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EL CONCEPTO DE LAICIDAD ABIERTA EN EL INFORME BOUCHARD- TAYLOR PARA QUÉBEC Por MARÍA ELÓSEGUI ITXASO Catedrática de Filosofía del Derecho Universidad de Zaragoza [email protected] Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 23 (2010) SUMARIO: 1. Introducción, 2. Los interrogantes sobre la laicidad, 3. Síntesis del debate sobre la laicidad en el informe Bouchard-Taylor, 4. La propuesta de Bouchard y Taylor, 5. La laicidad y su neutralidad, 6. Los principios de la laicidad abierta y su jerarquización, 7. El origen del concepto de laicidad abierta, 8. Laicidad abierta versus laicidad rígida, 9. La neutralidad se exige a las instituciones pero no a los individuos, 10. ¿Por qué la laicidad abierta?, 11. El uso de símbolos religiosos por funcionarios públicos, 12. El patrimonio histórico religioso. 1. INTRODUCCIÓN El 8 de febrero de 2007, el Primer Ministro de Québec Jean Charest del Partido Liberal anunció la creación de una comisión de consulta sobre las Prácticas de Acomodaciónrelacionadas con las diferencias culturales, en respuesta al descontento público en relación con los acomodamientos razonables1 . Este Informe 2 ha sido elaborado por dos intelectuales quebequeses de gran nombre, Gérard Bouchard, sociólogo e historiador 3 , y el filósofo Charles Taylor 4 , copresidentes 1 Agradezco al Ministerio de Asuntos Exteriores de Canadá y al Consejo Internacional de Estudios Canadienses (CIEC), por la concesión de una beca de investigación en estudios canadienses, que me ha permitido investigar sobre la elaboración del informe de la Comisión Bouchard-Taylor en la Universidad de Laval en agosto de 2009, bajo el patrocinio del profesor Guy Laforest. Esta estancia me ha brindado la oportunidad de entrevistarme (Universidad de Laval, Universidad de Québec à Montreál (UQAM) y la Universidad de Montréal), entre ellos varios de los que han participado directamente en la elaboración del informe de la Comisión Bouchard-Taylor. Todas las páginas web citadas en el artículo se encuentran disponibles a fecha de 15 de noviembre de 2009. 2 BOUCHARD, Gérard y TAYLOR, Charles. Fonder l´avenir: le temps de la conciliation, rapport final de la Commission de Consultation sur les Practiques d´Accommodements Reliées aux
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INFORME Bouchard-Taylor

Mar 07, 2016

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Irela Alemán

1. INTRODUCCIÓN [email protected] Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 23 (2010) , copresidentes , y el filósofo Charles Taylor Por 1 3 4 de la Comisión, junto con 15 miembros que han formado parte de la misma RGDCDEE 23 (2010) 1-33 2 Iustel . 5 6
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Page 1: INFORME Bouchard-Taylor

EL CONCEPTO DE LAICIDAD ABIERTA EN EL INFORME BOUCHARD-

TAYLOR PARA QUÉBEC

Por

MARÍA ELÓSEGUI ITXASO Catedrática de Filosofía del Derecho

Universidad de Zaragoza

[email protected]

Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 23 (2010)

SUMARIO: 1. Introducción, 2. Los interrogantes sobre la laicidad, 3. Síntesis del debate sobre la laicidad en el informe Bouchard-Taylor, 4. La propuesta de Bouchard y Taylor, 5. La laicidad y su neutralidad, 6. Los principios de la laicidad abierta y su jerarquización, 7. El origen del concepto de laicidad abierta, 8. Laicidad abierta versus laicidad rígida, 9. La neutralidad se exige a las instituciones pero no a los individuos, 10. ¿Por qué la laicidad abierta?, 11. El uso de símbolos religiosos por funcionarios públicos, 12. El patrimonio histórico religioso.

1. INTRODUCCIÓN

El 8 de febrero de 2007, el Primer Ministro de Québec Jean Charest del Partido

Liberal anunció la creación de una comisión de consulta sobre las “Prácticas de

Acomodación” relacionadas con las diferencias culturales, en respuesta al descontento

público en relación con los “acomodamientos razonables” 1.

Este Informe 2 ha sido elaborado por dos intelectuales quebequeses de gran nombre,

Gérard Bouchard, sociólogo e historiador 3, y el filósofo Charles Taylor

4, copresidentes

1

Agradezco al Ministerio de Asuntos Exteriores de Canadá y al Consejo Internacional de Estudios Canadienses (CIEC), por la concesión de una beca de investigación en estudios canadienses, que me ha permitido investigar sobre la elaboración del informe de la Comisión Bouchard-Taylor en la Universidad de Laval en agosto de 2009, bajo el patrocinio del profesor Guy Laforest. Esta estancia me ha brindado la oportunidad de entrevistarme (Universidad de Laval, Universidad de Québec à Montreál (UQAM) y la Universidad de Montréal), entre ellos varios de los que han participado directamente en la elaboración del informe de la Comisión Bouchard-Taylor.

Todas las páginas web citadas en el artículo se encuentran disponibles a fecha de 15 de noviembre de 2009.

2 BOUCHARD, Gérard y TAYLOR, Charles. Fonder l´avenir: le temps de la conciliation, rapport

final de la Commission de Consultation sur les Practiques d´Accommodements Reliées aux

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RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

2

de la Comisión, junto con 15 miembros que han formado parte de la misma 5. Durante el

período consultivo se puso a disposición de la ciudadanía una guía de consulta con las

pautas a seguir, las pregunta y los modos de participación, que incluía un calendario de

audiencias públicas 6.

Différences Culturelles, Québec, Editeur officiel du Québec. 2008. Building the future. A Time for reconciliation. Report Bouchard-Taylor.

(A partir de aquí será citado como informe en su versión completa siguiendo la paginación de la versión francesa. <http://www.accommodements.qc.ca/documentation/rapports/rapport-final-integral-fr.pdf>).

Consta de 310 páginas en su versión completa y de 99 en la versión sintetizada ( se citará como informe abreviado). Fue publicado en el año 2008. Los textos de ambos informes están disponibles en Internet en francés e inglés.

<http://www.accommodements.qc.ca>

Están disponibles también en la web los 13 informes de investigación encargados por la Comisión

<http://www.accommodements.qc.ca>

<http://www.accommodements.qc.ca/index-en.html> (versión inglesa).

3 <http://www.accommodements.qc.ca/commission/bouchard-bio-en.html>

4 <http://www.accommodements.qc.ca/commission/taylor-bio-en.html>

5 Miembros del Comité Asesor

Rachida Azdouz, Vicedecana, Faculté de L´éducation permanente, Facultad de Educación, Université de Montréal; Jacques Beauchemin, Director de Investigación y Profesor Titular, Canada Research Chair sobre globalización, Ciudadanía y Democracia, Departamento de Sociología, Université du Québec à Montréal (UQAM); Pierre Bosset, Catedrático, Facultad de Ciencia Política y de Derecho, Université du Québec à Montréal (UQAM); Bergman Fleury, Consejero de Educación y asesor de relaciones interculturales, Profesor Titular, Ministerio de Educación, Ocio y Deporte; Jane Jenson, Cátedra de Investigación en Ciudadanía y Gobernanza, Cátedra Jean Monnet en integración europea, Université de Montréal; Aïda Kamar, Presidente de CEO, Vision Diversité; Solange Lefebvre, Profesor Titular y Director, Centro de Estudios de las religiones (CÉRUM), titular de la Cátedra de religión, cultura y sociedad, Facultad de Teología y de Ciencias de las Religiones, Université de Montréal; Roderick MacDonald, Profesor Titular, F.R. Scott Chair en Derecho Público y Derecho Constitucional, McGill University; Mare McAndrew, Profesor Titular, Cátedra Canadiense de Investigación sobre Educación y Relaciones Étnicas, Université de Montréal; Micheline Milot, Catedrática, Departamento de Sociología, Université de Québec à Montréal (UQAM); Céline Saint-Pierre, Vice-Presidente, CEFRIO-Innovación y Transferencia; Daniel Marc Weinstock, Director del Centro de Investigación en Ética (CRÉUM) y profesor Titular, Departamento de Filosofía, Université de Montréal; Jose Woehrling, Profesor Titular, Facultad de Derecho, Université de Montréal.

<http://www.accommodements.qc.ca/comission/comité-conseil-en.html>

6 BOUCHARD, Gérard y TAYLOR, Charles. Document de consultation. Acommodements et

différences, vers un terrain d´entente: La parole aux citoyens, document de consultation sur les practiques d´accommodement reliées aux différences culturelles, Québec, Editeur officiel du Québec, 2008. Versión inglesa. Consultation Document. Accommodation and Differences. Seeking Common Ground: Québecers Speak Out. Commission de Consultation sur les Pratiques d´Accommodements Reliées aux Différences Culturelles. www.accommodements.qc/documentation/document-participation-en.html

Citaremos como “Consultation Document” siguiendo para la citación la paginación de la versión inglesa.

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

3

Si bien lo que ha suscitado la elaboración del informe ha sido la inquietud que se ha

producido en la sociedad quebequesa por las exigencias de acomodación 7 surgidas por

el aumento repentino de una mayor inmigración que no proviene de países occidentales,

el informe establece un marco teórico sobre las identidades culturales y recomienda la

adopción de un marco legal que va mucho más allá del problema suscitado a raíz de la

inmigración 8.

En este artículo nos vamos a centrar en el concepto de laicidad abierta, tal y como es

desarrollado en el informe de la Comisión Bouchard-Taylor, si bien podemos con certeza

asignar la paternidad de esta parte del documento al filósofo Charles Taylor, junto con

alguno de sus colaboradores o discípulos más directos, como Jocelyn Maclure 9.

El concepto de laicidad abierta se debe situar en el contexto del modelo intercultural

quebequés tal y como se construye en el informe, cuestión que hemos tratado en otro

artículo 10

.

Los comisarios reconocen que no existe un marco jurídico definido, sino una práctica

de hecho que ha sido la pauta de los organismos públicos, pero las audiencias públicas

a raíz de los trabajos de la Comisión han mostrado los desacuerdos entre los ciudadanos

sobre el modelo de laicidad deseable para Québec en el futuro. Bouchard y Taylor

7

La Comisión de derechos de la persona y de derechos de los jóvenes define en un documento de 1995 titulado Le pluralisme Religieux au Québec: un défi d´éthique sociale, la noción de acomodamiento razonable; “Historiquement, la notion « d'obligation d'accommodement » s'est développée au Canada dans le cadre de la définition des conditions d'application de la liberté de religion. Elle ne lui est cependant pas exclusive, puisqu'elle apparaît régulièrement, par exemple, dans des cas de discrimination fondée sur le handicap. Cette notion, mal comprise, donne la plupart du temps lieu à des controverses particulièrement vives et avant qu'elle ne soit davantage galvaudée, il nous semble utile de la dédramatiser. « L'obligation d'accommodement » signifie l'obligation de prendre des mesures en faveur de certaines personnes présentant des besoins spécifiques en raison d'une caractéristique liée à l'un ou l'autre des motifs de discrimination prohibée par la Charte. Ces mesures visent à éviter que des règles en apparence neutres n'aient pour effet de compromettre, pour elles, l'exercice d'un droit en toute égalité. Il ne s'agit toutefois pas d'une obligation illimitée de se plier inconditionnellement à tous les particularismes, et encore moins à toutes les intransigeances, puisque selon l'ensemble de la jurisprudence envigueur, l'accommodement doit être « raisonnable », en ce sens qu'il « ne doit pas représenter une contrainte excessive » pour l'organisation qui en a l'obligation” (p. 9).

8 Los procesos de adaptación son comunes desde hace más de treinta y cuatro años, y están

claramente reflejados en la Carta de Derechos y de Libertades de la persona de Québec, de 1975. Cfr., también el documento Au Québec pour vivre ensemble. Enoncé de politique en matière d´immigration et d´intégration, Ministère des Communautés culturelles et de l´immigration, Ministère des Communautés culturelles et de l’Immigration du Québec,1990, pp. 82-86. Se encuentra disponible en web la reimpresión realizada en el año 1991 que reproduce el documento de 1990.

<http://www.micc.gouv.qc.ca/publications/fr/ministere/Enonce-politique-immigration-integration-Quebec1991.pdf>

9 Con quien he podido entrevistarme en esta estancia de investigación confirmándome este

punto que se intuye al leer el informe.

10 De ello me he ocupado en otro artículo, cfr., ELÓSEGUI, M. “El modelo de interculturalidad en

el informe de la Comisión Bouchard-Taylor para Québec”, pendiente de publicación.

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RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

4

aportan argumentos a favor de consolidar el modelo de laicidad abierta que de hecho

existe en la práctica en Québec y rechazan la propuesta de algunos ciudadanos y

académicos de avanzar hacia un modelo de laicidad estricta, más similar al

republicanismo francés. Tampoco aceptan una vuelta a la normativa en educación

anterior al informe Prouxl.

Para entender la aportación de ambos intelectuales al concepto de laicidad, y la

situación antes y después del informe debemos tener en cuenta las siguientes claves

interpretativas:

1. El concepto de laicidad no se había definido jurídicamente de un modo

preciso.

2. Los dos comisarios realizan una relectura de las normas jurídicas anteriores

dándoles un significado propio, entendiendo la laicidad según el modelo filosófico-

jurídico que ellos mismos diseñan en el informe.

3. No apoyan sus tesis en otros autores, sino en la trayectoría de sus propias

obras, si bien remiten al final del informe a normativa y autores del contexto

cultural canadiense. Es una propuesta original y no una relectura de fuentes. Por

ello no usa un gran aparato bibliográfico.

4. El informe no es una norma jurídica, sino un punto de partida de discusión

para que el legislador defina el concepto de laicidad en el futuro a través de nueva

legislación o a través de un documento político, Libro Blanco, que en ese caso

tampoco sería una norma jurídica, sino que recogería recomendaciones de política

interpretativa realizadas por el legislador basadas en la experiencia de la práctica

real de las soluciones adoptadas por las instituciones públicas y privadas.

5. El informe esta dirigido a toda la ciudadanía, luego adopta un tono de

divugación, evitando la erudición académica y de técnica-jurídica.

6. La exposición del informe que hacemos en el artículo es descriptiva y

expositiva. No recoge de momento una valoración crítica del mismo, ni hemos

introducido nuestras propias opiniones a lo largo de la exposición para evitar

posibles confusiones entre lo que afirma el informe y nuestra valoración del

mismo.

Más allá del análisis detallado de la argumentación del texto, la situación ha llevado a

debatir una vez más el modelo de laicidad que desean los ciudadanos para Québec, a

raíz de la visibilidad que vuelve a tener la religión, suscitada más en concreto por la

petición de las personas de determinadas religiones de utilizar la vestimenta exigida por

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

5

su religión, como el foulard, el kirpan (daga que llevan los Sikhs), el turbante (Hindú y

Sikh), la kipá judía, unidos a otros muchos requerimientos de excepciones por motivos

religiosos 11

.

Como punto de partida debe sentarse la base de que el malestar y la crisis que ha

conducido a esta consulta pública no está producida de un modo directo por la

inmigración y las nuevas religiones aportadas por los mismos, ya que el fenómeno de la

diversidad religiosa está en los propios orígenes de la historia de Québec 12

. En el

informe se han mezclado muchos temas que requieren un tratamiento conceptual y

jurídico distinto. De hecho, el título parece referirse a la diversidad cultural, sin embargo

todos los ejemplos que se utilizan se refieren a la diversidad religiosa.

Por otra parte, se trasmite una idea de que exista ahora una mayor diversidad

religiosa desde el aumento de la inmigración por las políticas de apertura y de

reclutamiento de inmigrantes a raíz de los años 90. Un estudio serio de las estadísticas

oficiales detalladas desmiente absolutamente esa idea 13

. Con independencia de que

11

Varios académicos canadienses atribuyen esta alarma en su país sobre la religión islámica a los atentados terroristas, especialmente a partir del 11 de septiembre de 2001. Entre ellos, KYMLICKA, W. “Tester les limites du multiculturalisme libéral? Le cas des tribunaux religieux en droit familial”, número monográfico sobre “L´aménagement de la diversité culturelle et religieuse. Débat des accommodements raisonnables”, Éthique Publique. Revue internationale d´éthique societales et gouvernementale, Éditions Liber, printemps, Vol. 9, nº 1, (2007), pp. 27-39. CÔTE, P. “Québec and Reasonable Accommodation: Uses and Misuses of Public Consultation”, en Lori G. Beaman y Peter Beyer, Religion and Diversity in Canada, Leiden-Boston, Brill, 2008, pp. 41-65. WEINSTOCK, D. “La <<crise>> des accommodements au Québec: hypothèses explicatives”, número monográfico sobre “L´aménagement de la diversité culturelle et religieuse. Débat des accommodements raisonnables”, Ëthique Publique. Revue internationale d´éthique societales et gouvernementale, Éditions Liber, printemps, Vol. 9, nº 1, (2007), pp. 20-27.

12 Para los datos sobre la inmigración desde el origen y recientes, cfr., ELÓSEGUI, M. “La

política legislativa de inmigración en Québec y su reflejo en el informe Bouchard-Taylor”, nº 22, Derecho de inmigración y extranjería, (2010), en prensa. Las estadísticas oficiales de las que proceden los datos proporcionados son; Données sur la population recensée en 2001 portant sur la religion. Analyse sommaire. Direction de la population et de la recherche. 27 mai 2003. Disponible en <http://www.micc.gouv.qc.ca/publications/fr/recherches-statistiques/Recensement2001-Religion-AnalyseSommaire.pdf>

Portraits statistiques des groupes ethnoculturels, <http://www.quebecinterculturel.gouv.qc.ca/fr/diversite-ethnoculturelle/stats-groupes-ethno.html>

Dictionnaire du recensement de 2001, Statistique Canada, catalogue 92-378- XIF, 424 pages. Disponible en <http://www.quebecinterculturel.gouv.qc.ca/fr/diversite-ethnoculturelle/stats-groupes-ethno.html> Que se encuentra a su vez dentro de <http://www.quebecinterculturel.gouv.qc.ca/fr/diversite-ethnoculturelle/index.html>

Tableaux sur l'immigration au Québec 2003-2007, Mars 2008. Disponible en <http://www.micc.gouv.qc.ca/publications/fr/recherches-statistiques/Immigration_Qc_2003-2007.pdf>

13 Tabla 3

Población total y población inmigrante según la religión Québec, 1991 y 2001

…………………………………..…….1991………………………………………...2001

Religion….….……..Population totale.Population immigrée.Population totale..Population immigrée

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RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

6

sean practicantes o no 14

en la actualidad el 80% de la población de Québec se declara

como católicos, en una población de siete millones de habitantes, es decir 5.900.000 15

.

Además existen 90.000 ortodoxos. A ello hay que añadir todas las denominaciones

anglicanas y protestantes (luteranos, presbiterianos, calvinistas, baptistas y metodistas

etc) de las cuatro comunidades fundadoras; que son la francesa, inglesa, escocesa e

irlandesa. Hay una inmigración desde los orígenes de Québec de países europeos todos

ellos de religiones cristianas, como italianos, griegos, alemanes, polacos, ucranianos,

rusos, suizos etc (hoy denominados Comunidades Culturales). De los 83.000 autóctonos

(que incluyen Amerindios e Inuits), la mayoría son de religión cristiana (católicos,

anglicanos y pentecostales). Sólo unos 10.000 afirman seguir algunas de las costumbres

ancestrales de su religión de origen, lo que en ocasiones se hace compatible con su

pertenencia a la religión cristiana. De la inmigración reciente una gran parte proviene de

países latinoamericanos de religión cristiana.

Los datos de las religiones que suscitan semejantes polémicas son de un número de

miembros bajísimo; en concreto los Sikhs son sólo 8.000. Hay 25.000 hindúes y 40.000

budistas. Los judíos ortodoxos (hassidish) son un 0,01% de la población. Además está

población está instalada en Québec desde principios del siglo XX, y en mayor medida

……………….……………...n…………%……...n……….%………..n..…….….%……..….n……..…%

Catholique……………...5.861.205…86,1…..301.555...51,0….5.939.715….83,4…...324.795...45,9

Protestante....................398.730.......5,9.......83.430.....14,1.....335.595........4,7........73.995.....10,5

Musulmane....................44.930.........0,7.......29.050.....4,9.......108.620........1,5........75.280.....10,6

Orthodoxe.chrétienne....89.285.........1,3.......52.200.....8,8.......100.370.......1,4.........59.600.......8,4

Juive..............................97.735.........1,4........35.320....6,0.......89.920.........1,3.........29.045.......4,1

Bouddhiste.....................31.635........0,5........25.145....4,3.......41.375..........0,6.........29.600......4,2

Hindoue..........................14.120........0,2........8.955......1,5.......24.530..........0,3.........16.480......2,3

Sikhe..............................4.525..........0,1........2.510.......0,4.......8.220...........0,1..........5.315.......0,8

Autres.religions...............5.335.........0,1........1.830.......0,3......64.050..........0,9..........18.240.....2,6

Aucune appartenance religieuse...262.800....3,9....51.215...8,7..413.185....5,8.…..….74.615..10,6

Total............................6.810.300....100,0....591.210...100,0.7..125.580....100,0.....706.965...100,0

Source : Statistique Canada, Recensement de 1991, cat. 93-319 (tableau 8) et Recensement de 2001, 97F0022XCB2001004.

Compilation : Ministère de l'Immigration et des Communautés culturelles,

Direction de la recherche et de l'analyse prospective.

14 Cfr., GAUTHIER, M. “Croyances religieuses “, en La société québécoise en tendances 1960-

1990, sous la direction de Simon Langlois, Institut québécois de recherche sur la culture, 1990, pp.

423 ss.

15 Consultation Document, p. 25. La propia guía inicia el apartado dedicado a la laicidad

comenzando por afirmar que de acuerdo con el Censo de 2001, hay 11 religiones con 30.000 miembros o más, para a continuación reconocer que el 80% de la población es católica.

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

7

desde la segunda guerra mundial. Desde el inicio han vivido sus costumbres y han sido

toleradas sus prácticas sin causar mayor problema en la sociedad de Québec 16

.

En realidad lo que ha creado mayor controversia es el aumento de población islámica

(el dato es que ha aumentado de un 0,8 % en el año 1991 a 10, 6% en el 2001), que

pone en tela de juicio la separación Iglesia-Estado y la igualdad entre hombres y

mujeres, exigiendo espacios separados en los lugares públicos. Esto último también

sucede con los judíos conservadores, la diferencia es que en general los judíos de esa

comunidad se desenvuelven en sus propios espacios. Tienen sus colegios y hospitales

ajustados a sus normas de vida y no han exigido en general que el espacio público se

acomode a sus prácticas, salvo con algunas excepciones. Además hay que tener en

cuenta que su número es muy pequeño.

En el fondo, se entremezclan una gran diversidad de cuestiones que afectan al

modelo de sociedad y de Estado, y a la identidad cultural de Québec. Por una parte,

muchos nacionalistas quebequeses no han asimilado una correcta separación de Iglesia

y Estado, y siguen anhelando un modelo confesional o por lo menos una presencia de la

religión católica en el espacio público como una señal de la identidad québécois, frente a

una Canadá anglófona protestante y a los nuevos ciudadanos provenientes de la

inmigración. Frente a esta población, se sitúa el sector laicista, que apoyándose en

algunos hechos reales de exigencias desproporcionadas de excepciones por motivos

religiosos, han aprovechado el malestar para exigir un modelo de estado laicista al estilo

francés, con la eliminación total de la religión del espacio público 17

.

16

Una información detallada del número de creyentes de cada una de estas confesiones se encuentra en LEFEBVRE, S. WEINSTOCK, D. y GRONDIN, J. Tête-â- Tête, Manuel de l´élève de Éthique et Culture Religieuse, Laval (Québec), Éditions Gran Duc, 2009, pp. 164-174, 208-209, 230-231, 240, 272, 290, 299. Estadísticas oficiales en Source : Statistique Canada, Recensement de 1991, cat. 93-319 (tableau 8) et Recensement de 2001, 97F0022XCB2001004. Compilation: Ministère de l'Immigration et des Communautés culturelles, Direction de la recherche et de l'analyse prospective. También en la página web del gobierno dedicada a la inmigración.

17 El texto del informe que reproducimos a continuación refleja bien como grupos totalmente

contrarios y por distintas razones terminan criticando el interculturalismo. Este fenómeno se da también en países europeos, cuando laicistas por el motivo de ver desaparecer la religión y católicos consrvadores porque no admiten las consecuencias de la libertad religiosa, coinciden en no aceptar la protección de la diversidad religiosa; “ Il faudra attendre des analyses plus fines pour mettre en relief un trait singulier des argumentations que nous venons de passer en revue. Il s’agit du phénomène d’osmose entre les appartenances ou les familles idéologiques. Ainsi, dans l’opposition aux demandes d’ajustement pour motifs religieux, on a vu à quelques occasions des laïcistes durs et des catholiques conservateurs emprunter le même langage. Ailleurs, on a vu parfois l’hostilité envers l’étranger se draper dans la vertu des valeurs libérales (l’égalité hommes-femmes, la protection de l’espace civique). Dans la critique du multiculturalisme, on a vu des militants de centre-gauche mêler leurs voix à celles de nationalistes de droite. La dénonciation du foulard islamique a elle aussi trouvé écho parmi diverses allégeances: celle de certains courants féministes, celle de l’égalitarisme républicain et - nous en avons entendu certaines expressions - celle de l’intolérance” (Informe completo de la Comisión Bouchard-Taylor, p. 187).

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RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

8

En la guía de consulta elaborada por la Comisión como marco para el debate con la

ciudadanía se afirma que los descontentos sobre los acomodamientos razonables han

reavivado la discusión sobre el modelo de laicidad de Québec. Admitiendo que esa

noción es compleja y que caben distintas definiciones de la misma, cualquiera que se

elija afectará a las reglas del gobierno de los ciudadanos. Según el texto de la guía,

cuando se define la laicidad como la separación entre la Iglesia y el Estado esta noción

puede identificarse con la idea de neutralidad del Estado con respecto a todas las

religiones o visiones del mundo. Otras veces la laicidad puede entenderse como la

eliminación más o menos completa de la vida religiosa en la esfera pública. Ya en el

punto de partida, Bouchard y Taylor se decantan por la defensa de una laicidad abierta o

laicidad integral.

Refiriéndose a la época en la que se produjo la aconfesionalidad de la sociedad de

Québec en el años 1960, añaden que entonces se trataba de redefinir los poderes y la

división entre el Estado y la Iglesia Católica, mientras que el debate actual se realiza en

una circunstancias distintas, ya que se da en un contexto de la existencia de un

pluralidad de confesiones 18

.

Pero lo cierto es, que al margen de las numerosas críticas realizadas por ciudadanos

y académicos, el concepto de laicidad abierta defendido en el informe ha sido elaborado

de un modo clarificador y brillante 19

.

2. LOS INTERROGANTES SOBRE LA LAICIDAD

El Primer Ministro Jean Charest ha recordado en varios momentos que Québec es

una sociedad laica; eso significa que la esfera del Estado (incluyendo o haciéndolo

extensivo a sus instituciones) y la esfera de la religión son independientes y cada una de

ellas posee su propia autonomía.

El principio de separación (laicidad), sin embargo, puede ser entendido de diversas

formas. En un sentido estricto, la esfera pública puede referirse a las instituciones

públicas como el sistema educativo público y los hospitales públicos. En un sentido más

amplio, se podría extender a todos los espacios públicos, como las calles, parques,

centros comerciales y otros lugares. Ambas son dos formas muy distintas de entender la

laicidad.

18

Consultation Document, p. VI.

19 Es evidente la actualidad de este dabate en Europa. Precisamente en noviembre de 2008 se

presentó en el curso de un seminario de expertos organizado por el Consejo de Europa, celebrado en la Haya, el manual sobre el uso de símbolos religiosos en la esfera pública, basado en los criterios jurisprudenciales del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, véase EVANS, M. Manual on the Wearing of religious Symbols in Public Areas, Leiden- Boston, Martinus Nijhoff Publishers, Council of Europe, 2008.

Page 9: INFORME Bouchard-Taylor

Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

9

La separación entendida según la segunda versión puede ser invocada para prohibir

la presencia de la religión en todas las esferas públicas o, en el caso de la primera

visión, sólo de las instituciones que son parte de las estructura del Estado o del

Gobierno. Incluso, este último caso se presta a ambigüedades. La prohibición de la

religión en las instituciones públicas estatales puede entenderse como la total

eliminación de cualquier expresión o signo religioso en esas instituciones (laicismo

radical o integral 20

) (la religión pertenecería a la esfera privada) o la aceptación de una

presencia religiosa de un modo que no ponga en cuestión la neutralidad de esas

instituciones (laicidad abierta 21

). En este caso, la laicidad no exige que la religión esté

ausente del espacio público. El derecho de libertad religiosa incluiría la manifestación

libre de los grupos religiosos o de las creencias de los individuos en el espacio público 22

.

Aun admitiendo esta segunda interpretación, habrá que resolver algunas cuestiones

como por ejemplo hasta qué punto los estudiantes y profesores pueden manifestar sus

creencias en la escuela. Si las instituciones públicas deben ser neutrales, ¿implica ésto a

su vez que los individuos que las frecuentan están sujetos a la obligación de neutralidad?

y ¿en el caso de los funcionarios públicos? 23

Esta última posibilidad debe ser clarificada

24.

Una presencia mitigada religiosa en las instituciones públicas puede manifestarse de

modos muy distintos. Algunos ejemplos, serían el uso del velo por parte de estudiantes

musulmanas, la existencia en instituciones educativas de lugares para rezar, la

preparación de regímenes alimenticios especiales para miembros de grupos religiosos,

la concesión de permisos con la finalidad de cumplir con obligaciones y fiestas religiosas.

Por tanto, para poder establecer un diálogo intercultural debe precisarse qué modelo

de laicidad es el que deseamos para nuestras sociedades.

20

En el Informe de la Comisión, y también en el Documento de Consulta se publica un Glosario, con la definición de algunos de los términos utilizados en el mismo. En el Documento de Consulta en su versión inglesa se definen:

Open secularism. A form of secularism aimed at banishing religión from State institutions while allowing certain religious expresión, e.g. in schools and hospitals, among students or patients.

Secularism (como traducción del término francés Laicité). The separation between Church and State (Guía de consulta, 2007, pp. 43-44).

21 Radical secularism: A form of secularism Aimed at banishing all religious expresión to the

private sphere.

Secularization: The act or process of eliminating any confessional spirit from State institutions (Consultation Document, pp. 43-44).

22 Consultation Document, p. 43.

23 Consultation Document, p. 44.

24 Véase en anexo al final de este artículo el test que se propuso a los ciudadanos para que

quien quisiera lo enviara cumplimentado a la Comisión.

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10

Además del principio de neutralidad del Estado y de separación entre Iglesia y

Estado, la laicidad implica también la regla de la neutralidad del Estado en relación con

las religiones.

Sin embargo, esta regla debe ser matizada. Una consecuencia de la neutralidad es

que en una sociedad que es a la vez igualitaria y diversificada no se puede reconocer

sólo una religión oficial, como por ejemplo, en el caso de Québec. El cristianismo 25

si

hiciera eso situaría a los miembros de otras religiones como ciudadanos de segunda

clase 26

.

Además, el deber de mantener la neutralidad en relación con todos los creyentes

debe extenderse a todos los no creyentes. Deben ser reconocidas y tratadas de forma

igual, la no-religión, como la religión, como todas las visiones del mundo sean o no

espirituales.

En virtud del principio de laicidad, el Estado no debe de comprometerse con las

visiones del mundo y las creencias profundas de todos los ciudadanos, que son

numerosas y a veces difíciles de reconciliar. El Estado puede, sin embargo, promover

valores derivados de esas visiones y creencias que apoyan la vida democrática.

En síntesis, la separación Iglesia-Estado puede entenderse como una neutralidad del

Estado en relación con las diversas religiones o visiones del mundo o entenderse como

una eliminación además más o menos completa de la vida religiosa en el espacio

público.

3. SÍNTESIS DEL DEBATE SOBRE LA LAICIDAD EN EL INFORME BOUCHARD-

TAYLOR

La discusión de los acomodamientos razonables por motivos religiosos ha conducido

al debate sobre el modelo de laicidad deseable para la sociedad de Québec en el

momento actual. Algunos ciudadanos entienden que una exigencia de la separación

25

El sujeto “el cristianismo” en este texto resulta algo confuso, porque ¿quién es aquí el cristianismo? No está claro si se refieren al Estado confesional, a las Iglesias cristianas de diversas confesiones, o a los ciudadanos cristianos.

26 No parece ser éste el mejor argumento para invocar la neutralidad. La separación Iglesia-

Estado es un principio de las sociedades democráticas, también en el caso de que una religión fuera absolutamente mayoritaria. No debe existir una religión oficial, ni un Estado confesional en ningún caso, aunque todos los ciudadanos ostentaran una misma religión. A lo largo de esta introducción de la Guía de Consulta da la impresión de que el argumento fundamental para

justificar la separación Iglesia-Estado es le existencia de una nueva pluralidad de religiones en la sociedad. Como hemos señalado en la introducción de este artículo, éso lleva a forzar también los datos queriendo presentar una diversidad religiosa de un modo artificial y distorsionante. El argumento principal para la neutralidad debería ser el hecho de que los ámbitos de actuación del Estado y el de las Iglesias son distintos, con independencia de que todos los ciudadanos sean absolutamente creyentes y practicantes de una misma religión. La razón de la separación no es tampoco la descristianización. El principio de la neutralidad y la aconfesionalidad del Estado es independiente del nivel de religiosidad o de decadencia de la religión en las sociedades.

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

11

entre Iglesia y Estado, y del principio de neutralidad es que la religión se manifieste sólo

en la vida privada. Para éstos no está justificado utilizar medidas flexibles de ningún tipo

en la vida pública con la finalidad de adaptar determinadas normas a las prescripciones

religiosas que deban seguir los individuos por motivo de sus creencias religiosas. El

documento parte de la premisa de que no todos entienden la laicidad del mismo modo.

Por ello, es crucial clarificar cómo definir la laicidad o qué modelo se propone, antes de

decidir cuál es el papel del Estado ante la laicidad. Esta segunda cuestión, dependerá de

la primera.

La opción por un modelo de laicidad está supeditada a la elección previa de ciertos

valores y principios que queremos que configuren nuestra sociedad. No existe un modelo

puro o estándar de laicidad porque éste se inserta a su vez en el contexto de cada

sociedad concreta. Québec ha ido construyendo su modelo dentro del marco del respeto

a la libertad religiosa previsto en el derecho internacional, y lo va adaptando a sus

condiciones particulares.

El informe presenta primero los principales elementos para permitir la comprensión,

de forma general, de la elección del modo de gobierno político que supone la laicidad. A

continuación se analizará la laicidad o la neutralidad en sociedades como la de Québec,

en la que la población adopta una rica gama de valores y modos de vida. Los dos

comisarios Bouchard y Taylor elaboran su propia propuesta, que consiste en la defensa

de un modelo de laicidad abierta como el más adecuado para Québec. Para ello

argumentan que en la práctica Québec ha ido configurando ese modelo, que incluye los

acomodamientos razonables, aunque no haya existido un marco jurídico explícito.

Luego, concretarán las consecuencias de este modelo de laicidad en el empleo de

símbolos religiosos en el espacio público, especialmente en el caso de funcionarios del

Estado y por último, la relación entre la laicidad y el patrimonio histórico de Québec.

Su propuesta final consiste en afirmar que Québec debe de continuar con su modelo

de laicidad abierta y profundizar en el mismo. Para ello recomiendan al Gobierno que

elabore un Libro Blanco en que se defina el modelo de laicidad abierta aplicable en

Québec.

4. LA PROPUESTA DE BOUCHARD Y TAYLOR

El modelo de laicidad propuesto por Bouchard y Taylor se basa en cuatro principios,

que priorizan después en orden inverso al que exponen al comienzo del informe 27

.

1. El Estado y la religión deben de actuar con independencia uno del otro, cada

uno en su respectiva esfera.

27

Consultation Document, p. 26.

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2. El Estado no debe de identificarse con una religión o con una visión

particular religiosa o no religiosa del mundo (o de creencias sobre los fundamentos

últimos sobre la existencia) porque es el estado de todos los ciudadanos, no de

todos los que suscriban una misma religión o visión. El principio que debe guíar

este dilema es que la neutralidad exige un mismo respeto para con todos los

ciudadanos. Este es un requerimiento de justicia impuesto por una sociedad que

es diversa no sólo por el punto de partida de sus religiones, sino, más

generalmente, por el punto de partida de sus distintas visiones del mundo ( y por

el fundamento de sus creencias) 28

.

3. La regla de neutralidad e igualdad debe tenerse en cuenta también en la

obligación del Estado de proteger a todos los ciudadanos de la opresión que una

religión o grupo secular puede ejercer sobre otros miembros o ciudadanos, así

como en su obligación de evitar todas las diferentes formas de opresión ejercidas

por cualquier razón por algunos ciudadanos sobre otros ciudadanos. En otro lugar

del informe denominarán este regla como principio de la igualdad moral de los

ciudadanos.

4. Siguiendo lo previsto en las Cartas de Quebec y de Canadá en relación con

la libertad de religión y libertad de conciencia, el Estado debe defender el derecho

de cada ciudadano para expresar a través de su conducta tanto su religión, como

su visión del mundo, dentro de los límites prescritos por la ley y el respeto por los

demás.

Estas cuatro propuestas están basadas respectivamente en cuatro principios que

son: el principio de separación, que es la esencia de la relación entre el Estado y la

religión, el principio de neutralidad, la protección de los derechos, y la libertad de

conciencia y de religión 29

.

28

Esta idea está tomada de Rawls, como indicaremos a continuación. No la comparto porque parte de la base de que no podemos buscar unos fundamentos comunes, o una ética con unos principios comunes, entre personas de diversas religiones y creencias o no creencias.

29 Las preguntas sobre este punto de la laicidad realizadas a la ciudadanía.

1. En su opinión, ¿qué tipo de laicidad debe adoptar Québec? En otras palabras, ¿cómo debemos definir la relación que debe de prevalecer entre el Estado (o las instituciones públicas) y la religión?

2. ¿Es deseable excluir toda señal de vida religiosa de las instituciones públicas o incluso de los espacios públicos? En otras palabras, ¿debe de ser aplicado el modelo de laicidad integral?

3. ¿Qué tipo de laicidad piensa usted que recoge mejor la igualdad y el pluralismo como ideales deseables y evitar la discriminación y que animen al respeto mutuo?

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

13

5. LA LAICIDAD Y LA NEUTRALIDAD

Como punto de partida, el informe comienza describiendo el concepto de laicidad tal y

como se entiende en los países occidentales, reiterando lo que se había expuesto en el

Documento de consulta.

La neutralidad del Estado no implica que éste sea indiferente ante ciertos valores,

como los derechos humanos fundamentales, la igualdad de todos los ciudadanos ante la

ley y la soberanía popular. La democracia liberal implica unos valores intrínsecos a ella

misma. Estos valores no son neutrales y además deben de ser exigidos a todos los

ciudadanos. Personas con convicciones profundas tanto religiosas como seculares

pueden estar de acuerdo sobre estos valores, los cuales permiten que los ciudadanos

convivan juntos de un modo pacífico aunque tengan concepciones del mundo muy

diferentes. Aunque las personas adopten estos valores por motivos o fundamentos

diferentes están de acuerdo en defenderlos.

En su argumentación Bouchard y Taylor recurren a uno de los conceptos extraídos de

la filosofía de John Rawls, en su obra El liberalismo político, a quien citan explícitamente

30. Los comisarios en un texto significativo sostienen que: “La presencia de un consenso

entrecruzado (más que integral) sobre los valores públicos fundamentales es la

condición de existencia de las sociedades pluralistas como la de Québec. Una persona

creyente podrá, por ejemplo, defender los derechos de libertad de la persona invocando

la idea de que el ser humano ha sido creado a imagen de Dios; un humanista ateo o

agnóstico dirá que hace falta proteger la igual dignidad de los seres racionales, mientras

que un Autóctono se puede remontar a una concepción holística del mundo sosteniendo

que los seres vivos y las fuerzas naturales son complementarias e interdependientes

4. ¿Qué valores pueden adscribirse a la vida religiosa, que al margen de su contenido doctrinal, que pertenezcan a nuestra herencia cultural? ¿Percibe en esto una fuente de humanismo y de valores que pueden ser útiles para la sociedad?

5. ¿Ha ido Québec muy lejos en relación con el establecimiento de un sistema de educación secular no confesional? ¿O debemos seguir, por el contrario, adelante en esa dirección excluyendo cualquier trazo de vida religiosa en las instituciones educativas?

6. ¿Piensa que es legítimo en Québec darle un estatuto especial al Catolicismo, dado el lugar que ha ocupado en la historia de la sociedad? ¿Piensa que la sociedad en su conjunto lo aceptaría?

7. ¿En qué consistiría ese estatuto especial para el Catolicismo? Ponga ejemplos concretos.

8. ¿Hasta dónde podríamos avanzar en esa dirección?

30 En la nota a pie de página del informe se explicita que el concepto de consenso entrecruzado

ha sido elaborado por Rawls, en su obra El liberalismo político. Este planteamiento es totalmente Rawlsiano, como lo ha confirmado Jocelyn Maclure en la conversación que hemos mantenido, ante el posible asombro de que Taylor acepte el consenso entrecruzado como una posible fundamentación del consenso político sobre los valores. También en el informe se utiliza una idea similar al concepto de “ Doctrinas comprehensivas”, creado por Rawls, aunque sirviéndose de otros términos, como por ejemplo “concepciones del mundo” y “razones profundas”.

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unas en relación con las otras y que hay que conceder a cada uno un respeto igual,

incluyendo a los seres humanos. Estas tres personas están de acuerdo sobre los

principios sin estar de acuerdo sobre las razones que lo justifican” 31

.

Continuando con los argumentos del informe, el Estado por su parte puede

identificarse con esos principios políticos comunes sin necesidad de hacer suyas

ninguna de las razones profundas, múltiples y a veces irreconciliables, por las que los

ciudadanos se adhieren a esos principios. Entienden por razones profundas las razones

o los motivos que dependen de las concepciones del mundo y del bien que permiten a

los individuos comprender el mundo que les circunda y dar un sentido y una dirección a

sus vidas, dándose unos valores, una jerarquía entre ellos y unos objetivos en la vida, un

sentido, que les conduce a estructurar su vida y a guiar su conducta.

Es en esta esfera de razones profundas en la que los individuos apoyan su libertad

de conciencia y de religión, protegidas por las Cartas de Derechos. Estas convicciones

de conciencia incluyen tanto las convicciones profundas religiosas como las seculares.

El Estado debe evitar jerarquizar esas distintas convicciones del mundo y del bien

que motivan la adhesión de los ciudadanos a los principios que son el fundamento de su

asociación política 32

. El Estado debe de permanecer neutral, no sólo en relación con la

religión, sino en relación con las diferentes concepciones filosóficas porque de lo

contrario, no actuaría con verdadera neutralidad: “En efecto un régimen que reemplaza

como fundamento de su acción a la religión por una filosofía moral y política totalitaria

hace de todos los que se adhieren a una religión, cualquiera que sea, ciudadanos de

segunda categoría, porque éstos no fundamentan sus razones profundas en la filosofía

oficialmente reconocida. En otros términos, este régimen reemplaza la religión

establecida, así como las razones profundas que le acompañan por una filosofía moral

laicista antirreligiosa, que establece a su vez un orden de razones profundas. Una tal

filosofía moral y política se convierte en una religión civil “ 33

.

La convivencia no debe de apoyarse en un equivalente secular de la doctrina

religiosa, sino sobre el conjunto de valores y principios que puede ser objeto de un

consenso entrecruzado. El apoyo en valores públicos comunes lleva a asegurar la igual

31

Informe Bouchard-Taylor, p. 134. Este punto del razonamiento, muy extendido, no resulta muy convincente, ya que a mi juicio, como he sostenido en reiteradas ocasiones si estas tres personas (mencionadas en el texto que acabamos de trascribir) están de acuerdo es porque sus razones de fondo y sus argumentos son los mismos. Sólo un acuerdo en los fundamentos permite construir una ética común que es el fundamento de la democracia. Ello es compatible con la aceptación de la idea de consenso entrecruzado desde un punto de vista pragmático o de la política práctica mientras no se renuncie a la vez a buscar el fundamento racional.

32 Informe Bouchard-Taylor, p. 134. Este vocabulario recuerda bastante al concepto de las

doctrinas comprehensivas de Rawls.

33 Informe Bouchard-Taylor, p. 135.

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

15

dignidad de los ciudadanos, de manera que todos puedan adherirse a las grandes

orientaciones del Estado según su propia concepción del mundo.

Hace falta por tanto evitar confundir la laicidad de un régimen político con la

secularización de la sociedad. La laicidad es el proceso por el que el Estado afirma su

independencia en relación con la religión, mientras que la secularización hace referencia

a la erosión de la influencia de la religión en las costumbres sociales y en la conducta de

la vida individual. Si la laicidad es un proceso que se inscribe en el derecho, la

secularización es más bien un fenómeno sociológico que se encarna en las

concepciones del mundo y en los modos de vida de las personas. Por tanto, el Estado

debe de ser laico sin promover la secularización.

De todos modos, como el modelo de neutralidad es propio de un modelo liberal de

Estado, éste fomenta la libertad y autonomía de los individuos, así como el espíritu

crítico. Esto puede resultar más complicado para visiones del mundo que prefieren

perpetuar un estilo de vida dando prioridad a la tradición por encima de la autonomía

personal.

Esta toma de postura ante ciertos valores como punto de partida es constitutiva de

las democracias liberales. Eso significa que la neutralidad del Estado liberal no es

absoluta. Permite que las razones profundas de los ciudadanos para asumir ciertos

valores de la convivencia sean diferentes, pero exige la adhesión a ciertos valores, sin

los que la democracia sería imposible; como por ejemplo, la igualdad de todos los

ciudadanos y su autonomía en cuanto a la búsqueda de sus propios fines dentro de los

límites marcados por el derecho. El Estado toma partido a favor de estos dos principios

permitiendo que los ciudadanos elijan su modo de vida. Los ciudadanos son libres para

elegir sus modos de vida como creyentes o ateos, pero no pueden imponer sus

elecciones a los otros.

En resumen, la idea propuesta aquí es la de una sociedad pluralista que a través del

consenso entrecruzado acepta unos principios políticos, un acuerdo solidario entre los

ciudadanos sobre principios, con independencia de que los motivos por los que se

adhieran a ellos se fundamenten en una diversidad de razones de fondo, diferentes entre

sí.

6. LOS PRINCIPIOS DE LA LAICIDAD ABIERTA Y SU JERARQUIZACIÓN

El informe retoma los cuatro princios de la laicidad abierta que se habían apuntado

anteriormente al señalar la propuesta de Bouchard y Taylor, invirtiendo el orden de

exposición y atendiendo a la jerarquización entre los cuatro, según la tesis de ambos

autores.

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16

La aportación novedosa de Bouchard y Taylor es el orden de prioridad o de

jerarquización que establecen entre los cuatro principios, ya que este hecho marcará la

diferencia entre el modleo de laicidad abierta frente al modelo de laicidad rígida.

La laicidad comprende según el informe cuatro grandes principios 34

. Los dos

primeros reflejan los fines que se persiguen. El tercero y el cuarto son estructuras

institucionales de la laicidad cuyo fin es alcanzar los dos primeros objetivos 35

. Pueden

adoptar un modelo más restrictivo o más permisivo en relación con la práctica religiosa.

1. El primer principio es la igualdad moral de las personas como objetivo

premisa fundamental en la que se apoya la protección de los derechos. El Estado

debe ser neutral ante la pluralidad de concepciones del mundo. No puede

identificarse con ninguna religión o visión del mundo particular porque es el Estado

de todos los ciudadanos. Es autónomo en sus campos de jurisdicción. No debe

favorecer ni desfavorecer a ninguna religión, ni convicción profunda. Deberá

justificar las decisiones que tome.

2. El segundo principio consiste en la libertad de conciencia y de religión.

Defenderá la libertad de conciencia y de religión de sus ciudadanos, siempre que

sea legítimamente constreñida.

3. El tercer principio es el de la separación entre Iglesia y Estado 36

.

4. El cuarto principio se refiere a la neutralidad del Estado en relación con las

religiones y las convicciones profundas seculares 37

. Esta autonomía es recíproca.

El Estado está libre de toda tutela religiosa y las asociaciones religiosas son

autónomas en sus campos de jurisdicción, están sometidas a la obligación de

respetar los derechos fundamentales y el orden legal. Las religiones no tienen un

trato privilegiado por parte del Estado, pero también son autónomas y no deben de

estar bajo el control del mismo.

34

Informe Bouchard-Taylor, pp. 135-136. Como hemos señaladio en el epígrafe cuarto, la laicidad incluye, según Bouchard y Taylor, cuatro grandes principios. Dos de ellos definen algunos de los objetivos profundos; a saber, la igualdad moral de las personas o el reconocimiento del igual valor moral de cada una de ellas, y la libertad de conciencia y de religión. Los otros dos se traducen en las estructuras institucionales esenciales para realizar estos fines, a saber; la neutralidad del Estado en relación con las religiones y la separación de la Iglesia y el Estado. Las estructuras institucionales de la laicidad, siendo indispensables, pueden definirse, como veremos, de diferentes formas, de un modo más o menos permisivo o restrictivo, en relación con la práctica religiosa

35 Informe abreviado, p. 45.

36 Lo que ya ha sido expuesto en el punto anterior.

37 Informe Bouchard-Taylor, p. 20 y p. 135.

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

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Las dificultades vendrán al tratar de encontrar el equilibrio y la armonía entre esos

cuatro principios, lo que ha dado lugar a soluciones distintas en los diversos países

democráticos. Los cuatro principios pueden entrar en conflicto y conducir a situaciones

límites pero se deben encontrar caminos y criterios para hallar soluciones. En el modelo

de laicidad abierta que se defiende en el informe los dos primeros principios son

objetivos a alcanzar y los otros dos son instrumentales. Algunos sistemas restringen la

expresión de la libertad de religión subordinándola a la neutralidad del Estado 38

.

Bouchard y Taylor no están de acuerdo con ese sistema, porque la neutralidad del

Estado debe ser diseñada de manera que permita la expresión de las convicciones, no

para ocultarlas 39

.

Hay tres razones por las que piensan que ese tipo de laicidad restrictiva no es

apropiada para Québec.

1. El modelo de laicidad restrictiva no pone las instituciones al servicio de los

dos primeros fines.

2. La atribución a las escuelas de una misión de emancipación dirigida contra

la religión no es compatible con el principio de neutralidad del Estado en relación

con los creyentes y no creyentes.

3. El proceso de integración en una sociedad diversificada se alcanza a través

de los intercambios entre ciudadanos, que así aprenden a conocerse unos a otros

(ésta es la filosofía del modelo de interculturalidad de Québec definida en el

informe), no dejando las identidades de los individuos relegadas a la vida privada.

La laicidad abierta busca desarrollar los dos primeros objetivos a través de los otros

dos principios. Ese es el camino que ha seguido Québec históricamente como lo

atestigua el Informe Proulx, que promueve también la laicidad abierta. La posición que

adopta el informe es la de mantenerse en el camino que ha seguido Québec desde la

elaboración del informe Prouxl 40

.

38

En el Informe abreviado se indica que Francia ha adoptado una legislación restrictiva en relación con el uso de símbolos religiosos en las escuelas, y que se aproxima a ese tipo de laicidad restrictiva, pero que en la práctica es mucho más flexible que lo que sugiere su fama (Informe abreviado, p. 45).

39 En el Informe abreviado se recoge el actual debate en Francia, donde la laicidad se ha

presentado como un componente esencial de la identidad Republicana. Algunos republicanos franceses creen que la misión de las escuelas laicas es emancipar a los estudiantes de la religión. Otros creen que la cultura y las identidades religiosas impiden la integración social, que debe basarse en una ciudadanía que excluye cualquier particularidad (cfr, Informe abreviado, p. 46)

40 Rapport PROUXL. Groupe de travail sur la place de la religión à l´école, Laicité et religions:

perspective nouvelle pour l´école québécoise. Rapport du Groupe de travail sur la place de la religión à l ´école. Québec: Ministère de l´Éducation, 1999, 296 pp.

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18

7. EL ORIGEN DEL CONCEPTO DE LAICIDAD ABIERTA

En relación con el origen del término laicidad abierta, los Comisarios se inspiran en el

informe Proulx de 1999 sobre el lugar de la religión en la escuela: “Una laicidad abierta

reconoce la necesidad de que el Estado sea neutral -las leyes y las instituciones públicas

no deben favorecer ninguna religión ni concepción secular -pero reconoce también la

importancia para muchos de la dimensión espiritual de la existencia y, por tanto, de la

protección de la libertad de conciencia y de religión” 41

.

A la luz de esta concepción el informe sugirió suprimir las clases de religión católica y

protestante confesionales o moral no confesional, y su sustitución por un curso de “Ética

y cultura religiosa” 42

. La finalidad es que todos los alumnos tengan un conocimiento

mínimo de las religiones de los ciudadanos de Québec, para que les ayude a

comprenderse y convivir.

Según el informe, este consejo de la Comisión Prouxl refleja uno de los aspectos de

la laicidad abierta 43

. En síntesis, la laicidad abierta permite a los ciudadanos expresar

sus convicciones en la esfera pública siempre que respeten los derechos de los demás.

Los comisarios afirman que el concepto de laicidad que ellos proponen es más liberal

que republicano, en el sentido de que tiende a proteger al máximo las expresiones de la

libertad religiosa. Su finalidad es proteger los derechos y está al servicio de éstos. No es

un principio constitucional, ni una nota de la identidad a defender 44

. La neutralidad y la

41

Informe completo de la Comisión Bouchard-Taylor, pp. 140-141.

42 CONSEIL SUPÉRIEUR DE L’ÉDUCATION, Pour un aménagement respectueux des libertés

et des droits fondamentaux : une école pleinement ouverte à tous les élèves du Québec. Avis au ministre de l’Éducation, 2005, 51 pages. También véase COMITÉ SUR LES AFFAIRES RELIGIEUSES, La Laïcité scolaire au Québec, un nécessaire changement de culture institutionnelle. Avis au ministre de l’Éducation, du Loisir et du Sport, 2006, 62 pages.

43 Sin embargo, debemos señalar que precisamente el informe Prouxl ha recibido muchas

críticas por su recomendación de suprimir los cursos de religión porque la laicidad abierta no implica necesariamente esa supresión, como lo demuestra el sistema que existe en la mayoría de los países europeos con modelos de laicidad abierta o laicidad positiva en la que existen acuerdos entre el Estado y las distintas confesiones para la impartición de clases doctrinales de cada religión concreta. Por otra parte, académicos, como la profesora Pauline Côte de la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad de Laval, critican que no existe un cuadro jurídico formal en el que se haya definido el concepto de laicidad abierta en la normativa de Québec, ni de Canadá. La única base jurídica son las Cartas de Derechos y Libertades. El informe Prouxl no es ninguna norma jurídica. Véase, CÔTE, P. “Québec and Reasonable Accommodation: Uses and Misuses of Public Consultation”, en Lori G. Beaman y Peter Beyer, Religion and Diversity in Canada, Leiden-Boston,

Brill, 2008, pp. 41-65.

44 Según se recoge en el Informe, como ha subrayado Micheline Milot, en Québec y en Canadá,

la «séparation des pouvoirs politique et religieux, l’absence de religion d’État, la neutralité et la laïcité (on retrouve toutes ces expressions dans la jurisprudence) apparaissent comme des exigences qui s’imposent à l’État et aux institutions publiques, mais elles ne sont pas définies comme des principes constitutionnels ni comme des valeurs en surplomb (comme c’est le cas en France pour la laïcité qui est non seulement un principe constitutionnel mais une valeur qui définit la République). Elles apparaissent en quelque sorte subordonnées à des droits reconnus comme

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Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

19

separación Iglesia-Estado no son fines en sí mismos, sino medios que permitan lograr

los dos primeros objetivos de la igualdad moral y de la libertad de conciencia.

Por otra parte, los comisarios reconocen que no existe un marco jurídico definido,

sino una práctica de hecho que ha sido la pauta de los organismos públicos, pero las

audiencias públicas a raíz de los trabajos de la Comisión han mostrado los desacuerdos

entre los ciudadanos sobre el modelo de laicidad deseable para Québec en el futuro.

Bouchard y Taylor aportan argumentos a favor de consolidar el modelo de laicidad

abierta que de hecho existe en la práctica en Québec y rechazan la propuesta de

algunos ciudadanos y académicos de avanzar hacia un modelo de laicidad estricta, más

similar al republicanismo francés, tampoco aceptan una vuelta a la normativa en

educación anterior al informe Prouxl. Ello no obsta para que los Comisarios diferencien

entre una enseñanza aconfesional y una enseñanza laicista por lo que en las primeras

páginas del Informe sientan la base de que “La atribución a la escuela de una misión de

emancipación dirigida contra la religión no es compatible con el principio de neutralidad

del Estado ante la religión y la no religión “ 45

.

8. LAICIDAD ABIERTA VERSUS LAICIDAD RÍGIDA

Para Taylor la religión forma parte de la expresión de la propia identidad. Son

aspectos que no se pueden separar, por tanto no se debe relegar la religiosidad a la vida

privada. Esto último supondría en el fondo un atentado a la identidad de la persona, a su

integridad moral.

Taylor atribuye a las creencias un lugar fundamental en la formación de la identidad

de la personas, como se demuestra en su famosa obra Las fuentes del yo 46

. Como

consecuencia del desarrollo de esta idea ha escrito a raíz del informe un nuevo libro,

junto con el profesor Jocelyn Maclure, sobre la laicidad y la libertad de conciencia 47

.

La crítica de una laicidad de Estado como un nuevo modo de religión es clarividente.

Taylor lleva tiempo trabajando estas ideas, como se demuestra también en el erudito,

fondamentaux.» (MILOT Micheline. « Les principes de laïcité politique au Québec et au Canada », dans Micheline Milot (dir.), Bulletin d’Histoire politique, numéro spécial: « La laïcité au Québec et en France », vol. 13, no 3, 2005, p. 13-27. Aquí p. 19). La laïcité «ouverte» se rapproche de ce que Milot appelle la laïcité «de reconnaissance». Selon elle, la laïcité de reconnaissance «est sans doute, parmi les différentes modalités de mise en œuvre de la laïcité, la plus exigeante socialement, éthiquement et politiquement»(MILOT M. La Laïcité, Montréal, Novalis, coll. 25 questions, 2008, 128 pages. Aquí p. 65).

45 Informe Bouchard-Taylor, p, 20.

46 TAYLOR, C. Sources of the Self. The Making of the Modern Identity, Cambridge, Cambridge

University Press, 1989. Traducción al castellano, Fuentes del yo. La construcción de la identidad moderna, Barcelona, Paidós, 1996.

47 La publicación del libro está prevista para enero de 2010. Será editado por Éditions Boréal en

Montréal (Québec).

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RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

20

complejo y extenso libro A Secular Age, publicado en el año 2007 48

. Por el conjunto de

su trayectoría ha recibido merecidamente el premio Templaton. Del mismo modo resulta

brillante ese retrato del republicanismo de Estado ciego a la diferencias, que pretende

igualar en una falsa neutralidad a todos los ciudadanos prescindiendo de su identidad

religiosa y cultural, con un asimilacionismo en la ética republicana de Estado, que se

convierte en una religión de la vida pública, que no permite el ejercicio de una verdadera

libertad de conciencia.

Un sistema de laicidad estricta prioriza la neutralidad del Estado sobre las

manifestaciones de la libertad de los individuos. Como contraste, un régimen de laicidad

abierto defiende un modelo cuyo gozne es la protección de la libertad de religión y de

conciencia, y un modelo de neutralidad del Estado más suave o flexible, permitiendo

posiciones más dúctiles y acomodamientos de las prácticas religiosas en la esfera

pública. Según los modelos que adopte cada Estado, caben hacer compatibles

actuaciones rígidas en algunos supuestos y más flexible en otros. Francia por ejemplo ha

sido rígida en la prohibición de símbolos religiosos en la escuela pública, pero continúa

subvencionando a las iglesias católicas, a las protestantes y a las sinagogas, también

financia con un 75% las escuelas privadas confesionales.

El documento pasa a continuación a realizar una crítica abierta del modelo laicista de

Estado (laicismo rígido) porque esta postura no es neutral, sino que en el fondo

considera a la religión como algo negativo.

Un modelo de laicidad puede buscar favorecer o bien la emancipación de los

individuos en relación con la religión, y por tanto la secularización o la erosión de la

creencia religiosa, o bien, como mínimo, la relegación estricta de la práctica religiosa al

confín de la vida privada y de la vida asociativa. Esta concepción de la laicidad defiende

una opinión o un punto de vista negativo, con diferentes grados, sobre la religión en si

misma, vista como incompatible con la autonomía racional de los individuos. La laicidad

se convierte así en un instrumento de la emancipación de los individuos por la crítica o la

puesta a distancia de la religión.

48

TAYLOR, C. A Secular Age, Harvard, Harvard University Press, 2007. Para Taylor, depender

completamente de puntos de vista secularizados sólo conduce a resultados fragmentados y defectuosos, incapaces de percibir la comunidad global en su complejidad. Según el resumen que ofrece la editorial Harvard: “Taylor, long one of our most insightful thinkers on such questions, offers a historical perspective. He examines the development in "Western Christendom" of those aspects of modernity which we call secular. What he describes is in fact not a single, continuous transformation, but a series of new departures, in which earlier forms of religious life have been dissolved or destabilized and new ones have been created. As we see here, today's secular world is characterized not by an absence of religion -although in some societies religious belief and practice have markedly declined- but rather by the continuing multiplication of new options, religious, spiritual, and anti-religious, which individuals and groups seize on in order to make sense of their lives and give shape to their spiritual aspirations”. Cfr., <http://www.hup.harvard.edu/catalog/TAYSEC.html>

Page 21: INFORME Bouchard-Taylor

Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

21

Esta visión es problemática en sociedades plurales como la de Québec. La idea

subyacente de que la razón sólo puede cumplir su función emancipadora únicamente si

se desgaja de toda fe religiosa es muy contestable. Hay todo el derecho a pensar que

una persona puede hacer uso de su razón en su vida para otorgar un lugar en ella a la

fe. Además el riesgo de que este valor de emancipación entre en conflicto con los otros

principios de respeto igual a todos los ciudadanos en relación con la libertad de

conciencia es bastante alto.

El Estado laico, que pretende ponerse a distancia de la religión, adhiriéndose a la

concepción del mundo y del bien de los ateos y de los agnósticos no trata en

consecuencia con una consideración igual a los ciudadanos que otorgan un lugar a la

religión en su sistema de creencias y valores. Esta forma de laicidad no es neutral en

relación con las razones profundas que animan a los individuos. El compromiso del

Estado a favor de la autonomía de los individuos implica que estos últimos sean

reconocidos como soberanos en relación con su conciencia y que tengan la posibilidad

de hacer sus propias elecciones existenciales, tanto si éstas son seculares, como si son

religiosas o espirituales.

Se puede también pensar que un modelo de laicidad más duro puede ser necesario

al servicio de la finalidad de la integridad cívica, por encima del igual valor de las

personas y de la libertad de conciencia. En ese sentido la integración comprende la

aceptación de una identidad cívica común y dentro de ésta la persecución de un bien

común. Para algunos, la integración y la cooperación entre los ciudadanos en aras a la

integración exige borrar o neutralizar todas las marcas identitarias que diferencian a los

ciudadanos (tanto la religión, como la etnicidad). Esta posición republicana supone que

borrar la diferencia es una condición previa de la integración 49

.

Es compatible estar de acuerdo con la idea de que la laicidad debe de servir de

integración cívica, a la vez que se niega la premisa según la cual el borrar la diferencia

sea necesariamente una condición para la integración. Desde este punto de vista, el

diálogo, la comprensión mutua y la cooperación entre los ciudadanos de una sociedad

diversificada exigen al contrario que sus semejanzas y sus diferencias sean reconocidas

y respetadas. El desarrollo de un sentimiento de pertenencia y de identificación en una

sociedad como la de Québec debe tener en cuenta “el reconocimiento razonable” de las

diferencias y no debe de relegarlas estrictamente a la esfera privada. Esta es una de las

implicaciones del modelo de interculturalidad que se defiende en el informe Bouchard-

49

Informe Bouchard-Taylor, p. 138.

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22

Taylor. Esta concepción abierta de la laicidad, además de proteger el derecho a la

libertad de conciencia y de religión, contribuye subsidiariamente a la integración cívica 50

.

9. LA NEUTRALIDAD SE EXIGE A LAS INSTITUCIONES PERO NO A LOS

INDIVIDUOS

Según los Comisarios, la neutralidad del Estado supone que las instituciones públicas

deben ser neutrales, pero ésto no implica que los ciudadanos en cuanto tales deban de

prescindir de sus creencias en la vida pública 51

porque en el modelo de la laicidad

abierta, la exigencia de neutralidad se dirige a las instituciones pero no a los individuos

52. Sin embargo, según el modelo de laicidad estricta los individuos deberían abstenerse

de manifestar su fe cuando hacen uso de las instituciones públicas, o de un modo más

amplío en cuanto entren en el espacio público.

Por el contrario, el modelo de laicidad abierta justifica que los individuos reclamen

ciertos acomodamientos razonables dentro de las prestaciones que reciben a través de

las instituciones públicas para hacerlas compatibles con su religión. Ciertamente los

ciudadanos son más sensibles con acomodamientos basados en minusvalías físicas que

en ajustes debidos a motivos religiosos. Hay una tendencia generalizada a diferenciar

ambas situaciones basándose en el razonamiento de que las minusvalías no es algo de

lo que los individuos puedan prescindir, ni se han elegido libremente, y por todo ello se

justifica una inversión especial del Estado para acomodar (adaptar) los espacios

públicos, mientras que se entiende que las prescripciones religiosas son elegidas y

además se puede prescindir de ellas en determinados ámbitos. Según este

razonamiento, la sociedad no debe de hacer ningún esfuerzo para adaptarse a las

consecuencias derivadas de elecciones relacionadas con la religión.

Los Comisarios consideran que tratar de este modo las prescripciones religiosas de

50

En la introducción del Informe en su versión completa se afirma desde un inicio que “Favorece a la integración cívica que los ciudadanos puedan intercambiar entre ellos sus culturas y creencias, que puedan así conocerse y manifestar sus identidades en la vida pública” (Informe Bouchard-Taylor, p. 20) .

51 En esta línea, como ya se ha indicado anteriormente, los Comisarios consideran que el

régimen anterior a la ley 95 de 2005, en el que se enseñaba sólo dos religiones concretas en la escuela pública, la católica y la protestante, contravenía el principio de neutralidad de las instituciones públicas. La ley 95 de 2005 pone fin a la instrucción en los colegios públicos de religión confesional católica, protestante o el curso de moral alternativo, por la nueva asignatura obligatoria a partir del curso 2008/2009.

National Assembly (Québec) Parliamentary Proceedings, Committee on Education, 37th Legislatura, 1st Session, www.assnat.qc.ca/eng/37legislature1/commissions/ce/index.shtml .

National Assembly (Québec) 1st Session, 37h Legislature, Bill 95 An Act to amend various legislative provisions of a confessional nature in the education field (2005), c. 20), <www2.publicationsduQuébec.gouv.qc.ca.home.php>

52 Informe Bouchard-Taylor, p. 142.

Page 23: INFORME Bouchard-Taylor

Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

23

los individuos es discriminatorio debido a que una consecuencia del ejercicio de la

libertad es poder desarrollar la identidad en aspectos que se relacionan con las

convicciones profundas de las personas y de sus conciencias, no sólo en relación con

los aspectos religiosos, sino también conforme a ideas humanistas o filosóficas. Todas

esas manifestaciones externas forman parte de la “integridad moral” de la persona y no

se pueden separar de la misma. La persona es soberana en las elecciones basadas en

su conciencia. Ello es compatible con un margen de adaptación, de negociación

recíproca en las instituciones públicas.

En ocasiones quienes defienden un modelo de laicidad estricta utilizan el argumento

de que la religión es fuente de opresión, cuando por ejemplo, puede exigir prácticas que

conduzcan a rechazar tratamientos médicos con peligro de muerte, o exijan prácticas

contrarias a la igualdad entre los sexos. Por ello estos últimos consideran que habría que

prohibir como prevención no sólo las prácticas contrarias a los derechos fundamentales,

sino también ciertas manifestaciones que en apariencia también serían contrarias a

estos principios fundamentales de nuestra sociedad.

Un ejemplo de este tipo es la discusión sobre el uso del foulard por parte de mujeres

musulmanas 53

. Muchos ciudadanos han manifestado su opinión a favor de la prohibición

53

COMMISSION DES DROITS DE LA PERSONNE ET DES DROITS DE LA JEUNESSE. Le Pluralisme religieux au Québec. Un défi d’éthique sociale, cat. 7.113-2.1.1, Montréal, 1995, 30

pages. Ce document a été publié par la Commission des droits de la personne. Le 29 novembre 1995, cette commission a été fusionnée avec la Commission de protection des droits de la jeunesse. Le nom du nouvel organisme est Commission des droits de la personne et des droits de la jeunesse. Ce document a été préparé par un comité composé de : Pierre Bosset, Direction de la recherche, Gisèle Cloutier, Direction des Communications, Muriel Garon, Direction de la recherche,

Monique Lortie, Direction de l'éducation, Monique Rochon, Direction des communications

Rédaction, Première partie : Monique Rochon , Deuxième partie : Pierre Bosset .

Document adopté à la 389e séance de la Commission, tenue le 3 février 1995, par sa résolution COM-389-4.1. Disponible en <www.cdpdj.qc.ca/fr/publications/docs/hidjab.pdf>

Le Pluralisme religieux au Québec. Un défi d’éthique sociale, p.18, sobre “Le port du foulard islamique Dans les écoles publiques: “ On a rapporté récemment le cas d’une jeune fille, habitant sur le territoire de la Commission des écoles catholiques de Montréal, qui a dû s’inscrire dans une école autre que celle de son choix. Cette mesure était apparemment fondée sur le fait que la jeune fille portait le foulard islamique,en contravention possible des règles vestimentaires en vigueur dans l’école qu’elle désirait fréquenter.

Sans se prononcer sur ce cas précis, dont la Commission n’est pas saisie, le présent avis analyse cette problématique dans ses aspects généraux. Il vise à dégager les principes juridiques applicables, tels qu’ils découlent de la Charte des droits et libertés de la personne et de la législation scolaire québécoise. Sont notamment prises en considération les dispositions pertinentes de la Loi sur l’instruction publique, et celles de la Charte qui consacrent les droits et libertés suivants :

- les libertés de conscience et de religion (art. 3);

- le droit à l’égalité dans la reconnaissance et l’exercice des droits et libertés (art. 10);

- le droit à l’instruction publique gratuite, dans la mesure et suivant les normes prévues par la loi (art. 40).

Page 24: INFORME Bouchard-Taylor

RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

24

del uso del pañuelo en los espacios públicos porque consideran que es un signo de la

inferioridad y sumisión de la mujer con respecto al hombre, que se le impone a la primera

como una prescripción exigida por la religión musulmana. Esta opinión presupone una

interpretación única del significado del foulard realizado por “una interpretación del otro a

partir de los propios esquemas”, sin escuchar al otro. Las mujeres que utilizan el foulard

pueden hacerlo por múltiples razones. Muchas de las musulmanas consultadas 54

durante las audiencias públicas afirman usar el foulard voluntariamente e insisten en que

es su elección personal en relación al modo como quieren vivir su vida y su fe 55

.

La problématique est analysée dans le contexte législatif et réglementaire propre à l ’école publique. En ce sens, elle doit être distinguée de celle que soulève le port obligatoire du foulard islamique pour le personnel des écoles privées musulmanes, question qui fait l’objet de l’avis portant sur les contraintes vestimentaires d’ordre religieux applicables au personnel de certaines écoles privées, qu’on trouvera reproduit plus loin.

Nous sommes conscient que, sans soulever la même controverse que dans certains pays, tels la France (où le principe de la laïcité scolaire est inscrit dans la Constitution), le port de vêtements comme le foulard islamique soulève la question, plus large, des rapports devant exister entre les normes en vigueur dans les institutions publiques et les exigences de certaines religions. La question mérite un débat de société, en raison des enjeux en présence. Elle déborde cependant le cadre du présent avis, qui analyse d’un point de vue strictement juridique les problèmes que pose le port d’un vêtement particulier - le hidjab - dans un contexte bien précis, celui de l’école publique.

54 FOURNIER, P. “La femme musulmane au Canada, un être visible cache?”, Número

monográfico sobre “La religión dans l´espace public”. Éthique Publique. Revue internationale d´éthique societales et gouvernementale, Éditions Liber, printemps, Vol. 8, nº 1, (2006), pp. 44-51.

55 Le Pluralisme religieux au Québec. Un défi d’éthique sociale, pp. 20-21:

“2.2 Le foulard islamique et la Charte

Sous l’angle du droit à l’égalité, l’interdiction du foulard islamique peut être envisagée de deux manières.

2.2.1 La discrimination directe

Si seul le port du hidjab est interdit, il s’agit d’une forme de discrimination directe, au sens où

l’entend la Cour suprême du Canada. Il n’appartient pas à la Commission de trancher la question - qui relève moins du droit positif que de l’exégèse coranique - de savoir si le hidjab est bel et bien obligatoire du point de vue du dogme islamique. Comme le prévoient les lignes directrices de la Commission et la jurisprudence du Tribunal des droits de la personne, la conformité au dogme - dans les cas où il en existe un - n’est pas essentielle à la recevabilité d’une plainte de discrimination. Que le port du hidjab soit ou non formellement requis par le Coran ou par l’une ou l’autre des interprétations qui en sont faites,seul importe le fait que l’interdiction expresse de ce vêtement stigmatise des personnes de foi musulmane, et les astreint à des conditions d’exercice du droit à l’instruction publique moins avantageuses par rapport à d’autres. Une telle discrimination est incompatible avec la Charte.

Le caractère confessionnel - catholique ou protestant - d’une école ou d’une commission scolaire justifie-t-il une telle interdiction ? Même si, pour les fins de la discussion, on admet qu’une école publique puisse se prévaloir des dispositions de l’article 20, seules sont permises les distinctions justifiées au sens objectif par le caractère religieux d’une institution sans but lucratif. Il est douteux qu’une école commune, ouverte par définition à tous, puisse interdire le port de signes d’appartenance religieuse autre que catholique ou protestante. Dans un système qui reconnaît à l’élève, non seulement le droit de choisir entre l’enseignement moral et l’enseignement religieux, mais aussi le droit de recevoir un enseignement religieux autre que catholique ou protestant lorsqu’un tel enseignement est dispensé à l’école, une telle

prohibition ne peut être considérée comme objectivement justifiée.

Page 25: INFORME Bouchard-Taylor

Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

25

La cuestión crucial es si el Estado está autorizado a decidir el significado que los

ciudadanos dan a ciertas expresiones de las personas en cuanto ciudadanos o si es algo

que pertenece a las personas mismas. El Estado posee ciertas competencias de

interpretación cuando ciertos símbolos son contrarios al orden público 56

o lesionan los

2.2.2 La discrimination indirecte

L’interdiction du hidjab peut aussi découler de règles en apparence neutres, applicables à l’ensemble des élèves. Il en est ainsi, en particulier, des règles qui interdissent le port de vêtements risquant de « marginaliser » l’élève, règles que certaines directions d’école, à tort ou à raison, interprètent comme visant aussi le foulard islamique.

La Cour suprême du Canada a jugé que même une norme d’apparence neutre et d’application générale peut porter atteinte au droit à l’égalité. Statuant dans le contexte particulier d’une norme d’emploi, le plus haut tribunal du pays a affirmé qu’une telle norme « peut quand même être discriminatoire si elle touche une personne ou un groupe de personnes d’une manière différente par rapport à d’autres personnes aux quelles elle peut s’appliquer ». Il ne fait pas de doute que ce principe s’applique aussi en matière scolaire. Une école qui, s’autorisant d’une règle de conduite interdisant les vêtements qui marginalisent l’élève, prend des sanctions à l’endroit d’une jeune fille portant le hidjab, porte donc atteinte, en principe, au droit de celle-ci à l’égalité. Ce droit est violé même lorsque la substance du droit invoqué à titre principal - ici, le droit à l’instruction publique gratuite - n’est pas détruite ou compromise :

« Lorsque l’égalité n’est qu’une modalité de particularisation d’un autre droit, il n’est toutefois pas nécessaire que sa violation constitue une négation de ce droit pour donner ouverture à un remède. Il suffit qu’une distinction incompatible avec la règle d’égalité soit établie dans la détermination des modalités de ce droit. ».

L’une des modalités d’exercice du droit à l’instruction publique gratuite veut que l’élève ait, en principe, le libre choix de son école. Ainsi conçue, la liberté de religion comprend le droit de porter un type particulier de vêtement pour des motifs religieux. Ce droit est enfreint, en principe, par l’interdiction faite à une élève de foi musulmane, contrairement à ses convictions, de porter le hidjab “.

56 Le Pluralisme religieux au Québec. Un défi d’éthique sociale, p. 24: “L’ordre public et

l’égalité des sexes. Plus délicates sont les considérations portant sur ce qu’on pourrait appeler la « symbolique » du hidjab, dans lequel plusieurs voient le signe, sinon le véhicule d’une oppression des femmes au sein du monde musulman.

Le principe d’égalité des sexes figure parmi les droits et libertés que l’école et l’enseignant ont l’obligation de promouvoir, tout comme ils doivent préserver un ordre interne essentiel à l’accomplissement de leur mandat.

La question de savoir si le port du foulard islamique est incompatible avec ces obligations, au point de justifier son interdiction comme moyen d’expression des convictions religieuses dans un milieu donné, doit nécessairement faire l’objet d’un examen contextualisé, où il convient de distinguer le foulard proprement dit de l’usage symbolique et idéologique qui en est fait.

En lui-même, le port du foulard islamique témoigne d’une conviction religieuse dont la légitimité intrinseque n’est pas contestée. C’est faire injure à celle qui le porte de l’assimiler à un symbole à proscrire, au même titre que la croix gammée par exemple. De manière générale, le port du hidjab doit donc être considéré licite. Il ne devrait faire l’objet d’une interdiction ou d’une réglementation que dans des circonstances où il est démontré que l’ordre public ou l’égalité des sexes sont en péril.

Ce serait le cas, par exemple, s’il s’avère que des élèves sont forcées de porter le hidjab contre leur volonté. Si l’école doit respecter la liberté de celles qui désirent porter le hidjab, elle doit aussi appuyer celles qui désirent ne pas le porter. L’école serait également justifiée d’intervenir, à notre avis, lorsqu’un port orchestré du hidjab vise, de toute évidence, à créer ou à aggraver des tensions entre groupes d’élèves, ou à inciter à la discrimination fondée sur le sexe. Dans de telles circonstances, une intervention coercitive, de nature temporaire et proportionnelle à la gravité des faits, serait justifiée. L’existence de telles situations mettant en péril l’ordre public et le principe

Page 26: INFORME Bouchard-Taylor

RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

26

derechos de los demás, como el discurso del odio o la propaganda racista 57

. Tiene por

ello obligación de asegurar y vigilar que la práctica religiosa no comprometa los derechos

de los demás, ni ataque los fines legítimos dentro del marco legal dirigidos a preservar el

bien común. Todo ello cuando esos actos en si mismos son contrarios a derecho. Pero el

Estado no puede ser el intérprete de la postura que cada ciudadano toma con respecto a

la religión. No puede presuponer que toda persona que use el foulard lo hace

forzadamente y con ese significado de sumisión 58

.

Tampoco la actitud del Estado debe limitarse a la de evitar los casos en los que por

motivos religiosos se viole el orden público, sino que debe de proteger con acciones

positivas las convicciones filosóficas, humanistas o religiosas, las ideas morales

profundas de los ciudadanos. Éstas aportan e influyen en los valores sociales del

espacio público y han sido en muchas ocasiones los motores de cambios sociales

beneficiosos a favor de la democracia. Entre los ejemplos citados por el documento se

encuentran el hinduismo pacifista de Gandhi, que se ha inspirado a su vez en ciertas

corrientes cristianas, reflejado a su vez más tarde en otros movimientos de no violencia,

como el de Martin Luther King o Nelson Mandela. La propia filosofía laica y racionalista

d’égalité des sexes doit cependant être démontrée, le principe de base devant être le respect de la volonté individuelle de porter le hidjab. Ce principe n’exclut pas, en fait il exige, la vigilance face aux utilisations politiques ou idéologiques qui peuvent, par ailleurs, être faites de ce vêtement”.

57 El Consejo de Europa ha presentado un Manual sobre el dicurso del odio, basado en la

jurisprudencia del tribunal Europeo de Derechos Humanos, véase el texto WEBER, A. Manuel sur le discours de haine, Leiden- Boston, Martinus Nijhoff Publishers, Council of Europe Manuals, 2008, 97 pp.

58 Le Pluralisme Religieux au Québec: un défi d´éthique sociale, pp. 12-13; “ À cet égard, nous

constatons qu'une part importante de la discussion publique des derniers mois touchait l'interprétation du Coran proprement dit, notamment quant à l'obligation de porter le foulard. Nous estimons qu'il ne nous appartient pas de nous prononcer sur cette question particulière qui, nous semble-t-il, relève au premier chef d'une réflexion à poursuivre dans la communauté musulmane.

Cependant, plusieurs personnes se disent inquiètes du sort réservé au droit à l'égalité des jeunes musulmanes portant le hidjab et qui, consciemment ou non, le porteraient plus ou moins librement.

Quelques précisons s'imposent.

Au-delà des divergences quant à l'interprétation du Coran et par respect pour les personnes qui choisissent de porter le hidjab, nous devons présumer que ce choix constitue une façon d'exprimer leur appartenance et leurs convictions religieuses. C'est, à notre avis, faire injure aux jeunes filles et aux femmes qui portent le hidjab de présumer que leur choix n'est pas éclairé ou qu'elles le font par militantisme contre le droit à l'égalité. C'est également leur faire injure que d'assimiler le hidjab à un symbole à proscrire au même titre que la croix gammée, par exemple, ou de le banaliser en le plaçant au même niveau qu'une simple casquette.

De manière générale, le port du hidjab doit donc être considéré licite et il ne devrait faire l'objet d'une interdiction ou d'une réglementation que dans des circonstances où il serait démontré que l'ordre public ou l'égalité des sexes sont en péril.

Ce serait le cas, par exemple, s'il s'avérait que des élèves sont forcées deporter le foulard contre leur volonté. Si l'école doit, au nom de la liberté de conscience, respecter la liberté de celles qui désirent porter le hidjab, elle doit aussi, pour la même raison, appuyer celles qui désirent ne pas le porter. Il faut convenir toutefois que ce qui se passe dans le secret de la vie privée peut échapper aux possibilités d'intervention de l'école à cet égard”.

Page 27: INFORME Bouchard-Taylor

Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

27

de Jürgen Habermas reconoce que ciertas ideas morales propias de la tradición cristiana

han sido traducidas en términos seculares 59

. En resumen, las religiones no son

enemigas de los valores democráticos, sino que son instituciones de transmisión de

valore sociales y morales.

10. ¿POR QUÉ LA LAICIDAD ABIERTA?

La laicidad es hoy una dimensión indispensable en el modo de gobernar de los

estados democráticos y liberales, pero se encarna siempre dentro de contextos

particulares. Los Estados interpretan y aplican los valores y los principios estructurales

de la laicidad a la luz de su propia realidad. Los modelos de laicidad se estructuran en un

abanico que va desde los más restrictivos a los más liberales en relación con el lugar

que debe ocupar la religión y la práctica religiosa en la sociedad 60

.

El modelo de laicidad abierta que se defiende en el informe hace posible armonizar

los cuatro principios de la laicidad, logrando tratar a todas las personas por igual sin

favorecer ninguna religión, pero garantizando a la vez una protección amplia, pero

razonable de su libertad de conciencia.

La razón fundamental por la que optan por la laicidad abierta es porque es el modelo

que mejor lleva a cabo los cuatro principios de la laicidad; el respeto a la igualdad moral

de las personas, la libertad de conciencia y de religión, la autonomía recíproca de la

Iglesia y el Estado y la neutralidad de este último. Nadie puede rebatir el hecho de que la

laicidad abierta es la que ofrece la protección más amplia a la libertad de conciencia y de

religión. Los críticos de este tipo de laicidad consideran que este modelo atribuye una

importancia demasiado grande a la libertad de religión, lo que podría comprometer a la

neutralidad religiosa del Estado y como consecuencia a la igualdad de los ciudadanos.

Los Comisarios creen, por el contrario, que desde ese punto de vista, una laicidad

abierta bien concebida logra el equilibrio apropiado y ofrece ventajas a la igualdad de las

personas 61

.

Una ley, asociada a una laicidad más restrictiva, prohibiendo, por ejemplo, el uso de

símbolos religiosos en los establecimientos públicos, puede entenderse como un

tratamiento uniforme porque se aplicaría sin excepción a todos, pero no sería neutral,

59

HABERMAS J. « Foi et savoir », dans L’Avenir de la nature humaine: vers un eugénisme libéral ?, Paris, Éditions Gallimard, 2002, 180 pp.

60 Informe Bouchard-Taylor, p. 148.

61 Informe Bouchard-Taylor, p. 148. Según la nota número 32 de la p. 148, la adaptación

necesaria a la diversidad cultural está haciendo que Francia se mueva, en los hechos, hacia un modelo de integración más multicultural y hacia una laicidad más abierta. La ley francesa prohibiendo el llevar símbolos religioso en los colegios públicos, según el sociólogo Jéan BAUBERÒT, no es representativa del proceso en el que Francia está envuelta.

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RGDCDEE 23 (2010) 1-33 Iustel

28

porque favorece a aquellos para los que las convicciones filosóficas, religiosas o

espirituales no exigen el uso de tales símbolos. Un régimen de laicidad abierta favorece

por su parte un acceso igual a las instituciones públicas, tanto por parte de los usuarios,

como por parte de los empleados, centrando el análisis de la neutralidad del Estado

sobre los actos que realiza este último más que sobre la apariencia (porte externo) de

sus empleados y de los usuarios.

Una laicidad abierta logra mejor el principio según el cual el valor de la igualdad debe

de ser aplicado a todos, con independencia de sus convicciones filosóficas o religiosas.

Esta característica de la laicidad es considerada en el informe como de un importancia

fundamental en el contexto de sociedades que no cesan de diversificarse en el plano

cultural y religioso.

La participación de las instituciones determinantes como son los colegios públicos,

los lugares de trabajo (en particular, la función pública) es uno de los factores

susceptibles de reducir el riesgo de conflictos y de fragmentación social. La laicidad

abierta no sacrifica la separación del Estado y de la Iglesia y la neutralidad del Estado en

relación con las religiones en beneficio de la libertad de religión de los creyentes. Ofrece

más bien una interpretación que permite alcanzar la mayor compatibilidad entre los dos

fines 62

.

11. EL USO DE SÍMBOLOS RELIGIOSOS POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

El informe afronta también dos cuestiones concretas que han sido fuente de

controversia desde hace uno años; el uso de símbolos religiosos por los funcionarios del

Estado y si este modelo de laicidad exige hacer tabla rasa con el pasado histórico de

Québec, y la duda sobre si el hecho de proteger el patrimonio del pasado podría suponer

una transgresión de la laicidad o de la neutralidad del Estado hacia las religiones.

La laicidad exige que haya una separación entre la Iglesia y el Estado. El Estado laico

debe ser representado a través de los parlamentarios elegidos democráticamente, y no a

través de las Iglesias. También se ha insistido anteriormente en que la neutralidad del

Estado requiere que éste no favorezca ninguna religión pero no exige que los individuos

releguen las manifestaciones de su pertenencia a una religión a la esfera privada.

¿Debe un régimen de laicidad abierta permitir que los empleados del gobierno usen

símbolos religiosos? ¿Exige la neutralidad de las instituciones públicas la prohibición de

estos signos?

Para responder a esta cuestión antes se debe de discutir qué tipo de neutralidad es la

que corresponde a los servicios públicos.

62

Informe Bouchard-Taylor, p. 148.

Page 29: INFORME Bouchard-Taylor

Ilósegui Itxaso - El concepto de laicidad abierta en el informe Bouchard-Taylor para Québec

29

En un régimen de laicidad estricta en el que incluso se prohíbe en algunos casos a

los usuarios de los servicios públicos el empleo de símbolos religioso, con mayor motivo

se les prohibirá esto mismo a los funcionarios del Estado.

Parece difícil exigir eso en un sistema de laicidad abierta. El argumento para la

prohibición ha sido en ocasiones que los funcionarios deben de encarnar los valores del

Estado, y como el Estado es neutral, ellos también deben de serlo. Un empleado público

que llevara un signo religioso podría dar la impresión de que existe un vínculo entre el

Estado y esa comunidad religiosa.

Antes de avanzar en la argumentación para discutir esta tesis, se debe tener en

cuenta que esa prohibición arrastraría consigo dos consecuencias; la restricción de la

libertad de esas personas, y la restricción del acceso en igualdad a los servicios

públicos. Aunque en una democracia liberal ningún derecho es absoluto deben existir

razones serias para restringir los derechos. La apariencia de neutralidad es importante,

pero los comisarios no creen que eso justifique una regla general que prohíba el uso de

símbolos religiosos a los funcionarios del Estado. Puede justificarse en ciertos casos,

pero en general lo que importa es que los funcionarios den prueba de imparcialidad en el

ejercicio de sus funciones. Un empleado del Estado debe cumplir la misión atribuida por

el legislador a la institución a la que sirve; sus actos no deben estar dictados ni por la fe,

ni por sus creencias filosóficas, sino por la voluntad de realizar las finalidades asociadas

al cargo que ocupa.

Se espera que los funcionarios cumplan con sus obligaciones de un modo leal e

imparcial 63

. Bouchard y Taylor piensan que por el hecho de que lleven algún símbolo

religioso no estamos autorizados a prejuzgar que entonces les faltarán esas cualidades.

¿Por qué pensar que la persona que lleve un símbolo religioso vaya a ser menos

imparcial, menos profesional y menos leal que la persona que no lo lleve? Si se empieza

por no permitir la expresión externa de la fe, ¿no se acabará exigiendo también la

prohibición de cualquier convicción de conciencia? Esto sería evidentemente absurdo.

¿Por qué pensar a priori que los que se adhieren a una religión son menos capaces de

hacer las cosas correctamente que aquellos que no las exteriorizan o lo hacen de un

modo menos visible (pensemos por ejemplo, en las personas que llevan la cruz

católica)? ¿Por qué rechazar la presunción de imparcialidad en uno y acordarla en el

otro?

63

Esta cuestión en relación a los funcionarios españoles en el marco de la Legislación sobre funcionaros, así como su código deontológico se encuentra expuesta en ELÓSEGUI, M. Derechos humanos y pluralismo cultural, Madrid, Iustel, 2009, pp. 205-252. En España la Ley 3/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público ha recogido unos principios éticos específicos de los funcionarios en el ejercicio de su profesión y además unos principios de conducta (cfr., arts 53 y 54).

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Los agentes del Estado deben ser juzgados a la luz de sus actos y en la práctica de

la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. Es posible evaluar la neutralidad de los

actos de los funcionarios sin necesidad de restringir su libertad de conciencia y de

religión. Se podrá prohibir, por ejemplo, que un empleado público haga proselitismo en

su trabajo pero no el hecho de que lleve un símbolo religioso, que en sí no es un acto de

proselitismo. Se puede establecer algunas reservas en algunos puestos específicos. A

algunos usuarios parece molestarles que les atienda un empleado que no oculta su

pertenencia religiosa. Los comisarios se preguntan si eso no será más bien un signo de

intolerancia hacia la religión en si misma o hacia religiones minoritarias. Aunque dejan la

pregunta en el aire sin dar una respuesta directa, afirman que en una sociedad

diversificada con una variedad de religiones habrá que aprender a convivir favoreciendo

la comprensión y el respeto mutuo. Para alcanzar ese fin, no parece que lo más

adecuado sea restringir la libertad religiosa de las personas. Una laicidad restrictiva

excluiría a esas personas del acceso al funcionariado y dificultaría la integración.

Pueden estar justificadas ciertas restricciones en algunos puestos. Por ejemplo, una

profesora no podría dar clases vestida con un burka (cubre toda la cara) o un niqab

(cubre la cara, menos los ojos) porque eso impediría el contacto visual con sus alumnos.

Esto puede aplicarse a otros servicios públicos, que exigen una comunicación con el

usuario.

Por el contrario, el foulard (pañuelo o velo que recubre sólo el pelo) no compromete la

comunicación, ni la socialización. A veces se argumenta que en el caso de niños de

primaria éstos no son autónomos para distinguir las cosas, pero según los Comisarios si

esa es la diversidad que van a encontrar fuera del aula también eso puede servir para

desmitificar las diferencias y dejar de verlas como una amenaza. Puede haber puestos

como los de los jueces, fiscales, policías, en el que sea más conveniente no usar esos

símbolos, pero no se pueden hacer reglas generales prohibiéndolo por sistema a todos

los funcionarios.

Aunque la Comisión no otorga una solución cerrada tampoco en estos casos,

siguiendo las opiniones recogidas de los ciudadanos a lo largo de la elaboración del

documento, reflejan que el sentir mayoritario es el de no prohibir de un modo general a

todos los funcionarios el uso de símbolos religiosos, pero sí hacerlo en el caso de este

tipo de puestos con un mayor poder coactivo porque representan de un modo más

tangible a los poderes del Estado.

Sopesando todas las razones, en este tipo de cargos concretos, encontrarían

razonable imponer un deber de reserva limitada a quienes ocupen esos puestos,

teniendo en cuenta la situación actual de la sociedad quebequesa, pero abiertos también

a que pueda cambiar en el futuro.

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Si se prohibiera todo uso de símbolos religiosos a los funcionarios, excluiríamos a

ciertas personas del servicio público, contraviniendo la libertad de conciencia y de

religión (segundo principio) y se complicaría la tarea de construir un servicio público que

refleje la variedad sociológica de la población de Québec, cada vez más diversificada.

También contravendría el primer principio de tratar con igualdad a todos los ciudadanos

64.

Como conclusión, no creen que una prohibición general de usar símbolos religiosos

en los empleados del Gobierno esté justificada. Sin embargo, reconocen que ciertas

funciones pueden implicar alguna obligación de autorestricción. El Bloque québécois en

un informe emitido a la Comisión hace notar que por su naturaleza ciertas funciones de

cuerpos del Estado y su esencial neutralidad lo requieren. Especialmente, los jueces, los

fiscales, la policía y el Presidente de la Asamblea Nacional. A las personas concretas

que ocupan esos puestos se les puede pedir que restrinjan su derecho a mostrar su

filiación religiosa con el fin de preservar la apariencia de imparcialidad en sus funciones

65.

En resumen, los individuos como ciudadanos y también como empleados públicos a

título individual pueden usar símbolos religiosos como expresión de su identidad cultural

o religiosa 66

. Algunos funcionarios en cargos especialmente institucionales, como los

jueces, deberían de autorestringir esa libertad en el uso de símbolos externos.

Finalmente, las instituciones públicas no deben de adornarse con símbolos religiosos.

12. EL PATRIMONIO HISTÓRICO RELIGIOSO

El catolicismo ha dejado una profunda huella en la historia de Québec. Sus huellas

están presentes en todo. El principio de neutralidad del Estado exige que las

instituciones públicas abandonen las manifestaciones religiosas. Entre ellas, la Comisión

ha aconsejado que se quite el crucifijo de la Asamblea Nacional de Québec y que no se

recen oraciones cristianas en la apertura de las sesiones municipales porque no lo

consideran adecuado en un Estado laico. La razón estriba en que esas instituciones

están al servicio de toda la ciudadanía 67

.

Como contrapartida sería absurdo extender el principio de neutralidad a todos los

signos históricos que no cumplen ahora una obvia función religiosa, por ejemplo muchos

64

Informe abreviado, p. 47.

65 Informe abreviado, p. 48.

66 Utilizando el marco jurídico español, he concluido que el derecho español permite también el

uso de símbolos religiosos en el caso de funcionarios públicos en España, cfr, ELÓSEGUI, M. o.c., p. 241.

67 Informe abreviado, p. 49.

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monumentos religiosos de las ciudades, como la cruz de Mont-Royal o las cruces en

antiguos edificios que tienen hoy usos civiles. Lo mismo es aplicable a la toponomía de

Québec, que está ampliamente inspirada en el calendario de los santos. La Comisión

espera que el sentido común de los quebequeses prevalezca en este aspecto.

ANEXO 68

Para cada una de las siguientes situaciones, por favor elija una de las siguientes

respuestas; estoy de acuerdo, estoy de acuerdo con ciertas condiciones, estoy en

desacuerdo con ciertas condiciones, en desacuerdo, no se.

1. Permitir por razones religiosas a un niño comer comida diferente a la que

está ofrecida en el menú en la guardería o en el comedor del colegio.

2. Permitir un esfuerzo especial por parte del profesor y de los estudiantes en

una clase para facilitar el aprendizaje de un niño inmigrante que no habla ni

francés, ni inglés.

3. Autorizar a un estudiante cambiar la matrícula de un curso opcional a otro

porque el contenido del primer curso entra en conflicto con algunas de sus

creencias religiosas.

4. Eximir a un estudiante de un curso obligatorio porque su contenido entra en

conflicto con algunas de sus creencias religiosas.

7. Modificar para ciertos estudiantes el horario de un examen, que coincide con

una fiesta religiosa.

9. En un colegio, usar cristales esmerilados en las ventanas de alrededor de la

piscina o del gimnasio para prevenir que chicos u hombres vean a las niñas en

traje de baño o en ropa de deporte.

10. Si las condiciones son factibles, designar oficialmente una habitación o

lugar de oración en una universidad.

11. En una empresa, proponer a los empleados que tienen responsabilidades

familiares específicas (niños pequeños, enfermos crónicos) medios para conciliar

trabajo y vida familiar.

12. En una empresa, permitir a una mujer embarazada ausentarse del trabajo

para ver al médico en cuestiones relacionadas con el embarazo.

68

Consultation Document. Accommodation and Difference. Seeking Common Ground: Quebecers Speak Out, p.34. <http://www.accommodements.qc.ca/documentation/document-consultation-en.pdf>

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13. En una empresa, autorizar permisos pagados por motivos religiosos.

14. Eliminar la oración cristiana al comienzo de las reuniones de los municipios.

13. Quitar el crucifijo de la pared de la Asamblea Nacional de Québec.

14. Eliminar las decoraciones cristianas en el lugar de trabajo porque entran en

conflicto con ciertas convicciones religiosas.

15. Eliminar las decoraciones de Navidad en una institución pública porque

entran en conflicto con ciertas convicciones religiosas.

16. Permitir a los padres de inmigrantes temporalmente comunicarse con el

colegio en un idioma diferente al francés en un lugar francófono, o al inglés en una

zona anglófona.

17. Permitir a las estudiantes musulmanas llevar el velo en las clases.

18. Permitir a los policías de seguridad de Québec llevar turbantes

19. Permitir a las musulmanas llevar velo en torneos deportivos, en el caso de

que esto no cree ninguna ventaja ni desventaja, y ningún riesgo de accidente.

20. Asegurar que las comunidades culturales estén más presentes en los libros

de texto de los colegios.

21. Autorizar en una universidad el establecimiento de asociaciones de

estudiantes que pertenezcan a una misma religión.

22. Permitir que el kirpan (daga) sea llevado a la escuela como parte de la

vestimenta cosido y cerrado bajo el uniforme.

23. Por motivos religiosos, un horario de lecciones de natación separado de

niñas y niños en las escuelas.