Subsecretara de Inclusin para Personas
con Discapacidad
Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe
Qu es el Certificado nico de Discapacidad?
Documento pblico
Declaracin de discapacidad
Concepto legal
Normativa aplicable
Ley Nacional Nro. 22.431
Ley Nacional Nro. 24.901
Ley Provincial Nro. 9.325
Para qu sirve? Prestaciones bsicas de atencin a personas con discapacidad - Ley N 24.901 Prestaciones preventivas durante el embarazo Tratamiento mdico especializado Cobertura de estimulacin temprana Equipamiento tcnico (elementos ortoprotsicos, bastones
canadienses, muletas, sillas de ruedas, audfonos, etc.) Rehabilitacin integral Tratamiento psicolgico para familiares de la persona con discapacidad
Para qu sirve?
Prestaciones bsicas de atencin a personas con discapacidad - Ley N 24.901 Medicamentos (relacionados con la discapacidad) Alimentacin especial (relacionada con la discapacidad) Atencin odontolgica (incluye anestesia general) Acceso a una educacin adecuada Sistemas alternativos al grupo familiar (hogares; residencias;
etc.) Programas laborales. Traslado especial en los casos en que la persona est
imposibilitada de utilizar el transporte pblico.
Para qu sirve?
Adems facilita la realizacin de gestiones, tales como: Pase libre en Transporte Pblico de pasajeros Smbolo internacional de acceso para el automvil (logo) y la exencin de la
patente Libre trnsito y estacionamiento Rgimen de Asignaciones Familiares en ANSES Franquicias para la compra de automotores Explotacin de pequeos comercios Exenciones de ciertos impuestos
Cmo se tramita el CUD?
Junta Evaluadora de Personas con Discapacidad
Mdico Psiclogo
Trabajador Social ENTREVISTA
Juntas Evaluadoras Nodo Rafaela Ceres Frontera Tostado San Cristbal Moises Ville Rafaela San Jorge
Nodo Reconquista Avellaneda Calchaqu Intiyaco Reconquista Vera Villa Ocampo
Nodo Santa Fe Galvez Helvecia Barrancas San Javier San Justo Santa Fe(6) Santo Tom Esperanza
Nodo Rosario Oliveros San Lorenzo Granadero Baigorria Rosario(4) Perez Casilda Villa Gobernador Galvez Arroyo Seco Villa Constitucin Caada de Gomez El Trbol San Jorge Nodo Venado Tuerto Firmat Venado Tuerto Whellwright Rufino Villa Caaz Elortondo
Cundo estamos ante una discapacidad?
Segn la Ley 22.431 se considera discapacitada a:
Toda persona que padezca una alteracin funcional permanente o prolongada, fsica o mental, que en relacin a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integracin familiar, social, educacional o laboral.
Segn la Convencin de los Derechos de las Personas con Discapacidad
Artculo 1 El propsito de la presente Convencin es promover, proteger
y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias fsicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participacin plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las dems.
Qu organismo regula el C.U.D.?
Mediante Resolucin Nro. 675/2009 del M.S.N. la Repblica Argentina adhiri a la
Clasificacin Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF)
aprobada por la Organizacin Mundial de la Salud, para la evaluacin y certificacin de la discapacidad
Servicio Nacional de Rehabilitacin (Ministerio de Salud de la Nacin)
Qu es la Clasificacin Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF) ?
Herramienta para evaluar y certificar la discapacidad Modelo biopsicosocial Discapacidad como la resultante de la interaccin de las
limitaciones del individuo, con el entorno y el contexto socio-cultural.
Entiende la discapacidad como un hecho de naturaleza universal y en cierta medida intrnseco a la condicin humana.
Promueve la utilizacin de una terminologa neutral que facilita la superacin de la marginacin y discriminacin de las personas con discapacidades.
Es utilizable, de manera complementaria, con el resto de clasificaciones de la OMS
Orientacin Prestacional
Estimulacin Temprana. Rehabilitacin Prestaciones Educativas Centro Educativo Teraputico Centro de Da Hospital de Da Servicio de Hogares Ayudas Tcnicas, Prtesis y Ortesis Transporte
Determina las alternativas de atencin en prestaciones de rehabilitacin, asistenciales, educativas y otras:
Validez del Certificado
La certificacin tiene fecha de vencimiento en funcin a la evaluacin realizada por la Junta Evaluadora. La validez ser expedida con un plazo mximo de hasta diez aos El beneficiario deber realizar una nueva evaluacin por: Vencimiento de la validez del certificado Cambios en la situacin de discapacidad Necesidad de otra orientacin prestacional
Documentacin a Presentar
En todos los casos: Solicitud de Evaluacin
Fotocopia del DNI/LC/LE (1 y 2 Hoja)
Si tiene Obra Social, Fotocopia Carnet
Certificado original expedido por mdico especialista donde
conste diagnstico y estado actual del paciente
Informes adicionales segn la discapacidad
discapacidad / incapacidad?
El concepto INCAPACIDAD determina la limitacin en funcin a la capacidad laborativa del individuo.
Se tramita el certificado de Incapacidad a fin de la obtencin de un beneficio previsional (Pensin Nacional o Provincial No contributiva)
Certificado nico de Discapacidad
SUBSECRETARIA DE INCLUSIN PARA PERSONAS
CON DISCAPACIDAD 1 Circunscripcin: Dr. Zavalla N 3361 - 2Piso (S3000GVW) Santa Fe. 0342 - 4572481, 83, 84, 85 [email protected] 2 Circunscripcin 9 de Julio 325 (S2000BNG ) Rosario. 0341 - 4721164, 65 y 0800-888-3588 [email protected]
www.santafe.gov.ar