal
peticionario."
Este silencio administrativo puede tener lossiguientes efectos
jurdicos, segn la ley espec-fica que regule el caso:
(1) Que dicho silencio se equipare a una reso-lucin favorable al
particular.
(2) Que equivalga a una resolucin negativapor parte de la
autoridad.
(3) Que no implique resolucin alguna y seanecesario que el
particular promuevaalgn medio de defensa, como puede serel juicio
de amparo en contra de la vio-lacin del derecho de peticin, a
efecto deobtener una resolucin, que puede serfavorable o no a sus
intereses.22
22 NAVA NEGRETE, Alfonso, voz "silencio administrativo", en
Diccionariojurdico mexicano, Op. cit., t. P-Z, pp. 2917-2918;
FRAGA, Op. cit., pp. 272-273.
-
34 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
4. Qu es la negativa ficta?
Es la figura que tiene por objeto evitar que elparticular que
formul una solicitud, peticin oinstancia por escrito, resulte
afectado en su esferajurdica, ante el silencio de la autoridad que,
con-forme a la ley, deba emitir la resolucin corres-pondiente y que
consiste en que, cuando hayatranscurrido un determinado tiempo
desde lafecha en que se hizo la solicitud o peticin, yla autoridad
no da contestacin, existe la pre-suncin legal de que su decisin es
en sentidonegativo para el solicitante o peticionario.
A partir de ese momento, el justiciable tienederecho a iniciar
los recursos y ejercer las accio-nes que tenga a su favor.
Un ejemplo del funcionamiento de esta figuralo encontramos en la
Ley Federal de Proce-dimiento Administrativo, que dispone que
laautoridad tiene un plazo de tres meses pararesolver lo que
corresponda, por lo que, trans-currido ese plazo, se entendern las
resolucionesadministrativas en sentido negativo al promo-vente, a
menos que en otra disposicin legal oadministrativa de carcter
general se prevealo contrario.
5. Qu es la afirmativa ficta?
Es la figura jurdica que tiene por objeto evitarque el
particular que formul una solicitud, peti-
-
35Manual del Justiciable
cin o instancia por escrito, resulte afectado ensu esfera
jurdica ante el silencio de la autoridadadministrativa que,
conforme a la ley, deba emitirla resolucin correspondiente y que
consiste enque, cuando haya transcurrido un determinadotiempo desde
la fecha en que se hizo la solicitudo peticin y la autoridad no da
contestacin,existe la presuncin legal de que su decisin esen
sentido positivo para el solicitante o peticio-nario.
Para que se actualice esta figura debe estarcontenida
expresamente en la ley, tal como ocurreen el artculo 366 de la Ley
Federal del Trabajo, encuanto al registro de sindicatos ante la
Secretaradel Trabajo y Previsin Social.
-
1. Qu es la justicia administrativa?
"Es el procedimiento que se sigue ante un tribu-nal u organismo
jurisdiccional situado dentro delPoder Ejecutivo o del Judicial,
con el objeto deresolver, de manera imparcial e imperativa,
lascontroversias entre los particulares y la adminis-tracin
publica."23
2. En qu consiste la revocacin de un acto admi-nistrativo?
La palabra revocacin proviene del verbo latinorevocare, que
significa dejar sin efecto una con-cesin, un mandato o una
resolucin, hacerretroceder ciertas cosas. Tambin es la
anulacin,sustitucin o enmienda de orden o fallo por auto-ridad
distinta de la que haba resuelto.24
JUSTICIA ADMINISTRATIVA
V
37
23 FIX-ZAMUDIO, Hctor y FIX-FIERRO, Hctor, voz "contencioso
adminis-trativo", en INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURDICAS, Op.
cit., t. I, p. 822.
24 REAL ACADEMIA, Op. cit., voces "revocacin" y "revocar", p.
1794.
-
38 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
La revocacin es considerada como una de lasformas de terminacin
o extincin de los actosadministrativos. Es un acto unilateral de la
auto-ridad que deja sin efectos, total o parcialmente,un acto vlido
y eficaz, por motivos de interspblico.
3. En qu consiste la nulidad de un acto admi-nistrativo?
La nulidad de un acto administrativo es el efectojurdico que
produce la omisin o irregularidaden los elementos y requisitos de
validez del acto,que exige la ley administrativa de la materiade
que se trate, segn sea el caso.
La nulidad del acto se debe declarar por elsuperior jerrquico de
la autoridad administra-tiva que lo haya emitido; el acto declarado
jur-dicamente nulo es invlido y no se presumelegtimo ni ejecutable;
su declaracin producirefectos retroactivos y ser subsanable, sin
per-juicio de que pueda expedirse un nuevo acto. Losparticulares no
tendrn obligacin de cumplirloy los servidores pblicos debern hacer
constarsu oposicin a ejecutar el acto, por lo que debenfundar y
motivar su negativa. Un ejemplo sepresenta cuando en un decreto
expropiatorio,no es determinado el inmueble o predio de
laexpropiacin.
-
39Manual del Justiciable
4. En qu consiste la anulabilidad de un actoadministrativo?
La anulabilidad de un acto administrativo es, aligual que la
nulidad, el efecto jurdico que pro-duce la omisin o irregularidad
en ciertos ele-mentos y requisitos de validez del acto que exigela
ley administrativa de la materia de que setrate, segn sea el caso.
Sin embargo, el actosusceptible de ser declarado anulable, en
primertrmino es considerado vlido, goza de la pre-suncin de
legitimidad y ejecutividad, es decir,que tanto el servidor pblico
como el justiciabletienen la obligacin de cumplirlo; y es
subsana-ble por los rganos administrativos mediante elcumplimiento
cabal de los requisitos exigidospor el ordenamiento jurdico para la
validez yeficacia del acto. Un ejemplo de lo anterior sepresenta
cuando hay un error en la persona aquien se dirige el acto
administrativo.
5. Qu son los recursos administrativos?
Gramaticalmente, la palabra recurso tiene, entreotras
connotaciones, la de "accin que concedela ley al interesado en un
juicio o en otro pro-cedimiento para reclamar contra las
resolucio-nes, ora ante la autoridad que las dict, ora antealguna
otra".25
25 Ibdem, voces "recurso" y "recurrir", p. 1746.
-
40 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
En materia administrativa se trata de un mediode defensa de que
dispone el particular afec-tado en sus derechos por un acto de
autoridadadministrativa, para que la misma autoridad oel superior
jerrquico de sta revise el acto, a finde que lo revoque, lo
modifique o lo anule, encaso de que se demuestre su ilegalidad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nacin hasealado que el
recurso administrativo no implicala realizacin de una funcin
jurisdiccional, entanto que en l no existe un rgano
independienteante el que se dirima una controversia, sino quese
trata de un mero control interno de legalidadde la propia
administracin responsable de losactos impugnados, en ejercicio de
un control jur-dico que tiende ms a la eficacia de su actuacin,que
es de orden pblico, que a la tutela de losintereses
particulares.
Asimismo, ha establecido que los recursos ensede administrativa
implican una funcin admi-nistrativa, pues no existe una verdadera
contien-da, ya que para ello sera indispensable que laspretensiones
de la administracin pblica fuerancontradictorias con las del
particular, lo que nosucede, toda vez que, hasta en tanto no se
agotela va administrativa, no podr afirmarse que laadministracin
sostiene un punto de contradic-cin con el particular.26
26 Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta, Novena poca,
Segunda Sala,t. XV, mayo de 2002, tesis 2a. LII/2002, p. 304; IUS:
186875.
-
41Manual del Justiciable
6. Cules son las causas por las que puede inter-ponerse un
recurso administrativo?
Cuando el justiciable se considere afectado poractos y
resoluciones de las autoridades adminis-trativas que estime
ilegales y que pongan fin alprocedimiento administrativo, a una
instancia oresuelvan un expediente, podr interponer el re-curso
administrativo dispuesto para regularizarel acto
administrativo.
7. Cules son los recursos administrativos quecon mayor
frecuencia se presentan?
Ha proliferado en la legislacin un gran nmerode recursos
administrativos con diversas denomi-naciones y objeto, segn la
materia de que se trate.Ahora bien, a partir de 1995 ha estado
vigente laLey Federal de Procedimiento Administrativo,que prev un
recurso de revisin que ha dero-gado los que contemplaban otras
leyes adminis-trativas. El ordenamiento sealado no es aplicablea
las materias fiscal y de responsabilidades delos servidores
pblicos, entre otras. Por tanto, losrecursos que con mayor
frecuencia se promuevenen el mbito federal son:
(1) El recurso de revocacin previsto por el CdigoFiscal de la
Federacin. Puede interponerseen contra de resoluciones definitivas
dic-tadas por autoridades fiscales federales
-
42 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
que determinen contribuciones, acceso-rios o aprovechamientos o
nieguen ladevolucin de cantidades que procedanconforme a la ley y
las que dicten las auto-ridades aduaneras.
(2) El recurso de revocacin previsto por la LeyFederal de
Responsabilidades Administrativasde los Servidores Pblicos. Es un
recurso decarcter optativo que procede en contrade las resoluciones
que sobre responsa-bilidades administrativas dicte la Secre-tara de
la Funcin Pblica, los contraloresinternos y los titulares de las
reas deauditora, de quejas y de responsabilida-des de los rganos
internos de control delas dependencias y entidades de la
Admi-nistracin Pblica Federal y la Procura-dura General de la
Repblica.
(3) El recurso de revisin previsto por la Ley Fede-ral de
Procedimiento Administrativo. Proce-de en contra de los actos y
resoluciones delas autoridades administrativas, tanto de
laadministracin pblica federal centrali-zada, como de los
organismos descentra-lizados, que pongan fin al
procedimientoadministrativo, a una instancia o resuel-van un
expediente.
En el mbito local existen tambin diversosrecursos, cuyos nombres
varan segn la entidad
-
43Manual del Justiciable
federativa y el supuesto que se trate, entre ellos,el de
revocacin y el de inconformidad. stos seencuentran contemplados en
diversas leyeslocales, como pueden ser cdigos financieros,cdigos
fiscales, cdigos de procedimientos admi-nistrativos, leyes de
justicia administrativa,etctera. Generalmente proceden en contra
deresoluciones administrativas o fiscales, as comode actos
administrativos y fiscales de trmite queafecten derechos de
particulares.
8. Cules son los elementos que deben actuali-zarse para promover
un recurso administrativo?
Los elementos27 que deben actualizarse para queun particular
pueda promover un recurso son:
(1) Que el recurso se encuentre contempladoen algn
ordenamiento.
(2) Que exista una resolucin administra-tiva que sea definitiva,
que sea personaly concreta, que cause un agravio, queconste por
escrito excepto cuando setrate de una negativa ficta y que no
hayasido objeto de otro recurso o de algnjuicio.
27 MARGAIN Emilio, El recurso administrativo en Mxico, 3a. ed.,
Mxico,Editorial Porra, 1995, p. 49 y ss; RODRGUEZ LOBATO, Ral,
Derecho fiscal,2a. ed., Mxico, Editorial Oxford University Press,
1999, p. 249 y ss.
-
44 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
9. Cules son las formalidades que deben cum-plirse para promover
un recurso administrativo?
Las formalidades28 que deben cumplirse parapoder promover un
recurso administrativo son:
(1) Debe presentarse por escrito. En el escritorespectivo debe
incluirse: el nombre delpromovente, su domicilio en el caso dela
materia fiscal, debe ser el domiciliofiscal del contribuyente, el
nombre de lapersona o personas autorizadas para ory recibir
notificaciones, la precisin de laautoridad a la que se dirige el
recurso,la mencin del recurso de que se trata, elacto impugnado y
la autoridad responsa-ble, la relacin de los hechos, la expresinde
agravios, la relacin de las pruebas quese ofrecen, los puntos
petitorios y la firmadel promovente.
(2) Se debe adjuntar el documento en queconste el acto
impugnado.
(3) Debe acompaarse la constancia de notifi-cacin del acto
impugnado, en el caso deque se cuente con ella.
(4) Deben adjuntarse las pruebas que setengan.
(5) El escrito del recurso y sus anexos debe-rn presentarse
dentro del trmino queestablezca la ley que lo regule.
28 dem.
-
45Manual del Justiciable
10. Cules son los efectos de la interposicinde un recurso
administrativo?
Entre los efectos ms importantes se encuentran:
(1) Suspender la ejecucin del acto, siempre ycuando dicha medida
se encuentre previs-ta en la ley que regule el recurso y,
entreotros requisitos, el particular la solicite.
(2) Establecer la obligacin para la autoridadde dejar sin
efectos los actos administrati-vos cuando advierta una ilegalidad
mani-fiesta, aun cuando los agravios sean in-suficientes.
(3) Establecer la improcedencia de cualquierotro recurso y aun
del juicio contenciosoadministrativo, hasta que se resuelva
elrecurso interpuesto.
11. Qu pruebas se pueden ofrecer en un
recursoadministrativo?
El tipo de pruebas que se pueden ofrecer en cadarecurso vara de
conformidad con la ley que loregula; sin embargo, en el caso de la
Ley Federalde Procedimiento Administrativo, son admisiblestoda
clase de pruebas, excepto la confesional delas autoridades. No se
considera comprendidaen esta prohibicin la peticin de informes a
lasautoridades administrativas, respecto de hechos
-
46 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
que consten en sus expedientes o de documen-tos agregados a
ellos.
Slo pueden rechazarse las pruebas propues-tas por los
interesados cuando no fuesen ofre-cidas conforme a derecho, no
tengan relacin conel fondo del asunto, sean improcedentes e
inne-cesarias o contrarias a la moral y al derecho. Talresolucin
deber estar debidamente fundada ymotivada.
En el caso del recurso de revocacin en materiafiscal, previsto
por el Cdigo Fiscal de la Federa-cin, son admisibles todas las
pruebas, excepto latestimonial y la confesional a cargo de las
autori-dades, mediante absolucin de posiciones.
12. Cules son los requisitos que debe cumplirla resolucin que
ponga fin a un recurso admi-nistrativo?
Las resoluciones de los recursos administrativosconstituyen
actos administrativos, por lo quedeben cumplir con los requisitos
establecidospara stos. Entre otros, deben estar fundados
ymotivados, mencionar todas las causales de ile-galidad expuestas
por el recurrente frente al actoimpugnado y sealar su procedencia o
improce-dencia; debern examinar todas las pruebas ofreci-das y
presentadas por las partes; encargarse que
-
47Manual del Justiciable
no se omita alguna circunstancia de la litis, y emi-tirse por
autoridad competente.
13. En qu sentidos puede la autoridad resolverun recurso?
La autoridad encargada de resolver el recursopodr:
(1) Desecharlo por improcedente.(2) Sobreseerlo.(3) Confirmar el
acto impugnado.(4) Declarar la inexistencia, nulidad o anulabi-
lidad del acto impugnado.(5) Revocar, total o parcialmente, el
acto admi-
nistrativo.(6) Modificar u ordenar la modificacin del
acto impugnado o dictar u ordenar expe-dir uno nuevo que lo
sustituya, cuandoel recurso interpuesto sea total o parcial-mente
resuelto a favor del recurrente.
-
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EMPLAZAMIENTONO
CONTESTACIN
AMPLIACINDE LA
DEMANDA
CONTESTACINDE LA
AMPLIACIN
ADMISIN DE LADEMANDA
PREVENCIN
INCOMPLETA COMPLETA
DEMANDA
ALEGATOS
DESAHOGO DEPRUEBAS
SENTENCIA
CIERRE DEINSTRUCCIN
CONTESTACIN
ADMISIN DEPRUEBAS
-
49Manual del Justiciable
14. Qu es un juicio contencioso adminis-trativo?
Es un proceso que se lleva a cabo ante un tribunalespecializado,
como puede ser el Tribunal Fede-ral de Justicia Fiscal y
Administrativa o un Tri-bunal de lo Contencioso Administrativo en
elmbito local, por virtud del cual se resuelven lascontroversias
suscitadas entre la administracinpblica y un particular afectado en
sus derechos,por actos o resoluciones definitivas de la
primera.
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-nistrativa, as
como la mayora de los Tribunalesde lo Contencioso Administrativo,
no forman par-te del Poder Judicial; no obstante, las funcionesque
realizan son materialmente jurisdiccionales.
Por otro lado, la Constitucin Poltica de losEstados Unidos
Mexicanos, en su artculo 116,dispone que las constituciones y leyes
de losEstados podrn instituir Tribunales de lo Con-tencioso
Administrativo. Sin embargo, no entodas las entidades federativas
han sido creadosestos tribunales y su competencia, organiza-cin,
estructura y denominacin, pueden variarenormemente de un Estado a
otro. Por ejemplo,existen Tribunales de lo Contencioso
Adminis-trativo en Aguascalientes, Baja California, Coli-ma,
Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Estado de
-
50 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
Mxico, Morelos, Nuevo Len, Quertaro, SanLuis Potos, Sinaloa,
Sonora, Tabasco, Veracruzy Yucatn; mientras que en Tamaulipas
existe unTribunal Fiscal y en los Estados de Campeche,Chiapas y
Quintana Roo, la facultad para resol-ver los conflictos en materia
administrativacorresponde a Salas y Juzgados de los respecti-vos
Tribunales Superiores de Justicia, es decir, arganos del Poder
Judicial local.
Con relacin al Distrito Federal, el artculo 122de la Constitucin
Federal dispone expresamenteel establecimiento de un Tribunal de lo
Conten-cioso Administrativo, el cual funciona como taldesde el ao
de 1971.
15. Cules son las causas por las que puede ini-ciarse un juicio
contencioso administrativo?
En trminos generales, el juicio contencioso admi-nistrativo fue
instaurado para la proteccin delos derechos de los particulares
frente a la admi-nistracin pblica. Por ejemplo, el Tribunal
Federalde Justicia Fiscal y Administrativa conoce deaquellos
juicios que se entablen en contra de lassiguientes resoluciones
definitivas: las dicta-das por autoridades fiscales federales y
organis-mos fiscales autnomos, en que se determine laexistencia de
una obligacin fiscal, se fije encantidad lquida o se den las bases
para su liqui-
-
51Manual del Justiciable
dacin; las que nieguen la devolucin de uningreso, de los
regulados por el Cdigo Fiscalde la Federacin, indebidamente
percibido porel Estado o cuya devolucin proceda de con-formidad con
las leyes fiscales; las que imponganmultas por infraccin a las
normas adminis-trativas federales o las dictadas por las
autori-dades administrativas que pongan fin a unprocedimiento
administrativo, a una instancia oresuelvan un expediente, en los
trminos de laLey Federal de Procedimiento Administrativo.
16. Qu ordenamientos regulan al juicio conten-cioso
administrativo?
En el mbito federal, en primer lugar se encuen-tra el Cdigo
Fiscal de la Federacin, que esta-blece ante qu tribunal ha de
interponerse estejuicio, as como las disposiciones que regulan
lasustanciacin del juicio contencioso adminis-trativo. Como
legislacin supletoria se aplica elCdigo Federal de Procedimientos
Civiles.
Por lo que toca a la estructura y distribucin defacultades del
tribunal competente para conocerdel contencioso administrativo,
debe atendersea lo previsto por la Ley Orgnica del TribunalFederal
de Justicia Fiscal y Administrativa.
En el mbito local, la mayora de las entidadesfederativas han
expedido diversas leyes y cdi-
-
52 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
gos donde se regulan los respectivos juicios de locontencioso
administrativo de carcter local.
17. Es obligatorio interponer un recurso admi-nistrativo antes
de iniciar un juicio contenciosoadministrativo?
No en todos los casos, ya que para que la inter-posicin de un
recurso de manera previa aljuicio contencioso administrativo sea
obligatoria,tendra que expresarse as en la ley de la mate-ria, como
ocurre en el caso de la Ley de ComercioExterior, que seala que debe
agotarse el recursoantes de promover el juicio ante el Tribunal
Fede-ral de Justicia Fiscal y Administrativa.
18. Quines intervienen en el proceso?
En el proceso ante el Tribunal Federal de JusticiaFiscal y
Administrativa intervienen:
(1) El demandante.(2) El demandado la autoridad que haya
dictado la resolucin y los particularesbeneficiados con
ella.
(3) El titular de la dependencia de la cualdependa la autoridad
demandada.
(4) El tercero o terceros que tenga un intersincompatible con el
demandante.
-
53Manual del Justiciable
19. Cules son los requisitos que debe cumpliruna demanda?
El escrito de demanda debe comprender, por lomenos:
(1) El nombre del demandante y su domiciliopara recibir
notificaciones en la sede dela Sala Regional competente.
(2) La resolucin que se impugna.(3) La autoridad o autoridades
demandadas
o el nombre y domicilio del particulardemandado, cuando el
juicio sea promo-vido por la autoridad administrativa.
(4) Los hechos que den motivo a la demanda.(5) Las pruebas que
ofrezca. En caso de que
se ofrezca prueba pericial o testimonial, seprecisarn los hechos
sobre los que debanversar y sealarn los nombres y domici-lios del
perito o de los testigos.
(6) Los conceptos de impugnacin.(7) El nombre y domicilio del
tercero intere-
sado, cuando lo haya.(8) Lo que se pida y sealar, en caso de
solici-
tar una sentencia de condena, las canti-dades o actos cuyo
cumplimiento se de-manda.
20. Qu ocurre si se omite cumplir alguno delos requisitos
establecidos para la demanda?
Cuando se omite el nombre del demandante, o laprecisin de la
resolucin que se impugna o los
-
54 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
conceptos de impugnacin, el tribunal desechapor improcedente la
demanda interpuesta.
Si se omite cualquiera de los dems datos, eltribunal requiere al
promovente para que losseale dentro del trmino de cinco das, con
elapercibimiento que de no hacerlo en tiempose tendr por no
presentada la demanda o por noofrecidas las pruebas, segn
corresponda.
21. Cules son los efectos de la presentacin dela demanda?
Entre los efectos ms sobresalientes pueden men-cionarse los
siguientes:
(1) El reconocimiento, por parte del deman-dante, de la
competencia territorial del tri-bunal ante el cual present el
escritoinicial.
(2) La obligacin del demandante de ofrecer,dentro del escrito de
demanda, las prue-bas que estime pertinentes, presentar
losdocumentos que se tengan y los cuestio-narios que deban
desahogar los peritos ylos testigos, si se ofrecen las pruebas
peri-cial y testimonial, bajo pena de tenersepor no ofrecidas en
tiempo y forma. Idn-tica obligacin tendrn las dems partesdentro del
juicio.
-
55Manual del Justiciable
(3) La imposibilidad de iniciar un nuevo pro-ceso sobre el mismo
litigio ante el mismotribunal o ante tribunal diverso.
(4) La suspensin del plazo para que se con-sume la caducidad de
las facultades delas autoridades fiscales, caso en el cualse
reiniciar el cmputo una vez fallado ellitigio.
(5) La suspensin de los efectos jurdicos quedimanen de una
resolucin de autoridadadministrativa, si sta tiene carctermeramente
declarativo, entre tanto sedicta sentencia.
(6) Facultar al demandante para solicitar lasuspensin del acto
impugnado, cuandolleve aparejado un principio de ejecucinsobre sus
bienes, siempre que garanticeel importe de las cantidades que en
sucaso se le exijan.
(7) Admitida la demanda, se corre trasladode ella al demandado,
a quien se emplazapara que la conteste.
22. Qu plazo tiene el demandado para contes-tar la demanda?
Debe emitir su contestacin dentro de los cuaren-ta y cinco das
siguientes a aquel en que surtaefectos el emplazamiento.
-
56 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
23. En qu casos se puede ampliar la demanda?
En algunos casos, tal como en el contempladopor el Cdigo Fiscal
de la Federacin, es posibleampliar la demanda. Para ello, debe
concurriralguno de los siguientes supuestos:
(1) Que se impugne una negativa ficta.(2) Que sea contra el acto
del que derive el que
se impugna en la demanda, as como sunotificacin, cuando se le
dan a conoceral demandante en la contestacin de lademanda.
(3) Que se alegue que el acto objeto de lademanda no fue
notificado, o fue ilegal-mente notificado.
(4) Que al contestar la demanda, y siem-pre que no se cambien
los fundamentosde la resolucin que se impugna, se intro-duzcan
cuestiones que no sean conocidaspor el actor.
24. Qu plazo tiene el demandado para contes-tar la ampliacin de
la demanda?
El plazo para contestar la ampliacin de la deman-da es de veinte
das siguientes a aquel en quesurta efectos la notificacin del
acuerdo que ad-mita la ampliacin.
-
57Manual del Justiciable
25. Qu ocurre si el demandado no da contes-tacin en tiempo a la
demanda o a la ampliacinde la demanda?
Si no se produce la contestacin a tiempo o stano se refiere a
todos los hechos, se tendrn comociertos los que el actor impute de
manera precisaal demandado, salvo que por las pruebas rendi-das o
por hechos notorios resulten desvirtuados.
26. Qu aspectos debe comprender la contes-tacin de la demanda y
la contestacin de laampliacin de la demanda?
El demandado en su contestacin y en la contes-tacin de la
ampliacin de la demanda expresar:
(1) Los incidentes de previo y especial pro-nunciamiento a que
haya lugar.
(2) Las consideraciones que a juicio deldemandado impidan se
emita decisinen cuanto al fondo, o demuestren que noha nacido o se
ha extinguido el derechoen que el actor apoya su demanda.
(3) Se referir a cada uno de los hechos queel demandante le
impute de manera expre-sa, los que deber afirmar, negar,
expresarque los ignora por no ser propios o expo-ner cmo
ocurrieron, segn sea el caso.
(4) Los argumentos por medio de los cualesse demuestra la
ineficacia de los con-ceptos de impugnacin.
-
58 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
(5) Las pruebas que ofrezca. En caso de que seofrezca prueba
pericial o testimonial,se deben precisar los hechos sobre los
quedeban versar y se sealarn los nombresy domicilios del perito o
de los testigos.Sin estos sealamientos se tendrn por noofrecidas
dichas pruebas.
27. Qu documentos se deben adjuntar a la con-testacin de la
demanda?
Se deben adjuntar, entre otros, los siguientes:
(1) Copias de la contestacin y de los documen-tos que acompae
para el demandante ypara el tercero sealado en la demanda.
(2) El documento en que acredite su persona-lidad cuando el
demandado sea un par-ticular y no gestione en nombre propio.
(3) El cuestionario que debe desahogar elperito, el cual deber
estar firmado porel demandado.
(4) En su caso, la ampliacin del cuestiona-rio para el desahogo
de la pericial ofre-cida por el demandante.
(5) Las pruebas documentales que ofrezca.(6) Cuando se trate de
la contestacin a la
ampliacin de la demanda, se debernadjuntar tambin los documentos
previs-tos en el artculo 214 del Cdigo Fiscal de
-
59Manual del Justiciable
la Federacin, excepto aquellos que ya sehubieran acompaado al
escrito de con-testacin de la demanda.
Debe aclararse que la presentacin de todos oalgunos de los
documentos indicados dependedel procedimiento de que se trate.
28. Qu pruebas se pueden ofrecer en el con-tencioso
administrativo?
Toda clase de pruebas confesin, documentos p-blicos y privados,
dictmenes periciales, inspeccinjudicial, testigos, fotografas,
escritos y notas taqui-grficas y, en general, los descubrimientos
aportadospor la ciencia, as como presunciones, a excepcinde la
confesional a cargo de las autoridades me-diante absolucin de
posiciones, as como lapeticin de informes, salvo que se trate de
hechosque consten en los expedientes de las autori-dades.
29. Qu son los alegatos?
Los alegatos constituyen la exposicin oral o es-crita de los
argumentos de las partes o de susdefensores, que tienen por objeto
demostrar laeficacia de las pruebas rendidas y llevar al nimodel
juzgador la conviccin de que los hechosen que se basa la demanda o
la contestacin, hanquedado probados.
-
60 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
Dentro del juicio contencioso administrativose cuenta con 10 das
despus de que haya con-cluido la sustanciacin del juicio y no
exista algu-na cuestin pendiente que impida su resolucin,para que
el Magistrado instructor notifique porlista a las partes que tienen
un trmino de cincodas para formular alegatos por escrito y
puedanser considerados al dictar sentencia.
30. Qu es el cierre de instruccin?
Es el momento procesal que sobreviene una vezconcluido el
periodo de alegatos, en el que elasunto se encuentra en posibilidad
de ser resuel-to, toda vez que se agotaron todas las etapas
yformalidades del proceso.
31. Qu tipos de sentencia se pueden emitir enel juicio
contencioso administrativo?
Se pueden emitir las que:
(1) Reconocen la validez de la resolucinimpugnada.
(2) Declaran la nulidad de la resolucin im-pugnada.
(3) Declaran la nulidad de la resolucin im-pugnada para
determinados efectos, encuyo caso debern precisar con claridadla
forma y los trminos en que la autori-
-
61Manual del Justiciable
dad debe cumplirla, salvo que se trate defacultades
discrecionales.
(4) Declaran la existencia de un derecho subje-tivo, condenan al
cumplimiento de unaobligacin, y declaran la nulidad de laresolucin
impugnada.
32. Qu puede hacer el particular si una senten-cia le resulta
adversa?
Interponer el juicio de amparo directo porconducto de la
autoridad responsable, que eneste caso sera el Tribunal Federal de
Justicia Fis-cal y Administrativa o el Tribunal de lo Conten-cioso
Administrativo correspondiente.
33. Qu puede hacer un particular si en su Esta-do no existe un
Tribunal de lo Contencioso Admi-nistrativo?
En aquellos Estados en los que no exista untribunal en materia
administrativa, los particu-lares afectados por resoluciones
emitidas en elmarco de leyes locales podrn:
(1) Impugnar dichas resoluciones a travs delos recursos
administrativos que en sucaso estn previstos en las leyes
respec-tivas.
(2) En el supuesto de que los mencionadosrecursos sean
optativos, promover el jui-
-
62 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
cio de amparo indirecto ante un Juzgadode Distrito del Poder
Judicial de la Fede-racin.
A su vez, las resoluciones que se emitan pararesolver los
recursos indicados en el inciso (1), po-drn impugnarse ante un
Juzgado de Distrito,mediante el amparo indirecto.
-
1. Qu es la responsabilidad administrativa delos servidores
pblicos?
Es un tipo de responsabilidad en la que incurreun servidor
pblico por actos u omisiones come-tidos con motivo del desempeo de
su empleo,cargo o comisin, que resultan contrarios a losprincipios
de legalidad, honradez, lealtad,imparcialidad y eficiencia que
rigen en el serviciopblico.29
2. Qu servidores pblicos pueden incurrir enresponsabilidad
administrativa?
En el mbito federal, son sujetos de responsabi-lidad
administrativa:
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVADE LOS SERVIDORES PBLICOS
VI
29 SOBERANES FERNNDEZ, Jos Luis, voz "responsabilidad de los
servi-dores pblicos" en Enciclopedia jurdica mexicana , Op. cit.,
t. VI, pp. 282-290;DELGADILLO, Op. cit., p. 153; Ley Federal de
Responsabilidades Administra-tivas de los Servidores Pblicos,
artculo 7.
63
-
64 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
(1) Los representantes de eleccin popular.(2) Los miembros del
Poder Judicial de la
Federacin.(3) Los funcionarios y empleados, y toda per-
sona que desempee un empleo, cargo ocomisin de cualquier
naturaleza en laadministracin pblica federal, as comolos servidores
del Instituto Federal Elec-toral.
(4) Los gobernadores de los Estados, los dipu-tados a las
Legislaturas Locales, los Ma-gistrados de los Tribunales Superiores
deJusticia locales y, en su caso, los miembrosde los Consejos de
las Judicaturas Locales,por violaciones a la Constitucin Federal,a
las leyes federales y por el manejo inde-bido de fondos y recursos
federales.
En el Distrito Federal, son sujetos de responsa-bilidad:
(1) Los representantes de eleccin popular.(2) Los miembros del
Poder Judicial del Dis-
trito Federal.(3) Los funcionarios y empleados, y, en gene-
ral, toda persona que desempee unempleo, cargo o comisin de
cualquiernaturaleza en el Distrito Federal.
En el mbito local, las Constituciones de losEstados de la
Repblica precisan quines tienen
-
65Manual del Justiciable
el carcter de servidores pblicos en los Estadosy en los
Municipios, para los efectos de su res-ponsabilidad
administrativa.
3. Cules son los principios que rigen la funcinpblica?
De acuerdo con lo establecido por el artculo113 de la
Constitucin Federal, son:
(1) Legalidad. Consiste en que todo acto de losfuncionarios
pblicos y, en general, detodo rgano de la administracin pbli-ca,
debe estar fundado y motivado.
(2) Honradez. Implica la integridad en el obrary el recto
proceder de todos los servidorespblicos.30
(3) Lealtad. Es el cumplimiento de lo que exi-gen las leyes de
la fidelidad y del honor.Cabe sealar que la lealtad de los
funcio-narios pblicos debe ser para con el Esta-do, el organismo
pblico, las leyes y elencargo que desempean.31
(4) Imparcialidad. Implica la falta de designioanticipado o de
prevencin a favor o en
30 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "honradez", p. 1121; PALOMAR,
Juande Miguel, voz "honradez", en Diccionario para juristas, Mxico,
Editorial Porra,2000, p. 780.
31 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "lealtad", p. 1237; PALOMAR Op.
cit.,voz "lealtad", p. 900.
-
66 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
contra de personas o cosas, lo que permitea los servidores
pblicos juzgar o pro-ceder con rectitud.32
(5) Eficiencia. Consiste en una virtud y facul-tad de los
servidores pblicos para lograrun efecto determinado, como puede
serel establecido en las leyes.33
Por lo general, estos principios tambin seencuentran
establecidos en las Constitucionesde los Estados.
4. Cules son las obligaciones de los servidorespblicos?
En trminos generales, todo servidor pblicotiene, entre otras,
las siguientes obligaciones:
(1) Cumplir con el servicio encomendado yabstenerse de cualquier
otro acto u omi-sin, que cause la suspensin o deficienciade dicho
servicio.
(2) Formular y ejecutar los planes, programasy presupuestos
correspondientes a sucompetencia, y cumplir las leyes y la
nor-matividad que determinen el manejo derecursos econmicos
pblicos, as como
32 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "imparcialidad", p. 1144;
PALOMAROp. cit., voz "imparcialidad", p. 796.
33 REAL ACADEMIA Op. cit., voz "eficiencia", p. 792; PALOMAR Op.
cit.,voz "eficiencia", p. 563.
-
67Manual del Justiciable
utilizar los recursos y las facultades quetenga asignados y
atribuidas, para eldesempeo de su empleo, cargo o comi-sin,
exclusivamente para los fines a queestn afectos.
(3) Rendir cuentas sobre el ejercicio de lasfunciones que tenga
conferidas.
(4) Custodiar y cuidar la documentacin einformacin que por razn
de su empleo,tenga bajo su responsabilidad, e impediro evitar su
uso, sustraccin, destruccin,ocultamiento o inutilizacin
indebidos.
(5) Abstenerse, durante el ejercicio de susfunciones, de
solicitar, aceptar o recibir,por s o por interpsita persona,
cualquieremolumento como dinero, bienes mue-bles o inmuebles,
donaciones, servicios,empleos, cargos o comisiones para s, opara
las personas en quien tenga uninters personal, familiar o de
negocios,que implique intereses en el servicio quese presta, aun
despus de un ao dehaberse separado del servicio, cargo
ocomisin.
El incumplimiento de estas obligaciones darlugar a las sanciones
que correspondan.
-
68 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
5. En qu lugar y en qu forma se puede presentaruna queja en
contra de un servidor pblico queincumpla sus obligaciones?
Las quejas o denuncias en contra de un servidorpblico por el
incumplimiento de sus obliga-ciones, se presentan de conformidad
con lasnormas y procedimientos establecidos por la Se-cretara de la
Funcin Pblica34 o las contralorasde las entidades federativas, en
las unidades espe-cficas que para esos efectos existen en las
de-pendencias y entidades de la administracinpblica.
Las quejas o denuncias debern contener losdatos e indicios que
permitan advertir la pre-sunta responsabilidad del servidor
pblico.
6. Cules son las sanciones que se pueden apli-car a un servidor
pblico que incumpla sus obliga-ciones?
Las sanciones aplicables a un servidor pblicopor una falta
administrativa, pueden consistir,en el mbito federal, en:
(1) Amonestacin privada o pblica.(2) Suspensin del empleo, cargo
o comisin
por un periodo no menor de tres das nimayor a un ao.
34 Antes Secretara de la Contralora y Desarrollo Administrativo.
VaseDiario Oficial de la Federacin del 10 de abril de 2003.
-
69Manual del Justiciable
(3) Destitucin del puesto.(4) Sancin econmica.(5) Inhabilitacin
temporal para desempear
empleos, cargos o comisiones en el servi-cio pblico.
7. Qu puede hacer un servidor pblico cuandose le aplique una
sancin que considere indebidao no apegada a derecho?
El servidor pblico puede impugnar las resolu-ciones que
establezcan una sancin en su contra,a travs de los siguientes
medios:
(1) Recurso administrativo. En el mbito fede-ral, los servidores
pblicos que resultenresponsables en los trminos de resolu-ciones
administrativas, podrn optarentre interponer el recurso de
revocacino impugnarlas directamente ante el Tri-bunal Federal de
Justicia Fiscal y Admi-nistrativa. El recurso de revocacin
debeinterponerse ante la propia autoridad queemiti la resolucin,
dentro de los quin-ce das hbiles siguientes a la fecha en quesurta
efectos la notificacin respectiva.La tramitacin del recurso est
sujeta a lasnormas siguientes:
(a) Se inicia mediante escrito en el quedeben expresarse los
agravios que a
-
70 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
juicio del servidor pblico le causela resolucin, as como el
ofrecimien-to de las pruebas que considere ne-cesario rendir;
(b) La autoridad debe acordar sobre laadmisibilidad del recurso,
as comode las pruebas ofrecidas y desechar deplano las que no
fuesen idneas paradesvirtuar los hechos en que se basela
resolucin.
(c) Desahogadas las pruebas, si lashubiere, la autoridad debe
emitir unaresolucin dentro de los treinta dashbiles siguientes y
notificar al inte-resado en un plazo no mayor de se-tenta y dos
horas.
La interposicin del recurso suspende laejecucin de la resolucin
recurrida, siem-pre y cuando lo solicite el promovente ycumpla con
los requisitos establecidospor la Ley Federal de
ResponsabilidadesAdministrativas de los Servidores Pbli-cos. Las
resoluciones que se dicten en elrecurso de revocacin son tambin
im-pugnables ante el Tribunal Federal de Jus-ticia Fiscal y
Administrativa.
En el mbito local, por lo general las di-versas leyes de
responsabilidades de losservidores pblicos, o bien, los cdigos
oleyes de procedimientos administrativos,establecen algn recurso a
travs del cual,los servidores pblicos de los Estados y
-
71Manual del Justiciable
de los Municipios pueden impugnarresoluciones administrativas
que les afec-ten. En la mayora de los casos, es optativopara el
servidor pblico agotar dichorecurso o promover directamente
unademanda ante el respectivo Tribunal delo Contencioso
Administrativo. Cabesealar que la resolucin que se dicte enel
recurso tambin puede impugnarseante el tribunal.
(2) Juicio contencioso administrativo. En el mbi-to federal, en
los juicios ante el TribunalFederal de Justicia Fiscal y
Administra-tiva, en los que se impugnen
resolucionesadministrativas, las sentencias firmes quese pronuncien
tendrn el efecto derevocar, confirmar o modificar la resolu-cin
impugnada. En el caso de que searevocada o de que la modificacin as
lodisponga, se debe ordenar a la depen-dencia o entidad en la que
el servidorpblico preste o haya prestado sus ser-vicios, que lo
restituya en el goce de losderechos de que hubiese sido privado
porla ejecucin de las sanciones impugnadas,en los trminos de la
sentencia respectiva,sin perjuicio de lo que establezcan
otrasleyes, como pueden ser las penales.
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal yAdministrativa tambin
puede otorgar lasuspensin del acto impugnado, siemprey cuando se
cumplan los requisitos esta-
-
72 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
blecidos por la ley. Sin embargo, no esprocedente la suspensin
de la ejecucinde las resoluciones administrativas cuandose trate de
infracciones graves o casos dereincidencia.
En el mbito local, las disposiciones querigen al juicio
contencioso administrativo,que tiene lugar ante el respectivo
Tribunalde lo Contencioso Administrativo, son muyparecidas a las
que existen en el mbitofederal, salvo que en algunos Estados,
lasresoluciones de los Tribunales de lo Con-tencioso Administrativo
que pongan final juicio pueden ser impugnadas a travsde un recurso,
que ser resuelto por laSala Superior del tribunal
correspon-diente.35
(3) Juicio de amparo. Si la sentencia que seemita en el juicio
contencioso administra-tivo no resulta favorable a los interesesdel
servidor pblico y ste considera quecon ella se causa una violacin a
sus ga-rantas individuales, existe la posibilidadde promover el
juicio de amparo direc-to ante la autoridad responsable, que eneste
caso sera el Tribunal Federal de Jus-ticia Fiscal y Administrativa
o el Tribunalde lo Contencioso Administrativo corres-pondiente.
35 Cabe recordar que no en todas las entidades federativas
existen Tribunalesde lo Contencioso Administrativo. Al respecto
vase la pregunta 13 del captuloV de esta obra.
-
Amparo directo. Juicio federal protector de lasgarantas
individuales, que procede contra sen-tencias definitivas o laudos y
resoluciones quepongan fin al juicio, dictados por tribunales
civi-les, administrativos o del trabajo, respecto de losque no
proceda ningn recurso ordinario porel que puedan ser modificados o
revocados, yasea que la violacin se cometa en ellos o quecometida
durante el procedimiento, afecte a lasdefensas del quejoso,
trascendiendo al resul-tado del fallo, y por violacin de garantas
come-tidas en las propias sentencias, laudos o resolu-ciones
indicados.36
Amparo indirecto. Juicio federal protector de lasgarantas
individuales, que esencialmente
GLOSARIO
73
36 ARELLANO GARCA, Carlos, El juicio de amparo, 7a. ed., Mxico,
EditorialPorra, 2001, pp. 378-379 y 381-382; BARRERA GARZA, scar,
Compendio de amparo,Mxico, Mac Graw Hill, 2002, p. 71; CASTRO,
Juventino V., Garantas y am-paro, 11a. ed; Mxico, Editorial Porra,
2000, pp. 376-377 y 379 y 381.
-
74 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
procede contra leyes federales o locales,
tratadosinternacionales, reglamentos expedidos por elpresidente de
la Repblica, reglamentos de leyeslocales expedidos por los
gobernadores de losEstados, u otros reglamentos, decretos o
acuer-dos de observancia general, que por su solaentrada en vigor o
con motivo del primer actode aplicacin, causen perjuicios al
particular;contra actos que no provengan de tribunalesjudiciales,
administrativos o del trabajo, o que alprovenir de estos tribunales
hayan sido ejecu-tados fuera de juicio o despus de concluido
ste,contra actos en el juicio que tengan sobre las per-sonas o las
cosas una ejecucin de imposiblereparacin; contra actos ejecutados
dentro o fuerade juicio, que afecten a personas extraas a l;y
contra las resoluciones del Ministerio Pblicoque confirmen el no
ejercicio o desistimiento dela accin penal.
Atribucin de facultades. Es el conjunto dederechos y
obligaciones que la ley le confiere ala autoridad administrativa,
para que sta puedarealizar sus fines.37
Breve trmino. Es el necesario y prudente paraque una autoridad
estudie y acuerde una peticin.
37 RAMREZ GUTIRREZ, Jos Othn y VILLARREAL CORRALES, Lucinda,voz
"atribucin de facultades", en Enciclopedia jurdica mexicana Op.
cit., t. I A-B,pp. 422 y 423.
-
75Manual del Justiciable
Coordinacin administrativa. Tcnica de reali-zacin de funciones
administrativas correspon-dientes a la Federacin, en la cual toman
partelas administraciones pblicas estatales y muni-cipales, segn
sea el caso, con base en convenioso acuerdos de adhesin o de
coordinacin.38
Inters pblico. "Es el conjunto de pretensionesrelacionadas con
las necesidades colectivas delos miembros de una comunidad y
protegidasmediante la intervencin directa y permanentedel
Estado."39
Materia fiscal. La Suprema Corte de Justicia dela Nacin ha
definido en diversas sentencias,que por materia fiscal " debe
entenderse lorelativo a la determinacin, la liquidacin, el pago,la
devolucin, la exencin, la prescripcin o elcontrol de los crditos
fiscales, o lo referente a lassanciones que se impongan con motivo
de haberseinfringido las leyes tributarias".40
Poder pblico. En un sentido amplio, se sueleentender como tal a
la instancia social que go-
38 DELGADILLO Op. cit., p. 99.39 CORNEJO CERTUCHA, Francisco M.,
voz "inters pblico", en Diccionario
jurdico mexicano, Op. cit., t. III I-O, p. 1779.40 Semanario
Judicial de la Federacin, Sptima poca, Segunda Sala, vol. 69,
tercera parte, p. 51; IUS: 234493; Op. cit., Sexta poca, Segunda
Sala, terceraparte, vol. XLVI, p. 68; IUS: 802087; Op. cit., Sexta
poca, Segunda Sala, ter-cera parte, vol. LII, p. 117; IUS
267300.
-
76 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
41 TAMAYO Y SALMORN, Rolando, voz "poder pblico", en
Diccionariojurdico mexicano, Op. cit., t. IV P-Z, pp.
2448-2449.
42 Semanario Judicial de la Federacin, Quinta poca, Primera
Sala, t. CXVI,p. 1051; IUS: 297078.
43 GARCA MYNEZ, Eduardo, Introduccin al estudio del derecho,
48a. ed.,Mxico, Editorial Porra, p. 271; RECASNS SICHES, Luis,
Introduccin al estu-dio del derecho, 13a. ed., Mxico, Editorial
Porra, 2000, pp. 148-149; SOBERNMAINERO, Miguel, voz
"personalidad", en Enciclopedia jurdica mexicanaOp. cit., t. V, p.
547; Cdigo Civil Federal, artculos 22 y 25.
44 FIX-ZAMUDIO, Hctor, voz "sobreseimiento", en Enciclopedia
jurdicaOp. cit., t. Q-Z, pp. 467-472; OVALLE FAVELA, Jos, Teora
general del proceso,5a. ed., Mxico, Editorial Oxford, 2001, p. 18;
Gaceta del Semanario Judicial de laFederacin, Octava poca, t. 77,
mayo de 1994, tesis VI.2o. J/280, p. 77; IUS:212468; Semanario
Judicial de la Federacin, Octava poca, t. IX, enero de 1992,tesis
V.2o. J/15; p. 115; IUS: 220705.
bierna a la comunidad. En sentido restringido,la expresin poder
pblico o poderes pblicosdesigna a las instituciones concretas a
travs delas cuales el poder poltico se manifiesta y funcio-na.41 La
Suprema Corte de Justicia de la Nacin hadeterminado que " El
ejercicio del Poder Pbli-co corresponde slo a los funcionarios y a
los agen-tes de autoridad",42 de lo cual se desprende quela
manifestacin del poder pblico lo consti-tuye la funcin que prestan
los funcionarios delos diferentes niveles de gobierno.
Personalidad jurdica. Es la aptitud que la leyreconoce al ser
humano en lo individual, o a losentes colectivos sociedades de ser
sujetos dederechos y obligaciones.43
Sobreseimiento. Es una resolucin judicial envirtud de la cual
concluye el proceso por habersepresentado un obstculo que impide
resolver elfondo del conflicto.44
-
PARA SABER MS
Los lectores interesados en profundizar susconocimientos sobre
la materia administrativa,podrn acudir, entre otras, a las
siguientes fuentes:
ACOSTA ROMERO, Miguel, Compendio dederecho administrativo. Parte
general, Mxico,Editorial Porra, 2001.
, Teora general del derechoadministrativo, primer curso, Mxico,
EditorialPorra, 2002.
ARELLANO GARCA, Carlos, El juicio deamparo, 7a. ed., Mxico,
Editorial Porra, 2001.
BAEZ MARTNEZ, Roberto, Manual de derechoadministrativo, Mxico,
Editorial Trillas, 1997.
BARRERA GARZA, scar, Compendio deamparo, Mxico, MacGraw-Hill,
2002.
CASTREJN GARCA, Gabino Eduardo, Dere-cho administrativo
mexicano, t. 1-2, legislacin y
77
-
78 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
jurisprudencia, Mxico, Crdenas Editores,2000.
CASTRO, Juventino V., Garantas y amparo, 11a.ed., Mxico,
Editorial Porra, 2000.
DELGADILLO GUTIRREZ, Luis Humberto,Elementos de derecho
administrativo, primer curso,Mxico, Limusa/Noriega, 1995.
, Elementos de derecho admi-nistrativo, segundo curso, Mxico,
Limusa/No-riega, 1995.
FERNNDEZ RUIZ, Jorge, Derecho adminis-trativo, Mxico,
MacGraw-Hill, 1998.
FRAGA, Gabino, Derecho administrativo, 41a.ed., Mxico, Editorial
Porra, 2002.
GONZLEZ PREZ, Jess, Derecho procesaladministrativo mexicano ,
2a. ed., Mxico,Editorial Porra/Instituto de
InvestigacionesJurdicas-UNAM, 1997.
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JUR-DICAS, Nuevo diccionario
jurdico mexicano(4 tomos), Mxico, Instituto de
InvestigacionesJurdicas-UNAM/Editorial Porra, 2001.
, Diccionario Jurdico mexicano(4 tomos), 8a. ed., Mxico,
Instituto de Investi-gaciones Jurdicas-UNAM/Editorial
Porra,1995.
-
79Manual del Justiciable
, Enciclopeda Jurdca mexicana(7 tomos), Mxico, Instituto de
InvestigacionesJurdicas-UNAM/Editorial Porra, 2002.
MARGIN MANAUTOU, Emilio, Introduc-cin al estudio del derecho
administrativo mexi-cano, Mxico, Editorial Porra, 2000.
, El recurso administrativo enMxico, 3a. ed., Mxico, Editorial
Porra, 1995.
MARTNEZ MORALES, Rafael I., Derecho admi-nistrativo, 1er. y 2do.
cursos, Mxico, Harla, 2000.
NAVA NEGRETE, Alfonso, Derecho adminis-trativo mexicano, 2a.
ed., Mxico, Fondo de Cul-tura Econmica, 2001.
OLIVERA TORO, Jorge, Manual de derechoadministrativo, Mxico,
Editorial Porra, 1997.
SNCHEZ GMEZ, Narciso, Derecho fiscalmexicano, Mxico, Editorial
Porra, 1999.
SERRA ROJAS, Andrs, Derecho administra-tivo 1, Mxico, Editorial
Porra, 2002.
ZIPPELIUS, Reinhold, Teora general del Estado.Ciencia de la
poltica, trad. Hctor Fix Fierro, 3a.ed., Mxico, Instituto de
InvestigacionesJurdicas-UNAM/Editorial Porra, 1998.
Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos.
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artcu-los 103 y 107 de la
Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.
-
80 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Ley Federal de Responsabilidades Admi-nistrativas de los
Servidores Pblicos.
Cdigo Fiscal de la Federacin.
Ley Orgnica del Tribunal Federal de JusticiaFiscal y
Administrativa.
-
NDICE
INTRODUCCIN .............................................. 5
I. LA ACTIVIDAD DEL ESTADO ................... 7
1. Qu es el Estado?..........................................
72. Cules son los fines del Estado? ............... 83. Cules son
las funciones del Estado? ......... 84. En qu consiste la
funcinadministrativa del Estado? ..............................
9
II. LA ADMINISTRACIN PBLICA ........... 11
1. Qu es la administracin pblica? ........... 112. Qu son los
rganos de laadministracin pblica?
................................... 123. Qu tipos de rganos existen
enmateria administrativa? .................................... 154.
Quines son los titulares de losrganos de la administracin pblica?
......... 16
81
-
82 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
5. Qu es la competencia? ............................... 186. Qu
es la delegacin de facultades? ........... 187. Qu es la avocacin?
................................... 18
III. EL ACTO ADMINISTRATIVO .................. 21
1. Qu es un acto administrativo? ................ 212. Qu
elementos debe reunir unacto administrativo?
.......................................... 213. Qu efectos tiene un
actoadministrativo?
................................................... 234. Cmo se
ejecuta un actoadministrativo?
................................................... 245. Cmo puede
extinguirse un actoadministrativo?
................................................... 266. Qu es el
procedimientoadministrativo?
................................................... 277. Qu son las
infraccionesadministrativas?
................................................. 27
IV. LOS PARTICULARES FRENTEA LA ADMINISTRACIN
............................... 29
1. Qu derechos y obligaciones tienenlos particulares frente a la
administracinpblica?.................................................................
292. Qu es el derecho de peticin? .................. 323. Qu es el
silencio administrativo? ........... 324. Qu es la negativa ficta?
............................. 345. Qu es la afirmativa
ficta?.......................... 34
-
83Manual del Justiciable
V. JUSTICIA ADMINISTRATIVA.................... 37
1. Qu es la justicia administrativa? ............ 372. En qu
consiste la revocacin deun acto administrativo?
.................................... 373. En qu consiste la nulidad
deun acto administrativo? .................................... 384.
En qu consiste la anulabilidad deun acto administrativo?
.................................... 395. Qu son los
recursosadministrativos?
................................................ 396. Cules son las
causas por las quepuede interponerse un recursoadministrativo?
................................................... 417. Cules son
los recursosadministrativos que con mayorfrecuencia se presentan?
................................... 418. Cules son los elementos
quedeben actualizarse para promoverun recurso administrativo?
.............................. 439. Cules son las formalidades
quedeben cumplirse para promoverun recurso administrativo?
.............................. 4410. Cules son los efectos de
lainterposicin de un recursoadministrativo?
................................................... 4511. Qu
pruebas se puedenofrecer en un recursoadministrativo?
................................................... 45
-
84 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
12. Cules son los requisitos que debecumplir la resolucin que
ponga fina un recurso administrativo? ...........................
4613. En qu sentidos puede laautoridad resolver un recurso?
....................... 4714. Qu es un juicio
contenciosoadministrativo?
................................................... 4915. Cules son
las causas por las quepuede iniciarse un juiciocontencioso
administrativo? ............................ 5016. Qu ordenamientos
regulanal juicio contencioso administrativo? ............ 5117. Es
obligatorio interponer un recursoadministrativo antes de iniciarun
juicio contencioso administrativo?........... 5218. Quines
intervienen en elproceso?
................................................................
5219. Cules son los requisitos que debecumplir una demanda?
..................................... 5320. Qu ocurre si se omite
cumplir algunode los requisitos establecidos parala
demanda?.........................................................
5321. Cules son los efectos de lapresentacin de la demanda?
.......................... 5422. Qu plazo tiene el demandadopara
contestar la demanda? ............................. 5523. En qu
casos se puedeampliar la demanda?
......................................... 5624. Qu plazo tiene el
demandadopara contestar la ampliacin de lademanda?
.............................................................
56
-
85Manual del Justiciable
25. Qu ocurre si el demandado noda contestacin en tiempo a la
demandao a la ampliacin de la demanda? .................. 5726. Qu
aspectos debe comprenderla contestacin de la demanda y
lacontestacin de la ampliacin dela
demanda?.........................................................
5727. Qu documentos se deben adjuntara la contestacin de la
demanda? ................... 5828. Qu pruebas se pueden ofreceren
el contencioso administrativo? .................. 5929. Qu son los
alegatos? ................................ 5930. Qu es el cierre de
instruccin? .............. 6031. Qu tipos de sentencia se
puedenemitir en el juicio contenciosoadministrativo?
................................................... 6032. Qu puede
hacer el particular siuna sentencia le resulta adversa?
................... 6133. Qu puede hacer un particular sien su
Estado no existe un Tribunalde lo Contencioso
Administrativo?................ 61
VI. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVADE LOS SERVIDORES PBLICOS
................. 62
1. Qu es la responsabilidadadministrativa de los
servidorespblicos?...............................................................
622. Qu servidores pblicos puedenincurrir en
responsabilidadadministrativa?
................................................... 62
-
86 Suprema Corte de Justicia de la Nacin
3. Cules son los principios querigen la funcin pblica?
.................................. 654. Cules son las
obligacionesde los servidores pblicos?
.............................. 665. En qu lugar y en qu forma
sepuede presentar una queja en contrade un servidor pblico que
incumplasus obligaciones?
................................................ 686. Cules son las
sanciones que sepueden aplicar a un servidor pblicoque incumpla sus
obligaciones? ..................... 687. Qu puede hacer un
servidorpblico cuando se le aplique una sancinque considere
indebida o no apegadaa derecho?
............................................................ 69
GLOSARIO
.......................................................... 73
PARA SABE