1 Oficina de Signos Distintivos Indecopi Teresa Mera Gómez Jefa de la Oficina de Signos Distintivos INDECOPI Noviembre, 2002
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Oficina de Signos DistintivosIndecopi
Teresa Mera GómezJefa de la Oficina de Signos Distintivos
INDECOPINoviembre, 2002
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PROPIEDAD INTELECTUAL
DERECHOS DE AUTOR
Derechos exclusivos sobre obras literarias, artísticas, científicas, software y obras del ingenio humano. Derechos conexos
NUEVAS CREACIONES (PATENTES)
• Patentes de invención
• Modelos de utilidad
• Diseños industriales
SIGNOS DISTINTIVOS
(MARCAS)
• Marcas• Lemas comerciales
• Nombres comerciales
• Denominaciones de origen
PROPIEDADINDUSTRIAL
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Personal Profesional
- 1 Jefe Oficina
- 1 Sub Jefe
- Area de Registro y Archivo
1 Analista legal + 5 Asistentes
- Area de Infracciones
1 Analista legal + 1 Asistente legal senior
- Area de Marcas
3 supervisores + 6 Asistentes + 6 Analistas legales
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Automatización
• a) Procesos
• b) Sistema de Seguimiento de Expedientes (SSE)
• c) Búsquedas fonéticas figurativas
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LOS SIGNOS DISTINTIVOS : HERRAMIENTAS EN EL MERCADO
• Distinguen en el mercado un producto o servicio de otro
• Diferencian y posicionan productos y/o servicios• Garantizan la permanencia de calidad del producto• Medio de penetración en el mercado• Constituyen una referencia para el consumidor• Consiguen lealtad de los clientes (colector de
clientela)• Identifican el origen empresarial
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LOS SIGNOS DISTINTIVOS EN LA LEGISLACION MARCARIA
MARCAS
NOMBRES COMERCIALES
LEMAS COMERCIALES
DENOMINACIONES DE ORIGEN
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MARCAS
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FUNDAMENTOS DE LAS MARCAS
Adquisición de derechos
Territorialidad de los derechos
Vigencia de los derechos
Regla de especialidad
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ADQUISICION DE DERECHOS
Los diversos sistemas de nacimiento del derecho sobre signos distintivos se inspiran básicamente en dos
principios:
a. Principio de la inscripción registral
Sistema Constitutivo
Sistema adoptado por el Perú
b. Principio de la prioridad en el uso
Sistema Declarativo
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TERRITORIALIDAD DE LOS DERECHOS
• Los efectos de la protección jurídica de las marcas únicamente se extiende al territorio del país que la reconoce.
• La protección que dispensa el Estado no puede extenderse más allá de sus fronteras. Excepciones
•Acuerdos/convenios
•Marca notoria
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REGLA DE ESPECIALIDAD
• Quien pretenda el derecho exclusivo de una marca, se circunscribe a los productos o servicios
expresamente consignados y que serán distinguidos por ésta
• Cualquier tercero podrá adoptar la misma marca pero para productos o servicios enteramente distintos.
• Podrá haber coexistencia de marcas idénticas o similares en una misma clase de la Clasificación Internacional
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Normas aplicables en materia de marcas
Norma andina• Decisión 486
Norma nacional• Decreto Legislativo 823 (aplicable en lo que no contravenga
la Decisión 486)
Convenios Internacionales• Convenio de París• Convención de Washington• ADPICS
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¿QUÉ SIGNOS PUEDEN SER
REGISTRADOS COMO MARCAS?
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REQUISITOS LEGALES PARA QUE UN SIGNO PUEDA REGISTRARSE COMO MARCA
Cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado
Susceptible de representación gráfica
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Podrán registrarse como marcas los siguientes signos:
• Las palabras o combinaciones de palabras.
• Las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, sonidos.
• Las letras, los números, la combinación de colores.
• Las formas tridimensionales (envolturas, los envases, la forma no usual del producto o su presentación).
• Cualquier combinación de los signos o medios mencionados.
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TIPOS DE MARCAS
denominativas figurativas mixtas tridimensionales (envases, envoltorios) sonoros olfativos
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Marcas Denominativas
CALVIN KLEIN JEANS
ADIDAS ZAPATILLAS
REY CIERRES
FANTA GASEOSA
XEROX FOTOCOPIA
CAROZZI FIDEOS
LEVIS ROPA
ARROW ROPA FERRARI AUTOS
PHILLIPS ARTEFACTOS
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Marcas figurativas
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Marcas Mixtas
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Marcas Tridimensionales
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TIPOS DE MARCA EN ATENCIÓN A SU CAPACIDAD DISTINTIVA
Denominaciones sugestivas o evocativas
Denominaciones arbitrarias
Denominaciones caprichosas o de fantasía
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Clase 30
PLENITUDClase 16
Marcas sugestivas o evocativas
CRUNCHClase 16
Mas que describir, sugieren las cualidades o características del producto o servicio que
distinguen
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Marcas arbitrarias
Aquellas que son de uso común en el lenguaje, pero que se aplican para designar productos o servicios en relación con los cuales no describen o sugieren
ingredientes, cualidades o características. No guardan relación con los productos o servicios que distinguen
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Marcas caprichosas o de fantasía
KODAK
COCA-COLA
MAZDA
BMW
Aquellas que han sido creadas con el propósito de ser utilizadas como marcas. Son creaciones caprichosas sin significado específico.
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CONDICIONES PARA EL REGISTRO DE LAS MARCAS
PROHIBICIONES ABSOLUTAS
Signos genéricos Signos descriptivos Signos de carácter usual Contrarios a la ley, moral, orden público, buenas
costumbres Signos engañosos
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Signos Genéricos
CHIMICHURRIClase 30
Clase 28
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Signos Descriptivos
SELECTOClase 30
SACA GRASAClase 3
premiumClase 32
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DULCE CARAMELOS
FRIO HELADOS
ALGODÓN ROPA
ANTICASPA SHAMPOO
GRANEADO ARROZ
ESPUMOSA CERVEZA
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Signos de carácter usual
CHELA CERVEZA
MICA CAMISAS
TELO HOTEL
HUACHIMAN VIGILANCIA
TABA ZAPATOS
TICLA BICICLETAS
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Signos Engañosos
TEQUILA PERUANO
Clase 33
Clase 3
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CONDICIONES PARA EL REGISTRO DE LAS MARCAS
PROHIBICIONES RELATIVAS (Afecta derechos de terceros)
Signo distintivo de tercero anteriormente solicitado o registrado y pueda causar confusión
Marca notoriamente conocida Derechos de la personalidad Derechos de autor Derechos de las comunidades indígenas
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EL “DERECHO EXCLUSIVO” SOBRE UNA MARCA
ejercicio y límites
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DERECHOS QUE CONFIERE EL REGISTRO
Faceta Positiva
– Uso del signo registrado
– Posibilidad de transferirlo
– Posibilidad de otorgarlo en prenda
– Derecho a otorgarlo licencia
Faceta Negativa
– Posibilidad de oponerse al uso y/o registro del signo, por parte de un tercero.
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¿PUEDO UTILIZAR UNA MARCA SIN¿PUEDO UTILIZAR UNA MARCA SIN REGISTRARLA? REGISTRARLA?
Sí, pero no se tiene protección sobre ella. Se
corre el riesgo de que otra persona la utilice y registre pudiendo esta última impedir el uso que haga la primera.
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OPOSICIÓN AL REGISTRO
(procedimiento)
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• OposiciónDentro de los 30 días hábiles de la publicaciónPoderes
• Oposición Andina (Artículo 147 de la Decisión 486) Acreditación de interés real
• Solicitud de registro de la marca en el país
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OTROS SIGNOS DISTINTIVOS
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Lema comercial
Nombre comercial
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LEMA COMERCIALLEMA COMERCIAL
Se entiende por lema comercial la palabra, frase, o leyenda utilizada como complemento de una marca.
En consecuencia, los lemas comerciales solamente pueden ser denominativos.
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EJEMPLOSEJEMPLOS
-El sabor de la nueva generación;
-Donde ganan los que van;
-Va para ti;
-La bebida de sabor nacional;
-Más grande que los demás y cuesta igual.
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NOMBRE COMERCIALNOMBRE COMERCIAL
Se entiende por nombre comercial el signo que sirve para identificar a una persona natural o jurídica en el ejercicio de su actividad económica
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El derecho al uso exclusivo de un nombre comercial nace en virtud de su primer uso en el comercio y termina con el cierre definitivo del establecimiento o con el cese de la actividad que lo distingue.
El registro de nombres comerciales es meramente declarativo y no constitutivo de un derecho.