20/1/2014 Condenan a empleado público por peculado culposo al no prevenir robo de moto — La Ley - El Ángulo Legal de la Noticia http://laley.pe/not/655/condenan_a_empleado_publico_por_peculado_culposo_al_no_prevenir_robo_de_moto_/ 1/4 Al día Noticia Legal Informes Tribunales Opinión Tecnología Abogados Otrosí Digo Registrarse - Iniciar sesión Lunes, 20 de enero de 2014 Escriba su búsque Guardar en Mis Noticias. Enviar por email Viernes, 20 de diciembre de 2013 SE EVIDENCIÓ CONDUCTA NEGLIGENTE Condenan a empleado público por peculado culposo al no prevenir robo de moto 370 Me gusta Twittear 0 Atentos trabajadores de la Administración Pública. Este caso puede ser el suyo. Por motocicleta que fue robada condenaron a un funcionario público a un año de pena privativa de libertad suspendida por delito peculado culposo en agravio del Estado. Hagamos un flash back y retrocedamos en el tiempo. Lo que ocurrió fue lo siguiente. Un trabajador encargado del abastecimiento de hospitales en Ayacucho, quien se transporta en moto de propiedad de la entidad estatal, acudió a recoger unos documentos a un nosocomio ubicado en Huamanga. Antes de ingresar, dejó estacionado el vehículo en el frontis del hospital, con la confianza –asegura– de que nada le pasaría a la moto. El hombre reconoce, sin embargo, que no adoptó las medidas de seguridad necesarias al estacionar, pese a que conocía que no es habitual que los trabajadores de la institución estacionen en ese lugar. Es más, contó que tampoco le encargó a los vigilantes que prestaban seguridad que cuiden la motocicleta. Si bien el hospital tiene seguridad, no cuenta con una playa de estacionamiento en el frontis. Además, en la parte exterior, no existe control o seguridad, y la zona en la que está ubicado es muy transitable y no es segura. Documentos en mano, el trabajador se dispuso a salir del nosocomio para continuar con sus labores, cuando –oh, sorpresa– la motocicleta no estaba. Desapareció. Se la robaron. La R.N. N° 901-2009-Ayacucho emitida por la Sala Permanente de la Corte Suprema ratificó la sentencia que condenó al trabajador por delito contra la Administración Pública –peculado culposo- en agravio del Estado, a un año de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el mismo periodo. Asimismo, inhabilita al trabajador por un año, de acuerdo a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del CP, y fija en quinientos soles el monto por “concepto de reparación civil que deberá abonar el sentenciado a favor de la entidad agraviada, sin perjuicio de restituir el valor del vehículo extraviado”. NOTICIA LEGAL Resoluciones del CNM deben publicarse dentro de 48 horas en la web La norma establece además que las notificaciones se publicarán sin perjuicio de la notificación al interesado en su domicilio real o procesal, o correo electrónico cuando corresponda. Mayores de 65 años tendrán prioridad para recibir devolución de aportes de Fonavi El MEF dispuso la implementación de la septuagésima segunda disposición final de la Ley N° 30114 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Es decir, el procedimiento para la devolución de los aportes del Fonavi. Quienes ya hayan sido beneficiados, directa o indirectamente, se[...] Precisan actividad de salas de la CS de Lima Norte en vacaciones Una resolución publicada hoy en El Peruano ha dispuesto el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia para el periodo vacacional del 01 de febrero al 02 de marzo del año en curso.
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Condenan a empleado público por peculado culposo al no prevenir robo de moto — La Ley - El Ángulo Legal de la Noticia
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20/1/2014 Condenan a empleado público por peculado culposo al no prevenir robo de moto — La Ley - El Ángulo Legal de la Noticia
“ Sobre el particar, soy de opinion que es de suma importancia el precedente que
deja este caso , toda vez que el trabajador no fue diligente y su actuar no se adecua
al comportartamiento de una persona razonable y diligente.Por lo tanto me parece
sumamente razonable la condesa que se le impuso a dicho trabajador. „
Fecha: Lunes, 23 de diciembre de 2013 a las 09:40
“ Es un buen ejemplo para que los servidores publicos para que asuman
resposabilidad de los bienes del Estado que en definitiva nos pertenecen a todos los
peruanos „
Fecha: Lunes, 23 de diciembre de 2013 a las 08:59
“ Con esto, a cargar la motocicleta al hombro, sino... „
Fecha: Lunes, 23 de diciembre de 2013 a las 08:41
“ Como Abogado pienso que hay una responsabilidad compartida, pues los Jefes
debe de impartir academias, a mas de supervisar el actuar del personal que tiene a su
cargo. „
Fecha: Lunes, 23 de diciembre de 2013 a las 08:20
“ Primeramente, con que referencia se contrató al trabajador.?..por lo tanto quien o
quienes serían los responsables.?. Son dos preguntas , como una opinión y
comentario. „
Fecha: Lunes, 23 de diciembre de 2013 a las 07:47
“ Que hacer? simplemete no trabajar o no cumplir con el encargo laboral por no
tener facilidades. Eso es lo que recomiendo: llamar a su jefe y comunicarle que no
tiene las facildades y que le confirme si cumple o no el encargo laboral. Dejar una
evidencia de no negligencia. „
Director : Walter Gutiérrez C.
Equipo legal : Manuel Torres, Percy Revilla, Maribel Achulli, Miriam Tomaylla, Pedro Salas, Branko Yvancovich, Luis Cárdenas, Carlos Montoya, Luis Valderrama, Manuel Muro.
Equipo periodístico : Francesca García, Giovanna Castañeda, Karen Burbano, Ángel García Catalá.
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